23.6.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 160/11


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 21 de octubre de 2008

relativa a la ayuda estatal C 44/07 (ex N 460/07) que Francia tiene previsto ejecutar en favor de la empresa FagorBrandt

[notificada con el número C(2008) 5995]

(El texto en lengua francesa es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2009/485/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos (1), y teniendo en cuenta dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

1.   PROCEDIMIENTO

(1)

Mediante carta de 6 de agosto de 2007, Francia notificó a la Comisión la ayuda de reestructuración al grupo FagorBrandt.

(2)

Mediante carta de 10 de octubre de 2007, la Comisión informó a Francia de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE, con respecto a esta ayuda.

(3)

La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento (en adelante, «la decisión de incoar el procedimiento») se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea  (2). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda en cuestión.

(4)

La Comisión recibió observaciones de tres interesados, es decir, dos competidores y el beneficiario de la ayuda. Electrolux presentó observaciones mediante carta de 14 de diciembre de 2007. A raíz de una reunión con los servicios de la Comisión el 20 de febrero de 2008, dicha empresa presentó observaciones adicionales mediante sendas cartas de 26 de febrero de 2008 y 12 de marzo de 2008. Un competidor que desea mantener el anonimato presentó observaciones mediante carta de 17 de diciembre de 2007 (3). FagorBrandt presentó observaciones mediante carta de 17 diciembre de 2007. La Comisión comunicó dichas observaciones a Francia mediante sendas cartas de 15 de enero de 2008 y 13 de marzo de 2008, dándole la posibilidad de comentarlas, y recibió sus comentarios, respectivamente, mediante una carta de 15 de febrero de 2008 y un documento presentado en la reunión de 18 de marzo de 2008 (véase a continuación).

(5)

Mediante carta de 13 de noviembre de 2007, Francia comunicó a la Comisión sus observaciones relativas a la decisión de incoar el procedimiento. El 18 de marzo de 2008, se celebró una reunión entre los servicios de la Comisión, las autoridades francesas y FagorBrandt. A raíz de esta reunión, las autoridades francesas presentaron información mediante sendas cartas de 24 de abril de 2008 y 7 de mayo de 2008. Las mismas Partes volvieron a reunirse el 12 de junio de 2008. A raíz de esta reunión, las autoridades francesas presentaron información por carta de 9 de julio de 2008. El 15 de julio de 2008 la Comisión pidió información adicional que las autoridades francesas le proporcionaron el 16 de julio de 2008.

2.   DESCRIPCIÓN

(6)

La ayuda en cuestión es una ayuda de reestructuración. El importe previsto de ayuda asciende a 31 millones EUR. Esta dotación procede del Ministerio francés de Economía, Finanzas y Empleo.

(7)

El beneficiario de la ayuda es la empresa FagorBrandt SA, propietaria de varias filiales que acogen las actividades de producción y comercialización. Este grupo (en lo sucesivo, «FagorBrandt») pertenece indirectamente a la empresa Fagor Electrodomésticos S. Coop (en lo sucesivo, «Fagor»), una cooperativa de Derecho español. El capital de esta sociedad cooperativa se reparte entre unos 3 500 miembros (empleados-asociados), ninguno de los cuales puede poseer más de un 25 % del capital de la cooperativa.

(8)

La propia Fagor forma parte de un grupo de cooperativas llamado Mondragón Corporación Cooperativa (en lo sucesivo, «MCC»), en la que cada cooperativa mantiene su autonomía jurídica y financiera. Fagor pertenece a la división «Hogar» del grupo sectorial «Industria» de MCC.

(9)

En 2007 FagorBrandt realizó un volumen de negocios de 903 millones EUR. Opera en todos los segmentos del mercado de los electrodomésticos grandes, que engloba tres grandes familias de productos: lavado (lavavajillas, lavadora, secadora y lavadora-secadora), refrigeración (neveras, congeladores tipo baúl y armario) y cocción (hornos tradicionales, microondas, cocinas, placas de cocina y campanas extractoras).

(10)

En la sección 2.1 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión proporcionaba más información sobre el beneficiario y explicaba los motivos de sus problemas.

3.   MOTIVOS DE LA INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

(11)

La Comisión expresó dudas por las cinco siguientes razones: i) riesgo de elusión de la prohibición de conceder ayudas de reestructuración a empresas de reciente creación; ii) riesgo de elusión de la obligación de reembolsar la ayuda incompatible; iii) dudas en cuanto al restablecimiento de la viabilidad a largo plazo de la empresa; iv) insuficiencia de las medidas compensatorias; v) dudas en cuanto a la limitación de la ayuda a lo estrictamente necesario y, en particular, en cuanto a la contribución del beneficiario.

3.1.   Riesgo de elusión de la prohibición de conceder ayudas de reestructuración a empresas de reciente creación

(12)

Puesto que FagorBrandt se creó en enero de 2002, según lo dispuesto en el punto 12 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (en lo sucesivo, «Directrices de reestructuración») (4), hasta enero de 2005, es decir, tres años después de su creación, era una empresa de reciente creación. Lo que significa que, tanto en el momento en que se concedió a la empresa la exención fiscal prevista en el artículo 44 septies del Código general de impuestos francés (en lo sucesivo, «la ayuda 44 septies»), como en el momento en que, en diciembre de 2003, la Comisión declaró la incompatibilidad de esta ayuda y ordenó que se recuperase (5), FagorBrandt era a una empresa de reciente creación. Por lo tanto, en virtud del punto 12 de las Directrices de reestructuración, no era seleccionable para una ayuda de reestructuración. Por consiguiente, la demora de Francia en recuperar una ayuda que se había declarado incompatible en diciembre 2003 hasta el momento en que la empresa dejó de ser una empresa de reciente creación y pasó así a ser seleccionable para recibir ayudas de reestructuración, podría ser una forma de eludir la prohibición prevista en el punto 12 de las Directrices de reestructuración.

3.2.   Riesgo de elusión de la obligación de reembolsar la ayuda incompatible

(13)

Tras observar que la ayuda notificada parece en gran parte utilizarse para financiar el reembolso de la ayuda 44 septies, la Comisión expresó dudas en cuanto a que la ayuda notificada no constituya una forma de eludir la obligación de reembolsar esta ayuda incompatible y no vacíe la recuperación de dicha ayuda de su sustancia y de su eficacia.

3.3.   Dudas en cuanto a la viabilidad a largo plazo de la empresa

(14)

Por lo que se refiere a restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa, la Comisión expresó dos dudas. Por una parte, tras observar que el volumen de negocios esperado para 2007 progresaba aproximadamente un 20 % más que el año anterior, la Comisión preguntó sobre qué elementos se fundaban dicha previsión. Por otra parte, la Comisión destacó que el plan de reestructuración no indicaba cómo FagorBrandt pensaba hacer frente al reembolso de la ayuda incompatible percibida por su filial italiana.

3.4.   Insuficiencia de las medidas compensatorias

(15)

La Comisión expresó también dudas sobre si es aceptable que no se apliquen medidas compensatorias adicionales a las ya adoptadas en el marco del plan de reestructuración. La Comisión recordó que:

i)

las Directrices de reestructuración (puntos 38 a 41) establecen la obligación de que los beneficiarios que respondan al criterio de «gran empresa» apliquen medidas compensatorias,

ii)

por una parte, sin la ayuda, FagorBrandt saldría del mercado y, por otra, los competidores de FagorBrandt son sobre todo europeos. La desaparición de FagorBrandt permitiría por lo tanto a los competidores europeos aumentar sus ventas y su producción en proporciones significativas,

iii)

parece que, sobre la base del punto 40 de las Directrices de reestructuración, el conjunto de las medidas ya aplicadas no puedan considerarse como medidas compensatorias,

iv)

por último, la Comisión destacó que las directrices en vigor en el momento del examen de los casos Bull (6) y Euromoteurs (7) alegados por Francia no mencionaban la obligación de aplicar medidas compensatorias. Destacó también otras diferencias importantes entre estos casos y el caso presente.

3.5.   Dudas en cuanto a la contribución del beneficiario

(16)

Por último, la Comisión expresó dudas sobre si se cumplían las condiciones establecidas en los artículos 43 y 44 de las Directrices de reestructuración. Por una parte, las autoridades francesas no incluyeron el reembolso de la ayuda 44 septies en los costes de reestructuración y, por otra, dichas autoridades no explicaron la procedencia de algunos importes que se tenían en cuenta como «parte propia» del beneficiario.

4.   OBSERVACIONES DE TERCEROS INTERESADOS

4.1.   Observaciones de la empresa Electrolux

(17)

Electrolux indica que para hacer frente a los retos de la competencia global, ha llevado a cabo grandes y muy costosos planes de reestructuración. Para seguir siendo competitiva, la empresa tuvo que adoptar medidas drásticas como el cierre de ocho fábricas en Europa occidental, cuya producción se deslocalizó sobre todo a otras fábricas ya existentes en Europa y a nuevas fábricas de Polonia y Hungría. La mayoría de las empresas del segmento de los electrodomésticos grandes emprendieron operaciones de reestructuración similares. Por consiguiente, esta empresa se queja de que FagorBrandt podría recibir un subsidio para hacer frente a una situación que las demás empresas del sector deben resolver sin recibir la misma asistencia. La ayuda falsearía la competencia a costa de otras empresas.

4.2.   Observaciones del segundo competidor

(18)

En primer lugar, este competidor, que desea guardar el anonimato, considera que la ayuda planeada no permitirá a la empresa restablecer su viabilidad a largo plazo. Piensa que, para garantizar la supervivencia de la empresa, es necesaria una reorganización industrial sustancial. Ahora bien, este competidor considera que FagorBrandt no dispondrá de medios suficientes para financiar las inversiones necesarias. La ayuda tampoco permitirá a FagorBrandt alcanzar el tamaño necesario para mejorar su posición en las negociaciones con los grandes distribuidores, que prefieren a proveedores cuantitativamente mejor representados en la Unión Europea.

