19.6.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 157/18


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 14 de junio de 2007

por la que se deroga la Decisión 96/587/CE sobre la publicación de la lista de organizaciones reconocidas que han sido notificadas por los Estados miembros en virtud de la Directiva 94/57/CE del Consejo

[notificada con el número C(2007) 2379]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2007/421/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 94/57/CE del Consejo, de 22 de noviembre de 1994, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y peritaje de buques y para las actividades correspondientes de las administraciones marítimas (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión 96/587/CE de la Comisión (2) recogió en una lista las organizaciones reconocidas por los Estados miembros en el marco de la Directiva 94/57/CE.

(2)

De conformidad con el artículo 4, apartado 5, de la Directiva 94/57/CE, las organizaciones que a 22 de enero de 2002 ya estaban reconocidas en virtud de esa Directiva deben seguir estándolo.

(3)

La Decisión 2005/623/CE de la Comisión (3) amplió para un período de tres años el reconocimiento limitado del Registro Naval Griego con efectos para Grecia y Chipre.

(4)

Por su parte, la Decisión 2006/382/CE de la Comisión (4) amplió el reconocimiento limitado de ese registro con efectos para Malta.

(5)

En fin, la Decisión 2006/660/CE de la Comisión (5) concedió para un período de tres años el reconocimiento limitado de la Comunidad al Registro Naval Polaco con efectos para la República Checa, Chipre, Lituania, Malta, Polonia y la República Eslovaca.

(6)

Es preciso, pues, derogar la Decisión 96/587/CE, ya obsoleta, y publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea a intervalos regulares una lista actualizada de las organizaciones reconocidas en virtud de la Directiva 94/57/CE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda derogada la Decisión 96/587/CE.

Artículo 2

El Director General de Energía y Transportes publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, no después del 1 de julio de cada año, una lista actualizada de las organizaciones reconocidas en virtud de la Directiva 94/57/CE del Consejo.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 14 de junio de 2007.

Por la Comisión

Jacques BARROT

Vicepresidente


(1)   DO L 319 de 12.12.1994, p. 20. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2002/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 324 de 29.11.2002, p. 53).

(2)   DO L 257 de 10.10.1996, p. 43. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2002/221/CE (DO L 73 de 15.3.2002, p. 30).

(3)   DO L 219 de 24.8.2005, p. 43.

(4)   DO L 151 de 6.6.2006, p. 31.

(5)   DO L 272 de 3.10.2006, p. 17.