5.6.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 142/12


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 29 de mayo de 2007

relativa a la asignación de cuotas de importación de sustancias reguladas con arreglo al Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007

[notificada con el número C(2007) 2107]

(Los textos en lenguas alemana, búlgara, eslovena, española, francesa, griega, húngara, inglesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca y portuguesa son los únicos auténticos)

(2007/382/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1), y, en particular, su artículo 7,

Considerando lo siguiente:

(1)

Los límites cuantitativos en relación con la puesta en el mercado de sustancias reguladas en la Comunidad se fijan en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 2037/2000 y en su anexo III.

(2)

El artículo 4, apartado 2, inciso i), letra d), del Reglamento (CE) no 2037/2000 prohíbe a todos los productores e importadores la puesta en el mercado o la utilización por cuenta propia de bromuro de metilo a partir del 31 de diciembre de 2004. El artículo 4, apartado 4, inciso i), letra b), del Reglamento (CE) no 2037/2000 contempla una excepción a esta prohibición del uso de bromuro de metilo para satisfacer las solicitudes autorizadas para usos críticos por parte de los usuarios identificados como establece el artículo 3, apartado 2, inciso ii), de dicho Reglamento. La cantidad de bromuro de metilo autorizada para usos críticos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 se publicará en otra Decisión de la Comisión.

(3)

El artículo 4, apartado 2), inciso iii), del Reglamento (CE) no 2037/2000 contempla una excepción al artículo 4, apartado 2, inciso i), letra d), si el bromuro de metilo se importa o produce para usos de cuarentena o de operaciones previas a la expedición. La cantidad de bromuro de metilo que puede importarse o producirse para esos usos en 2007 no debe superar la media del nivel calculado de bromuro de metilo que un productor o importador hubiera puesto en el mercado o utilizado por cuenta propia para usos de cuarentena y de operaciones previas a la expedición en los años 1996, 1997 y 1998.

(4)

El artículo 4, apartado 4, inciso i), del Reglamento (CE) no 2037/2000 contempla una excepción al artículo 4, apartado 2, si el bromuro de metilo se importa para su destrucción o para su uso como materia prima.

(5)

El artículo 4, apartado 3, inciso i), letra e), del Reglamento (CE) no 2037/2000 fija el nivel calculado total de hidroclorofluorocarburos que los productores e importadores pueden poner en el mercado o utilizar por cuenta propia en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

(6)

La Comisión publicó un anuncio a los importadores en la Comunidad Europea de sustancias reguladas que agotan la capa de ozono (2) y, en respuesta, recibió declaraciones de importaciones previstas para 2007.

(7)

La asignación de las cuotas de hidroclorofluorocarburos a los productores e importadores se ajusta a lo dispuesto en la Decisión 2007/195/CE de la Comisión, de 27 de marzo de 2007, por la que se fija un mecanismo para asignar cuotas a los productores e importadores de hidroclorofluorocarburos para los años 2003 a 2009 en virtud del Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

(8)

Al efecto de velar por que los operadores y empresas aprovechen a su debido tiempo las cuotas de importación asignadas de forma que quede garantizada la necesaria continuidad de sus operaciones, conviene que la presente Decisión se aplique a partir del 1 de enero de 2007.

(9)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2037/2000.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo I (clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115) y del grupo II (otros clorofluorocarburos totalmente halogenados) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 6 323 800 kilogramos ponderados según el potencial de agotamiento del ozono (PAO).

2.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo III (halones) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 9 849 000 kilogramos ponderados según el PAO.

3.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo IV (tetracloruro de carbono) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 1 341 330 kilogramos ponderados según el PAO.

4.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo V (1,1,1-tricloroetano) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 400 060 kilogramos ponderados según el PAO.

5.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo VI (bromuro de metilo) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad para usos de cuarentena y de operaciones previas a la expedición, para su uso como materia prima y para su destrucción será de 1 545 646 kilogramos ponderados según el PAO.

6.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo VII (hidrobromofluorocarburos) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 73 kilogramos ponderados según el PAO.

7.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo VIII (hidroclorofluorocarburos) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 2 811 286,639 kilogramos ponderados según el PAO.

8.   La cantidad de sustancias reguladas del grupo IX (bromoclorometano) sometidas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que puede despacharse a libre práctica en la Comunidad en 2007 a partir de fuentes exteriores a la Comunidad será de 156 012 kilogramos ponderados según el PAO.

