2.7.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 172/36


ACCIÓN COMÚN 2009/509/PESC DEL CONSEJO

de 25 de junio de 2009

por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2007/406/PESC relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (EUSEC RD Congo)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado sobre la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de junio de 2007, el Consejo adoptó la Acción Común 2007/406/PESC relativa a la Misión de asesoramiento y asistencia de la Unión Europea en materia de reforma del sector de la seguridad en la República Democrática del Congo (EUSEC RD Congo) (1), que sustituyó a la misión establecida previamente por la Acción Común 2005/355/PESC (2).

(2)

El 26 de junio de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/491/PESC (3) por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2007/406/PESC, prorrogándola hasta el 30 de junio de 2009.

(3)

Tras las consultas con las autoridades congoleñas y otras partes afectadas, resulta necesario prorrogar la Misión por un período adicional. El 12 de mayo de 2009, el Comité Político y de Seguridad recomendó prorrogar la Misión tres meses más.

(4)

Procede modificar la Acción Común 2007/406/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2007/406/PESC se modifica del siguiente modo:

1)

En el artículo 9, el segundo párrafo se sustituye por el siguiente texto:

«El importe de referencia financiera para cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de septiembre de 2009 será de 8 450 000 EUR.».

2)

En el artículo 16, el segundo párrafo se sustituye por el siguiente texto:

«Se aplicará hasta el 30 de septiembre de 2009.».

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 25 de junio de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

L. MIKO


(1)  DO L 151 de 13.6.2007, p. 52.

(2)  DO L 112 de 3.5.2005, p. 20.

(3)  DO L 168 de 28.6.2008, p. 42.