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23.10.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 278/32 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 21 de octubre de 2008
relativa a la ayuda estatal C 10/08 (ex NN 7/08) que Alemania ha concedido para la reestructuración de IKB Deutsche Industriebank AG
[notificada con el número C(2008) 6022]
(El texto en lengua alemana es el único auténtico)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/775/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),
Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos (1),
Considerando lo siguiente:
1. PROCEDIMIENTO
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(1) |
El procedimiento fue incoado a raíz de la información transmitida por Alemania el 3 de agosto de 2007. Tras diversos intercambios de información, Alemania notificó las medidas por carta de 15 de enero de 2008, alegando que, en cualquier caso, las medidas deberían considerarse ayuda de salvamento y reestructuración compatibles con el mercado común. |
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(2) |
Mediante carta de 27 de febrero de 2008, la Comisión comunicó a Alemania su Decisión de incoar el procedimiento establecido en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE, con respecto a estas medidas. |
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(3) |
La Decisión de la Comisión de incoación del procedimiento de investigación formal (en lo sucesivo, «la Decisión de incoación») se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (2). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la medida. La Comisión no ha recibido observaciones de las partes interesadas. |
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(4) |
Tras la incoación del procedimiento de investigación formal, el 27 de marzo de 2008 Alemania formuló sus observaciones sobre las consideraciones de la Comisión y, además de la información adicional presentada los días 15 y 25 de enero, 5 y 25 de febrero, 3, 6, 11, 14, 20 y 27 de marzo de 2008, añadió información el 3 y 25 de abril, 7 y 30 de mayo, 9 y 27 de junio, 25 de julio, 4, 22 y 26 de agosto, 2, 3, 4, 5, 16, 18, 19 y 25 de septiembre así como el 14 de octubre de 2008. Junto con esta información, Alemania facilitó 68 acuerdos y documentos distintos que constituyen la base de las medidas. Además, tuvo lugar una serie de encuentros y conferencias telefónicas con Alemania, el beneficiario y el Kreditanstalt für Wiederaufbau (en lo sucesivo, «KfW»). |
2. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS
2.1. Beneficiario
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(5) |
El beneficiario de la ayuda es IKB Deutsche Industriebank AG (en lo sucesivo, «IKB»). Se trata de un banco alemán privado de tamaño mediano con sede en Dusseldorf que figura en el índice SDAX. Su principal accionista es KfW, de propiedad estatal, que antes de la crisis poseía el 38 % de las acciones. Stiftung Industrieforschung (la Fundación de Fomento Industrial), que carece de actividad empresarial propia, posee el 12 %; el 50 % restante de las acciones se negociaron libremente. Tras la ampliación de capital prevista, el porcentaje de acciones de KfW ascendería al 91 %. |
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(6) |
KfW, principal accionista de IKB, es un banco de fomento que pertenece al Gobierno Federal (80 %) y a los Estados federados (20 %). Con un balance total de 360 000 millones EUR (a fecha de 31 de diciembre de 2006), es uno de los diez bancos principales de Alemania. Como organismo público con sede en Alemania, KfW impulsa la economía, la sociedad y la ecología en Alemania, Europa y el mundo. Entre sus actividades están el apoyo a las pequeñas y medianas empresas, el fomento de la financiación y modernización de viviendas y de la formación y la formación continuada, la financiación de proyectos de infraestructuras municipales, el fomento de la financiación de proyectos y exportaciones, el apoyo a los países en desarrollo y transformación así como el fomento de la protección del medio ambiente y el clima. El KfW se abastece de fondos para sus actividades de fomento principalmente en el mercado de capitales. La función de fomento encomendada al banco por el Estado está establecida en la Ley sobre KfW (3). Para cumplir esta misión, KfW beneficia de la obligación de mantenimiento en actividad que incumbe a los poderes públicos (Anstaltslast). |
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(7) |
La actividad de IKB antes de la reestructuración se repartía entres las cuatro ramas siguientes:
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(8) |
En el ejercicio 2006/2007 se obtuvieron los siguientes resultados en las distintas ramas: Cuadro 1 Situación por segmentos
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(9) |
Antes de la crisis, IKB presentaba un balance total de 49 100 millones EUR (a 31 de diciembre de 2006) que, una vez ajustado teniendo en cuenta todas las actividades fuera de balance de IKB, ascendía a 63 500 millones EUR (a 31 de marzo de 2007). |
2.2. Causas de los problemas de IKB
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(10) |
Los problemas de IKB están relacionados con la persistente crisis estadounidense de las subprimes, a través de los altos riesgos a que se ha expuesto IKB y, sobre todo, una de sus sociedades vehiculares, Rhineland Funding Capital Corporation (en lo sucesivo, «Rhineland») (4). Debido a la escasez de liquidez desencadenada por la crisis, Rhineland recurrió a créditos puente de bancos comerciales (en caso de que los CP utilizados normalmente no se suscribieran totalmente). |
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(11) |
IKB puso a disposición de Rhineland varias líneas de liquidez por valor de 8 100 millones EUR aproximadamente. Rhineland invirtió en carteras de créditos estructurados, que incluían préstamos hipotecarios de riesgo estadounidenses (subprime), y refinanció sus inversiones emitiendo títulos a corto plazo respaldados por activos (commercial papers, en lo sucesivo, «CP»). Además de las líneas de liquidez concedidas a Rhineland directamente, IKB puso a su disposición a través de la denominada estructura Havenrock una garantía de protección contra los riesgos para los activos de Rhineland. El riesgo total de impago de la estructura Havenrock para IKB ascendía a 1 200 millones EUR. Tanto las líneas de liquidez directas para Rhineland como la estructura Havenrock eran medidas fuera del balance. Además, a través de títulos de deuda subordinada que forman parte del vehículo de inversión estructurado Rhinebridge (en lo sucesivo, «Rhinebridge») y de otros tipos de carteras de inversiones (por ejemplo, Collateralised Debt Obligations, «CDO»), IKB realizó también inversiones en cartera directas dentro del balance (procedentes, en parte, del segmento de las subprime). En el verano de 2007, una parte de la cartera estructurada de Rhineland y Rhinebridge y las CDO, anteriormente muy bien valorada, bajó considerablemente en la calificación de las agencias correspondientes. |
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(12) |
Debido a la crisis persistente en el mercado hipotecario estadounidense de las subprimes, y como consecuencia directa de la devaluación de los títulos respaldados por créditos subprime por parte de las agencias de calificación, algunos de los títulos de este segmento de mercado perdieron valor. Este fue el caso, en especial de la sociedad vehicular Rhineland, que a punto estuvo de no poder refinanciar su cartera de inversiones en el mercado CP. Debido al exhausto mercado de CP, era probable que Rhineland utilizara las líneas de liquidez de IKB por valor de 8 100 millones EUR, para las que, sin embargo, no se había efectuado una provisión en el balance de IKB. Por otra parte, las otras inversiones en cartera dentro del balance, como Rhinebridge, estaban sujetas a considerables fluctuaciones del valor razonable, que deben tenerse en cuenta según las International Financial Reporting Standards (Normas Internacionales de Información Financiera o NIIF). |
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(13) |
La causa de los problemas de IKB son las inversiones de cartera por valor de 18 300 millones EUR. En un principio, estas inversiones de cartera por valor de 18 300 millones EUR consignadas en el balance rectificado 2006/2007, se habían mantenido en gran parte fuera del balance de Rhineland y solo una pequeña parte figuraba en el balance de IKB. Los activos fuera de balance de Rhineland representaban un valor de 11 500 millones EUR (a 31 de marzo de 2007 y también durante la crisis). Mediante ventas y ajustes del tipo de cambio fueron disminuyendo paulatinamente y en agosto de 2008 su valor era de 6 300 millones EUR. En el balance rectificado de 2006/2007, las inversiones de cartera en balance ascendían a 6 800 millones EUR. |
2.3. Las medidas
a) Primera medida: Cobertura del riesgo
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(14) |
El 27 de julio de 2007, un banco alemán que había facilitado a IKB una línea de crédito puso en conocimiento de la Autoridad Federal de Supervisión Financiera (en lo sucesivo, «BaFin») que iba a retirar dicha línea. En consecuencia, BaFin comunicó a KfW, al Ministerio Federal de Hacienda y a otros interesados que cerraría IKB (5) si dichas partes no asumían los riesgos del compromiso de IKB en Rhineland. Además, se puso de manifiesto que la exposición a las subprimes de IKB no se limitaba a Rhineland sino que también afectaba a Rhinebridge y otras inversiones de cartera ligadas a las subprime. |
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(15) |
El 29 de julio de 2007, BaFin, el Ministerio Federal de Hacienda, KfW y las tres principales asociaciones bancarias alemanas (6) acordaron que interviniera KfW, en coordinación con BaFin, para proporcionar a IKB una cobertura del riesgo. Las asociaciones bancarias se mostraron dispuestas a asumir el 30 % del riesgo de la garantía, lo que se confirmó por escrito el 16 de agosto de 2007 en un acuerdo entre KfW y las tres asociaciones bancarias. |
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(16) |
KfW comunicó las siguientes medidas para garantizar la solvencia de IKB:
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(17) |
En principio, Alemania había evaluado las pérdidas previstas en el marco de la cobertura de riesgo a favor de IKB a través de KfW y las asociaciones bancarias en un total de 3 500 millones EUR [Rhineland y Havenrock: 2 500 millones EUR, Rhinebridge y otras inversiones en cartera ligadas a las subprimes: 1 000 millones EUR (8)]. |
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(18) |
En el acuerdo original de 29 de julio de 2007, KfW y las asociaciones bancarias acordaron repartirse las pérdidas previstas de la cobertura de riesgo como sigue:
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(19) |
La distribución de riesgos entre KfW y las asociaciones bancarias rige dentro del límite de la garantía de 1 000 millones EUR para las asociaciones bancarias (véase el considerando 18) independientemente de en qué rama de la cobertura (Rhineland, Rhinebridge o inversiones directas) se produzcan las pérdidas, y la intervención de las partes corresponderá a la distribución del riesgo acordada. |
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(20) |
Además de su participación en la cobertura de riesgo, las tres asociaciones bancarias se mostraron dispuestas a interceder ante sus miembros para que estos vuelvan a conceder a IKB las líneas de crédito que le retiraron cuando estalló la crisis. |
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(21) |
Por otra parte, en el acuerdo de 16 de agosto de 2007 se subraya que KfW, en su calidad de coordinador de la intervención, negociará una remuneración adecuada para las medidas de protección y adoptará disposiciones para el reembolso de todos los gastos de las asociaciones bancarias y suyos propios. Mientras que se llegó a un acuerdo sobre el reembolso y se adoptaron las medidas correspondientes a tal efecto, la cuestión de la remuneración se dejó al margen, ya que habría podido interpretarse como […], los que habría requerido una autorización por parte de […]. |
