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6.8.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 204/39 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 5 de agosto de 2009
por la que se modifica la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la declaración de que determinados Estados miembros y sus regiones están oficialmente indemnes de brucelosis bovina
[notificada con el número C(2009) 6086]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/600/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), y, en particular, su anexo A, capítulo II, punto 7,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La Directiva 64/432/CEE establece que un Estado miembro, o una de sus partes, puede ser declarado oficialmente indemne de brucelosis bovina por lo que respecta a los rebaños bovinos, siempre que se cumplan determinadas condiciones recogidas en dicha Directiva. |
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(2) |
La lista de los Estados miembros y sus regiones declarados indemnes de brucelosis bovina figura en la Decisión 2003/467/CE de la Comisión, de 23 de junio de 2003, por la que se establece el estatuto de determinados Estados miembros y regiones de Estados miembros oficialmente indemnes de tuberculosis, brucelosis y leucosis bovina enzoótica en relación con rebaños bovinos (2). |
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(3) |
Irlanda y Polonia han presentado a la Comisión documentación que demuestra el cumplimiento de las condiciones pertinentes previstas en la Directiva 64/432/CEE, en relación con todo su territorio, con el fin de que dichos Estados miembros puedan ser declarados oficialmente indemnes de brucelosis bovina. |
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(4) |
Tras evaluar la documentación remitida por Irlanda y Polonia, todo el territorio de dichos Estados miembros debe ser declarado oficialmente indemne de brucelosis bovina. |
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(5) |
Portugal ha presentado a la Comisión documentación que demuestra el cumplimiento de las condiciones pertinentes previstas en la Directiva 64/432/CEE en lo que respecta a las islas de Faial y Santa Maria en la Región Autónoma de las Azores, con el fin de que dichas islas puedan ser declaradas regiones de Portugal oficialmente indemnes de brucelosis bovina. |
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(6) |
Por otra parte, España ha presentado a la Comisión documentación que demuestra el cumplimiento de las condiciones pertinentes previstas en la Directiva 64/432/CEE en lo que respecta a las provincias de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas, con el fin de que dichas provincias puedan ser declaradas regiones de España oficialmente indemnes de brucelosis bovina. |
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(7) |
Tras evaluar la documentación remitida por Portugal y España, las islas y las provincias en cuestión deben ser declaradas oficialmente regiones de dichos Estados miembros indemnes de brucelosis bovina. |
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(8) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión 2003/467/CE en consecuencia. |
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(9) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo II de la Decisión 2003/467/CE queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2009.
Por la Comisión
Androulla VASSILIOU
Miembro de la Comisión
ANEXO
El anexo II de la Decisión 2003/467/CE se sustituye por el siguiente:
«ANEXO II
CAPÍTULO 1
Estados miembros oficialmente indemnes de brucelosis
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Código ISO |
Estado miembro |
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BE |
Bélgica |
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CZ |
República Checa |
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DK |
Dinamarca |
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DE |
Alemania |
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IE |
Irlanda |
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FR |
Francia |
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LU |
Luxemburgo |
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NL |
Países Bajos |
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AT |
Austria |
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PL |
Polonia |
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SI |
Eslovenia |
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SK |
Eslovaquia |
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FI |
Finlandia |
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SE |
Suecia |
CAPÍTULO 2
Regiones de Estados miembros oficialmente indemnes de brucelosis
En Italia:
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— |
Región de Abruzos: provincia de Pescara, |
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— |
Región de Emilia-Romaña: provincias de Bolonia, Ferrara, Forlì-Cesena, Módena, Parma, Piacenza, Rávena, Reggio Emilia y Rimini, |
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— |
Región de Friul-Venecia Julia, |
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— |
Región de Lacio: provincia de Rieti, |
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— |
Región de Liguria: provincias de Imperia y Savona, |
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— |
Región de Lombardía: provincias de Bérgamo, Brescia, Como, Cremona, Lecco, Lodi, Mantua, Milán, Pavía, Sondrio y Varese, |
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— |
Región de Las Marcas, |
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— |
Región de Piamonte, |
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— |
Región de Apulia: provincia de Brindisi, |
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— |
Región de Cerdeña: provincias de Cagliari, Nuoro, Oristano y Sassari, |
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— |
Región de Toscana, |
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— |
Región de Trentino-Alto Adigio: provincias de Bolzano y Trento, |
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— |
Región de Umbría: provincias de Perugia y Terni, |
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— |
Región de Véneto. |
En Portugal:
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— |
Región Autónoma de las Azores: islas de Corvo, Faial, Flores, Graciosa, Pico y Santa Maria. |
En España:
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— |
Provincia de Santa Cruz de Tenerife, |
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— |
Provincia de Las Palmas. |
En el Reino Unido:
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— |
Gran Bretaña: Inglaterra, Escocia y Gales.». |