(19)

En segundo lugar, el competidor piensa que la ayuda no se limita a lo estrictamente necesario, ya que FagorBrandt podría encontrar la financiación necesaria para su reestructuración dirigiéndose a su accionista, así como a la cooperativa (MCC, de la que forma parte el banco Caja Laboral) a la que pertenece este último.

(20)

En tercer lugar, el competidor considera que la ayuda puede afectar a la competencia y a los intercambios comerciales entre los Estados miembros. Por una parte, la mayoría de las empresas del sector producen en Europa y por lo tanto pueden considerarse europeas. Los competidores asiáticos y turcos solo tienen una presencia significativa en algunos productos. Por otra parte, FagorBrandt es el quinto productor a escala europea y ocupa una posición preponderante en los mercados francés, español y polaco. Por consiguiente, el competidor considera que, sin medidas compensatorias, la ayuda no puede ser declarada compatible por la Comisión.

(21)

En cuarto lugar, la pasada concesión de ayudas ilegales por parte de Francia e Italia lleva a dos conclusiones: por una parte, las dificultades de FagorBrandt son recurrentes y, a largo plazo, plantean la cuestión de la viabilidad de la empresa; por otra parte, la ayuda notificada probablemente servirá para reembolsar las ayudas ilegales, eludiéndose de este modo la obligación de reembolso.

4.3.   Observaciones de FagorBrandt

(22)

Las observaciones de FagorBrandt son similares a las observaciones de las autoridades francesas, que se resumen a continuación.

5.   COMENTARIOS DE FRANCIA

5.1.   Comentarios de Francia sobre la decisión de incoar el procedimiento

(23)

Por lo que se refiere a la posible elusión de la prohibición de las ayudas de reestructuración a las empresas de reciente creación, las autoridades francesas no impugnan que FagorBrandt deba considerarse como «una empresa de reciente creación» durante los tres años posteriores a su creación, con arreglo al punto 12 de las Directrices de reestructuración. Dichas autoridades observan, sin embargo, que la cuestión de la posibilidad de una ayuda de reestructuración a favor de FagorBrandt no se planteó hasta entrado el año 2006, a raíz de las dificultades que surgieron a partir de 2004 y habida cuenta de la degradación de su situación financiera desde 2005, es decir, durante el quinto año de existencia de la empresa. En otros términos, antes de encontrarse en una situación que justificase esta ayuda, la empresa carecía de motivos para pedir una ayuda de reestructuración, es decir, hasta entrado el año 2006. Por consiguiente, la cuestión de una posible elusión de la norma de «tres años» carece de fundamento.

(24)

Por lo que se refiere a la posibilidad de que la ayuda notificada anule los efectos positivos de la obligación de reembolso, Francia recuerda que la empresa no está en crisis debido únicamente al reembolso de la ayuda. En efecto, las dificultades financieras comenzaron en 2004 y la situación se deterioró profundamente en 2005 y 2006. Como concluyó la Comisión en su decisión de incoar el procedimiento, la empresa está efectivamente en crisis en el sentido de las Directrices de reestructuración. Francia concluye que, en virtud de ello, la empresa es seleccionable para una ayuda de reestructuración si se cumplen, además, las otras condiciones requeridas para dicha ayuda. La cuestión de saber si la empresa podría o no superar el horizonte del año 2007 o 2008 si no tuviese que reembolsar la ayuda carece de pertinencia, puesto que el reembolso de la ayuda es obligatorio desde la decisión negativa de la Comisión en 2003 sobre el régimen del artículo 44 septies. Por lo tanto lo que justifica la solicitud de ayuda es efectivamente la acumulación de dificultades financieras, dificultades estas procedentes de los costes de reestructuración ya sufragados por la empresa, de no haberse acabado la reestructuración y, también, de todas las demás cargas que la empresa debe tener en cuenta y entre las que figura el reembolso de la ayuda.

(25)

Por lo que se refiere a recobrar la viabilidad a largo plazo y a las dos dudas correspondientes planteadas en la decisión de incoación, las autoridades francesas observan los elementos siguientes: en cuanto a la previsión relativa al incremento del 20 % del volumen de negocios de 2007 con relación al ejercicio 2006, se explica principalmente por la modificación del perímetro de actividades de FagorBrandt que se produjo en 2006. En cuanto al hecho de no tener en cuenta el reembolso de la ayuda ilegal percibida por la filial italiana (concedida en el marco de la asunción por Brandt Italia de las actividades de Ocean Spa en el ámbito de los electrodomésticos), las autoridades francesas indican que dicho reembolso no debería tener repercusiones negativas en la viabilidad de la empresa, puesto que el importe a cargo de Brandt Italia debería ser inferior finalmente a [1 millón] EUR (8), ya que el saldo corre a cargo del vendedor de las actividades en cuestión.

(26)

Por lo que se refiere a la inexistencia de medidas compensatorias, Francia repite que en 2004 la empresa ya cedió la sociedad Brandt Components (fábrica de Nevers). Por otra parte, la sociedad redujo su capacidad de producción mediante la supresión de la producción de congeladores tipo baúl y hornos microondas libre instalación. Las autoridades francesas recuerdan, asimismo, que la ayuda generó un falseamiento insignificante, lo que reduce la necesidad de medidas compensatorias. En efecto, FagorBrandt dispone del [0-5 %] de cuota de mercado a escala europea, porcentaje insignificante en comparación con sus principales competidores. Por otra parte, las autoridades francesas consideran que la presencia de la empresa en el mercado permite evitar situaciones de oligopolio. Durante el procedimiento de investigación formal, las autoridades francesas propusieron aplicar medidas compensatorias adicionales.

(27)

Por lo que se refiere a las dudas de la Comisión sobre la limitación de la ayuda a lo estrictamente necesario y a la parte de contribución propia del beneficiario, las autoridades francesas observan los elementos siguientes: por lo que se refiere al hecho de no tener en cuenta el reembolso de la ayuda en los costes de reestructuración, dichas autoridades indican que, a priori, el reembolso de una ayuda incompatible no puede considerarse un coste de reestructuración. Por lo que se refiere a la «parte propia del beneficiario», según se denomina en la notificación, las autoridades francesas explican que se trata de empréstitos bancarios.

5.2.   Comentarios de Francia sobre las observaciones de los terceros interesados

(28)

Por lo que se refiere a los comentarios de Electrolux, Francia destaca que las medidas de reestructuración adoptadas por Electrolux y otros competidores no tenían por objeto enderezar una situación económica difícil sino reforzar su posición en el mercado de los electrodomésticos grandes. Por este motivo, Francia considera que las respectivas situaciones de FagorBrandt y sus competidores no son comparables, puesto que estos últimos, por lo demás, disponen de medios financieros muy superiores por tratarse de empresas de mucha mayor envergadura.

(29)

Por lo que se refiere a los comentarios sobre la viabilidad a largo plazo de FagorBrandt expresados por la empresa que pidió mantener el anonimato, las autoridades francesas destacan, en primer lugar, que FagorBrandt adoptó medidas destinadas en un principio a atajar las pérdidas y reforzar el margen para poder alcanzar, a largo plazo, una posición mejor en el mercado, en particular mediante el desarrollo […]. Por otra parte, las autoridades francesas consideran que FagorBrandt seguirá disponiendo de una real capacidad de I + D «que le permite comercializar productos innovadores y con un fuerte valor añadido».

(30)

Por lo que se refiere a la afirmación de que la ayuda no se ha limitado a lo mínimo indispensable, puesto que FagorBrandt podría financiarse recurriendo a sus accionistas, las autoridades francesas destacan que MCC no es un holding sino una agrupación cooperativa. En esta agrupación cooperativa, cada cooperativa, incluidos Fagor o el banco Caja Laboral, es independiente y depende de las decisiones de sus propios trabajadores-miembros, que son los propietarios. Por consiguiente, FagorBrandt solo puede contar con el apoyo financiero de Fagor, limitado a las capacidades actuales de esta empresa. La adquisición de FagorBrandt redujo las capacidades de maniobra de Fagor en tesorería y de momento Fagor no puede conceder financiaciones que superen un determinado límite máximo.

(31)

En tercer lugar, en respuesta a los supuestos efectos negativos en la competencia, las autoridades francesas han observado contradicciones en las observaciones del tercero interesado que pidió mantener el anonimato. Por una parte, este último afirma que la ayuda afectaría a las condiciones de la competencia en el mercado europeo. Pero por otra, afirma que FagorBrandt es una empresa demasiado pequeña en comparación con las grandes empresas, lo que pone en peligro su viabilidad. Además, por lo que se refiere a la falta de medidas compensatorias, las autoridades francesas recuerdan que ya han aplicado medidas compensatorias eficaces y que proponen aplicar otras.

(32)

En cuarto lugar, en respuesta a las afirmaciones basadas en una anterior concesión de ayudas ilegales por Francia e Italia, Francia recuerda que dichas ayudas ilegales no se referían a un programa de reestructuración de la empresa sino a un sistema destinado a facilitar el mantenimiento del nivel de empleo en el territorio. Por otra parte, sobre la base de la información proporcionada el 17 de diciembre de 2007 por FagorBrandt a la Comisión, Francia destaca que no hay verdaderamente relación entre el importe de la ayuda concedida (unos 20 millones EUR de ayuda neta de impuestos) y el importe de la ayuda incompatible (unos [25-30] millones EUR una vez calculado el interés). Además, los costes de reestructuración se evalúan en [50-90] millones EUR y, por consiguiente, son netamente superiores al importe de la ayuda de reestructuración solicitada. Por último, Francia recuerda el carácter fungible de los gastos.

(33)

Por lo que se refiere a los comentarios que FagorBrandt presentó a la Comisión, las autoridades francesas indican que obviamente están de acuerdo con estas aclaraciones, sobre todo teniendo en cuenta que, además, son complementarias de sus propias observaciones.