Artículo 2

1.   La asignación de cuotas de importación de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo I.

2.   La asignación de cuotas de importación de halones durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo II.

3.   La asignación de cuotas de importación de tetracloruro de carbono durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo III.

4.   La asignación de cuotas de importación de 1,1,1-tricloroetano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo IV.

5.   La asignación de cuotas de importación de bromuro de metilo durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo V.

6.   La asignación de cuotas de importación de hidrobromofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VI.

7.   La asignación de cuotas de importación de hidroclorofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VII.

8.   La asignación de cuotas de importación de bromoclorometano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VIII.

9.   Las cuotas de importación de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115, otros clorofluorocarburos totalmente halogenados, halones, tetracloruro de carbono, 1,1,1-tricloroetano, bromuro de metilo, hidrobromofluorocarburos, hidroclorofluorocarburos y bromoclorometano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007 se ajustarán a lo dispuesto en el anexo IX.

Artículo 3

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero y expirará el 31 de diciembre de 2007.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán las empresas siguientes:

 

Agropest S.A.

ul. Górnicza 12/14

91-765 Łódź Polska

 

Albemarle Chemicals

Étang de la Gaffette

Boulevard Maritime, BP 28

F-13521 Port-de-Bouc

 

Albemarle Europe

Parc Scientifique Einstein

Rue du Bosquet 9

B-1348 Louvain-la-Neuve

 

Alcobre SA

Luis I, Nave 6-B

Polígono industrial Vallecas

E-28031 Madrid

 

Άλφα Γεωργικά Εφόδια Α.Ε.Β.Ε.

Εθνικής Αντιστάσεως 73,

GR-152 31 Χαλάνδρι, Αθήνα

Alfa Agricultural Supplies S.A.

73, Ethnikis Antistaseos str,

GR-152 31 Halandri, Athens

 

Arkema SA

Cours Michelet — La Défense 10

F-92091 Paris-La Défense

 

AGC Chemicals Europe

World Trade Center

Zuidplein 80

H-Tower, Level 9

1077 XV Amsterdam

Nederland

 

AT — Karlovo

56 A, General Kartzov str

Karlovo 4302

Bulgaria

 

Avantec SA

26, avenue du Petit-Parc

F-94683 Vincennes

 

Blye Engineering Co Ltd

Naxxar Road

San Gwann SGN 07

Malta

 

BaySystems Iberia

Ctra. Vilaseca-La Pineda s/n

E-43006 Tarragona

 

Bromotirrena S.r.l

Via Torino, 4

I-04022 Fondi (LT)

 

Bang & Bonsomer

20/22 – 3 Jekaba str.

Riga, LV-1050

Latvia

 

Chemtura Ltd

Tenax Road, Trafford Park

Manchester M17 1WT

United Kingdom

 

Calorie Fluor SA

503, rue Hélène-Boucher

ZI Buc — BP 33

F-78534 Buc Cedex

 

Caraïbes froid SARL

BP 6033

Ste Thérèse, route du Lamentin

F-97219 Fort-de-France

 

Commissariat à l’énergie atomique

BP 12

F-91680 Bruyères le Châtel

 

Desautel SAS

Parc d’entreprises — BP 9

F-01121 Montluel Cedex

 

DuPont de Nemours (Nederland) bv

Baanhoekweg 22

3313 LA Dordrecht

Nederland

 

Dyneon GmbH

D-84504 Burgkirchen

 

Dow Deutschland

Buetzflether Sand

D-21683 Stade

 

Etis d.o.o.

Tržaška 333

SI-1000 Ljubljana

 

Empor d.o.o.

Leskoškova 9a

SI-1000 Ljubljana

 

Eurobrom bv

PO Box 465

1000 AL Amsterdam

Nederland

 

Freolitus

Centrinė g. 1D

LT-54464 Ramučiai, Kauno raj.

Lietuva

 

Fenner-Dunlop bv

Oliemolenstraat 2

Drachten

Nederland

 

Fujifilm Electronic Materials Europe

Keetberglaan 1A

Haven 1061

B-2070 Zwijndrecht

 

G.A.L Cycle-Air Ltd

Σινώπης 3, Στρόβολος

Τ.Θ. 28385, Λευκωσία

Κύπρος

G.A.L Cycle-Air Ltd

3, Sinopis Str., Strovolos

P.O. Box 28385, Nicosia

Cyprus

 

Galco SA

Avenue Carton de Wiart 79

B-1090 Bruxelles

 

Galex SA

BP 128

F-13321 Marseille Cedex 16

 

Harp International Ltd.

