2.3.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 51/13 |
REGLAMENTO (UE) No 173/2010 DE LA COMISIÓN
de 25 de febrero de 2010
que modifica el Reglamento (CE) no 314/2004 del Consejo relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabue
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabue (1) y, en particular, su artículo 11, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 figura la lista de las personas a las que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos establecido en dicho Reglamento. |
(2) |
La Decisión 2010/92/PESC del Consejo, (2), modifica el anexo de la Posición Común 2004/161/PESC (3). Procede, pues, modificar en consecuencia el anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 quedará modificado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2010.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente
João VALE DE ALMEIDA
Director General de Relaciones Exteriores
(1) DO L 55 de 24.2.2004, p. 1.
(2) DO L 41 de 16.2.2010, p. 6.
(3) DO L 50 de 20.2.2004, p. 66.
ANEXO
El anexo III del Reglamento (CE) no 314/2004 queda modificado como sigue:
1) |
Se suprimirán las entradas siguientes de la parte I, «Personas físicas»:
|
2) |
Se suprimirán las entradas siguientes de la parte II, «Personas jurídicas, entidades u organismos»:
|