9.7.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 181/22


REGLAMENTO (UE) No 661/2011 DE LA COMISIÓN

de 8 de julio de 2011

que modifica el Reglamento (CE) no 1418/2007, relativo a la exportación, con fines de valorización, de determinados residuos a determinados países no miembros de la OCDE

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos (1), y, en particular, su artículo 37, apartado 2, párrafo tercero,

Tras consultar a los países afectados,

Considerando lo siguiente:

La Comisión ha recibido información adicional relativa a Bosnia y Herzegovina y Malasia. Procede, por tanto, modificar el anexo del Reglamento (CE) no 1418/2007 de la Comisión (2) para tenerlo en cuenta.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (CE) no 1418/2007 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2011.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 190 de 12.7.2006, p. 1.

(2)  DO L 316 de 4.12.2007, p. 6.


ANEXO

El anexo del Reglamento (CE) no 1418/2007 queda modificado como sigue:

1)

La entrada correspondiente a Bosnia y Herzegovina se sustituye por el texto siguiente:

«Bosnia y Herzegovina

a)

b)

c)

d)

 

 

 

De B1010:

Chatarra de hierro y acero

Chatarra de cobre

Chatarra de aluminio

Chatarra de cinc

Chatarra de estaño

 

 

 

De B1020:

Desechos de plomo (pero con exclusión de las baterías de plomo-ácido)

 

 

 

B1050

 

 

 

B1090

 

 

 

B1100:

Escorias de estaño que contengan tantalio, con menos del 0,5 % de estaño

 

 

 

De B1120:

Metales de transición, con exclusión de los residuos de catalizadores (catalizadores usados, catalizadores líquidos usados u otros catalizadores) de la lista A

Escandio

Vanadio

Manganeso

Cobalto

Cobre

Itrio

Niobio

Hafnio

Tungsteno

Titanio

Cromo

Hierro

Níquel

Cinc

Circonio

Molibdeno

Tantalio

Renio

 

 

 

B1130

 

 

 

B2020

 

 

 

B3010

 

 

 

B3020

 

 

 

B3050

 

 

 

B3065

 

 

 

B3140

 

 

 

GC 020»

2)

La entrada de Malasia relativa al código de residuos GH013 se sustituye por el texto siguiente:

«Malasia

a)

b)

c)

d)

 

 

 

GH013 3915 30

ex 390410-40»