6.   EVALUACIÓN DE LA AYUDA

6.1.   Existencia de ayuda a efectos del artículo 87, apartado 1, del Tratado CE

(34)

En la sección 3.1 de la decisión de incoar el procedimiento la Comisión concluyó que la medida constituía una ayuda a efectos del artículo 87, apartado 1, del Tratado CE. Ninguna de las partes ha cuestionado esta conclusión.

6.2.   Base jurídica de la evaluación

(35)

En el artículo 87, apartados 2 y 3, del Tratado, se establecen determinadas excepciones a la incompatibilidad general establecida en el apartado 1 de dicho artículo. Las excepciones previstas en el artículo 87, apartado 2, del Tratado, manifiestamente no se aplican en este caso concreto.

(36)

En cuanto a las excepciones previstas en el artículo 87, apartado 3, del Tratado, la Comisión observa que puesto que el objetivo de la ayuda no es regional y la excepción de la letra b) de dicho apartado manifiestamente no es aplicable, solo se aplica la excepción contemplada en la letra c). En dicha letra c) se prevé la autorización de las ayudas estatales destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas siempre que no alteren las condiciones de los intercambios comerciales en forma contraria al interés común. En este contexto, es notorio que las ayudas se han concedido para restablecer la viabilidad a largo plazo de una empresa en crisis. La Comisión, en las Directrices de reestructuración, explica cómo procede para evaluar la compatibilidad de tales ayudas. Por consiguiente, estas últimas servirán de base jurídica a la evaluación. La Comisión considera que, en este caso concreto, no puede aplicarse ningún otro marco comunitario. Por otra parte, Francia no ha alegado ninguna otra excepción del Tratado. Además, ningún tercero interesado criticó que se optase por esta base jurídica que ya se había anunciado en la decisión de incoar el procedimiento.

6.3.   Elegibilidad de la empresa a las ayudas de reestructuración

(37)

Para beneficiarse de ayudas de reestructuración, en primer lugar, la empresa debe poder ser considerada como una empresa en dificultad, tal como se definen en la sección 2.1 de las Directrices de reestructuración.

(38)

En el apartado 24 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión indicó que la empresa parecía estar en crisis a efectos del punto 11 de las Directrices de reestructuración. En el apartado 27 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión indicó también que, con arreglo al punto 13 de las Directrices de reestructuración, las dificultades de la empresa eran ya demasiado graves para que el accionista español pudiera financiarlas. Contrariamente a esta evaluación preliminar, el competidor que pidió mantener el anonimato considera que FagorBrandt podría obtener de Fagor y MCC el apoyo financiero necesario para hacer frente a sus dificultades. Por lo tanto, procede analizar si debe modificarse la evaluación preliminar que figuraba en la decisión de incoar el procedimiento. La Comisión observa que el competidor basa su afirmación en un artículo de periódico (9) que parece indicar que Fagor puede encontrar fondos en los mercados financieros sin dificultad. No obstante, la Comisión observa que este artículo es del mes de abril de 2005 y que la situación financiera de Fagor se ha deteriorado mucho desde entonces. Sobre este particular, las autoridades francesas recuerdan que las deudas financieras de Fagor (sin contar la consolidación de las deudas de FagorBrandt) […] (10) en 2005, en particular, a raíz de la adquisición de los valores de FagorBrandt y de grandes inversiones industriales de Fagor. Además, en 2006 Fagor inyectó 26,9 millones EUR de capital en FagorBrandt. Todos estos elementos agotaron prácticamente la capacidad de endeudamiento de la cooperativa, cuyos índices de endeudamiento superaron ampliamente los límites máximos generalmente admitidos. La Comisión considera, por lo tanto, que no hay motivos para revisar la evaluación que figuraba en la decisión de incoación acerca de la elegibilidad de la empresa sobre la base de los puntos 11 y 13 de las Directrices de reestructuración.

(39)

En cuanto a la elegibilidad de la empresa sobre la base de las condiciones definidas en la sección 2.1 de las Directrices de reestructuración, la decisión de incoación solo plantea una duda, es decir, la posible elusión de la prohibición de ayuda de reestructuración a las empresas de reciente creación (véase el punto 3, «Motivos de la incoación del procedimiento»).

(40)

La Comisión analizó la situación financiera de la empresa, que se ilustra a continuación en el cuadro 1. Todo parece indicar claramente que, durante sus tres primeros años de existencia y aunque hubiera reembolsado la ayuda 44 septies, la empresa no cumplía los requisitos previstos en los puntos 10 y 11 de las Directrices de reestructuración para poder ser considerada como empresa en crisis: por lo que se refiere al punto 10 de las Directrices de reestructuración, todo parece indicar que aunque la empresa hubiera reembolsado la ayuda de 22,5 millones EUR a partir de 2004 (es decir, en los meses siguientes a la decisión final negativa de la Comisión), en 2004 todavía no habría perdido la mitad de sus fondos propios. Por lo que se refiere al punto 11 de las Directrices de reestructuración, aunque la empresa hubiera reembolsado la ayuda de 22,5 millones EUR a partir de 2004, solo habría tenido un año de pérdidas (2004), lo que es insuficiente para considerarse en crisis sobre la base de dicho punto. Por lo tanto, hay que reconocer que las dificultades financieras del grupo FagorBrandt empeoraron a partir de 2005, de modo que, según los términos de las Directrices de reestructuración, la empresa pudiera ser considerada como una empresa en dificultad (es decir, una empresa que, «a falta de una intervención exterior de las autoridades públicas», se dirige casi «hacia una muerte económica prácticamente cierta a corto o a medio plazo») seguramente a partir del año siguiente (teniendo en cuenta la obligación de reembolsar la ayuda 44 septies) y sin duda alguna en 2007.

Cuadro 1

(en millones EUR)

 

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Volumen de negocios

847,1

857,6

813,2

743,6

779,7

903,0

Margen bruto

205,2

215,1

207,0

[…]

[…]

[…]

Resultado neto

15,5

13,8

(3,6)

[…]

[…]

[…]

Fondos propios

69,8

83,4

79,8

[…]

[…]

[…]

(41)

La Comisión destacó también que durante el primer trimestre de 2005, el grupo Fagor tomó la decisión de comprar el 90 % de las acciones de la empresa al coste de [150-200] millones EUR. Esto ilustra que el mercado no consideraba que la empresa estuviese en dificultad según los términos de las Directrices de reestructuración, es decir, una empresa que, a falta de intervención exterior de las autoridades públicas, se dirige hacia una muerte económica casi segura a corto o a medio plazo.

(42)

Sobre la base de lo que precede, la Comisión considera que la empresa, que se había creado en enero de 2002, durante sus tres primeros años de existencia no podía considerarse como una empresa en crisis, aunque hubiera reembolsado la ayuda 44 septies inmediatamente. Por lo tanto, considera que la demora de Francia en recuperar las ayudas 44 septies hasta enero de 2005 —es decir, tres años después de la creación de FagorBrandt— no tuvo por efecto mantener artificialmente en vida a una empresa que de otro modo habría salido del mercado. Considera también que durante ese período, la empresa no tenía motivos para solicitar una ayuda de reestructuración. Sobre la base de lo que precede, la Comisión considera que la demora de Francia en recuperar las ayudas 44 septies hasta enero de 2005 no es un intento de eludir la prohibición de ayudas de reestructuración en favor de empresas de reciente creación con arreglo al punto 12 de las Directrices de reestructuración.

(43)

En conclusión, se han aclarado las dudas en cuanto a la elegibilidad de la empresa y la Comisión considera que se cumplen los requisitos previstos en la sección 2.1 de las Directrices de reestructuración.

6.4.   Disposiciones relativas a los beneficiarios de ayudas ilegales anteriores

(44)

Sobre la base del punto 23 de las Directrices de reestructuración y debido a que la ayuda notificada parece utilizarse principalmente para financiar el reembolso de la ayuda 44 septies, el apartado 30 de la decisión de incoar el procedimiento plantea dudas sobre el hecho de que la ayuda notificada constituya una forma de eludir la obligación de reembolso y vacíe dicha obligación de su sustancia y eficacia.

(45)

En su evaluación de esta cuestión, la Comisión tuvo en cuenta los siguientes elementos.

(46)

En primer lugar, según jurisprudencia reiterada, el reembolso con intereses de las ayudas incompatibles permite restablecer la situación anterior a la concesión de la ayuda y eliminar así el falseamiento de la competencia que implica. Por lo tanto, en este caso, el reembolso de la ayuda 44 septies con intereses —que condiciona el pago de la nueva ayuda— se supone que restablecerá la situación anterior a su concesión.

(47)

En segundo lugar, la empresa es seleccionable para ayudas de reestructuración. En efecto, en primer lugar, las dificultades financieras de la empresa no proceden principalmente del reembolso de la ayuda incompatible. Proceden de otras fuentes, que son la causa de las pérdidas sufridas desde 2004 (véase el cuadro 1 anterior). El futuro reembolso de la ayuda incompatible no hará sino empeorar estas dificultades hasta el punto en que la empresa no podrá hacerles frente ya sin ayuda del Estado. En segundo lugar, se aplicó un plan de reestructuración de las actividades cuyo coste asciende a [50-90] millones EUR. Lo que demuestra que la reestructuración operativa necesaria para restablecer la rentabilidad de las actividades genera costes muy considerables, más que el reembolso de la ayuda 44 septies que asciende a 22,5 millones EUR, intereses no incluidos. Estos elementos demuestran que FagorBrandt es una empresa en dificultad cuya existencia está en peligro. Por lo tanto, igual que cualquier otra empresa en la misma situación, puede beneficiarse de ayudas de reestructuración si cumple los otros requisitos que establecen las Directrices de reestructuración.

