12.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 8/19


Corrección de errores del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos

( Diario Oficial de la Unión Europea L 7 de 10 de enero de 2009 )

En la página 21, en el artículo 75, apartado 2, letras a) y b):

donde dice:

«2.   Las secciones 2 y 3 del capítulo IV se aplicarán a:

a)

las resoluciones dictadas en los Estados miembros antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento para las que se soliciten a partir de dicha fecha el reconocimiento y la declaración que demuestre la fuerza ejecutiva;

b)

las resoluciones dictadas a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento en procedimientos iniciados antes de dicha fecha, en la medida en que dichas resoluciones, a los fines del reconocimiento y la ejecución, entren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 44/2001.»,

debe decir:

«2.   Las secciones 2 y 3 del capítulo IV se aplicarán a:

a)

las resoluciones dictadas en los Estados miembros antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento para las que se soliciten a partir de dicha fecha el reconocimiento y la declaración que demuestre la fuerza ejecutiva;

b)

las resoluciones dictadas a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento en procedimientos iniciados antes de dicha fecha,

en la medida en que dichas resoluciones, a los fines del reconocimiento y la ejecución, entren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 44/2001.».