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(22) |
El porcentaje de riesgo del 30 % se repartió entre las asociaciones de la siguiente manera:
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(23) |
BdB asumió el 50 %, porque en caso de insolvencia de IKB, los haberes de cada cliente particular o empresarial estarían garantizados por el fondo de garantía de depósitos de los bancos privados hasta el 30 % de los fondos propios pertinentes de IKB (unos 662 millones EUR por cliente a 26 de septiembre de 2007) (9). |
b) Segunda medida: Aumento de la provisión para riesgos
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(24) |
Dado que la situación en los mercados financieros siguió empeorando, la cobertura del riesgo de pérdidas de IKB en el marco de la estructura Havenrock se ejecutó totalmente y resultó ser insuficiente. Se hicieron necesarias otras medidas para cubrir pérdidas, con el fin de garantizar la continuidad de las actividades de IKB. El 30 de noviembre de 2007, KfW y las asociaciones bancarias aseguraron una parte suplementaria de riesgos, estimada en 350 millones EUR [440 millones de dólares estadounidenses (USD)], en relación con las líneas de crédito concedidas en la estructura Havenrock. KfW aseguró 150 millones EUR, de ellos 54,3 millones EUR en bonos convertibles que KfW debía cambiar por acciones el 14 de febrero de 2008 (con efecto a 28 de febrero de 2008) para incrementar hasta el 43 % su participación en IKB. BdB asumió otros 150 millones EUR y BVR y DSGV, otros 50 millones EUR cada una. |
c) Tercera medida: Aportación de capital y préstamo de KfW
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(25) |
En febrero de 2008, el Gobierno Federal ordenó a KfW que aportara a IKB otros 2 300 millones EUR. |
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(26) |
De estos, 1 050 millones EUR se concedieron en forma de préstamo, en el que constaba la renuncia inmediata al reembolso y una cláusula de retorno a la prosperidad, según la cual IKB procederá al reembolso si vuelve a tener beneficios en los próximos años. Las medidas eran necesarias para aportar capital al banco, evitando así que el coeficiente de capital básico de IKB descendiera por debajo del límite legal estipulado. |
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(27) |
Además, BaFin exigió a KfW una garantía de incremento del capital por un importe ilimitado. KfW se manifestó dispuesto a garantizar una financiación suplementaria consistente en una aportación de capital de 1 250 millones EUR. Las disposiciones para esta recapitalización se adoptaron en principio en agosto de 2008 pero la ampliación de capital efectiva solo puede llevarse a cabo tras la adopción de una decisión positiva por parte de la Comisión. Por consiguiente, todavía no se ha efectuado. Tras la ampliación de capital, la participación de KfW en IKB ascendería al 90,8 % aproximadamente. |
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(28) |
La tercera medida de KfW fue respaldada por el Gobierno Federal, que aportó 1 200 millones EUR a KfW, y por las asociaciones bancarias, que aportaron 300 millones EUR. |
d) Aportación de liquidez
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(29) |
Además, desde enero de 2008, KfW facilitó a IKB líneas de liquidez por valor de [> 2,5] miles de millones EUR. Los fondos se reparten entre dos mecanismos marco de […] miles de millones EUR cada uno: el primero se creó el 24 de enero de 2008 al tipo Euribor más [< 50] hasta [> 50] puntos básicos con una garantía de [> 100] %. El segundo se concedió el 18 de julio de 2008 al tipo Euribor más [> 100] puntos básicos, con una garantía de [> 100] %. Este elevado nivel de cobertura de las líneas de crédito debería garantizar que las garantías son suficientes para cubrir el crédito, incluso en el peor de los casos. |
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(30) |
Otros bancos también han concedido líneas de liquidez a IKB. Así [un gran banco estadounidense] y [otro gran banco estadounidense] pusieron a disposición de IKB líneas de liquidez de [> 0,75] miles de millones EUR mensuales al tipo Euribor más [< 100] hasta [< 100] puntos básicos con una garantía de [> 100] % hasta [> 100] %. Además, IKB tuvo acceso a una línea de liquidez de hasta [> 250] millones EUR, que [un banco de un Estado federado alemán] puso a su disposición durante un año al tipo Euribor más [> 90] hasta [> 100] puntos básicos, contra garantías de [> 100] % hasta [> 100] % y [otro banco de un Estado federado alemán] otra línea de liquidez por valor de [> 500] millones EUR durante un año al tipo Euribor más [> 50] puntos básicos con una garantía correspondiente. |
2.4. Incremento de las pérdidas durante la reestructuración
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(31) |
Las pérdidas previstas, que debían ser cubiertas por la cobertura de riesgo para los activos fuera de balance en Rhineland, pasaron de los 2 500 millones EUR (supuesto más desfavorable) a 7 000 millones EUR (10). Dentro de la cobertura de riesgo concedida en julio de 2007 para Rhineland, KfW asumió, en el marco de las líneas de liquidez para Rhineland, todos los riesgos de los activos fuera de balance, es decir, transfirió estos riesgos a su propio balance. Esto no ha tenido efectos sobre el límite de 1 000 millones EUR de la garantía de las asociaciones bancarias para las pérdidas ocasionadas por otros activos. |
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(32) |
Además, la primera medida ha cubierto pérdidas hasta 1 000 millones EUR para las inversiones de cartera consignadas en el balance por valor de 6 800 millones EUR. Las inversiones en el balance descendieron en la primavera de 2008 hasta 6 310 millones EUR como consecuencia de los ajustes de divisas. Durante el mismo período, IKB intentó vender las dos carteras en subasta pública. Debido a la persistente crisis de capitales, no se consiguió la venta porque las ofertas estaban muy por debajo del precio de venta esperado. Además, IKB tuvo que rectificar a la baja los valores contables de esas carteras. Hasta agosto de 2008, IKB sufrió pérdidas de patrimonio de [< 750] millones EUR. Por otra parte, no pudieron venderse en el mercado activos de un valor nominal de 990 millones EUR. Por tanto, el valor nominal de la cartera restante ascendía a [< 5] miles de millones EUR. |
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(33) |
Para adoptar una medida contundente, en previsión de una posible venta de IKB, en agosto se ejecutó la cobertura de riesgo restante para las carteras en el balance de IKB mediante la puesta a disposición anticipada de los 360 millones EUR restantes a través de KfW. Oficialmente, las pérdidas todavía no se han producido pero los activos subyacentes ya no están disponibles. Por tanto, la garantía por valor de 1 000 millones EUR ha sido utilizada totalmente y puede considerarse que ha sido ejecutada. |
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(34) |
En las negociaciones con los oferentes, las inversiones de cartera restantes se dividieron en dos carteras de inversiones estructuradas (SIP 1 y SIP 2). SIP 1 comprende esencialmente [determinados títulos] con un valor nominal de […] miles de millones EUR y un valor contable [> 1] miles de millones EUR (11). SIP 2 comprende esencialmente los [títulos] restantes con un valor nominal de […] miles de millones EUR y un valor contable [> 1] miles de millones EUR. |
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(35) |
El cuadro 2 ofrece una visión general de la evolución de las inversiones de cartera hasta finales de agosto de 2008. Las pérdidas realizadas y previstas se estiman en total en 10 280 millones EUR aproximadamente. Cuadro 2 Inversiones de cartera en el período comprendido entre marzo de 2007 y agosto de 2008
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2.5. La venta
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(36) |
La venta de las acciones IKB de KfW comenzó en enero de 2008 y terminó el 21 de agosto de 2008 con la decisión de vender IKB a Lone Star Funds VI Financial Holdings, L.P. Dallas, Estados Unidos (en lo sucesivo, «Lone Star»). |
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(37) |
La venta se produjo mediante un procedimiento de adjudicación abierta, no discriminatoria y transparente. Tras amplia difusión a principios de enero de 2008, en la primera ronda manifestaron su interés [> 40] oferentes (entre bancos alemanes e internacionales e inversores financieros). Después de firmar una declaración de confidencialidad, [> 20] oferentes recibieron un memorando de información (finales de enero). [> 5] oferentes presentaron una primera oferta (finales de febrero). [> 5] oferentes obtuvieron acceso al centro de datos. En total [< 5] presentaron una oferta concreta (mediados de mayo). |
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(38) |
A finales de mayo de 2008, KfW invitó a tres de estos [< 5] oferentes ([inversores financieros y estratégicos de diversos países]) a presentar una oferta vinculante. De estos [< 5] oferentes que habían presentado una oferta válida, resultó elegido Lone Star basándose en la comparación económica de las ofertas de los [< 5] puesto que Lone Star había ofrecido el precio neto más elevado. |
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(39) |
La venta de IKB comprende esencialmente un precio de venta de aproximadamente […] millones EUR (para el 90,8 % de las acciones) así como la garantía del inversor financiero Lone Star de invertir [> 400] millones EUR en IKB. En su oferta, Lone Star partía del principio de que se abandonaría la cláusula de retorno a la prosperidad. En contrapartida, Lone Star se comprometía a financiar el SIP 2 con los citados [> 400] millones EUR. Actualmente, IKB tiene previsto vender los activos del SIP 2 a una sociedad vehicular. KfW se mostró dispuesto a participar en la refinanciación del SIP 2 con un crédito de 775 millones EUR, que será reembolsado al tipo Euribor más [> 80] puntos básicos y será prioritario por importe de [> 200] millones EUR a las capital notes y por importe de [> 150] a las mezzanine notes millones EUR de Lone Star y IKB. |
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(40) |
KfW ha comprado SIP 1 por valor de 1 000 millones EUR (12). KfW soporta el riesgo de primeras pérdidas de 150 millones EUR, Alemania soporta los 600 millones EUR de riesgo siguientes mediante una garantía [se trata de pérdidas imprevistas (13)] y KfW soporta los restantes 250 millones EUR de riesgo. KfW confía en que las pérdidas totales de la cartera que pueden esperarse estén ya reflejadas en el precio, por lo que, en su opinión, no es necesario adoptar otras disposiciones. |
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(41) |
Además, los dos mecanismos marco concedidos por KfW a IKB por valor de [> 2,5] miles de millones EUR se prorrogan hasta […] como máximo (en principio deberían vencer en abril o julio de 2009). Las condiciones se han modificado ligeramente. La garantía del primer mecanismo se ha reducido de [> 100] % a [> 100] % y el tipo de interés del segundo mecanismo ha descendido del tipo Euribor más [> 100] puntos básicos al tipo Euribor más [> 100] puntos básicos. En opinión de KfW, estas modificaciones están justificadas porque IKB ha aumentado su capital propio. |
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(42) |