(48)

En tercer lugar, en su decisión de 1991 sobre el caso Deggendorf (11), tras observar que «El efecto acumulativo de las ayudas ilegales que Deggendorf viene negándose a reembolsar desde 1986 y las nuevas ayudas […] darían a esta empresa unas ventajas indebidas y excesivas que afectarían de forma negativa a los intercambios comerciales hasta producir un efecto contrario al interés común», la Comisión consideró compatibles las nuevas ayudas a condición de que «las autoridades […] suspenderán la entrega de las ayudas […] a la empresa Deggendorf hasta que hayan procedido a la recuperación de las ayudas incompatibles […]». En su sentencia de 15 de mayo de 1997 (12), el Tribunal de Justicia corroboró el enfoque de la Comisión. Desde entonces, la Comisión ha adoptado varias decisiones con el mismo enfoque, es decir, considerar que una nueva ayuda es compatible al tiempo que impone la suspensión de la entrega hasta que se haya reembolsado la ayuda incompatible (13). La Comisión observa que en este caso, a partir del momento en que la nueva ayuda parece cumplir los requisitos establecidos por las Directrices de reestructuración, ningún elemento parece oponerse a la aplicación del enfoque Deggendorf, es decir, considerar que la nueva ayuda es compatible, pero suspender la entrega hasta la recuperación de la ayuda 44 septies.

(49)

Sobre la base de las consideraciones que preceden, se han aclarado las dudas de la Comisión.

(50)

Dicho lo cual, la Comisión desea aportar la siguiente precisión. El punto 23 de las Directrices de reestructuración obliga a la Comisión, en el marco del examen de una ayuda de reestructuración, a «tomar en consideración, en primer lugar, el efecto acumulativo de ambas ayudas —la antigua y la nueva— y, en segundo lugar, el hecho de que la primera no ha sido reembolsada». Tal como se indica en la correspondiente nota a pie de página de las Directrices de reestructuración, esta disposición se basa en la sentencia Deggendorf anteriormente mencionada. En el caso presente, Francia se comprometió a recuperar la ayuda 44 septies antes de proceder a la entrega de la nueva ayuda. En la presente Decisión, en virtud de la jurisprudencia Deggendorf anteriormente citada, la Comisión está obligada a transformar este compromiso en requisito para la compatibilidad de la ayuda notificada. Se asegurará, de este modo, de que no hay efecto acumulativo de la ayuda anterior con la nueva ayuda y de que la primera ayuda haya sido reembolsada. De esta manera, ya no será necesario tener en cuenta ni el efecto acumulativo de las ayudas ni el reembolso en el resto de la evaluación de la nueva ayuda.

6.5.   Restablecimiento de la viabilidad de la empresa

6.5.1.   Perspectivas de mercado y credibilidad de las previsiones incluidas en el plan de reestructuración

(51)

En la sección 2.2 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión describió las principales medidas del plan de reestructuración (14). En la sección 3.3.3 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión consideraba que este plan parecía ajustarse a los requisitos que figuran en los puntos 35 a 37 de las Directrices de reestructuración. En otros términos, el plan de reestructuración parece permitir el restablecimiento de la viabilidad a largo plazo de la empresa. En el marco del procedimiento de investigación formal que cierra la presente Decisión, la Comisión analizó con más detalle los elementos en los que se basa el plan con el fin de poder validar o no esta evaluación inicial.

(52)

La Comisión evaluó las previsiones que se derivan del plan de reestructuración, en particular en términos de perspectivas de crecimiento. Las comparó a las tendencias recientes.

(53)

Según el CECED (15), entre 2005 y 2007 la evolución del mercado europeo en volumen muestra un crecimiento moderado en Europa occidental (el 2 % anual) y sostenido en Europa oriental (aproximadamente el 7 % anual). No obstante, este último índice de crecimiento es aleatorio, puesto que está sujeto a las fluctuaciones de la economía y un crecimiento de dos dígitos y una merma de dos dígitos también pueden producirse fácilmente en alternancia.

(54)

Si, a largo plazo, es posible que los comportamientos de compra de Europa oriental converjan con los de Europa occidental, el escaso poder adquisitivo de estos países implica una concentración de la demanda en los productos de primera necesidad (lavadoras o neveras) y de los segmentos más bajos. Ahora bien, los competidores turcos y asiáticos han entrado precisamente en estos mercados.

(55)

Los mercados con potencial para FagorBrandt se encuentran, por consiguiente, en Europa occidental, ya que son más importantes no solo en términos de valor si no también de volumen, y se apoyan menos en productos de gama baja, en los que FagorBrandt ya no puede ser competitivo y que son los que han dado lugar al fuerte crecimiento en Europa oriental.

(56)

Más concretamente, el mercado de referencia de FagorBrandt es el mercado francés en el que el grupo realiza el [50-80] % de sus ventas, produce el [75-100] % de sus volúmenes y emplea el [75-100] % de los trabajadores del grupo. Según GIFAM (16), en 2007 en Francia el mercado de los electrodomésticos grandes progresó, con relación a 2006, un 1 % tanto en volumen como en valor. Más concretamente, en el mercado de los aparatos […] en el que FagorBrandt quiere concentrarse se registró una progresión del […] % con relación a 2006 al tiempo que, en el caso de los aparatos […], las ventas disminuyeron el […] %.

(57)

Las evoluciones por tipo de productos ponen de manifiesto que los mercados líderes que se desarrollan en Europa y especialmente en Francia son esencialmente los de los productos […]. El crecimiento de los productos […] es significativo, mientras que el frío está casi en situación de estancamiento como indica el siguiente cuadro procedente del estudio GIFAM:

[…]

(58)

Por consiguiente, la opción de FagorBrandt, por una parte, de centrarse especialmente en […] y, por otra, de desarrollar […], parece coherente con la evolución de los distintos segmentos y productos.

(59)

La Comisión, tras haber analizado los demás elementos fundamentales del plan de reestructuración destinados a justificar la pertinencia de las previsiones sobre la rentabilidad operativa de FagorBrandt a largo plazo, considera que dichas previsiones son realistas. Por lo tanto, el resto del análisis se limitará a las dos dudas precisas referentes al carácter realista y suficiente del plan de reestructuración que se plantearon en la decisión de incoar el procedimiento.

(60)

En primer lugar, la Comisión pedía explicaciones sobre el esperado incremento del 20 % del volumen de negocios en 2007. Las autoridades francesas explicaron que el perímetro de actividad de FagorBrandt se modificó en 2006 de resultas de la transferencia por Fagor a FagorBrandt de la distribución de la marca Fagor en los mercados inglés y francés, y después de la totalidad de las actividades francesas de Fagor (17). El volumen de negocios de estas actividades se estimó en [50-100] millones EUR para 2007 y se incluyó en el volumen de negocios de FagorBrandt de 2007. A igual perímetro de actividad, el aumento previsto del volumen de negocios solo alcanzaba el [5-10] %. Desde entonces, Francia ha comunicado a la Comisión el volumen de negocios efectivamente realizado en 2007. Asciende a 903 millones EUR frente a 779,7 millones EUR en 2006, lo que representa una progresión del orden del 16 % de un año a otro.

(61)

En segundo lugar, la Comisión observó que el plan de reestructuración no indicaba de qué modo FagorBrandt pensaba hacer frente al reembolso de la ayuda incompatible percibida por su filial italiana que suponía un riesgo en cuanto al restablecimiento de la viabilidad de la empresa. Las autoridades francesas especificaron que la recuperación de la ayuda incompatible por las autoridades italianas no debería tener repercusiones en la situación financiera del grupo. En efecto, el precio de adquisición de las actividades de electrodomésticos de Ocean SpA por Brandt Italia se incrementó con el importe estimado de la ayuda que Brandt Italia debía recibir, es decir [5-10] millones EUR (por un importe de ayuda efectiva percibida por Brandt Italia de [5-10 millones] EUR). Por consiguiente, las autoridades francesas constatan que el beneficio de la ayuda ilegal se transfirió casi íntegramente al vendedor Ocean SpA (con un saldo de [<1 millón] EUR). Las autoridades francesas añaden que esta alegación es corroborada por una decisión del Tribunal de Brescia de 5 de julio de 2004, al que Brandt Italia acudió tras la decisión negativa de la Comisión de 30 de marzo de 2004 sobre el régimen de ayudas italiano, y que ordenó el embargo del último tramo del pago del precio de adquisición pagado por Brandt Italia, es decir, [5-10] millones EUR. Por consiguiente, el reembolso de la ayuda italiana a cargo de Brandt Italia debería ser probablemente inferior a [1 millón] EUR.

(62)

Sobre la base de las consideraciones que preceden, la Comisión concluye que se han aclarado las dudas relativas al restablecimiento de la viabilidad que se plantearon en la decisión de incoar el procedimiento.

6.5.2.   Dudas en cuanto al restablecimiento de la viabilidad planteadas por un tercero interesado

(63)

Como ya se ha indicado, el competidor que solicitó mantener el anonimato impugna que la reestructuración pueda restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa. En primer lugar, considera que la empresa hubiese debido deslocalizar parte de su producción hacia zonas de producciones a bajo coste, donde puede aprovecharse de economías de escala. En segundo lugar, la empresa no podrá hacer frente a las inversiones necesarias para mejorar sus productos en una industria que cada año requiere fuertes inversiones en maquinaria, diseño e investigación y desarrollo. Por último, destaca que la empresa sigue siendo demasiado pequeña con relación a sus competidores. En los apartados siguientes, la Comisión procurará comprobar si estas observaciones del competidor que solicitó el anonimato ponen en entredicho sus conclusiones referentes al restablecimiento de la viabilidad.

(64)

Por lo que se refiere a la necesidad de deslocalizar parte de la producción a países con costes más bajos, la Comisión observa que las autoridades francesas respondieron precisamente a este punto. Recuerdan que el desarrollo que persigue FagorBrandt (productos innovadores y con mucho valor añadido), al igual que el de algunos de sus competidores estrictamente europeos, no es compatible con una organización de su producción en los países con costes más bajos. […] Para las grandes empresas, la implantación de unidades de producción en los países con costes más bajos responde también a la voluntad de desarrollar las ventas.

