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12.1.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 8/19 |
Corrección de errores del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos
( Diario Oficial de la Unión Europea L 7 de 10 de enero de 2009 )
En la página 21, en el artículo 75, apartado 2, letras a) y b):
donde dice:
«2. Las secciones 2 y 3 del capítulo IV se aplicarán a:
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a) |
las resoluciones dictadas en los Estados miembros antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento para las que se soliciten a partir de dicha fecha el reconocimiento y la declaración que demuestre la fuerza ejecutiva; |
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b) |
las resoluciones dictadas a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento en procedimientos iniciados antes de dicha fecha, en la medida en que dichas resoluciones, a los fines del reconocimiento y la ejecución, entren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 44/2001.», |
debe decir:
«2. Las secciones 2 y 3 del capítulo IV se aplicarán a:
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a) |
las resoluciones dictadas en los Estados miembros antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento para las que se soliciten a partir de dicha fecha el reconocimiento y la declaración que demuestre la fuerza ejecutiva; |
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b) |
las resoluciones dictadas a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento en procedimientos iniciados antes de dicha fecha, |
en la medida en que dichas resoluciones, a los fines del reconocimiento y la ejecución, entren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 44/2001.».