30.10.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 288/4 |
DECISIÓN N o 1065/2008/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 22 de octubre de 2008
por la que se deroga la Decisión 85/368/CEE del Consejo, relativa a la correspondencia de las calificaciones de formación profesional entre los Estados miembros de las Comunidades Europeas
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 150, apartado 4,
Vista la propuesta de la Comisión,
Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),
Previa consulta al Comité de las Regiones,
De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),
Considerando lo siguiente:
(1) |
Las políticas comunitarias sobre la mejora de la legislación hacen hincapié en la importancia que tiene simplificar la legislación nacional y comunitaria como elemento crucial para aumentar la competitividad de las empresas y alcanzar los objetivos de la Agenda de Lisboa. |
(2) |
La aplicación de la Decisión 85/368/CEE del Consejo (3) no ha sido eficaz para lograr la correspondencia de las cualificaciones de formación profesional en beneficio de trabajadores en busca de empleo en otros Estados miembros. |
(3) |
Los métodos y el planteamiento para describir y comparar las cualificaciones establecidos en la Decisión 85/368/CEE difieren de los aplicados actualmente en los sistemas de educación y formación. |
(4) |
La Decisión 85/368/CEE queda reemplazada por la adopción de la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008 relativa a la creación del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente (4). |
(5) |
Procede, por tanto, derogar la Decisión 85/368/CEE. |
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda derogada la Decisión 85/368/CEE.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Estrasburgo, el 22 de octubre de 2008.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
H.-G. PÖTTERING
Por el Consejo
El Presidente
J.-P. JOUYET
(1) DO C 162 de 25.6.2008, p. 90.
(2) Dictamen del Parlamento Europeo de 20 de mayo de 2008 (no publicado aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 25 de septiembre de 2008.
(3) DO L 199 de 31.7.1985, p. 56.
(4) DO C 111 de 6.5.2008, p. 1.