(65)

Por lo que se refiere a las afirmaciones del competidor que pidió mantener el anonimato sobre la imposibilidad para FagorBrandt de hacer frente a las importantes inversiones requeridas para seguir siendo competitiva y sobre el tamaño demasiado pequeño de la empresa con relación a la grandes empresas del sector, la Comisión observa que ella misma indicó en el apartado 8 de la decisión de incoar el procedimiento que estos elementos habían contribuido a las dificultades de la empresa. No obstante, observa que el plan de reestructuración parece responder a estos retos. En efecto, la empresa tiene intención de […]. Además, la Comisión observa que algunas empresas del sector, a pesar de su tamaño reducido con relación a las grandes empresas y a que su producción se lleva a cabo fundamentalmente en los países de Europa occidental, consiguen seguir siendo competitivas concentrándose en determinados productos y segmentos. Por otra parte, la Comisión observa que la integración cada vez mayor de FagorBrandt en el grupo Fagor contribuye también a solucionar estos problemas relacionados con el tamaño. En resumen, la Comisión reconoce que los aspectos planteados por el competidor constituyen retos para FagorBrandt, pero considera que el plan de reestructuración puede superarlos y presenta una probabilidad suficiente de restablecimiento de la viabilidad.

(66)

Sobre la base de lo que precede, la Comisión considera que los comentarios del competidor que solicitó mantener el anonimato no ponen en entredicho su evaluación de que el plan de reestructuración permite restablecer la viabilidad a largo plazo de FagorBrandt.

6.5.3.   Efecto de las medidas compensatorias adicionales en el restablecimiento de la viabilidad

(67)

Por último, por lo que se refiere al restablecimiento de la viabilidad a largo plazo, la Comisión, tal como establece la última frase del punto 38 de las Directrices de reestructuración, debe comprobar si las medidas compensatorias previstas ponen en peligro la viabilidad de la empresa. Como se analizará más adelante, a raíz de la incoación del procedimiento las autoridades francesas propusieron medidas compensatorias adicionales que no se incluían en las previsiones financieras adjuntas a la notificación. Dado que la Comisión considera que estas medidas adicionales son necesarias, deberán aplicarse. Por lo que se refiere a dichas medidas —dejar de comercializar los productos «frío», «cocción» y «lavavajillas» con la marca Vedette durante cinco años— generarán un deterioro de los resultados financieros de la empresa, por lo que habrá que asegurarse de que la empresa puede soportarlo.

(68)

Según las autoridades francesas, los dos cuadros siguientes indican los resultados financieros de la empresa teniendo en cuenta la aplicación de las medidas compensatorias adicionales anteriormente mencionadas. El primer cuadro describe una hipótesis optimista y el segundo, una hipótesis pesimista.

(en millones EUR)

Se dejan de comercializar los productos «frío», «cocción» y «lavavajillas» de marca Vedette

Hipótesis optimista

2007

2008

2009

2010

2011

2012

Volumen de negocios

903,0

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Margen bruto

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado de explotación antes de los elementos no recurrentes

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado de explotación (BAII)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado antes de impuestos

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado neto

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Flujo de tesorería disponible

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Flujo de tesorería acumulado

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]


(en millones EUR)

Se dejan de comercializar los productos «frío», «cocción» y «lavavajillas» de marca Vedette

Hipótesis pesimista

2007

2008

2009

2010

2011

2012

Volumen de negocios

903,0

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Margen bruto

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado de explotación antes de los elementos no recurrentes

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado de explotación (BAII)

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado antes de impuestos

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Resultado neto

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Flujo de tesorería disponible

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

Flujo de tesorería acumulado

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

[…]

(69)

Estos cuadros se basan en las siguientes hipótesis relativas a las pérdidas de volumen de negocios que implicará la retirada de varias familias de productos comercializados con la marca Vedette. Dicha retirada puede dar lugar a:

a)

una reducción de las ventas en la familia de productos de la marca Vedette cuya comercialización se suspende;

b)

una reducción de las ventas en las otras familias de productos comercializados con la marca Vedette (18) (efecto de gama negativo en los productos de la marca Vedette);

c)

una reducción de las ventas de las otras marcas (efecto de cartera negativo en el conjunto de las marcas del grupo FagorBrandt).

(70)

La hipótesis optimista solo tiene en cuenta los citados efectos en a) y b) y la pérdida relacionada con el abandono de la comercialización de un producto que representará una pérdida del [60-90] % del volumen de negocios de la línea de producto abandonada […] y el [20-30] % del volumen de negocios de los otros productos comercializados con la marca Vedette. La hipótesis pesimista tiene en cuenta el elemento citado en c) y supone un tipo de pérdida del [110-140] % para la línea de producto abandonada (la pérdida puede afectar no solo […] y de […]). Las autoridades francesas explican que esta hipótesis pesimista corresponde a una experiencia que la empresa conoce: en 2003 había decidido abandonar […] en Francia con el fin de concentrarlo todo en […] que disfrutaba de una fuerza de venta específica. Este abandono tuvo un efecto en cadena muy negativo, ya que no solo se perdió la totalidad del volumen de negocios realizado […], sino que la pérdida alcanzó también a […] (pérdida total en estas dos marcas de […] aparatos en dos años que hay que comparar a unas ventas iniciales de […] unidades, de las cuales […] […], lo que representa una pérdida del [120-140] % de los volúmenes abandonados) (19).

(71)

Sobre la base del análisis de los datos incluidos en los dos cuadros anteriores y de los otros datos proporcionados por las autoridades francesas, la Comisión observa que las medidas compensatorias seleccionadas debilitarán a la empresa, puesto que generarán un deterioro de los resultados de la empresa a partir de 2009, año de su aplicación. No obstante, la empresa volverá a obtener un resultado neto positivo a partir de 2010, resultado que aumentará los años siguientes. La Comisión considera por ello que las medidas compensatorias, aunque debiliten a la empresa, no impedirán el restablecimiento de la viabilidad.

6.6.   Prevención de cualquier falseamiento excesivo de la competencia

6.6.1.   Análisis de la necesidad de medidas compensatorias

(72)

El punto 38 de las Directrices de reestructuración establece que, para que la Comisión pueda autorizar determinadas ayudas de reestructuración, deberán adoptarse medidas compensatorias destinadas a reducir los efectos negativos de las ayudas en las condiciones de los intercambios comerciales. En su defecto, las ayudas deben considerarse «contrarias al interés común» y declararse incompatibles con el mercado común. Con frecuencia, esta condición se traduce en una limitación de la presencia que la empresa puede conservar en su mercado o mercados tras el período de reestructuración.

(73)

En su notificación, Francia afirmaba que en este caso concreto las medidas compensatorias no parecían necesarias, en particular porque la ayuda no tendría efectos de falseamiento excesivos. En los apartados 37, 38 y 40 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión explicó sucintamente por qué rechazaba esta aserción.

(74)

En los apartados siguientes, la Comisión explica con más detalle por qué considera que la ayuda genera un falseamiento y por qué es necesaria la aplicación de medidas compensatorias, al contrario de lo que afirman las autoridades francesas.

(75)

Como ya se ha dicho, FagorBrandt está presente en el sector de la fabricación y la comercialización entre los distribuidores (en lugar de la distribución y la venta a particulares) de aparatos electrodomésticos grandes. Por lo que se refiere a la dimensión geográfica del mercado de los electrodomésticos grandes, en el pasado la Comisión consideró que era como mínimo comunitaria debido, en particular, a la ausencia de barreras a la entrada, la armonización técnica y los costes de transporte relativamente bajos (20). Los datos proporcionados por FagorBrandt y por los dos competidores que han presentado comentarios confirman que el mercado es de dimensión comunitaria.

(76)

La Comisión considera que una ayuda de reestructuración crea automáticamente un falseamiento de la competencia al impedir que el beneficiario salga del mercado y frena por ello el desarrollo de las empresas competidoras. Por lo tanto impide desaparición de las empresas ineficaces, lo que «constituye un aspecto normal del funcionamiento del mercado», tal como se indica en el punto 4 de las Directrices de reestructuración. Por consiguiente, la ayuda notificada en favor de FagorBrandt genera el falseamiento de competencia anteriormente mencionado. No obstante, la Comisión observa que los siguientes elementos tienden a limitar las consecuencias negativas de este falseamiento de la competencia. En primer lugar, en el mercado europeo de los electrodomésticos grandes, FagorBrandt tiene una cuota de mercado que, como máximo, es del 5 % (21). En segundo lugar, en este mercado hay cuatro competidores con cuotas de mercado del 10 % o más (Indesit, Whirlpool, BSH y Electrolux) (22). El competidor que solicitó mantener el anonimato reconoce, además, que FagorBrandt es un operador relativamente pequeño en el mercado europeo (véanse más arriba las dudas emitidas por ese competidor referentes al restablecimiento de la viabilidad de la empresa y relacionadas con su escasa dimensión), cuya cuota de mercado está disminuyendo (23). En tercer lugar, el importe de la ayuda es limitado con relación al volumen de negocios europeo de FagorBrandt (la ayuda representa menos del 4 % del volumen de negocios de 2007), y aún más con relación al de los cuatro operadores principales del mercado cuyo volumen de negocios es superior al de FagorBrandt (24).