Gellihirion Industrial Estate

Rhondda Cynon Taff

Pontypridd CF37 5SX

United Kingdom

 

Honeywell Fluorine Products Europe bv

Laarderhoogtweg 18

1101 EA Amsterdam

Nederland

 

Hovione Farmaciencia SA

Sete Casas

P-2674-506 Loures

Portugal

 

Ineos Fluor Ltd

PO Box 13, The Heath

Runcorn, Cheshire WA7 4QF

United Kingdom

 

Laboratorios Miret SA (Lamirsa)

Géminis 4

Polígono industrial Can Parellada

E-08228 Les Fonts de Terrassa (Barcelona)

 

Linde Gaz Polska Sp. z o.o.

al. Jana Pawła II 41a

31-864 Kraków

Polska

 

Matero Ltd

Τ.Θ. 51744

3508 Λεμεσός

Κύπρος

Matero Ltd

P.O. Box 51744

3508 Limassol

Cyprus

 

Mebrom nv

Assenedestraat 4

B-9940 Rieme Ertvelde

 

Βιομηχανία Φωσφορικών Λιπασμάτων Α.Ε.

Εργοστάσιο Θεσσαλονίκης

Τ.Θ. 101 83

GR-541 10 Θεσσαλονίκη

Phosphoric Fertilizers Industry S.A.

Thessaloniki Plant

P.O. Box 10183

GR-541 10 Thessaloniki

 

Poż-Pliszka Sp. z o.o.

ul. Szczecińska 45 a

80-392 Gdańsk

Polska

 

P.U.P.H. SOLFUM Sp. z o.o.

ul. Ziemiańska 21

PL-95-070 Rąbień AB

 

Refrigerant Products Ltd.

Banyard Road

Portbury West

Bristol BS20 7XH

United Kingdom

 

Rhodia UK Ltd

PO Box 46

St Andrews Road, Avonmouth

Bristol BS11 9YF

United Kingdom

 

Sigma Aldrich Chimie SARL

80, rue de Luzais

L’Isle d’Abeau Chesnes

F-38297 St Quentin Fallavier

 

Sigma Aldrich Logistik GmbH

Riedstraße 2

D-89555 Steinheim

 

SJB Chemical Products bv

Slagveld 15

3230 AG Brielle

Nederland

 

Solvay Fluor GmbH

Hans-Böckler-Allee 20

D-30173 Hannover

 

Solvay Organics GmbH

Hans-Böckler-Allee 20

D-30173 Hannover

 

Solvay Solexis S.p.A.

Viale Lombardia, 20

I-20021 Bollate (MI)

 

Syngenta Crop Protection

Surrey Research Park

30 Priestly Road, Guidford Surrey

GU2 7YH

United Kingdom

 

Synthesia Española SA

Conde Borrell, 62

E-08015 Barcelona

 

Tazzetti Fluids S.r.l.

Corso Europa, 600/a

I-10088 Volpiano (TO)

 

Vrec-Co Import-Export Kft.

H-6763 Szatymaz

Kossuth u. 12.

Magyarország

 

Wigmors

ul. Irysowa 5

51-117 Wrocław

Polska

 

Wilhelmsen Maritime Service AS

Wilhelmbarentstraat 50

3165 AB Rotterdam/Albrandswaard

Nederland

 

Veolia Environmental Services Ltd.

Bridges Road,

Ellesmere Port, South Wirrel

Cheshire CH65 4EQ,

United Kingdom

 

Zephyr Kereskedelmi és Szolgáltató Kft.

H-6000 Kecskemét

Tatár sor 18.

Magyarország

 

Solquimia Iberia SL

México, 9

Polígono industrial Centrovía

E-50196 La Muela (Zaragoza)

Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 2007.

Por la Comisión

Stavros DIMAS

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 244 de 29.9.2000, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento no 1791/2006 (DO L 363 de 20.12.2006, p. 1).

(2)  DO C 171 de 22.7.2006, p. 27.

(3)  DO L 88 de 29.3.2007, p. 51.