Además, el contrato de venta no estipula condiciones de venta especiales, aparte de una cláusula de exoneración de responsabilidad en aplicación de la cual quedan excluidas [determinadas condiciones] con consecuencias financieras de hasta […] EUR. Se refiere en particular a […]. Aunque se trata de […], que podría alcanzar los […] EUR, Alemania considera que el riesgo de […] es muy limitado ya que un mes antes de la crisis financiera, IKB ocupaba, gracias a sus excelentes resultados comerciales, el segundo puesto en la calificación de los bancos alemanes y que, según la evaluación de […], basándose en la información disponible, el banco no se ha apartado de su práctica comercial habitual. Puesto que, por una parte, la probabilidad de que el riesgo se materialice es muy pequeña y, por otra, las consecuencias de […] podrían ser graves, es difícil evaluar […]. Alemania alega que, en una adquisición, tales riesgos […] corren normalmente por cuenta del propietario anterior. Por tanto, KFW ha excluido este riesgo de la venta desde un principio. Puesto que es muy improbable que este riesgo se materialice, IKB no ha consignado provisiones en sus cuentas para créditos eventuales. |
2.6. Medidas de apoyo
Cuadro 3
Medidas de apoyo a IKB durante la restructuración
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No |
Medida |
Valor nominal (en miles de millones EUR) |
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1. |
Cobertura de riesgo (Rhineland: 5 800 millones EUR; Havenrock: 850 millones EUR; Activos consignados en el balance: 1 000 millones EUR. |
aproximadamente 7,65 (1,00 de las asociaciones bancarias) |
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2. |
Provisión de riesgo complementaria (350 millones EUR para la cobertura de pérdidas suplementarias-Havenrock) |
0,35 (0,20 de las asociaciones bancarias) |
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3. |
Ampliación de capital y préstamos no reembolsables (cobertura de las amortizaciones de los activos con efectos sobre el balance) |
2,30 (0,30 de las asociaciones bancarias) |
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4. |
Línea de liquidez |
[> 2,5] |
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5. |
Venta de acciones IKB |
[…] |
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5.1. |
Crédito preferente para la refinanciación del SIP 2 |
0,78 |
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5.2. |
Transferencia del SIP 1 a KfW |
1,00 |
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5.3. |
Cláusula de exoneración de responsabilidad […] |
[…] |
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Total |
[> 15] |
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2.7. El plan de reestructuración
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(43) |
Alemania ha presentado varias revisiones del plan de reestructuración de IKB. En los documentos de agosto de 2007, se exponían medidas para superar la crisis bancaria y evitar problemas futuros. Inmediatamente después de concederse la primera medida, IKB encargó a PriceWaterhouseCoopers (PWC) que analizará la situación en aquel momento. Basándose en este estudio, el 3 de septiembre de 2007 IKB anunció que se retiraba del sector de las inversiones estructuradas internacionales. |
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(44) |
Desde entonces, IKB ha actualizado el plan y ha sido vendido a Lone Star. Lone Star propuso un plan de saneamiento para IKB, que ha sido examinado por la empresa de auditoría KPMG desde el 16 de julio 2008 hasta el 25 de septiembre de 2008. El plan de saneamiento contiene una visión general de los mercados de referencia de IKB, explica las causas de la crisis, analiza los problemas y propone medidas para solucionarlos. El objetivo de este plan es, por una parte, estabilizar a corto plazo la situación financiera del banco, asegurando la liquidez necesaria y, por otra, restablecer la viabilidad largo plazo, suprimiendo su exposición al riesgo y centrándose en su actividad principal. A largo plazo, el plan de saneamiento prevé que IKB se concentre en la banca empresarial para PYME y que mantenga la financiación estructurada únicamente en la medida necesaria para estos servicios. |
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(45) |
El plan de saneamiento confirma la salida del sector de las inversiones de cartera, por la que se había decidido IKB inmediatamente después de la crisis. |
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(46) |
Durante las conversaciones con la Comisión, IKB aceptó también, como medida compensatoria, dejar las actividades de financiación inmobiliaria. Esto significa que, desde finales de 2008, IKB no podrá desarrollar nuevas actividades en el sector de la financiación inmobiliaria y que liquidará rápidamente los activos existentes (las líneas de crédito no pueden anularse sin preaviso), por lo que, al término del período de reestructuración, es decir, el 30 de septiembre de 2011, el 60 % como mínimo se habrá liquidado y IKB habrá debido vender sus filiales IKB Immobilien Management GmbH, IKB Projektentwicklungs GmbH Co. KG e IKB Projektentwicklungsverwaltungsgesellschaft mbH (14). La cartera restante de [< 3] miles de millones EUR se liquida al vencimiento de los activos restantes. La cesión total permite una reducción del volumen de créditos de 4 900 millones EUR en el ámbito de actividad de la financiación inmobiliaria. |
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(47) |
Además, Alemania ha propuesto, como medida compensatoria, que IKB ceda algunas de sus filiales:
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(48) |
Habida cuenta de la difícil situación del mercado, Alemania ha negociado, no obstante, una cláusula económica que da la posibilidad a IKB, en caso de circunstancias imprevisibles, especialmente si perdura la crisis del mercado de capitales o si la venta de determinados activos es imposible, de modificar o de sustituir una medida, o de prorrogar un plazo, cuando esté debidamente justificado y la Comisión no tenga objeción. |
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(49) |
Por otra parte, Alemania se ha comprometido a garantizar que la suma total del balance de IKB a 30 de septiembre de 2011 ascienda a 33 500 millones EUR (17) como máximo; Esto representaría una reducción del balance del 47,2 % en relación con los 63 500 millones EUR del balance rectificado de marzo de 2007. Alemania ha evaluado la ejecución de las medidas compensatorias y el cese de las actividades de inversiones de cartera como sigue: Cuadro 4 Medidas de reducción
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(50) |
Por otra parte, el plan de saneamiento señala también que IKB, cuya calificación en Fitch había descendido desde A + a BBB-, en las actuales condiciones de mercado tiene problemas financieros. La necesidad máxima de liquidez hasta el término del período de reestructuración se estima en [> 10 000 millones] EUR. Este déficit debe compensarse mediante la recapitalización, la prórroga de las líneas de liquidez de KfW así como una refinanciación basada en los créditos. Una parte del déficit de liquidez se cubrirá con la reducción de nuevas operaciones. |
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(51) |
El plan de saneamiento contiene, además, hipótesis de planificación de la futura evolución del banco en un supuesto favorable, neutro y desfavorable. Según estas hipótesis, en un supuesto neutro, IKB debería generar una rentabilidad de fondos propios de […] % al término de la fase de reestructuración, en septiembre de 2011. El beneficio antes de impuestos ascendería a […] millones EUR con […] empleados a tiempo completo. El ratio de capital de primer orden ascendería al […] % y el coeficiente de explotación (cost income ratio) descendería al […] %. |
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(52) |
Por otra parte, Alemania ha comunicado datos sobre los costes de la reestructuración, que pueden desglosarse como sigue: costes relacionados con las pérdidas de las inversiones de cartera por valor de [> 6] miles de millones EUR (Rhineland: 5 800 millones EUR, Havenrock: 1 200 millones EUR) y de las inversiones de cartera consignadas en el balance ([…] miles de millones EUR) (18), costes de reestructuración propiamente dichos (incluida la cobertura de riesgo, los costes de salida de las carteras y gastos administrativos de aproximadamente [> 0,25] miles de millones EUR), pérdidas de capital de aproximadamente [> 1] miles de millones EUR, costes debidos a la reducción de actividades comerciales, que ya se ha producido parcialmente o que todavía debe efectuarse habida cuenta de la prórroga de contratos existentes de [> 1] miles de millones EUR, así como […] por un importe de […] miles de millones EUR (19). Por consiguiente, Alemania estima en aproximadamente [> 15] miles de millones EUR el coste total de la reestructuración de IKB. |
3. PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN FORMAL
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(53) |
En su decisión de incoar el procedimiento, la Comisión dudaba de si las medidas de KfW a favor de IKB respetaban el principio del inversor en una economía de mercado puesto que el riesgo ligado a estas medidas para KfW era ilimitado, mientras que las asociaciones bancarias limitaban su participación en la cobertura de riesgo y el resto de los accionistas de IKB ni siquiera participaban. |
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(54) |
Además, en aquel momento la Comisión también dudaba de si las medidas podían considerarse compatibles con el mercado común, de conformidad con el artículo 87, apartado 3, del Tratado CE. En su opinión, las medidas no podían considerarse ayudas compatibles con el mercado común destinadas a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro a tenor del artículo 87, apartado 3, letra b), del Tratado CE. Por otra parte, en opinión de la Comisión no había motivos para considerarlas ayuda de salvamento, puesto que no se trataba de medidas transitorias. En aquel momento, no se cumplían las condiciones establecidas en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (en lo sucesivo, «las Directrices») (20). |
4. OBSERVACIONES DE ALEMANIA TRAS LA DECISIÓN DE INCOAR EL PROCEDIMIENTO
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(55) |
Alemania mantiene su posición inicial, según la cual las medidas no constituyen ayudas estatales, puesto que satisfacen el principio del inversor en una economía de mercado. La intervención estaba basada en consideraciones de un inversor en una economía de mercado puesto que para KfW la insolvencia de IKB habría ido unida a costes más elevados que los de las medidas de apoyo durante la reestructuración de IKB. A este respecto, Alemania subraya que la cuestión de una rentabilidad del capital adecuada es irrelevante. Además, la prueba del inversor en una economía de mercado debe realizarse ex ante. |
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(56) |
En la valoración de la primera medida solo habría que tener en cuenta, en opinión de Alemania, las pérdidas estimadas inicialmente, es decir, pérdidas por un importe de 3,5 000 millones EUR en el supuesto más desfavorable y de [< 2,5] miles de millones EUR en un supuesto medio. Alemania alega que un inversor en una economía de mercado compararía los costes directos de la insolvencia de IKB, es decir, en este caso, 1 500 millones EUR, debidos al mantenimiento del valor contable de IKB de aproximadamente 620 millones EUR (21) (según normas contables alemanas) y la amortización de créditos por un importe de aproximadamente 850 millones EUR que IKB había concedido a terceros en el marco de las actividades de fomento de KfW (22). Además, la insolvencia de IKB traería consigo que deberían ser amortizados créditos adicionales de la actividad de fomento por importe de 1 100 millones EUR como mínimo, lo que incrementaría los costes de refinanciación y, además, dañaría la reputación de KfW. |
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(57) |
Alemania añade que, incluso si las medidas de apoyo se consideraran ayudas estatales, la ayuda debería deducirse de las pérdidas que habría sufrido KfW en caso de insolvencia. |
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(58) |