(77)

Mientras que el apartado anterior se analiza el falseamiento de la competencia generado por la ayuda, se trata también, tal como se indica en el punto 38 de las Directrices de reestructuración, que a su vez refleja el artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado, de analizar la amplitud de los «efectos negativos sobre las condiciones comerciales» entre Estados miembros. Como ya se indicó en el apartado 38 de la decisión de incoar el procedimiento, la ayuda falsea la localización de las actividades económicas entre Estados miembros y, por consiguiente, los intercambios comerciales entre estos. FagorBrandt es una empresa en la que la mayoría de las actividades de producción y de empleados está en Francia el ([75-100] % de los volúmenes producidos por la empresa lo son en Francia). Sin ayuda del Estado francés, FagorBrandt saldría rápidamente del mercado. Ahora bien, los productos fabricados en los centros de producción de FagorBrandt están en competencia principalmente con productos que los competidores producen en los otros Estados miembros (25). Por lo tanto, la desaparición de FagorBrandt habría permitido a esos competidores europeos aumentar sensiblemente sus ventas y, por lo tanto, su producción. La ayuda tiene por efecto mantener en Francia actividades de producción que de otro modo se habrían desplazado en parte a otros Estados miembros. Por consiguiente, tiene un efecto negativo en las condiciones del comercio al reducir las posibilidades de exportación de los competidores instalados en los otros Estados miembros hacia Francia (26). La ayuda reduce también las posibilidades de venta en los países a los que FagorBrandt va a seguir exportando sus productos. Visto el tamaño de las ventas de FagorBrandt y el número de empleos correspondientes, estos efectos desfavorables en las condiciones del comercio no son desdeñables.

(78)

Sobre la base del análisis que precede, la Comisión considera que son necesarias medidas compensatorias reales (es decir, significativas) aunque limitadas.

6.6.2.   Análisis de las medidas ya aplicadas

(79)

En el apartado 39 de la decisión de incoar el procedimiento, la Comisión expresaba dudas en cuanto a que las medidas notificadas por las autoridades francesas puedan tenerse en cuenta como medidas compensatorias, dado que el punto 40 de las Directrices de reestructuración indica que «Las condonaciones y el cierre de actividades que generen pérdidas que hubieran sido necesarios en cualquier caso para restablecer la viabilidad no se considerarán reducción de la capacidad o de la presencia en el mercado a efectos de la evaluación de las contrapartidas». Parecía que todas las medidas descritas por las autoridades francesas entraban en el ámbito de aplicación de esta exclusión. En el marco del procedimiento de investigación formal, Francia repitió que consideraba que el abandono de la fabricación de congeladores tipo baúl y hornos microondas libre instalación, así como la venta de Brandt Components, constituían tres medidas compensatorias válidas. La Comisión por lo tanto procedió a un análisis detallado de estas medidas y sacó las siguientes conclusiones.

(80)

Por lo que se refiere al cierre de la fábrica de congeladores tipo baúl en 2005 (fábrica de Lesquin), en su notificación de 6 de agosto de 2007 Francia indicó que esta fábrica, que producía congeladores tipo baúl y armarios bodega para el conjunto del grupo FagorBrandt, había alcanzado un tamaño que ya no le permitía cubrir ni sus costes variables ni sus costes fijos y había generado [5-10] millones EUR de pérdidas de explotación en 2004. Por consiguiente, no cabe duda alguna de que, en este caso concreto, se trata del cierre de una actividad deficitaria necesario para restablecer la viabilidad (27) y que, en aplicación del punto 40 de las Directrices de reestructuración, no puede tenerse en cuenta como una medida compensatoria.

(81)

Por lo que se refiere al abandono de la producción de hornos microondas libre instalación en la fábrica de Azenay, se trataba también de cerrar una actividad deficitaria, lo que era necesario para restablecer la viabilidad, extremo que, por otra parte, las autoridades francesas reconocieron explícitamente en sus ofertas (28). La falta de rentabilidad de esta actividad no es sorprendente, puesto que el de los hornos microondas libre instalación es uno de los segmentos de mercado en el que los productos procedentes de países con costes bajos han penetrado más (29). Además, la fábrica de Azenay había perdido contratos importantes de fabricación de microondas para otros grupos (30). En conclusión, sobre la base del punto 40 de las Directrices de reestructuración, esta medida no puede en modo alguno tenerse en cuenta como medida compensatoria.

(82)

En cambio, en marzo de 2004, la empresa cedió su filial Brandt Components (fábrica de Nevers) al grupo austriaco ATB por un importe de [2-5] millones EUR. Por lo tanto, no se trata de una condonación (31) ni de un cierre de actividad. Por consiguiente, esta medida no queda excluida por la disposición anteriormente mencionada del punto 40 de las Directrices de reestructuración. La actividad cedida en marzo de 2004 (32) alcanzaba en 2003 un volumen de negocios de [25-45] millones EUR —lo que equivale al [2-5] % del volumen de negocios de la empresa en 2003—, y contaba con [250-500] trabajadores, lo que equivale al [5-10] % de los trabajadores de la empresa. Participaba en el diseño, desarrollo, fabricación y comercialización de motores eléctricos para lavadoras. Esta cesión implicó, por consiguiente, una menor presencia de la empresa en el mercado de los componentes de lavadoras.

(83)

Al tiempo que acepta que esta medida constituya una medida compensatoria, la Comisión considera que, por sí sola, no puede contrarrestar los efectos negativos de la ayuda anteriormente descrita. La Comisión observa, en particular, que esta medida no reduce la presencia de FagorBrandt en el mercado de los electrodomésticos grandes (33), que es el mercado en el cual principalmente FagorBrandt seguirá estando presente.

6.6.3.   Medidas compensatorias adicionales propuestas por las autoridades francesas

(84)

Para responder a las dudas planteadas en la decisión de incoar el procedimiento relativas a la insuficiencia de las medidas compensatorias notificadas, las autoridades francesas proponen el abandono de la comercialización de los productos «frío» y «cocción» Vedette durante cinco años. Proponen, además, bien el abandono de la comercialización de los lavavajillas Vedette, bien la cesión de la marca […].

(85)

Como ya se ha indicado, FagorBrandt realiza el [50-80] % de sus ventas en el mercado francés, en el que en 2006 la empresa tenía una cuota de mercado del [10-20] % en valor y del [10-20] % en volumen. Eso significa que si FagorBrandt hubiera cesado sus actividades, los principales beneficiarios hubiesen sido sus competidores en el mercado francés al poder aumentar sus ventas. Por consiguiente, esas son las empresas afectadas por la supervivencia de FagorBrandt que la ayuda permite. En el mercado italiano, en cambio, las ventas de FagorBrandt son muy limitadas. Como medida compensatoria, la Comisión apoya, por consiguiente, el abandono de la comercialización de lavavajillas de la marca Vedette (34) con relación a la cesión de la marca […], ya que los productos de la marca Vedette se comercializan exclusivamente en el mercado francés mientras que los productos […] se venden principalmente en […].

(86)

De modo que lo que debe analizarse es la amplitud de estas medidas compensatorias adicionales, con el fin de establecer si son suficientes.

(87)

Las ventas de productos «frío» (neveras y congeladores) de la marca Vedette en 2007 representaban [10-20] millones EUR, lo que supone [1-3] % del volumen de negocios del grupo FagorBrandt.

(88)

El abandono de la comercialización de los productos «frío» durante cinco años permitirá a los competidores presentes en el mercado francés reforzar su posición en ese segmento. Según el estudio GfK de 2007, los principales competidores de FagorBrandt (que dispone de una cuota de mercado en valor del […] %) en el mercado de los refrigeradores en Francia son Whirlpool ([…] %), Indesit ([…] %) y Electrolux ([…] %). En el mercado de los congeladores, los principales competidores de FagorBrandt ([…] %) son Whirlpool ([…] %), Liebherr ([…] %) y Electrolux ([…] %).

(89)

En 2007, las ventas de productos de cocción de la marca Vedette representaban [5-10] millones EUR, lo que supone el [0,5-1,5] % del volumen de negocios del grupo FagorBrandt.

(90)

Por consiguiente, el abandono de la comercialización de los productos de cocción durante cinco años permitirá a los competidores reforzar su posición en el mercado de las cocinas. Según el estudio GfK de 2007, los principales competidores de FagorBrandt —que dispone de una cuota de mercado en valor del […] %—, en el mercado de los refrigeradores en Francia, son Indesit ([…] %), Electrolux ([…] %) y Candy ([…] %).

(91)

En 2007, las ventas de lavavajillas de la marca Vedette representaban [5-10] millones EUR, es decir, [0,5-1,5] % del volumen de negocios del grupo FagorBrandt.

(92)

Según el estudio GfK de 2007, los principales competidores de FagorBrandt (que dispone de una cuota de mercado en valor del […] %) en el mercado de los refrigeradores en Francia son BSH ([…] %), Whirlpool ([…] %) y Electrolux ([…] %). Por consiguiente, el abandono de la comercialización de lavavajillas de marca Vedette permitirá a los competidores ampliar su presencia en el mercado.

(93)

En resumen, los productos Vedette cuya comercialización se abandonará representan [3-5] % del volumen de negocios del grupo (35). Las autoridades francesas indican que ese abandono requerirá ajustes significativos en la empresa […].

6.6.4.   Conclusión sobre el conjunto de las medidas compensatorias

(94)

Las medidas compensatorias consisten en el abandono de la comercialización durante cinco años de determinados productos («cocción», «frío» y «lavavajillas») de la marca Vedette (36) y la cesión de Brandt Components. Se trata de una reducción de la presencia en el mercado real (es decir, no desdeñable) pero de limitada envergadura. Por consiguiente, esta reducción es proporcionada a la amplitud del falseamiento de la competencia y de los intercambios comerciales, como ya se ha analizado.

(95)

Por lo tanto, la Comisión considera que estas medidas permiten evitar falseamientos de competencia excesivos según los términos de los puntos 38 a 40 de las Directrices de reestructuración.

6.7.   Limitación de la ayuda a lo estrictamente necesario: contribución real exenta de ayuda

(96)

Para poder autorizar la ayuda, según los términos de los puntos 43 a 45 de las Directrices de reestructuración, conviene que el importe y la intensidad de la ayuda se limiten a lo estrictamente necesario para proceder a la reestructuración en función de las disponibilidades financieras de la empresa, sus accionistas o el grupo al que pertenece. Los beneficiarios de la ayuda deben contribuir de forma sustancial al plan de reestructuración con cargo a sus propios recursos, incluida la venta de activos que no sean indispensables para la supervivencia de la empresa, o mediante financiación externa obtenida en condiciones de mercado.

