31.10.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 284/1


REGLAMENTO (UE) No 1071/2011 DEL CONSEJO

de 20 de octubre de 2011

por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 3448/80 relativo a la aplicación del artículo 43 del Acta de adhesión de 1979 en lo que se refiere al régimen de intercambios aplicable a las mercancías a las que se refieren los Reglamentos (CEE) no 3033/80 y (CEE) no 3035/80

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Vista el Acta de adhesión de 1979 y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

La mejora de la transparencia del Derecho de la Unión es un factor esencial de la estrategia «Legislar mejor» que las instituciones de la Unión están llevando a cabo. En ese contexto, conviene eliminar de la legislación en vigor los actos que ya no tienen efectos reales.

(2)

El Reglamento (CEE) no 3448/80 (1) estableció medidas transitorias para los intercambios de productos no incluidos en el anexo I entre la Comunidad Europea y Grecia, entre el 1 de noviembre de 1981 y el 31 de julio de 1982. Dado que Grecia ya es un Estado miembro de pleno derecho, el mencionado Reglamento ha quedado obsoleto y debe por lo tanto dejar de formar parte del acervo vigente de la Unión.

(3)

Debe derogarse, en aras de la seguridad jurídica y la claridad, el Reglamento (CEE) no 3448/80.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1.   Queda derogado el Reglamento (CEE) no 3448/80.

2.   La derogación del Reglamento citado en el apartado 1 se entenderá sin perjuicio de:

a)

el mantenimiento en vigor de aquellos actos de la Unión adoptados sobre la base de dicho Reglamento; y

b)

la continuidad de la validez de las modificaciones introducidas por dicho Reglamento en otros actos de la Unión no derogados en virtud del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 20 de octubre de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

M. SAWICKI


(1)  DO L 359 de 31.12.1980, p. 18.