ANEXO I

GRUPOS I Y II

Cuotas de importación de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Empresas

 

Galex SA (FR)

 

Honeywell Fluorine Products Europe (NL)

 

Solvay Fluor GmbH (DE)

 

Solvay Solexis SpA (IT)

 

Syngenta Crop Protection (UK)

 

Tazzetti Fluids S.r.l. (IT)

 

Veolia Environmental Services Ltd (UK)

 

Wilhelmsen Maritime Service AS (NL)


ANEXO II

GRUPO III

Cuotas de importación de halones que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para usos críticos y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Empresas

 

Commissariat à l'Energie Atomique (FR)

 

Desautel SAS (FR)

 

Galex SA (FR)

 

Poz Pliszka (PL)

 

Veolia Environmental Services Ltd (UK)

 

Wilhelmsen Maritime Service AS (NL)


ANEXO III

GRUPO IV

Cuotas de importación de tetracloruro de carbono que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Empresas

 

Dow Deutschland (DE)

 

Fenner-Dunlop bv (NL)

 

Phosphoric Fertilizers Industry (EL)


ANEXO IV

GRUPO V

Cuotas de importación de 1,1,1-tricloroetano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Empresas

 

Arkema SA (FR)

 

Fujifilm Electronic Materials Europe (BE)


ANEXO V

GRUPO VI

Cuotas de importación de bromuro de metilo que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para cuarentena y operaciones previas a la expedición, para su uso como materia prima y para su destrucción en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Empresas

 

AT-KARLOVO (BG)

 

Agropest S.A. (PL)

 

Albemarle Chemicals (FR)

 

Albemarle Europe (BE)

 

Alfa Agricultural Supplies S.A. (EL)

 

Bang & Bonsomer (LV)

 

Bromotirrena S.r.l. (IT)

 

Chemtura Ltd (UK)

 

Eurobrom bv (NL)

 

Mebrom nv (BE)

 

PUPH SOLFUM Sp. z o.o (PL)

 

Sigma Aldrich Logistik (DE)

 

Zephyr Kereskedelmi és Szolgáltató Kft. (HU)

 

Veolia Environmental Services Ltd (UK)


ANEXO VI

GRUPO VII

Cuotas de importación de hidrobromofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Empresa

Hovione Farmaciencia SA (PT)


ANEXO VII

GRUPO VIII

Cuotas de importación de hidroclorofluorocarburos que se asignan a productores y a importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 y con la Decisión 2007/195/CE de la Comisión para su uso como materia prima, agentes de transformación, para su regeneración, para su destrucción y otros usos autorizados con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 2037/2000 en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Productores

 

Arkema SA (FR)

 

DuPont de Nemours (Nederland) bv (NL)

 

Honeywell Fluorine Products Europe bv (NL)

 

Ineos Fluor Ltd (UK)

 

Phosphoric Fertilizers Industry S.A. (EL)

 

Rhodia UK Ltd (UK)

 

Solvay Fluor GmbH (DE)

 

Solvay Organics GmbH (DE)

 

Solvay Solexis SpA (IT)

Importadores

 

Alcobre (ES)

 

AGC Chemicals Europe (NL)

 

Avantec SA (FR)

 

Bay Systems Iberia (ES)

 

Blye Engineering Co. Ltd (MT)

 

Calorie Fluor SA (FR)

 

Caraïbes Froid SARL (FR)

 

Dyneon GmbH (DE)

 

Empor d.o.o. (SI)

 

Etis d.o.o. (SI)

 

Freolitus (LT)

 

Galco SA (BE)

 

G.AL. Cycle Air Ltd (CY)

 

Harp International Ltd (UK)

 

Linde Gaz Polska Sp. Z o.o (PL)

 

Matero Ltd (CY)

 

Mebrom nv (BE)

 

Refrigerant Products Ltd. (UK)

 

SJB Chemical Products bv (NL)

 

Sigma Aldrich Chimie SARL (FR)

 

Solquimia Iberia SL (ES)

 

Synthesia Española SA (ES)

 

Tazzetti Fluids S.r.l. (IT)

 

Vrec-Co Export-Import Kft. (HU)

 

Wigmors (PL)

 

Wilhelmesen Maritime Service AS (NL)


ANEXO VIII

GRUPO IX

Cuotas de importación de bromoclorometano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) no 2037/2000 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

Empresa

 

Albemarle Europe (BE)

 

Eurobrom bv (NL)

 

Laboratorios Miret SA (LAMIRSA) (ES)

 

Sigma Aldrich Logistik GmbH (DE)


ANEXO IX

(El presente anexo no se publica porque contiene información comercial confidencial).