(97)

Tal como se indica en el apartado 43 de la decisión de incoación, los costes de la reestructuración, tal como se describen en la notificación de las autoridades francesas, ascienden a [50-90] millones EUR. Se financian del siguiente modo (37):

 

Millones EUR

%

Costes de reestructuración

[50-90]

100

Financiados mediante:

Recursos propios del beneficiario

[0-10]

[…]

Aportación accionistas

26,9

[…]

Ayuda del Estado

31

[40-50]

(98)

En el apartado 44 de la decisión de incoación, la Comisión plantea dos dudas sobre estos datos. Por una parte, la Comisión pide a las autoridades francesas que justifiquen por qué no han incluido el reembolso de la ayuda en los costes de reestructuración. Por otra parte, la Comisión pide que se explique la naturaleza de la «contribución del beneficiario».

(99)

Las autoridades francesas respondieron a esta segunda duda indicando que la «contribución del beneficiario con cargo a sus propios recursos» consiste en préstamos bancarios encontrados por FagorBrandt en el mercado. Especifican que la empresa contrató en 2006 empréstitos bancarios por importe de [25-30] millones EUR, importe que se aumentó a [30-35] millones EUR en 2007 (38). Estos se aseguraron mediante existencias de productos acabados. La Comisión observa que se trata de una «financiación externa obtenida en condiciones de mercado», tal como se define en el punto 43 de las Directrices de reestructuración y, por consiguiente, constituye una contribución válida.

(100)

Por lo que se refiere a la primer duda planteada por la Comisión, las autoridades francesas indican que, a priori, el reembolso de una ayuda incompatible no puede calificarse de coste de reestructuración (ni de contribución con cargo a los propios recursos de la empresa beneficiaria según los términos de los puntos 43 y 44 de las Directrices de reestructuración). Por esta razón no contabilizaron el reembolso con cargo a los costes de reestructuración. No obstante, indican que, por supuesto, este reembolso evaluado en unos [25-30] millones EUR (intereses incluidos) se integra en el plan de negocios adjunto a la notificación como cualquier otro gasto financiero normal. La Comisión considera que es indispensable tener en cuenta el reembolso en el plan de negocios, como se ha hecho aquí (39). En cuanto a si dicho reembolso debe considerarse formalmente como un coste de reestructuración con arreglo al punto 43 de las Directrices de reestructuración, la Comisión observa que aunque fuera el caso, el efecto no sería reducir la contribución propia del beneficiario por debajo del 50 % requerido por el punto 44 de las Directrices de reestructuración. En efecto, aunque el reembolso de la ayuda con intereses se incluyese como un coste de reestructuración —ascendiendo así este, por consiguiente, a unos [75-100] millones EUR—, el efecto sería disminuir más todavía la parte de los costes de reestructuración financiada por la ayuda y aumentar la parte de dichos costes financiada por el beneficiario (40) y sus accionistas. Por lo tanto, no es necesario que la Comisión se pronuncie sobre esta cuestión.

(101)

Por consiguiente, se han solventado las dudas planteadas por la Comisión en la decisión de incoar el procedimiento y esta concluye que «la contribución con cargo a los recursos propios del beneficiario» y de su accionista es superior al 50 % de los costes de reestructuración, tal como requiere el punto 44 de las Directrices de reestructuración en el caso de las grandes empresas.

(102)

Por lo que se refiere a la afirmación del competidor que pidió mantener el anonimato, de que la ayuda no se ha limitado a lo estrictamente necesario, ya que FagorBrandt puede obtener financiaciones de su accionista y del grupo al que pertenece, la Comisión ya contestó a este extremo en el análisis de la elegibilidad de la empresa.

(103)

Por último, además de comprobar que se había respetado el requisito formal de una contribución propia superior al 50 %, la Comisión evaluó también si la ayuda se limitaba a lo estrictamente necesario, en particular sobre la base de los criterios que se definen en el punto 45 de las Directrices de reestructuración. La Comisión considera que así es y que el importe de la ayuda no permite a la empresa disponer «de liquidez excedentaria que podría dedicar a actividades agresivas que pudieran causar falseamientos en el mercado no vinculados al proceso de reestructuración». La Comisión observa que después de la concesión de la ayuda y una vez completada la reestructuración, el grupo todavía estará significativamente endeudado.

6.8.   Aplicación completa del plan

(104)

El plan de reestructuración de FagorBrandt, incluido el conjunto de los compromisos de Francia, debe aplicarse en su totalidad (41). La Comisión pide ser informada del desarrollo de la aplicación del plan así como de los correspondientes compromisos.

7.   CONCLUSIÓN

(105)

La ayuda puede declararse compatible con el mercado común, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones impuestas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La ayuda que Francia tiene previsto ejecutar en favor de la empresa FagorBrandt por importe de 31 millones EUR es compatible con el mercado común en las condiciones previstas en el artículo 2.

Artículo 2

1.   Las autoridades francesas deben suspender la entrega a la empresa FagorBrandt de la ayuda contemplada en el artículo 1 de la presente Decisión hasta que se haga efectiva la devolución por FagorBrandt de la ayuda incompatible contemplada por la Decisión 2004/343/CE.

2.   El plan de reestructuración de FagorBrandt, tal como fue comunicado a la Comisión por Francia el 6 de agosto de 2006 (42), debe ejecutarse en su totalidad.

3.   FagorBrandt debe abandonar la comercialización de productos del segmento «frío», «cocción» y «lavavajillas» de marca Vedette por un período de tiempo de cinco años, que deberá iniciarse a más tardar siete meses después de la fecha de la notificación de la presente Decisión.

4.   Para garantizar el seguimiento de las condiciones establecidas en los apartados 1 a 3 del presente artículo, Francia informará a la Comisión, mediante informes anuales, del progreso de la reestructuración de FagorBrandt, de la recuperación de la ayuda incompatible que se describe en el apartado 1, del pago de la ayuda compatible, y de la aplicación de las medidas compensatorias.

Artículo 3

Francia informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma.

Artículo 4

El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

Hecho en Bruselas, el 21 de octubre de 2008.

Por la Comisión

Neelie KROES

Miembro de la Comisión


(1)  DO C 275 de 16.11.2007, p. 18.

(2)  Véase la nota 1.

(3)  El interesado en cuestión había solicitado que el plazo se ampliara un mes para presentar comentarios por teléfono y por carta de 16 de diciembre de 2007, a lo que la Comisión no se opuso.

(4)  DO C 244 de 1.10.2004, p. 2.

(5)  Decisión 2004/343/CE de la Comisión, de 16 de diciembre de 2003, relativa al régimen de ayudas ejecutado por Francia ligadas al salvamento de empresas en crisis (DO L 108 de 16.4.2004, p. 38).

(6)  Decisión 2005/941/CE de la Comisión, de 1 de diciembre de 2004, relativa a la ayuda estatal que Francia tiene previsto ejecutar en favor de la sociedad Bull (DO L 342 de 24.12.2005, p. 81, apartados 55 a 63).

(7)  Decisión 2006/747/CE de la Comisión, de 26 de abril de 2006, relativa a la ayuda estatal que Francia tiene previsto ejecutar en favor de Euromoteurs [C 1/2005 (ex N 426/2004)] (DO L 307 de 7.11.2006, p. 213, apartados 30 a 31 y 42).

(8)  Información amparada por el secreto profesional.

(9)  Periódico La Tribune de 14 de abril de 2005.

(10)  Léase «aumentaron de forma significativa».

(11)  Decisión 91/391/CE de la Comisión, de 26 de marzo de 1991, relativa a las ayudas concedidas por el Gobierno alemán a la empresa Deggendorf GMBH, productora de hilo de poliamida y poliéster, situada en Deggendorf (Baviera) (DO L 215 de 2.8.1991, p. 16).

(12)  Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de mayo de 1997 en el asunto C-355/95, P TWD/Comisión (sentencia Deggendorf), apartados 25-26 (Rec. 1997, p. I-2549). Esta sentencia confirma el fundamento de la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 13 de septiembre de 1995 en los asuntos acumulados T-244/93 y T-486/93, TWD/Comisión (Rec. 1995, p. II-2265).

(13)  A este respecto, la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia una aplicación efectiva de las decisiones de la Comisión por las que se ordena a los Estados miembros que recuperen las ayudas estatales ilegales e incompatibles» (DO C 272 de 15.11.2007, p. 4) indica que «la Comisión ha empezado también a aplicar la jurisprudencia Deggendorf de manera más sistemática. Dicha jurisprudencia permite que, si se satisfacen ciertas condiciones, la Comisión ordene a los Estados miembros suspender el pago a una empresa de una nueva ayuda compatible hasta que dicha empresa haya reembolsado una antigua ayuda ilegal e incompatible que esté sujeta a una decisión de recuperación».

(14)  En sustancia, el plan de reestructuración preveía recentrar la empresa y su desarrollo orientándola hacia los productos innovadores y con mucho valor añadido, racionalizar la política de compras y establecer una política de sourcing (productos fabricados por terceros por cuenta de FagorBrandt). FagorBrandt adoptó tres categorías de medidas de reestructuración: a) cesiones de actividades y cierres de fábricas; b) reducciones de plantilla; c) medidas destinadas a reforzar la continuidad de la empresa a largo plazo.

(15)  CECED: Comité Europeo de Fabricantes de Electrodomésticos, organización que agrupa a 15 fabricantes de dimensión al menos europea y a 26 asociaciones del sector presentes en varios países europeos (miembros o no de la Unión Europea).

(16)  GIFAM: «Groupement interprofessionnel des fabricants d’appareils d’équipements ménagers» (Agrupación interprofesional de fabricantes de electrodomésticos), que agrupa a unas 50 empresas presentes en los mercados de electrodomésticos.

(17)  La Comisión analizó si esta mayor integración de FagorBrandt en Fagor ponía en entredicho las conclusiones del apartado 27 de la decisión de incoar el procedimiento en cuanto a la elegibilidad de FagorBrandt. Concluyó que no era el caso, ya que la gran mayoría de los elementos alegados en dicho apartado sigue siendo válida.

