7.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 324/36


DECISIÓN DEL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD EUTM SOMALIA/1/2011

de 6 de diciembre de 2011

sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Misión Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia)

(2011/815/PESC)

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 38, párrafo tercero,

Vista la Decisión 2010/96/PESC del Consejo, de 15 de febrero de 2010, relativa a la misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia) (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Comandante de la EUTM Somalia celebró las conferencias de generación de fuerzas y de dotación de personal el 17 de noviembre de 2008, el 16 de diciembre de 2008 y el 19 de marzo de 2009.

(2)

Por recomendación del Comandante de la Misión de la UE y del Comité militar de la UE (CMUE) sobre una contribución de Serbia a EUTM Somalia, debe aceptarse dicha contribución.

(3)

De conformidad con el artículo 5 del Protocolo (no 22) sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión que tengan repercusiones en el ámbito de la Defensa y por ello Dinamarca no participará en la ejecución de la presente Decisión ni en la financiación de EUTM Somalia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Contribuciones de terceros Estados

Teniendo en cuenta los resultados de las conferencias de generación de fuerzas y de dotación de personal del 17 de noviembre de 2008, 16 de diciembre de 2008 y 19 de marzo de 2009 y las recomendaciones del Comandante de la Misión de la UE y del CMUE, se acepta la contribución de Serbia a la misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia).

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2011.

Por el Comité Político y de Seguridad

El Presidente

O. SKOOG


(1)  DO L 44 de 19.2.2010, p. 16.