En cuanto a la segunda medida, Alemania señala que se trata de una medida complementaria de la primera y que ha sido financiada en gran parte por las asociaciones bancarias. Habida cuenta de la sentencia Alitalia, debe considerarse «que una aportación de capitales mediante fondos públicos cumple el criterio del inversor privado y no supone la concesión de una ayuda de Estado, entre otra cosas, si dicha aportación tiene lugar al mismo tiempo que una aportación significativa de capital por parte de un inversor privado efectuada en circunstancias similares» (23). |
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(59) |
Alemania no contesta el carácter de ayuda de la tercera medida. |
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(60) |
La venta de IKB tampoco constituye, en opinión de Alemania, ayuda estatal, ya que KfW actuó como un vendedor en una economía de mercado. El precio de compra fue el resultado de negociaciones con varios posibles compradores y corresponde, por tanto, a las condiciones de mercado. Las medidas adicionales eran necesarias para vender el banco y se adoptaron en condiciones de mercado. |
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(61) |
Esto se aplica en primer lugar a la venta de SIP 1, que se vendió a KfW a un precio inferior en un [< 10] % al valor contable NIIF. Es cierto que este precio es mejor que el que negoció Lone Star para SIP 2 ([descuento> 10] %), pero no hay que olvidar que SIP 2, a diferencia de SIP 1, estaba constituido sobre todo de […]. Por tanto, Alemania alega que KfW podría haber vendido la cartera o conservarla sin pérdidas hasta su vencimiento. Además, para la venta de SIP 1 KfW necesitaba el apoyo de su propietaria, la República Federal de Alemania, puesto que […]; esto se cubrió con la garantía estatal para evitar que KfW tuviera que comprometer fondos propios por un importe de aproximadamente […] millones EUR. En segundo lugar, la participación de KfW en SIP 2 también está basada en la economía de mercado puesto que, habida cuenta de la prioridad del crédito, representaba un riesgo inferior y la remuneración (Euribor más [> 80] puntos básicos), para la cual Alemania transmitió indicadores de mercado, era elevada. El hecho de que KfW tuviera que asumir el riesgo de garantía (reserva) por un importe de […] EUR para […] no es infrecuente en casos en los que la probabilidad es pequeña pero la suma en juego elevada y se puso como condición para todos los participantes en la última fase de las negociaciones. |
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(62) |
Si la Comisión considerara que las medidas contienen elementos de ayuda, Alemania alega que dicha ayuda debería ser considerada ayuda de reestructuración compatible con el mercado común. El ámbito de actividad del banco que ha causado los problemas ha sido abandonado y, a partir de ahora, el banco se concentrará en su actividad principal. |
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(63) |
Además, Alemania se ha comprometido a tomar todas las medidas mencionadas en el considerando 46. |
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(64) |
Por último, Alemania alega que el banco participa en la reestructuración con una aportación considerable (mínimo [> 10] miles de millones EUR). A este respecto, Alemania ha modificado varias veces sus datos y ha calculado por último esta aportación propia como la suma de todas las aportaciones a la reestructuración en las que no se ha concedido ninguna ayuda, de la reducción de las nuevas operaciones y de los ingresos de las cesiones, tras reducir las pérdidas. Los beneficios netos de las cesiones se estiman en [> 5] miles de millones EUR, sobre la base de los activos por vender durante el período de reestructuración, menos […], la actividad residual en Luxemburgo y algunas inversiones de cartera en Luxemburgo. En particular, Alemania estimó […] miles de millones EUR para la rama inmobiliaria, […] miles de millones EUR para la filial luxemburguesa, […] miles de millones EUR para la filial de Nueva York, […] miles de millones EUR para Amsterdam, […] miles de millones EUR para Movesta y […] miles de millones EUR para los demás activos no estratégicos. |
5. EVALUACIÓN CON ARREGLO A LAS NORMAS SOBRE AYUDAS ESTATALES
5.1. Existencia de ayuda
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(65) |
La Comisión ha examinado en primer lugar si las medidas constituyen ayudas estatales a tenor del artículo 87, apartado 1, del Tratado CE. Según dicho apartado, son ayudas estatales las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros. |
a) Cobertura de riesgo y ampliación de capital (medidas 1 a 3)
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(66) |
La Comisión mantiene el punto de vista expresado en su Decisión de incoación del procedimiento, a saber, que ninguna de estas tres medidas habría sido adoptada por un inversor en una economía de mercado y que, por tanto, todas ellas constituyen ayuda estatal. Dado que las actividades de IKB son transfronterizas e internacionales, es indiscutible que cualquier ventaja que le otorgara la puesta a disposición de recursos estatales afectaría a la competencia en el sector de la banca y tendría consecuencias sobre el comercio intracomunitario (24). |
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(67) |
La Comisión toma nota del argumento de Alemania según el cual las medidas en cuestión no han otorgado ventajas a IKB puesto que KfW actuó exclusivamente en su calidad de propietario y, por lo tanto, de inversor privado; no obstante, Alemania no cuestiona que KfW sea una entidad de crédito de propiedad estatal con una misión de servicio público y que su comportamiento sea imputable al Estado. Al admitir que el Ministerio Federal de Hacienda no solo estuvo presente en las reuniones del consejo de administración, que tomó todas las decisiones el fin de semana del 27 al 29 de julio de 2007, sino que en el momento de la decisión incluso ocupaba la Presidencia, Alemania confirma en esencia que las decisiones de KfW son imputables al Estado (25). |
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(68) |
Por consiguiente, en su investigación la Comisión se ha centrado en la cuestión de si IKB obtuvo, gracias a la intervención de KfW, una ventaja que, en las mismas circunstancias, también le habría otorgado un inversor en una economía de mercado. La Comisión reconoce que, según las estimaciones efectuadas previamente, la cobertura de riesgo para IKB en la situación más desfavorable habría cubierto pérdidas de aproximadamente 2 500 millones EUR. Como en casos comparables (26), también en este asunto la Comisión considera que, en una situación tan incierta, para prever las pérdidas un inversor privado se habría basado en la situación más desfavorable y no en una situación media. Además hay que destacar que KfW no descartaba que su responsabilidad potencial pudiera ascender hasta 8 100 millones EUR. |
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(69) |
No es cierto que la medida fuera más ventajosa para KfW y Alemania, en cuanto al coste, que la liquidación de IKB (27), aun cuando no se hubiera partido de la base de la evaluación ex ante de la situación en el momento en que se tomó la decisión (28). La Comisión no puede aceptar todos los costes de liquidación aducidos por Alemania. Aun cuando el valor contable de IKB fuera realmente de 620 millones EUR, la Comisión ya señaló en su Decisión de incoación que la cotización de las acciones de IKB habían caído claramente antes de la intervención de KfW, por lo que el valor de la participación de KfW en IKB en el momento de la intervención probablemente no se correspondía con este valor contable. Además, la Comisión ponía en duda en la Decisión de incoar el procedimiento que fuera realista el riesgo de impago subyacente de aproximadamente [> 15] % aplicado a los créditos de fomento. Alemania no ha aportado pruebas suficientemente sólidas que respalden la plausibilidad de la estimación de KfW. |
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(70) |
Por lo que se refiere a la amenaza de pérdidas indirectas debido a una crisis bancaria generalizada que, como se explica en la Decisión de incoar el procedimiento, parece puramente hipotética, la Comisión considera que no está suficientemente motivada. Estima, además, que la financiación estructurada en el marco de las actividades de fomento forma parte de la misión de servicio público de KfW y no de sus funciones como entidad de crédito normal. Por tanto, las pérdidas ocasionadas por estas actividades no pueden ser consideradas como costes que habría tenido en cuenta un inversor en una economía de mercado (29). |
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(71) |
Para la Comisión sigue siendo un argumento decisivo el que las pérdidas estimadas en el marco de la cobertura de riesgo no se limitaran de hecho a 2 500 millones EUR sino que no tenían un tope. Aun cuando se pudiera alegar que BaFin había impuesto esta responsabilidad ilimitada como condición sine que non para evitar la moratoria, es indudable que un inversor en una economía de mercado habría tenido en cuenta también esta circunstancia en su prueba de sopesamiento, lo que resulta evidente al examinar la participación privada en la cobertura de riesgo. |
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(72) |
Por lo que se refiere al comportamiento de KfW y de las asociaciones bancarias, la Comisión recuerda que cuando un accionista público actúa concomitantemente a inversores privados, la aportación de capital debe ser proporcional y en las mismas condiciones (30) y sobre la base de las mismas consideraciones comerciales (31). Estas consideraciones constituyen también la base de la sentencia del Tribunal de Primera Instancia en el asunto Alitalia, citada por Alemania, en la que se exigían circunstancias comparables. |
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(73) |
A este respecto, la Comisión señala que las asociaciones bancarias limitaron su participación en la cobertura de pérdidas en la primera medida a 1 000 millones EUR (aproximadamente el 30 %), mientras que KfW renunció a un límite y, por tanto, se expuso a un riesgo mucho más elevado que las asociaciones bancarias. Aun deduciendo las pérdidas directas potenciales ocasionadas por la condición de propietaria de KfW y de los créditos, por un total de supuestamente […] miles de millones EUR, (véase el considerando 54) y basándose en las estimaciones menos favorables, la participación de KfW en la cobertura de riesgo sigue siendo igual de elevada que la de las tres asociaciones bancarias juntas. Es evidente que KfW no participó de forma similar al grupo de bancos. |
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(74) |
Además, no es válido el argumento de que se habría declarado una crisis general en el sector bancario alemán, de consecuencias catastróficas para KfW. Todos los demás bancos se hubieran visto afectados de la misma manera por la crisis. La participación limitada a 1 000 millones EUR (aproximadamente el 30 %) de las asociaciones bancarias en la cobertura de riesgo no guarda, sin embargo, relación con la cuota de mercado superior al 95 % de sus miembros en Alemania (32). Por consiguiente, la Comisión no ve razones comerciales para la participación desproporcionadamente elevada de KfW. Aunque, hasta cierto punto, KfW puede haber actuado en interés de sus filiales, es indudable que ha excedido lo que habría hecho un inversor privado. Un propietario privado se habría comprometido mucho menos y habría exigido un apoyo suplementario de las asociaciones bancarias o del Estado. Por tanto, al menos hasta cierto punto, KfW no se comportó como un inversor en una economía de mercado. |
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(75) |
