22.8.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 217/22 |
REGLAMENTO (CE) No 982/2007 DE LA COMISIÓN
de 21 de agosto de 2007
por el que se inscriben ciertas denominaciones en el registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas [Pimentón de la Vera (DOP) — Karlovarský suchar (IGP) — Riso di Baraggia Biellese e Vercellese (DOP)]
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4, párrafo primero,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Conforme a lo dispuesto en el artículo 6, apartado 2, párrafo primero, y en aplicación del artículo 17, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006, la solicitud de registro de la denominación «Pimentón de la Vera» presentada por España, la solicitud de registro de la denominación «Karlovarský suchar» presentada por la República Checa y la solicitud de registro de la denominación «Riso di Baraggia Biellese e Vercellese» presentada por Italia se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea (2). |
(2) |
Dado que no se ha presentado a la Comisión objeción alguna con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006, procede inscribir estas denominaciones en el registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Quedan registradas las denominaciones recogidas en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 21 de agosto de 2007.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1791/2006 (DO L 363 de 20.12.2006, p. 1).
(2) DO C 287 de 24.11.2006, p. 2 (Pimentón de la Vera); DO C 290 de 29.11.2006, p. 20 (Karlovarský suchar); DO C 291 de 30.11.2006, p. 10 (Riso di Baraggia Biellese et Vercellese).
ANEXO
1. Productos agrícolas destinados al consumo humano enumerados en el anexo I del Tratado
Clase 1.6 — Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados
ITALIA
Riso di Baraggia Biellese e Vercellese (DOP)
Clase 1.8 — Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)
ESPAÑA
Pimentón de la Vera (DOP)
2. Productos alimenticios contemplados en el anexo I del Reglamento
Clase 2.4 — Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería
REPÚBLICA CHECA
Karlovarský suchar (IGP)