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27.3.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 85/8 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 17 de marzo de 2008
por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los Bancos centrales nacionales, por lo que respecta al auditor externo del Suomen Pankki
(2008/268/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, anexo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 27, apartado 1,
Vista la Recomendación BCE/2008/1 del Banco Central Europeo, de 28 de enero de 2008, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Suomen Pankki (1),
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales han de ser controladas por auditores externos independientes, recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea. |
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(2) |
Dado que el mandato del actual auditor externo del Suomen Pankki finalizará tras la auditoría del ejercicio de 2007, es necesario nombrar a un auditor externo para el ejercicio 2008. |
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(3) |
El Suomen Pankki ha contratado a KMPG Oy Ab como auditor externo para los ejercicios 2008 a 2012. |
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(4) |
El Consejo de Gobierno del BCE recomendó que el Consejo nombrara a KMPG Oy Ab como auditor externo del Suomen Pankki para los ejercicios de 2008 a 2012. |
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(5) |
Procede seguir la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE y modificar en consecuencia la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 11 se sustituye por el texto siguiente:
«11. Se nombra a KMPG Oy Ab auditor externo del Suomen Pankki para los ejercicios de 2008 a 2012.».
Artículo 2
La presente Decisión se notificará al BCE.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 2008.
Por el Consejo
El Presidente
I. JARC
(1) DO C 29 de 1.2.2008, p. 1.
(2) DO L 22 de 29.1.1999, p. 69. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2007/883/CE (DO L 346 de 29.12.2007, p. 20).