Lo mismo puede decirse sobre la segunda medida, que, según Alemania, se trata sencillamente de una medida de apoyo a la primera cobertura de riesgo. Aun cuando la participación de KfW y de las asociaciones bancarias puedan parecer más equilibradas en cifras absolutas (en términos relativos, la participación de las asociaciones bancarias, no obstante, debería ser más elevada) esta medida debe ser considerada conjuntamente con la primera en el contexto de la reestructuración en su conjunto, por lo que KfW, tras haber actuado de forma diferente a un inversor en una economía de mercado, ya no puede, según reiterada jurisprudencia, aducir el argumento del inversor en una economía de mercado (33). |
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(76) |
Esto es aún más cierto por lo que se refiere a la tercera medida, en la que el Estado Federal claramente ordenó a KfW que interviniera y apoyó otra medida de 2 300 millones EUR con 1 200 millones EUR. KfW estaba así mucho más expuesto que las asociaciones bancarias aún cuando, en caso de insolvencia de IKB, se pondría en marcha un mecanismo de garantía por el que se repartirían las cargas entre todo el sector bancario. |
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(77) |
En otros casos, la Comisión ha considerado que es difícil calcular el importe de la ayuda cuando esta se concede mediante una cobertura de riesgo (34). Conforme a las Directrices y a la jurisprudencia, el elemento de ayuda para una empresa que atraviesa dificultades puede ser tan elevado como el importe cubierto potencialmente por la garantía pero, según los casos, puede ser inferior (35). Sin embargo, aun cuando el elemento de ayuda haya sido estimado ex ante en menos de 8 100 millones EUR (Rhineland, Havenrock y 1 000 millones EUR de activos consignados en el balance), la estimación realista de las pérdidas en 6 800 millones EUR parece ahora netamente superior a las estimaciones para el caso más desfavorable (véase el cuadro 3, sin la tercera medida). Por consiguiente, la Comisión concluye que el importe de la ayuda concedida en el marco de la cobertura de riesgo y mediante las aportaciones de capital asciende a 8 800 millones EUR (véase el cuadro 3, del no 1 al no 3). |
b) La línea de liquidez
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(78) |
Además de la aportación de capital y de las medidas compensatorias de las pérdidas, KfW apoyó también la continuidad de las actividades de IKB mediante dos mecanismos marco de [> 1] miles de millones EUR cada uno. Estas medidas se adoptaron en el marco de la reestructuración y no pueden disociarse de la primera ni de la segunda medida, por lo que, en este caso, KfW tampoco puede aducir ya el argumento del inversor en una economía de mercado (36). Para la Comisión no es evidente que un inversor privado, especialmente sin la garantía de una cobertura de riesgo, hubiera asumido un riesgo tan alto. No obstante, si KfW actuó con arreglo a determinadas referencias de mercado, debería reflejarse en la cuantificación del elemento de ayuda. |
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(79) |
La Comisión señala que se fijó un tipo de interés de Euribor más [< 50] hasta [> 50] puntos básicos para la primera medida, que ya ha sido retirada, y para la segunda línea de liquidez un tipo de interés de Euribor más [> 100] puntos básicos, y que cada mecanismo […] estaba cubierto por encima de 100 % ([…] %). Se garantizaron con activos de IKB adecuados no procedentes de inversiones de cartera y que normalmente no pueden fallar. La garantía está estructurada de tal modo que, de facto, la seguridad nunca puede bajar del 100 %. Efectivamente, la provisión de liquidez tiene una alta cobertura y un riesgo de impago relativamente reducido. Por tanto, KfW no contaba solo con la capacidad financiera de IKB sino que poseía, además, garantías válidas. |
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(80) |
No obstante, los márgenes de riesgo aplicados debían ajustarse a la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (37) (en lo sucesivo, «la Comunicación sobre tipos de referencia y actualización»). Puesto que la calificación de la empresa se efectúa basándose en la cobertura de riesgo y había unanimidad en cuanto a que se trataba de una empresa en crisis (véase el considerando 96), la Comisión debe aplicar los márgenes contemplados para empresas en crisis. En el caso de una garantía elevada, dicho margen asciende a 400 puntos básicos (38). La Comisión considera por tanto que la ventaja de la primera línea de liquidez por un importe de [> 1] miles de millones EUR durante un período de diez meses (de enero a octubre de 2008) corresponde a una media de [> 300] puntos básicos. La segunda línea de liquidez, de julio de 2008, que todavía no se ha retirado, durante un período de nueve meses (de febrero a octubre 2008) concedía en consonancia una ventaja de [> 200] puntos básicos. La ayuda vinculada a estos mecanismos ascendería, por tanto, para la primera línea de liquidez, a […] millones EUR y para la segunda […] millones EUR, es decir, un importe de ayuda total de […] millones EUR. |
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(81) |
Por lo que se refiere a las líneas de liquidez de [un banco de un Estado federado] y de [otro banco de un Estado federado] la Comisión no ve motivos para suponer que no se concedieran teniendo en cuenta las consideraciones de mercado y que pudieran haber otorgado una ventaja a IKB. Las circunstancias en las que se concedieron estas líneas de liquidez, especialmente el hecho de que las operaciones interbancarias forman parte de la actividad diaria y normal de un banco, la participación importante concomitante de agentes económicos privados y el hecho de que [un banco de un Estado federado] y [otro banco de un Estado federado] concedieran estas líneas de crédito sin que se lo ordenar el Estado, permiten concluir a la Comisión que no hay indicios de que las operaciones en cuestión sean imputables al Estado (39). Por consiguiente, en opinión de la Comisión estos mecanismos no incluyen ayuda estatal. |
c) La venta de IKB
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(82) |
La Comisión examinó, además, si la venta del IKB a Lone Star incluía ayuda estatal. Así hubiera sido si IKB se hubiera vendido a Lone Star por debajo del precio de mercado. Alemania transmitió a la Comisión abundante información (véase la sección 2.5), en la que, sin embargo, no había datos que indicaran que el precio pagado por Lone Star no correspondiera a la mejor oferta que se habría alcanzado en un procedimiento de venta abierto, transparente, no discriminatorio e incondicional. Puesto que, según los principios de la Comisión, este es un principio decisivo para las privatizaciones (40), puede concluirse que la venta no contiene ayudas a favor de Lone Star. |
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(83) |
La Comisión examinó también si la venta contenía ayudas adicionales para IKB, como hubiera ocurrido en el caso de que la liquidación hubiera sido menos onerosa para KfW que la venta de IKB, es decir, se examinó si respondía a la prueba de un vendedor en una economía de mercado. A este respecto, la Comisión señala que no solo se consiguió un precio de venta, sino que este lleva aparejadas aportaciones de capital de KfW que deben considerarse como parte de la venta. Estas aportaciones comprenden el mantenimiento de las dos líneas de liquidez por importe de [> 2,5] miles de millones EUR, el crédito preferente de KfW para la refinanciación del SIP 2, la transferencia del SIP 1 a KfW antes de la venta de IKB y la planificación del riesgo de la garantía […]. KfW adoptó estas medidas con la finalidad clara de hacer posible la venta de IKB y de deshacerse del mayor número de activos lo más rápidamente posible. Aunque, a primera vista, KfW consiguió un precio de venta positivo, la venta iba acompañada de medidas que, en última instancia, supusieron un precio de venta negativo. |
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(84) |
Pero tampoco hay que pasar por alto que estas medidas se ejecutaron en el marco de la reestructuración de IKB y, por consiguiente, en relación con las tres primeras medidas de reestructuración. Por tanto, la Comisión no puede considerar estas medidas separadamente de las tres primeras, y tampoco aquí estima válido el argumento aducido por KfW del inversor en una economía de mercado (41). |
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(85) |
Independientemente de esto, de todas formas no parece cumplirse en este caso el criterio del principio del inversor en una economía de mercado. En definitiva, lo decisivo es si se obtuvo un precio negativo porque Alemania no pudo alegar costes de liquidación adicionales creíbles que un inversor en una economía de mercado habría tenido en cuenta. Por tanto, la Comisión no puede tener en cuenta en especial las pérdidas por riesgo de impago subyacente a los créditos de fomento. En su opinión, la financiación estructurada en el marco de las actividades de fomento forma parte de la misión de servicio público de KfW y no de sus funciones como entidad de crédito normal. Por consiguiente, no debería considerarse como un coste que sería importante también para un inversor en una economía de mercado, puesto que este no habría asumido en absoluto obligaciones derivadas de medidas de ayuda estatal (42). |
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(86) |
Así pues, la Comisión examinó si las medidas de ayuda eran la causa, de facto, de un precio negativo. Puesto que las medidas de ayuda no consisten en subvenciones sino, esencialmente, en créditos y garantías, debe considerarse, al igual que en una evaluación de ayudas estatales normal, la ventaja económica para IKB obtenida gracias a ellas. |
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(87) |
En primer lugar, KfW sigue poniendo liquidez a disposición de IKB. Como ya se ha explicado en el considerando 77, resulta difícil calcular la ventaja obtenida, puesto que los inversores privados tal vez también habrían estado dispuestos, en determinadas condiciones, a aportar liquidez, siempre que se garantizara una cobertura de riesgo. Tras la venta de IKB a Lone Star, se suprimió la cobertura de riesgo. La absorción de IKB por Lone Star y la autorización por parte de la Comisión de las ayudas de reestructuración y del plan de saneamiento muestran que el restablecimiento de la viabilidad se considera posible. Aunque en la fase de reestructuración oficialmente se considera a IKB como empresa en crisis, a los efectos del cálculo del elemento de ayuda, está justificado considerarla como «deficiente» (Categoría de calificación B) con arreglo a la Comunicación sobre tipos de referencia y actualización (43). Según dicha Comunicación, el margen de préstamos ascendería a 220 puntos básicos, lo que significa que la segunda línea de liquidez estaría [> 100] puntos básicos y la primera [> 125] puntos básicos por debajo del tipo de referencia. Si se calcula para […] años (de octubre de 2008 a abril […]), resultaría una ayuda adicional de [aproximadamente 90] millones EUR. |
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(88) |
En segundo lugar, IKB adquirió el SIP 1 por 1 000 millones EUR. La Comisión constata que el precio negociado por KfW es un [< 10] % inferior al valor contable NIIF y que IKB anteriormente había podido vender partes de su cartera a precios superiores al valor contable NIIF. En la situación actual de mercado, raro sería que un inversor privado pudiera o quisiera comprar una cartera así (al menos, en su totalidad). El hecho de que Lone Star no estuviera interesada en la compra y de que KfW no estuviera en condiciones de efectuar dicha compra sin ayuda estatal habla por sí solo. No se puede descartar que fueran necesarias otras amortizaciones de la cartera. En el supuesto más desfavorable, se situarían en el tramo subordinado de [< 200] millones EUR. Puesto que no hay otros puntos de referencia, la Comisión parte de la base de que KfW asumió con el SIP 1 un riesgo adicional de [< 200] millones EUR como máximo. |
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(89) |
