3.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 231/7 |
REGLAMENTO (CE) N o 802/2009 DE LA COMISIÓN
de 2 de septiembre de 2009
que establece que han dejado de alcanzarse determinados límites relativos a la expedición de certificados de importación para los productos del sector del azúcar en el marco de los contingentes arancelarios y acuerdos preferenciales
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),
Visto el Reglamento (CE) no 950/2006 de la Comisión, de 28 de junio de 2006, por el que se establecen, para las campañas de comercialización 2006/07, 2007/08 y 2008/09, las disposiciones de aplicación para la importación y el refinado de productos del sector del azúcar en el marco de determinados contingentes arancelarios y acuerdos preferenciales (2), y, en particular, su artículo 5, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La contabilización contemplada en el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) no 950/2006 ha revelado que todavía están disponibles cantidades de azúcar para el contingente previsto en el artículo 12 del Reglamento (CE) no 950/2006 con el número de orden 09.4337 (julio-septiembre 2009). |
(2) |
Dadas estas circunstancias, la Comisión debe indicar que han dejado de alcanzarse los límites correspondientes. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Han dejado de alcanzarse los límites del contingente previsto en el artículo 12 del Reglamento (CE) no 950/2006 con el número de orden 09.4337 (julio-septiembre 2009).
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 3 de septiembre de 2009.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 2 de septiembre de 2009.
Por la Comisión
Jean-Luc DEMARTY
Director General de Agricultura y Desarrollo Rural
(1) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.
(2) DO L 178 de 1.7.2006, p. 1.