4.2.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 33/8


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 2 de febrero de 2012

sobre el reconocimiento de Polski Rejestr Statków SA (Registro Naval Polaco) como sociedad de clasificación para las embarcaciones de la navegación interior

[notificada con el número C(2012) 431]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2012/66/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2006/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por la que se establecen las prescripciones técnicas de las embarcaciones de la navegación interior y se deroga la Directiva 82/714/CEE (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 1, y su anexo VII, parte II,

Previa consulta al Comité a que se refiere el artículo 7 de la Directiva 91/672/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1991, sobre el reconocimiento recíproco de los títulos nacionales de patrón de embarcaciones de transporte de mercancías y pasajeros en navegación interior (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante carta de 3 de julio de 2008, Polonia presentó a la Comisión una solicitud de reconocimiento de Polski Rejestr Statków SA (Registro Naval Polaco, en lo sucesivo denominado «PRS») como sociedad de clasificación con arreglo a la Directiva. PRS tiene su sede central en Polonia.

(2)

Polonia presentó, junto con la solicitud, la información y documentación necesarias para comprobar el cumplimiento de los criterios de reconocimiento.

(3)

En abril de 2009, se organizó una audiencia en la reunión conjunta de expertos de los Estados miembros de la Unión Europea y la Comisión Central de Navegación del Rin (en lo sucesivo denominado «CCNR») sobre las prescripciones técnicas de las embarcaciones de la navegación interior, en la que la autoridad polaca y PRS presentaron ponencias.

(4)

Se ha consultado a la secretaría de la CCNR conforme a lo dispuesto en el anexo VII, parte II, apartado 4, de la Directiva 2006/87/CE.

(5)

La Comisión ha evaluado el cumplimiento por PRS de los criterios contemplados en el anexo VII, parte I, de la Directiva 2006/87/CE y ha llegado a la conclusión de que PRS los cumple.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La sociedad de clasificación PRS será reconocida de conformidad con el artículo 10 de la Directiva 2006/87/CE.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros con vías navegables interiores según lo contemplado en el artículo 1, apartado 1, de la Directiva 2006/87/CE y el Polski Rejestr Statków (Registro Naval Polaco), Al. Gen. J. Hallera 126, 80-416, Gdańsk (Polonia).

Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 2012.

Por la Comisión

Siim KALLAS

Vicepresidente


(1)  DO L 389 de 30.12.2006, p. 1.

(2)  DO L 373 de 31.12.1991, p. 29.