25.10.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 282/3


REGLAMENTO (CE) N o 1047/2008 DE LA COMISIÓN

de 24 de octubre de 2008

relativo a la expedición de certificados de importación de arroz en el marco de los contingentes arancelarios abiertos para el subperíodo de octubre de 2008 por el Reglamento (CE) no 327/98

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación (2), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 327/98 de la Comisión, de 10 de febrero de 1998, relativo a la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios de importación de arroz y arroz partido (3) abrió y estableció el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios de importación de arroz y arroz partido, repartidos por países de origen y divididos en varios subperíodos conforme a lo indicado en el anexo IX del citado Reglamento y al Reglamento (CE) no 60/2008 de la Comisión (4), (el Reglamento (CE) no 60/2008 abrió un subperíodo específico en febrero de 2008 para el contingente arancelario de importación de arroz blanqueado y semiblanqueado originario de los Estados Unidos de América).

(2)

Para el contingente número 09.4138, previsto en el artículo 1, apartado 1, letra a) del Reglamento (CE) no 327/98 el subperíodo único es el mes de octubre. Este contingente comprende el saldo de las cantidades no utilizadas de los contingentes números 09.4127, 09.4128, 09.4129 y 09.4130 del subperíodo precedente. El mes de octubre es el último subperíodo para los contingentes números 09.4148 y 09.4168 previstos en el artículo 1, apartado 1, letras b) y e) del Reglamento (CE) no 327/98 y que comprenden el saldo de las cantidades no utilizadas del subperíodo precedente.

(3)

Según se desprende de la comunicación efectuada en aplicación del artículo 8, letra a), del Reglamento (CE) no 327/98, las solicitudes presentadas a lo largo de los diez primeros días hábiles del mes de octubre de 2008, conforme a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento citado, para el contingente con el número de orden 09.4138, se refieren a una cantidad superior a la disponible. Por consiguiente, es preciso determinar en qué medida pueden expedirse los certificados de importación, mediante la fijación de un coeficiente de asignación que se aplicará a las cantidades solicitadas.

(4)

Procede, asimismo, comunicar el porcentaje final de utilización de cada uno de los contingentes previstos por el Reglamento (CE) no 327/98 en el curso del año 2008.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1.   Las solicitudes de certificados de importación de arroz del contingente con el número de orden 09.4138, contemplado[s] en el Reglamento (CE) no 327/98, presentadas durante los diez primeros días hábiles del mes de octubre de 2008, darán lugar a la expedición de certificados para las cantidades solicitadas, a las que se aplicará el coeficiente de asignación que se fija en el anexo del presente Reglamento.

2.   El porcentaje final de utilización, en el curso del año 2008, de cada contingente previsto por el Reglamento (CE) no 327/98, figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2008.

Por la Comisión

Jean-Luc DEMARTY

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2)  DO L 238 de 1.9.2006, p. 13.

(3)  DO L 37 de 11.2.1998, p. 5.

(4)  DO L 22 de 25.1.2008, p. 6.


ANEXO

Cantidades por asignar con respecto al subperíodo del mes de octubre de 2008 en aplicación del Reglamento (CE) no 327/98 y porcentajes finales de utilización para el año 2008:

a)   Contingente de arroz blanqueado o semiblanqueado del código NC 1006 30 establecido en el artículo 1, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 327/98:


Origen

Número de orden

Coeficiente de asignación para el subperíodo de octubre de 2008

Porcentaje final de utilización del contingente para el año 2008

Estados Unidos de América

09.4127

 

98,99 %

Tailandia

09.4128

 

100 %

Australia

09.4129

 

82,68 %

Otros orígenes

09.4130

 

100 %

Todos los países

09.4138

1,724138 %

100 %


b)   Contingente de arroz descascarillado del código NC 1006 20 establecido en el artículo 1, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 327/98:


Origen

Número de orden

Coeficiente de asignación para el subperíodo de octubre de 2008

Porcentaje final de utilización del contingente para el año 2008

Todos los países

09.4148

 (1)

100 %


c)   Contingente de arroz partido del código NC 1006 40 establecido en el artículo 1, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) no 327/98:


Origen

Número de orden

Porcentaje final de utilización del contingente para el año 2008

Tailandia

09.4149

81,61 %

Australia

09.4150

0 %

Guyana

09.4152

0 %

Estados Unidos de América

09.4153

0 %

Otros orígenes

09.4154

100 %


d)   Contingente de arroz blanqueado o semiblanqueado del código NC 1006 30 establecido en el artículo 1, apartado 1, letra d), del Reglamento (CE) no 327/98:


Origen

Número de orden

Porcentaje final de utilización del contingente para el año 2008

Tailandia

09.4112

100 %

Estados Unidos de América

09.4116

100 %

India

09.4117

100 %

Pakistán

09.4118

100 %

Otros orígenes

09.4119

100 %

Todos los países

09.4166

100 %


e)   Contingente de arroz partido del código NC 1006 40 establecido en el artículo 1, apartado 1, letra e), del Reglamento (CE) no 327/98:


Origen

Número de orden

Coeficiente de asignación para el subperíodo de octubre de 2008

Porcentaje final de utilización del contingente para el año 2008

Todos los países

09.4168

 (1)

100 %


(1)  No se fija ningún coeficiente de asignación para este subperíodo.