18.11.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 303/70


ACCIÓN COMÚN 2009/841/CFSP DEL CONSEJO

de 17 de noviembre de 2009

que modifica y prorroga la Acción Común 2008/112/PESC relativa a la Misión de la Unión Europea de apoyo a la reforma del sector de la seguridad en la República de Guinea-Bissau (UE SSR GUINEA-BISSAU)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado sobre la Unión Europea, y en particular su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de febrero de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/112/PESC, relativa a la Misión de la Unión Europea de apoyo a la reforma del sector de la seguridad en la República de Guinea-Bissau (UE SSR GUINEA-BISSAU) (1). Esta Acción Común debía aplicarse hasta el 31 de mayo de 2009.

(2)

El 18 de mayo de 2009, el Consejo adoptó la Acción Común 2009/405/PESC (2) que modifica la Acción Común 2008/112/PESC, que estará en vigor hasta el 30 de noviembre de 2009.

(3)

Mediante carta de 9 de octubre de 2009, Guinea-Bissau solicitó a la Unión Europea que prorrogase seis meses más el mandato de la misión, hasta el 31 de mayo de 2010.

(4)

La Acción Común 2008/112/PESC debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2008/112/PESC se modifica como sigue:

1)

En el artículo 1, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   La Unión Europea (UE) establece una Misión de la UE en apoyo a la reforma del sector de la seguridad en la República de Guinea-Bissau, denominada en lo sucesivo “EU SSR GUINEA-BISSAU” o “la Misión”, que comprenderá una fase preparatoria a partir del 26 de febrero de 2008 y una fase de aplicación que se iniciará a más tardar el 1 de mayo de 2008. La Misión durará 24 meses a partir de la declaración de capacidad operativa inicial.».

2)

En el artículo 9, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   El importe de referencia financiera destinado a los gastos de la presente Misión para el período que va del 26 de febrero del 2008 al 30 de noviembre del 2009 será de 5 650 000 EUR.

El importe de referencia financiera destinado a los gastos de la presente Misión para el período que va del 1 de diciembre del 2009 al 31 de mayo del 2010 será de 1 530 000 EUR.».

3)

En el artículo 17, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«Será aplicable hasta el 31 de mayo de 2010.».

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor en la fecha de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 17 de noviembre de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

C. BILDT


(1)  DO L 40 de 14.2.2008, p. 11.

(2)  DO L 128 de 27.5.2009, p. 60.