En tercer lugar, KfW puso a disposición para el SIP 2 un crédito preferente de 775 millones EUR que será reembolsado al tipo Euribor más [> 90] puntos básicos por su prioridad (es decir, el crédito se satisfará en primer lugar a partir de los ingresos). No obstante, el crédito se concede a una sociedad vehicular que el prestatario todavía no conoce. Según la Comunicación sobre tipos de referencia y actualización, el tipo de interés concedido a esta sociedad vehicular debería ser el Euribor más 400 puntos básicos (44). Puesto que, no obstante, se trata de un crédito prioritario, subordinado a una participación de IKB y, por tanto, beneficia esencialmente a IKB, la Comisión acepta en este caso un margen de préstamos de 220 puntos básicos. El elemento de ayuda en relación con la puesta a disposición del tramo prioritario de 775 millones EUR puede por tanto estimarse en aproximadamente [< 30] millones EUR ([> 100] puntos básicos por […] años, es decir, de octubre de 2008 hasta […]). |
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(90) |
En cuarto lugar, el motivo de asumir el riesgo de […] era que, si se asumía el riesgo conjuntamente con IKB, no habría podido cuantificarse este riesgo de forma adecuada. Dado que el riesgo de la garantía es escaso y que, según la información de que se dispone, es más bien improbable que este riesgo se materialice, no habría sido apropiado considerar este riesgo como parte de la venta. El hecho de que los auditores no exigieran reservas a IKB confirma que el riesgo era escaso. Por lo que se refiere a los eventuales pagos de indemnizaciones por daños […], existe naturalmente cierto riesgo residual. Puesto que no se comunicó una evaluación del riesgo, la Comisión parte de la base de que las medidas en cuestión deben cuantificarse en […] EUR, lo que corresponde a un riesgo de […] %. |
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(91) |
En total, la ayuda contenida en las medidas adoptadas en el marco de la venta de IKB asciende a 390 millones EUR; esta cantidad supera el precio de venta de [> 100] millones EUR en [> 250] millones EUR, lo que hace que sea un precio de venta negativo. Por consiguiente, hay que considerar que la venta de IKB contenía una ayuda a favor de IKB. |
d) Resumen de las ayudas estatales
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(92) |
Como se deduce del cuadro 5, las ayudas concedidas en el marco de todas las medidas ascienden en total a 9 155 millones EUR. Cuadro 5 Ayudas para IKB durante la restructuración
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5.2. Compatibilidad de las medidas con el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra b), del Tratado CE: ayudas para poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro
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(93) |
La Comisión mantiene el punto de vista expresado en la Decisión de incoación, es decir, que en el presente caso no es de aplicación del artículo 87, apartado 3, letra b), del Tratado CE. Según dicha disposición, pueden concederse ayudas estatales para poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro. La Comisión recuerda que el Tribunal de Primera Instancia ha insistido en que el artículo 87, apartado 3, letra b), del Tratado CE debe aplicarse de manera restrictiva. |
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(94) |
La investigación ha confirmado la observación de la Comisión de que los problemas de IKB se deben a acontecimientos específicos de la empresa. Además, la información presentada por Alemania no ha convencido a la Comisión de que los efectos sistémicos que pudieran derivarse de una insolvencia de IKB habrían alcanzado tal magnitud que hubiera supuesto «una grave perturbación en la economía» de Alemania en el sentido del artículo 87, apartado 3, letra b) (45). El presente asunto se funda en problemas específicos de IKB y, por ello, necesita medidas de ayuda concretas que puedan adoptarse de conformidad con las normas sobre empresas en crisis. Por tanto, las medidas en cuestión no pueden ser declaradas compatibles con el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra b), del Tratado CE. |
5.3. Compatibilidad con el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado CE-Ayuda de reestructuración
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(95) |
Los resultados de la investigación permiten concluir que las medidas pueden ser consideradas compatibles con el mercado común como ayuda de reestructuración puesto que cumplen todas las condiciones de las Directrices. Por consiguiente, no fue necesario examinar si las medidas podrían constituir también ayuda de salvamento, lo que la Comisión ya había descartado en la Decisión de incoar el procedimiento debido al carácter irreversible de la cobertura de riesgo. |
a) Empresa en crisis
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(96) |
En opinión de la Comisión, IKB era una empresa en crisis a tenor del punto 9 de las Directrices y, sin la intervención de KfW, es muy probable que no habría podido resistir mucho tiempo a la crisis de liquidez. Las inminentes pérdidas hubieran conducido al cierre del banco, con lo que se hubieran cumplido los requisitos del punto 10, letra c), de las Directrices. Alemania no ha cuestionado este punto de vista, expuesto ya en la Decisión de incoación. |
b) Restablecimiento de la viabilidad a largo plazo
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(97) |
La presente investigación ha confirmado que la reestructuración restablecerá la viabilidad a largo plazo de IKB. La Comisión considera que la venta de IKB a Lone Star tiene una importancia decisiva para resolver los problemas surgidos y para la evolución económica positiva del banco. |
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(98) |
Además, la investigación ha confirmado que IKB ha reorientado su actividad. El banco ha abandonado las actividades que originaban pérdidas y ya no invierte en operaciones de cartera. A partir de ahora, el banco se concentrará en su actividad principal, los clientes empresariales. Las actividades residuales en el segmento de la financiación estructurada se mantienen con el fin de respetar las exigencias en el negocio de la banca empresarial, mientras que se abandona el [> 20] % del segmento así como la totalidad de las actividades de financiación inmobiliaria. Además, IKB ha adoptado medidas para mejorar la gestión del riesgo y ha reducido sensiblemente su exposición al riesgo. Así, IKB ha adoptado las medidas internas necesarias para cambiar de rumbo. |
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(99) |
Por otra parte, la Comisión toma nota de que el plan de reestructuración de IKB persigue el restablecimiento duradero de su rentabilidad a largo plazo. Del plan, basado en proyecciones financieras sólidas, se deduce que el modelo comercial escogido dará resultado. El ratio de capital de primer orden del […] % y el coeficiente de explotación (cost income ratio) de […] %, que debe alcanzarse para 2011, muestran que se trata de un plan de negocio sólido. La rentabilidad de fondos propios relativamente baja del […] % (2012) debe considerarse conjuntamente con el ratio de capital de primer orden relativamente elevado que constituye una reserva indispensable. La Comisión toma nota de las considerables medidas de ahorro que se ejecutarán de aquí a 2011. La Comisión ha examinado también las perspectivas subyacentes al plan de reestructuración y no duda de que son realistas. |
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(100) |
De dicho plan se deduce que incluso en el supuesto más desfavorable será posible un resultado económico positivo de IKB, con una rentabilidad de fondos propios positiva. También en ese caso el banco podrá alcanzar un ratio de capital de primer orden del […] % y se fundamentará, por tanto, en bases sólidas. |
c) Limitación de la ayuda al mínimo necesario – Contribución propia
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(101) |
Las dudas de la Comisión respecto a que la ayuda se limite al mínimo necesario han quedado disipadas. La Comisión puede concluir que la ayuda se ha limitado al mínimo necesario y ha ido acompañada de una importante contribución propia, de acuerdo con los objetivos que se indican en las Directrices, a saber, por encima del 50 % de los costes de reestructuración. |
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(102) |
Los costes de reestructuración comprenden pérdidas por diversas conceptos (pérdidas de las carteras, pérdidas debidas a costes de financiación más elevados, pérdidas por la reducción de los ámbitos de actividad, pérdidas en el curso de la cesión de activos) así como costes de la constitución de la cobertura de riesgo, costes de reestructuración de personal, costes administrativos y honorarios de asesores y abogados. La Comisión no cuestiona que dichos costes asciendan a [> 15] miles de millones EUR, como señala Alemania en el considerando 50. Reconoce también que la refinanciación del SIP 1 y el crédito preferente para el SIP 2 forman parte de los costes de reestructuración, puesto que estos instrumentos son necesarios para el restablecimiento de la viabilidad a largo plazo. Los costes totales deben, por tanto, estimarse en [> 17] miles de millones EUR. |
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(103) |
De conformidad con el punto 43 de las Directrices, la reestructuración de IKB puede financiarse mediante ayudas, fondos propios de los beneficiarios, la venta de activos, los recursos de los accionistas o financiación externa obtenida en condiciones de mercado. |
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(104) |
Una cantidad considerable para la reestructuración de la cartera la aporta la propia empresa así como los antiguos y nuevos accionistas privados, que comprende, en particular, la participación de las asociaciones bancarias, los fondos propios de IKB (46) y las aportaciones de capital de Lone Star. No obstante, las pérdidas sufridas en las operaciones y las reducciones de las actividades no pueden ser consideradas como contribución propia ya que, de conformidad con el punto 43 de las Directrices, la contribución debe ser real, es decir auténtica. La contribución propia en esta categoría asciende, por tanto a aproximadamente […] miles de millones EUR ([> 20] %). |
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(105) |
Si se toman en cuenta los ingresos procedentes de las ventas efectuadas como medidas compensatorias, este importe se incrementa considerablemente y se sitúa en el 50 % como mínimo. Esto afecta a activos con un valor nominal de [> 15] miles de millones EUR (véase el cuadro 4). Sin embargo, la Comisión no puede reconocer la totalidad de este importe como contribución propia. En primer lugar, una parte de la actividad de IKB Luxemburgo se ha reanudado en Dusseldorf ([…] miles de millones EUR), por tanto, solo se cede una parte. En segundo lugar, una parte de los fondos financieros no procede de ventas activas sino del vencimiento de los correspondientes activos. En tercer lugar, es difícil saber a qué valor podrían liquidarse los activos. […]. Alemania no obstante ha aportado argumentos suficientes para convencer a la Comisión de que la liquidación activa de los activos en un futuro previsible podría reportar [< 5] miles de millones EUR como mínimo (47). La Comisión supervisará esta liquidación con el fin de asegurarse de que efectivamente se alcanza una contribución propia suficientemente elevada y que la ayuda efectivamente se limita al mínimo necesario. |
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(106) |
La cesión de activos tiene un doble efecto. Por una parte, se reduce el volumen de activos de riesgo, de manera que se libera capital y aumenta el grado de capitalización. Por otra, con la cesión se logra liquidez, que puede ser utilizada para financiar la reestructuración o incluso para reforzar la base de liquidez (48). Como ya se ha explicado en el considerando anterior, se trata en parte de aportaciones de capital previstas, otra parte ya se ha realizado y otra se realizará en un futuro próximo. Incluso dejando de lado las aportaciones de capital previstas, que no se podrán efectuar antes de 2011, y en el supuesto prudente de que no puedan conseguirse todos los ingresos esperados en su totalidad, la Comisión concluye que se cumple la condición de una contribución propia del 50 % necesaria para que la reestructuración no suscite dudas en cuanto a las normas de competencia. |
