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25.2.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 51/19 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 24 de febrero de 2011
que modifica la Decisión 2007/697/CE por la que se concede la exención solicitada por Irlanda de conformidad con la Directiva 91/676/CEE del Consejo relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura
[notificada con el número C(2011) 1032]
(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
(2011/127/UE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura (1), y, en particular, su anexo III, punto 2, párrafo tercero,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
En caso de que la cantidad de estiércol que un Estado miembro tenga la intención de aplicar por hectárea y año sea distinta de las especificadas en el anexo III, punto 2, párrafo segundo, primera frase, de la Directiva 91/676/CEE y en la letra a) de ese párrafo, tal cantidad debe fijarse de forma que no afecte a la consecución de los objetivos indicados en el artículo 1 de esa Directiva y ha de justificarse con arreglo a criterios objetivos tales como la concurrencia de unos ciclos de crecimiento largos y de unos cultivos con elevada fijación de nitrógeno. |
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(2) |
El 22 de octubre de 2007, la Comisión adoptó la Decisión 2007/697/CE por la que se concede la exención solicitada por Irlanda de conformidad con la Directiva 91/676/CEE del Consejo relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura (2), en la que se autorizaba a Irlanda a aplicar 250 kg de nitrógeno procedente de estiércol de ganado, por hectárea y año, en explotaciones con al menos un 80 % de prados. |
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(3) |
La exención concedida por la Decisión 2007/697/CE era aplicable a unas 5 000 explotaciones irlandesas, que representan aproximadamente el 2,7 % del número total de explotaciones de ganado vacuno u ovino, el 10 % del número total de cabezas de ganado herbívoro y el 4,2 % de la superficie agrícola neta total. La Decisión 2007/697/CE expira el 17 de julio de 2010. |
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(4) |
El 12 de mayo de 2010 Irlanda presentó a la Comisión una solicitud de prórroga de la exención. La solicitud contenía una justificación basada en los criterios objetivos recogidos en el anexo III, punto 2, párrafo tercero, de la Directiva 91/676/CEE. |
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(5) |
Irlanda ha adoptado un nuevo programa de acción para el período comprendido entre julio de 2010 y diciembre de 2013 que, por lo general, mantiene las medidas del programa de acción que expira el 30 de junio de 2010 y es aplicable al territorio de Irlanda en su conjunto. |
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(6) |
El cuarto informe acerca de la aplicación de la Directiva 91/676/CEE en Irlanda en el período 2004-2007 muestra que, por lo general, la calidad de las aguas se ha mantenido estable o ha mejorado. En el caso de las aguas subterráneas, en el 2 % de los puntos de seguimiento se observaron valores medios de nitratos superiores a 50 mg/l y en el 74 % de los puntos, valores inferiores a 25 mg/l. En el caso de las aguas fluviales superficiales, en el 97 % de los puntos de seguimiento se obtuvieron valores medios de nitratos inferiores a 25 mg/l y en ningún punto se observaron valores medios superiores a 50 mg/l. El 93 % de los lagos quedaron clasificados como oligotróficos o mesotróficos, y el 7 % restante, como eutróficos o hipertróficos. |
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(7) |
El número de cabezas de ganado disminuyó de nuevo durante el período 2004-2007 aproximadamente un 4 % en el caso de los bovinos, un 19 % en el de los ovinos, un 4 % en el de los porcinos y un 7 % en el de las aves de corral (3). La utilización anual de nitrógeno procedente de estiércol animal y de nitrógeno mineral se redujo un 5 % y un 17 %, respectivamente. La superficie cultivada total disminuyó un 3 %, pasando a ser de 4,28 millones de hectáreas, mientras que los pastos siguen representando más del 90 % de la superficie agrícola. |
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(8) |
Habida cuenta de la información científica que se menciona en la solicitud de prórroga de la exención, así como de las medidas que Irlanda se ha comprometido a aplicar en el marco del programa de acción para el período comprendido entre julio de 2010 y diciembre de 2013, puede concluirse que siguen cumpliéndose las condiciones establecidas en la Directiva 91/676/CEE para la obtención de la exención, como la concurrencia de ciclos de crecimiento largos y de unos cultivos con elevada fijación de nitrógeno, y que la exención no va en detrimento del logro de los objetivos de dicha Directiva 91/676/CEE. |
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(9) |
Al efecto de garantizar que las explotaciones de pastos afectadas puedan seguir acogiéndose a la exención, procede ampliar el plazo de aplicación de la Decisión 2007/697/CE hasta el 31 de diciembre de 2013. |
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(10) |
No obstante, los plazos de presentación de informes a la Comisión establecidos en la Decisión 2007/697/CE deben ser adaptados a fin de simplificar la carga administrativa, autorizando a Irlanda a establecer una sola fecha límite para el cumplimiento de todas las obligaciones de presentación de informes. |
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(11) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de nitratos creado en virtud del artículo 9 de la Directiva 91/676/CEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2007/697/CE se modifica del siguiente modo:
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1) |
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 Queda concedida la exención solicitada por Irlanda mediante carta de 18 de octubre de 2006, así como su prórroga solicitada mediante carta de 12 de mayo de 2010, para permitir la aplicación de una cantidad de estiércol animal superior a la prevista en el anexo III, punto 2, párrafo segundo, primera frase, de la Directiva 91/676/CEE, así como en la letra a) de dicho párrafo, de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente Decisión.». |
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2) |
En el artículo 8, apartado 1, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Esos mapas se presentarán anualmente a la Comisión en el mes de junio.». |
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3) |
El artículo 11 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 11 Aplicación La presente Decisión se aplicará en el contexto del programa de acción irlandés, aplicado mediante los European Communities (Good Agricultural Practice for the Protection of Waters) Regulations 2010 (Statutory instrument No 610 of 2010). Expirará el 31 de diciembre de 2013». |
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión será Irlanda.
Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 2011.
Por la Comisión
Janez POTOČNIK
Miembro de la Comisión
(1) DO L 375 de 31.12.1991, p. 1.
(2) DO L 284 de 30.10.2007, p. 27.
(3) Período de referencia para las aves de corral: 2003-2005.