4.7.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 177/1 |
REGLAMENTO (CE) N o 592/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 17 de junio de 2008
por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad
(Texto pertinente a efectos del EEE)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, sus artículos 42 y 308,
Vista la propuesta de la Comisión,
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),
Previa consulta al Comité de las Regiones,
De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),
Considerando lo siguiente:
(1) |
Para tener en cuenta los cambios legislativos en algunos Estados miembros, es necesario adaptar determinados anexos del Reglamento (CEE) no 1408/71 (3). |
(2) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CEE) no 1408/71 en consecuencia. |
HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los anexos I, II, II bis, III, IV, VI y VIII del Reglamento (CEE) no 1408/71 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Estrasburgo, el 17 de junio de 2008.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
H.-G. PÖTTERING
Por el Consejo
El Presidente
J. LENARČIČ
(1) Dictamen de 25 de octubre de 2007 (DO C 44 de 16.2.2008, p. 106).
(2) Dictamen del Parlamento Europeo de 15 de enero de 2008 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 14 de mayo de 2008.
(3) DO L 149 de 5.7.1971, p. 2. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1992/2006 (DO L 392 de 30.12.2006, p. 1).
ANEXO
Los anexos del Reglamento (CEE) no 1408/71 quedan modificados como sigue:
1) |
El anexo I queda modificado como sigue:
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2) |
El anexo II queda modificado como sigue:
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3) |
En el anexo II bis, rúbrica «J. IRLANDA», el texto se sustituye por lo siguiente:
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4) |
El anexo III, parte A, queda modificado como sigue:
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5) |
El anexo IV queda modificado como sigue:
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6) |
El anexo VI queda modificado como sigue:
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7) |
En el anexo VIII, rúbrica «J. IRLANDA», el texto se sustituye por lo siguiente: «La prestación por hijo, la remuneración de los tutores (contributiva) y los suplementos de la pensión (contributiva) de viuda y de la pensión (contributiva) de viudo pagaderos en relación con los hijos que cumplan los requisitos de la Ley consolidada de Protección Social de 2005 y sus modificaciones ulteriores.». |