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(107) |
En su conclusión la Comisión ha tenido en cuenta los siguientes aspectos: Cuadro 6 Contribución propia
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d) Prevención de falseamientos indebidos de la competencia – Medidas compensatorias
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(108) |
Tras la investigación, la Comisión ha quedado convencida de que se han tomado medidas suficientes para mitigar en lo posible los efectos adversos de la ayuda en los competidores. |
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(109) |
La Comisión señala que IKB abandona todo un segmento de actividad y reduce su segmento más rentable, la financiación estructurada, en un [20-30] %. |
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(110) |
La Comisión no puede aceptar que la mayor parte de la reducción (es decir, la liquidación de las inversiones de cartera por importe de 18 300 millones EUR) constituya medidas compensatorias, puesto que las medidas de reducción son necesarias para el restablecimiento de la viabilidad a largo plazo. Conforme al punto 40 de las Directrices, estas medidas no pueden considerarse medidas compensatorias. |
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(111) |
Independientemente de esto, la reducción de otros [> 10] miles de millones EUR corresponde aproximadamente al [25] % del total del balance una vez deducidas las inversiones de cartera (es decir [> 10] miles de millones EUR de 45 200 millones EUR) (49). Aunque el cese de las inversiones de cartera no puede aceptarse como medida compensatoria, no deja de tener influencia sobre el tamaño del banco y sus actividades. Sobre la base de las medidas propuestas por Alemania, el balance total de IKB disminuirá un 47,2 % (es decir, 18 300 millones EUR de inversiones de cartera y [> 10] miles de millones EUR para las medidas compensatorias menos […] miles de millones EUR de margen de crecimiento en relación con los 63 500 millones EUR del balance total). |
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(112) |
La Comisión señala también que la disminución deseada del balance total a 33 500 millones EUR de aquí a finales del período reestructuración (30 de septiembre de 2011) garantiza que los cierres y cesiones no se compensarán con el relanzamiento del negocio en otros sectores del banco o una mera transferencia de actividades. |
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(113) |
Por otra parte, los antiguos propietarios y directivos del banco ya no participarán en las actividades de IKB, lo que supone un claro mensaje contra el riesgo moral. Además, el banco se vendió mediante un procedimiento abierto y no discriminatorio que dio a los competidores del sector bancario la oportunidad de adquirirlo, lo que ya de por sí representa una especie de compensación por el perjuicio competitivo que les causó la ayuda. |
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(114) |
En conjunto, las medidas compensatorias son proporcionales a los efectos de distorsión provocados por la ayuda concedida a IKB y garantizan que los efectos negativos sobre las condiciones de comercio se minimicen en la medida de lo posible. |
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(115) |
La Comisión debe ser informada de los avances en la ejecución de las medidas compensatorias citadas. |
6. CONCLUSIÓN
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(116) |
La Comisión concluye que las medidas de ayuda en cuestión se han ejecutado ilegalmente, infringiendo lo dispuesto en el artículo 88, apartado 3, del Tratado CE. No obstante, la Comisión concluye que las medidas en cuestión constituyen una ayuda de reestructuración que puede ser considerada compatible con el mercado común conforme al artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado CE si se cumplen las condiciones correspondientes. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Las ayudas concedidas por Alemania a IKB Deutsche Industriebank AG (en lo sucesivo, «IKB»), sobre la base de los acuerdos y documentos presentados por Alemania, son compatibles con el mercado común, supeditadas a las obligaciones y condiciones contempladas en el artículo 2.
Artículo 2
1. Alemania garantiza que el plan de reestructuración de IKB, comunicado a la Comisión por Alemania el 25 de septiembre de 2008, se habrá aplicado íntegramente el 30 de septiembre de 2011.
2. Alemania garantiza que los siguientes activos de IKB se cederán a un tercero, independiente de IKB y KfW, o se liquidarán:
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a) |
la totalidad de las actividades de financiación inmobiliaria, que comprende tanto la financiación inmobiliaria nacional como internacional, se paralizará a 30 de diciembre de 2008 y será objeto de liquidación activa (50); […] % será cedido antes del 30 de septiembre de 2010, un […] % del 30 de septiembre de 2011 y el resto en las fechas de vencimiento correspondientes. La liquidación afecta también a IKB Immobilien Management GmbH, IKB Projektentwicklungs GmbH Co. KG, y IKB Projektentwicklungsverwaltungsgesellschaft mbH (51); |
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b) |
la filial IKB International SA, Luxemburgo será objeto de una liquidación activa antes del 30 de septiembre de 2011. A partir del 31 de marzo de 2009, ya no se efectuarán nuevas operaciones. Las actividades importantes para las ramas de clientes empresariales y financiación estructurada de los ámbitos de actividad de esta filial serán asumidas por IKB; |
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c) |
IKB Capital Corporation Nueva York será objeto de liquidación activa antes del 30 de septiembre de 2011; […] % de la cartera de créditos será cedida antes del 30 de septiembre de 2010. A partir del 31 de diciembre de 2008, ya no se efectuarán nuevas operaciones; |
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d) |
las actividades de IKB AG en Ámsterdam serán objeto de liquidación activa antes de […]. A partir del 31 de diciembre de 2008, ya no se efectuarán nuevas operaciones; |
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e) |
la participación del 50 % en Movesta Lease y Finance GmbH será cedida antes del 30 de septiembre de 2011; |
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f) |
otros activos no estratégicos consignados inicialmente en el balance serán objeto de una liquidación activa desde el 30 de septiembre de 2011, con un valor nominal de 1 700 millones EUR (valor contable a 31 de marzo de 2007). |
3. Alemania garantiza que la suma total del balance de IKB a 30 de septiembre de 2011 ascenderá a 33 500 millones EUR como máximo (52).
4. En caso de circunstancias imprevisibles, especialmente si perdurara la crisis del mercado de capitales o si la cesión de determinados activos fuera imposible, se podrán modificar o sustituir las medidas mencionadas en los apartados 2 y 3 o conceder una prórroga del plazo, siempre que se justifique debidamente dos meses antes del plazo correspondiente como mínimo, y que, en esos dos meses, la Comisión no formule objeciones.
5. Para que pueda supervisarse el cumplimiento de las condiciones y obligaciones contempladas en los apartados 1, 2 y 3, Alemania transmitirá hasta 2012, a más tardar el 31 de julio, informes anuales sobre la evolución de la aplicación del plan de reestructuración y estas condiciones y obligaciones.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión es la República Federal de Alemania.
Hecho en Bruselas, el 21 de octubre de 2008.
Por la Comisión
Neelie KROES
Miembro de la Comisión
(1) DO C 76 de 27.3.2008, p. 5.
(2) Véase la nota 1.
(3) La ley sobre KfW fue adoptada en octubre de 1948 por el Consejo de Economía y entró en vigor el 18 de noviembre de 1948. La Ley de Reestructuración de Bancos de Fomento (Förderbankenneustrukturierungsgesetz) de 15.8.2003 introdujo otras modificaciones importantes y fue modificada por última vez mediante el artículo 173 de la Ley de 31 de octubre de 2006 (Novena Ley de adaptación de competencias-Zuständigkeitsanpassungsgesetz).
(*1) Información confidencial.
(4) Un conduit, también denominado entidad instrumental de titulación de activos (special purpose vehicle– SPV) o vehículo especial de inversión (special investment vehicle – SIV), es una sociedad (por lo general una sociedad de responsabilidad limitada o, en algunos casos, una sociedad comanditaria) creada con unos objetivos muy específicos, muy perfilados y limitados en el tiempo para aislar, por lo general, riesgos financieros (normalmente quiebras, pero también ocasionalmente riesgos fiscales o prudenciales concretos). Se utilizan los SIV porque son neutros respecto al balance y los bancos no tienen que consolidarlos. De esta forma los bancos pueden financiar créditos con tipos más bajos que los suyos propios (ya que están vinculados a las cuotas de liquidez fijadas por la legislación prudencial). La sociedad vehicular refinancia inversiones en títulos respaldados por activos (asset-backed securities, en lo sucesivo «ABS») tomando prestado dinero en el mercado de títulos de deuda respaldados por activos (commercial papers, en lo sucesivo «CP»). Los CP son títulos de deuda a corto plazo no garantizados que emiten en el mercado monetario grandes bancos y empresas.
(5) BaFin comunicó que impondría una moratoria, es decir, medidas que se adoptarían en caso de que hubiera riesgo de insolvencia (véase el artículo 46a de la Ley de entidades de crédito alemana (Gesetzes über das Kreditwesen) de 9 de septiembre de 1998 (BGBl. I, p. 2776), modificada por última vez mediante el artículo 3 de la Ley de 16 de julio de 2007 (BGBl. I, p. 1330).
(6) Bundesverband deutscher Banken («BdB»), Bundesverband der Deutschen Volksbanken und Raiffeisenbanken («BVR») y Deutscher Sparkassen- und Giroverband («DSGV»).
(7) No obstante, actualmente la demanda de tales carteras es escasa, por lo que su valor de mercado ha disminuido considerablemente. La venta de una cartera supondrá por tanto pérdidas considerables.
(8) El objetivo de KfW es limitar, en el acuerdo todavía pendiente, su riesgo total de impago relativo a Rhinebridge y otras inversiones de cartera ligadas a las subprimes a 1 000 millones EUR.
(9) El fondo de garantía de depósitos cubre todos los «depósitos no bancarios».
(10) Se trata de 5 800 millones EUR de pérdidas directas en Rhineland y de 1 200 millones EUR para Havenrock. Las carteras fuera de balance se incluyeron en el balance rectificado 2006/2007.
(11) El valor contable NIIF refleja el valor de mercado de un activo en una cartera.
(12) Lone Star no estaba dispuesto a asumir estos activos ya que, al parecer, no había tenido tiempo suficiente de examinar con detalle los activos correspondientes y los riesgos inherentes.
(13) Alemania ha solicitado a un experto la confirmación de que esta garantía estatal por importe de 600 millones EUR se refería únicamente a pérdidas imprevistas.
(14) En la medida en que la venta de determinadas sociedades (de finalidad específica) o de participaciones de estas sociedades en el segmento de actividades de financiación inmobiliaria representen una carga suplementaria para IKB y sus asociados debido a la ley sobre la adquisición de bienes inmuebles y a acuerdos celebrados con los socios comerciales de conservar aproximadamente el 5,2 % de las participaciones hasta que termine el proyecto, las participaciones en las sociedades afectadas pueden conservarse con posterioridad al 30 de septiembre de 2011 hasta un 5,2 % y proseguirse la financiación mediante endeudamiento en relación directa con los proyectos.
