22.2.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 48/27


REGLAMENTO (CE) N o 160/2008 DE LA COMISIÓN

de 21 de febrero de 2008

por el que se inscriben determinadas denominaciones en el registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas [Pane di Matera (IGP), Tinca Gobba Dorata del Pianalto di Poirino (DOP)]

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4, párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 6, apartado 2, párrafo primero, y en aplicación del artículo 17, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006, las solicitudes de registro de las denominaciones «Pane di Matera» y «Tinca Gobba Dorata del Pianalto di Poirino», presentadas por Italia, han sido publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2)

Dado que no se ha presentado a la Comisión objeción alguna con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006, procede registrar las denominaciones citadas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Quedan registradas las denominaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de febrero de 2008.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 93 de 31.3.2006, p. 12. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1791/2006 (DO L 363 de 20.12.2006, p. 1).

(2)   DO C 128 de 9.6.2007, p. 15 (Pane di Matera), DO C 128 de 9.6.2007, p. 19 (Tinca Gobba Dorata del Pianalto di Poirino).


ANEXO

1.   Productos agrícolas destinados al consumo humano enumerados en el anexo I del Tratado:

Clase 1.7.   Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

ITALIA

Tinca Gobba Dorata del Pianalto di Poirino (DOP)

2.   Productos alimenticios contemplados en el anexo I del Reglamento (CE) no 510/2006:

Clase 2.4.   Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería

ITALIA

Pane di Matera (IGP)