14.8.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 219/73 |
Corrección de errores del Reglamento (CE) no 74/2008 del Consejo, de 20 de diciembre de 2007, relativo a la creación de la Empresa Común Artemio para ejecutar una iniciativa tecnológica conjunta sobre sistemas de computación empotrados
( Diario Oficial de la Unión Europea L 30 de 4 de febrero de 2008 )
En la página 68, en el anexo, «Estatutos de la Empresa Común Artemio», en el artículo 23, en el punto 3.4.2:
donde dice:
«3.4.2. |
Sin perjuicio de sus obligaciones de confidencialidad, cuando el participante en un proyecto tenga que transferir sus obligaciones para otorgar derechos de acceso, deberá notificar a los demás participantes la cesión prevista con, al menos, 45 días de antelación, […]», |
debe decir:
«3.4.2. |
Sin perjuicio de sus obligaciones de confidencialidad, cuando el participante en un proyecto tenga que transferir sus obligaciones para otorgar derechos de acceso, deberá notificar a los demás participantes la cesión prevista con, al menos, 45 días de antelación (1), […] |
(1) Los participantes, mediante acuerdo escrito, podrán acordar un plazo diferente o renunciar a su derecho a recibir una notificación previa en el caso de las cesiones de propiedad de un participante a un tercero expresamente identificado.».