(15) Liquidación activa significa: a) la venta o cualquier otra liquidación extraordinaria que genere liquidez; b) la congelación de las actividades, incluida la no prolongación de los contratos existentes, con excepción de las obligaciones ya aceptadas contractualmente.
(16) Una parte de las actividades actuales en Luxemburgo (especialmente […]) es necesaria para responder a las necesidades de los clientes empresariales.
(17) Alemania ha confirmado que, con arreglo a las normas contables NIIF aplicadas por IKB, todas las actividades económicamente imputables a IKB se consignarán en el balance de IKB.
(18) Equivale a la suma de todas las inversiones consignadas en el balance (después del ajuste de divisas) por importe de 6 000 millones EUR menos 545 millones EUR de ventas y 1 000 millones EUR para la trasferencia del SIP 1 y 1 200 millones EUR para la trasferencia del SIP 2.
(19) Es la suma de […] por un importe de […] 000 millones EUR con […] procedente de las actividades liquidadas activamente por un importe de […] 000 millones EUR.
(20) DO C 244 de 1.10.2004, p. 2.
(21) Este valor era inferior al valor en bolsa de IKB e incluso inferior al valor en bolsa de 27 de julio de 2007.
(22) Corresponde a un riesgo de impago de [> 15] % de todos los créditos que concedió IKB en nombre de KfW. Se considera que, en caso de insolvencia de IKB, una parte de estos créditos no podría satisfacerse, lo que repercutiría negativamente sobre KfW de forma directa.
(23) Véase la sentencia T-296/97 (Rec. 2000, p. II- 3871), apartado 81.
(24) Decisión 2008/263/CE de la Comisión en el asunto C50/06, BAWAG, considerando 127 (DO L 83 de 26.3.2008, p. 7).
(25) Según la práctica establecida, la imputabilidad se desprende de una serie de indicadores derivados de las circunstancias del asunto y del contexto en el que se tomó la medida. Es, por ejemplo, el caso cuando existen vínculos personales entre los consejos de vigilancia y el Estado. Véase la Decisión de la Comisión de 4 de junio de 2008 en el asunto C 9/08, Sachsen LB, pendiente de publicación. En la Decisión 2001/695/CE de la Comisión en el asunto C 1/2000 Holzmann, considerando 20 (DO L 248 de 18.9.2001, p. 46), y en la Decisión de la Comisión de 17 de enero de 2003 en el asunto NN 115/02, MobilCom (DO C 80 de 3.4.2003, p. 5), tampoco se cuestionaba la imputabilidad.
(26) Véase la Decisión de la Comisión de 4 de junio de 2008 en el asunto C 9/08, Sachsen LB, pendiente de publicación, considerando 72. Esta conclusión correspondía también al punto de vista defendido en el caso de la ayuda a Bankgesellschaft Berlin; Decisión 2005/345/CE de la Comisión en el asunto C 28/02, Bankgesellschaft Berlin, considerando 140 (DO L 116 de 4.5.2005, p. 1).
(27) Este criterio es conforme con la práctica habitual de la Comisión; Véanse los asuntos acumulados T-129/95, T-2/96 y T-97/96, Neue Maxhütte Stahlwerke (Rec. 1999, p. II-17), apartado. 124. Sin embargo, los costes de insolvencia son generalmente difíciles de calcular y las estimaciones adolecen de incertidumbre, véase por ejemplo la Decisión 2005/354/CE de la Comisión en el asunto C 28/02, Bankgesellschaft Berlin, considerandos 163 y siguientes, y la Decisión 2008/263/CE de la Comisión en el asunto C 50/06, BAWAG, considerando 166.
(28) Asuntos acumulados T-129/95, T-2/96 y T-97/96, Neue Maxhütte Stahlwerke (Rec. 1999, p. II-17), apartado 121.
(29) Véanse los asuntos acumulados T-129/95, T-2/96 y T-97/96, Neue Maxhütte Stahlwerke (Rec. 1999, p- II-17), apartado 119.
(30) Comunicación de la Comisión sobre las empresas públicas del sector de fabricación 8DO C 307 de 13.11.1993, p. 3).
(31) Decisión 2005/137/CE de la Comisión en el asunto C25/02, Carsid, considerandos 67 a 70 (DO L 47 de 18.2.2005, p. 28).
(32) La Comisión señala, además, que los demás propietarios de IKB no participaron en la medida de apoyo.
(33) En la sentencia T-11/95, BP Chemicals (Rec. 1998, p. II-3235), se dictaminó que el mero hecho de que una empresa pública haya realizado ya aportaciones de capital calificadas como «ayudas» a su filial no excluye, a priori, la posibilidad de que una aportación de capital posterior pueda calificarse como inversión que se ajusta al criterio del inversor privado en una economía de mercado; esto es válido, especialmente, cuando esta primera aportación de capital no puede razonablemente disociarse ni ser considerada una inversión autónoma. El Tribunal de Primera Instancia considera que la cronología de las aportaciones de capital, su finalidad y la situación de la empresa filial en el momento en que se tomaron las decisiones de efectuar cada una de las aportaciones son algunos de los elementos pertinentes al respecto.
(34) Véase la Decisión de la Comisión de 30 de abril de 2008 en el asunto NN 25/08, Ayuda de salvamento para el WestLB, pendiente de publicación.
(35) Véase la Decisión de la Comisión de 4 de junio de 2008 en el asunto C 9/08, Sachsen LB, pendiente de publicación, considerando 71.
(36) Véase la nota 33.
(37) DO C 14 de 19.1.2008, p. 6.
(38) Véase también la Decisión de la Comisión de 2 de abril de 2008 en el asunto C 14/08 (ex NN 1/08), Ayuda de reestructuración a Northern Rock, considerando 96 (DO C 135 de 3.6.2008, p. 21).
(39) «[…] procede reconocer que la imputabilidad al Estado de una medida de ayuda adoptada por una empresa pública puede deducirse de un conjunto de indicios derivados de las circunstancias del asunto y del contexto en el que se produjo la medida.». «Para llegar a la conclusión de que una medida de ayuda adoptada por una empresa pública es imputable al Estado pueden ser pertinentes, en su caso, otros indicios, como por ejemplo la integración de la empresa en la estructura de la Administración Pública, la naturaleza de sus actividades y el hecho de desarrollarlas en el mercado compitiendo normalmente con empresas privadas, el estatuto jurídico de la empresa, regida por el Derecho público o por el Derecho de sociedades común, la intensidad de la tutela que ejercen las autoridades públicas sobre la gestión de la empresa, o cualquier otro indicio de la intervención de las autoridades públicas en el caso concreto de que se trate o de lo improbable de su falta de intervención en la adopción de la medida, habida cuenta igualmente del alcance de esta, de su contenido o de las condiciones que establezca». Véase la sentencia C-482/99, Stardust Marine (Rec. 2002, p. I-4397), apartados. 55 y 56.
(40) Comisión Europea, XXIII Informe sobre la política de competencia 1993, p. 270.
(41) Véase la nota 33.
(42) Véanse al respecto los asuntos acumulados T-129/95, T-2/96 y T-97/96, Neue Maxhütte Stahlwerke (Rec. 1999, p. II-17), apartado 119, y el asunto C-334/99, Gröditzer Stahlwerke (Rec. 2003, p. I-1139), apartados 134 y siguientes, así como la Decisión de la Comisión de 30 de abril de 2008 en el asunto C 56/06, Bank Burgenland (DO L 239 de 6.9.2008, p. 32), y la Decisión de la Comisión de 4 de junio de 2008 en el asunto C 9/08, Sachsen LB, pendiente de publicación, considerando 73.
(43) Véase la Decisión de la Comisión de 20 de abril de 2008 en el asunto C 16/04, Hellenic Shipyards, pendiente de publicación.
(44) Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (DO C 14 de 19.1.2008, p. 6).
(45) Véase la Decisión de la Comisión de 30 de abril de 2008 en el asunto NN 25/08, Ayuda de salvamento para WestLB, pendiente de publicación.
(46) A estos efectos, se consideran fondos propios de IKB todo el capital de segundo orden (sobre todo las reservas y el capital híbrido) utilizado para asumir las pérdidas, especialmente las ocasionadas por las inversiones de cartera.
(47) Una parte de estos ingresos ya se habían realizado en marzo de 2008. Así, los activos no estratégicos se redujeron de 1 700 millones EUR a 1 000 millones. Además, Alemania alegó que no había un calendario que obligara a una venta forzosa.
(48) Depende del valor contable de los activos y del vencimiento de los títulos de deuda. Este razonamiento ya se ha seguido en anteriores decisiones de la Comisión; véase al respecto la Decisión 2007/257/CE de la Comisión en el asunto C44/05, Huta Stalowa Wola, considerando 71 (DO L 112 de 30.4.2007, p. 67); la Decisión 2008/90/CE de la Comisión en el asunto C20/06, Novoles Straža (DO L 29 de 2.2.2008, p. 7); la Decisión 2008/145/CE de la Comisión en el asunto C 54/06, Bison Bial (DO L 46 de 21.2.2008, p. 41), y la Decisión de la Comisión de 4 de junio de 2008 en el asunto C 9/08, Sachsen LB, pendiente de publicación.
(49) Se ha tenido en cuenta que [< 2] miles de millones EUR de las actividades inmobiliarias todavía se consignarán en el balance de 30.3.2011 y […] miles de millones EUR de la actividad de IKB Luxemburgo se reanudará en Dusseldorf.
(50) Liquidación activa significa: a) la venta o cualquier otra liquidación extraordinaria que genere liquidez; b) la congelación de las actividades, incluida la no prolongación de los contratos existentes, con excepción de las obligaciones ya aceptadas contractualmente.
(51) En la medida en que la venta de determinadas sociedades (de finalidad específica) o de participaciones de estas sociedades en el segmento de actividades de financiación inmobiliaria representen una carga suplementaria para IKB y sus asociados debido a la ley sobre la adquisición de bienes inmuebles y a acuerdos celebrados con los socios comerciales de conservar aproximadamente el 5,2 % de las participaciones hasta que termine el proyecto, las participaciones en las sociedades afectadas pueden conservarse con posterioridad al 30 de septiembre de 2011 hasta un 5,2 % y proseguirse la financiación mediante endeudamiento en relación directa con los proyectos.
(52) Alemania ha confirmado que, con arreglo a las normas contables NIIF aplicadas por IKB, todas las actividades económicamente imputables a IKB constarán en el balance de IKB.