(18)  Esta reducción se deriva de los efectos inducidos por el abandono de la comercialización de los productos anteriores en la visibilidad de la marca Vedette entre los distribuidores.

(19)  Sobre la base de la información proporcionada por las autoridades francesas, la Comisión considera poco probable que se confirme la hipótesis pesimista. En efecto, las autoridades francesas basan esta hipótesis en la experiencia de los microondas Vedette. Ahora bien, como se indicará más adelante, se trata de un producto con el que FagorBrandt ya no era competitivo (razón por la cual decidió abandonar la producción internamente) y en el cual existe una importante penetración de los productores de los países con costes más bajos. La hipótesis sostenida por las autoridades francesas, es decir, atribuir la totalidad del declive de las ventas de microondas observado durante estos dos años únicamente a la decisión de abandonar la comercialización de microondas de la marca Vedette parece, por consiguiente, una hipótesis extrema.

(20)  La Decisión de la Comisión, de 21 de junio de 1994, por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (Asunto no IV M.458 — Electrolux/AEG) sobre la base del Reglamento (CEE) no 4064/89 del Consejo (DO C 187 de 9.7.1994), concluyó que la dimensión geográfica de los mercados de electrodomésticos grandes era Europa occidental. La Decisión 2000/475/CE de la Comisión, de 24 de enero de 1999, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 del Tratado CE y el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto IV.F.1/36 718/CECED) (DO L 187 de 26.7.2000, p. 47) concluye que la dimensión geográfica es el EEE. Este último caso se refería al sector de lavadoras.

(21)  La cuota de mercado combinada de FagorBrandt y Fagor Electrodomésticos es del 8 % como máximo.

(22)  La Comisión no puede aceptar el argumento alegado por Francia según el cual mantener la presencia en el mercado de FagorBrandt tiene un efecto positivo, ya que evita la creación de una situación de oligopolio. Las autoridades francesas no justificaron su afirmación de manera precisa. Además, esta afirmación es contradictoria con su propia notificación que describía un mercado muy competitivo, con una competencia múltiple, especialmente procedente de marcas de distribuidores. Por último, el punto 39 de las Directrices de reestructuración indica que se tendrán en cuenta las situaciones «de monopolio u oligopolio restringido», lo que no es el caso aquí, ya que solo contando con las grandes empresas, el número de competidores asciende ya a cuatro.

(23)  […]

(24)  Si el análisis se hace a escala mundial, la divergencia es aún mayor, puesto que grupos como Electrolux y Whirlpool tienen actividades muy importantes fuera de Europa. A modo de ejemplo, en 2005 el volumen de negocios combinado de FagorBrandt y Fagor Electrodomésticos ascendía a menos de 2 000 millones EUR, mientras que el volumen de negocios mundial en el sector de los electrodomésticos grandes de Whirlpool, Electrolux, BSH e Indesit expresado en euros era, respectivamente, de 11 800 millones, 10 800 millones, 7 300 millones y 3 100 millones.

(25)  […]

(26)  El [50-80] % de las ventas de FagorBrandt se hace efectivamente en el mercado francés. A este respecto, el Tribunal ha indicado repetidamente que «cuando un Estado miembro concede una ayuda a una empresa, la producción interior puede verse mantenida o incrementada, con la consecuencia de que las oportunidades de las empresas establecidas en otros Estados miembros de exportar sus productos hacia el mercado de este Estado miembro disminuyan». Véanse la sentencia de 13 de julio de 1988 en el asunto C-102/87, Francia/Comisión, apartado 19 (Rec. 1988, p. 4067); sentencia de 14 de septiembre de 1994 en los asuntos acumulados C-278/92, C-279/92 y C-280/92, España/Comisión, apartado 40 (Rec. 1994, p. I-4103); sentencia de 7 de marzo de 2002 en el asunto C-310/99, Italia/Comisión, apartados 84 a 86 (Rec. 2002, p. I-2289); sentencia de 11 de julio de 2002 en el asunto T-152/99, HAMSA/Comisión, apartados 220 y 221 (Rec. 2002, p. II-3049).

(27)  La prensa francesa se hizo ampliamente eco de la falta de rentabilidad de la actividad «congeladores». Un artículo del periódico Ouest France de 8 de julio de 2004 indicaba, por ejemplo: «ElcoBrandt, el grupo francés de electrodomésticos, cerrará en 2005 su fábrica de Lesquin (región Norte), especializada en la fabricación de congeladores, porque “ha dejado de ser rentable”. Elco le compró este establecimiento a Brandt hace dos años. Los 600 trabajadores aceptaron un plan social que preveía mantener 150 empleos, que ahora van a desaparecer». Más concretamente, algunos responsables de Brandt indicaban al periódico Les Echos, en un artículo publicado el 7 de julio de 2004, que «A pesar de grandes esfuerzos de competitividad comprando el 35 % de los componentes en China o mejorando la calidad y la productividad, la baja de los costes del mercado ha sido más rápida que nosotros», y que «mantener la actividad de producción de congeladores tipo baúl no tiene ya sentido, desde el punto de vista económico, en el grupo ElcoBrandt. En efecto, en adelante, cada vez que vendemos uno de esos productos generamos un 25 % de pérdidas».

(28)  En la notificación, las autoridades francesas indican que uno de los objetivos del plan de reestructuración es «la racionalización de la producción, mediante el abandono de algunos segmentos de gama baja que han pasado a ser estructuralmente deficitarios, con el fin de limitar las pérdidas vinculadas al aumento de las cuotas de mercado por parte de los fabricantes de países con costes más bajos (hornos microondas libre instalación, congeladores y neveras pequeñas)». En su carta de 15 de febrero de 2008 en la que comentan las observaciones de los interesados, las autoridades francesas indican: «Las autoridades francesas recuerdan que […] las distintas medidas ya adoptadas tienen por objeto en primer lugar atajar las pérdidas (cierre de un centro de producción deficitario, Lesquin, y abandono de algunas fabricaciones no rentables, hornos microondas libre instalación)». Estos dos extractos confirman, por otra parte, las conclusiones anteriores relativas al cierre de la fábrica de Lesquin.

(29)  Las autoridades francesas destacaron este hecho, en particular en el anexo 7 de la notificación.

(30)  Véase, por ejemplo, el artículo «Brandt: confirmado el fin del contrato Miele. Tras la retirada de Electrolux, otro golpe duro para Aizenay», que se publicó en el periódico Ouest France el 3 de marzo de 2005.

(31)  Con mayor motivo por el hecho de que la empresa realizó una plusvalía de cesión de [0-1 millón] EUR.

(32)  Tal como se indica en la sección 2.2 de la decisión de incoar el procedimiento, FagorBrandt comenzó a reestructurarse a partir de 2004, cuando resultaron evidentes la falta de competitividad y las primeras dificultades financieras. Por consiguiente, la Comisión considera que esta cesión «forma parte de la misma reestructuración» como requiere el punto 40 de las Directrices de reestructuración.

(33)  Las autoridades francesas indican que la actividad de Brandt Components permitía a la empresa beneficiarse de una fuerte integración de la producción de las lavadoras de gama superior, que constituye una posición históricamente sólida del grupo FagorBrandt. Según las autoridades francesas, este tipo de integración se persigue especialmente para los productos innovadores o que requieren unos conocimientos técnicos específicos y la aplican los principales operadores del sector (por ejemplo, BSH o Míele). No obstante, la Comisión observa que, fuera de las afirmaciones que preceden, las autoridades francesas no aportaron elementos que le permitan establecer sin lugar a dudas —y menos aún cuantificar ese efecto— que la cesión de Brandt Components va a reducir para FagorBrandt la posibilidad de desarrollar lavadoras competitivas y, por consiguiente, reducirá la presencia de FagorBrandt en el mercado de las lavadoras. La Comisión, por lo tanto, solo puede concluir que la cesión de Brandt Components tiene un efecto real en el mercado de los electrodomésticos grandes.

(34)  En el mercado francés, Vedette es una marca que se halla en lo alto del segundo cuartil y en el tercer cuartil del mercado de los productos libre instalación. Por consiguiente, las medidas propuestas no reducen la presencia de FagorBrandt en el mercado de los productos empotrables. Sin embargo, la gran mayoría de los grupos que compiten con FagorBrandt en el sector de empotrables poseen también marcas competidoras de Vedette en el mercado de los productos libre instalación. Por consiguiente, se beneficiarán de la retirada de los anteriormente mencionados productos Vedette.

(35)  En 2007 representaban el [30-40] % del volumen de negocios de la marca Vedette y el [4-6] % de las ventas de FagorBrandt de electrodomésticos grandes en el mercado francés.

(36)  El objetivo de esta medida es la retirada del mercado de los productos Vedette en cuestión. Por lo tanto, está claro que el efecto de la medida desaparecería si FagorBrandt concediese a otra empresa una licencia para fabricar o comercializar estos productos con la marca Vedette.

(37)  La decisión de incoar el procedimiento indicaba por error que el «esfuerzo propio del beneficiario» ascendía al 4,6 %, mientras que en la notificación se indicaba claramente 4 600 000 EUR.

(38)  Carta de las autoridades francesas de 15 de febrero de 2008.

(39)  En su Decisión 2006/747/CE, la Comisión consideró que el hecho de que el plan de reestructuración presentado no tuviera en cuenta el reembolso de una ayuda incompatible percibida por la empresa confirmaba la conclusión que ese plan no permitía restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa.

(40)  La totalidad de los préstamos bancarios anteriormente citados de [30-35] millones EUR contaría en tal caso como una contribución con cargo a los recursos propios de la empresa.

(41)  Como ya se ha indicado, el plan de reestructuración comenzó en 2004 y la mayor parte de las medidas de reestructuración ya han sido ejecutadas.

(42)  Error material: léase «2007» en lugar de «2006».