22.8.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 224/11


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 20 de agosto de 2008

por la que se modifica el anexo de la Decisión 90/424/CEE del Consejo con respecto a la viremia primaveral de la carpa (VPC)

[notificada con el número C(2008) 4401]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/685/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (1), y, en particular, su artículo 24, apartado 1, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión 90/424/CEE establece las modalidades de participación financiera de la Comunidad en los programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de las enfermedades de los animales y las zoonosis enumeradas en su anexo.

(2)

La Decisión 90/424/CEE, modificada por la Decisión 2006/782/CE del Consejo (2), incluye la viremia primaveral de la carpa (VPC) en la lista de enfermedades de los animales en relación con las cuales los Estados miembros pueden recibir una contribución financiera de la Comunidad para programas nacionales de erradicación.

(3)

En el caso de los animales acuáticos, los Estados miembros deberían poder recibir una contribución financiera de la Comunidad para programas nacionales de erradicación únicamente por lo que respecta a las enfermedades no exóticas enumeradas en la parte II del anexo IV de la Directiva 2006/88/CE del Consejo, de 24 de octubre de 2006, relativa a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, y a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos (3). Dicha Directiva es aplicable a partir del 1 de agosto de 2008.

(4)

En la parte II del anexo IV de la Directiva 2006/88/CE, modificada por la Directiva 2008/53/CE de la Comisión, ya no figura la viremia primaveral de la carpa (VPC), puesto que los gastos relacionados con las medidas destinadas a su erradicación serían desproporcionados con respecto a las pérdidas económicas causadas por ella.

(5)

Conviene, por consiguiente, suprimir dicha enfermedad también de la lista de enfermedades de los animales y zoonosis establecida en el anexo de la Decisión 90/424/CEE.

(6)

Procede, por tanto, modificar el anexo de la Decisión 90/424/CEE en consecuencia.

(7)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 90/424/CEE se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de septiembre de 2008.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 20 de agosto de 2008.

Por la Comisión

Androulla VASSILIOU

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 224 de 18.8.1990, p. 19. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2006/965/CE (DO L 397 de 30.12.2006, p. 22).

(2)  DO L 328 de 24.11.2006, p. 57.

(3)  DO L 328 de 24.11.2006, p. 14. Directiva modificada por la Directiva 2008/53/CE de la Comisión (DO L 117 de 1.5.2008, p. 27).


ANEXO

«ANEXO

Enfermedades de los animales y zoonosis

Tuberculosis bovina

Brucelosis bovina

Brucelosis ovina y caprina (B. melitensis)

Fiebre catarral ovina (lengua azul) en zonas endémicas o de alto riesgo

Peste porcina africana

Enfermedad vesicular porcina

Peste porcina clásica

Carbunco bacteridiano

Perineumonía contagiosa bovina

Influenza aviar

Rabia

Equinocococia

Encefalopatías espongiformes transmisibles (EET)

Campilobacteriosis

Listeriosis

Salmonelosis (salmonela zoonótica)

Triquinosis

Escherichia coli verotoxigénica

Septicemia hemorrágica viral (SHV)

Necrosis hematopoyética infecciosa

Herpesvirosis de la carpa Koi

Anemia infecciosa del salmón

Infección por Marteilia refringens

Infección por Bonamia ostreae

Enfermedad de las manchas blancas en los crustáceos».