29.3.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/17


DICTAMEN DEL CONSEJO

de 27 de febrero de 2007

en relación con el programa de convergencia actualizado de Suecia (2006-2009)

(2007/C 72/05)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las estrategias presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1) y, en particular, su artículo 9, apartado 3,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

(1)

El 27 de febrero de 2007, el Consejo examinó el programa de convergencia actualizado de Suecia, que abarca el período 2006-2009.

(2)

Según el escenario macroeconómico subyacente en el programa, el crecimiento del PIB real disminuirá del 4,0 % en 2006 a una media del 3,0 % durante el resto del período que abarca el programa, aunque se mantendrá próximo al crecimiento potencial. Teniendo en cuenta la información disponible, este escenario parece basarse en hipótesis de crecimiento verosímiles, con un crecimiento en 2006 que puede haber sido incluso superior. Las previsiones de inflación del programa también parecen realistas.

(3)

Para 2006, el superávit de las administraciones públicas se estima en el 2,8 % del PIB en las previsiones del otoño de 2006 de los servicios de la Comisión, frente a la previsión del 0,9 % del PIB establecida en la anterior actualización del programa de convergencia. La diferencia refleja ante todo un efecto de base del superávit mucho más alto de lo esperado en 2005. Se desprende de los datos de caja disponibles que, tanto por unos gastos primarios inferiores como por unos ingresos tributarios superiores, el superávit de 2006 probablemente haya sido superior a las previsiones de los servicios de la Comisión.

(4)

El programa revisado confirma que un superávit presupuestario medio del 2 % del PIB a lo largo del ciclo sigue siendo el principal objetivo presupuestario, basado en unos límites plurianuales para el gasto. En la Ley Presupuestaria de la primavera de 2007, el Gobierno reevaluará el objetivo actual de superávit de las administraciones públicas, para tener en cuenta la Decisión de Eurostat relativa a la clasificación de los sistemas de pensiones por capitalización (segundo pilar). (2) Tras expirar el período transitorio para la aplicación de esta Decisión (primavera de 2007), el superávit se reducirá en aproximadamente un 1 % del PIB cada año y el ratio de deuda bruta/PIB se revisará al alza en un 0,5 % del PIB aproximadamente. La estrategia presupuestaria presentada en el programa actualizado prevé una reducción del superávit en 2007 (de un 3 % del PIB en 2006 a un 2,4 %), seguida por una recuperación paulatina (al 3,1 % en 2009). El superávit primario seguiría una senda similar. Durante todo el período del programa, los ratios de ingresos y gastos seguirían una tendencia decreciente. La estrategia tiende a concentrar los gastos al final del programa, con importantes reducciones de impuestos en 2007 que sólo se financiarían parcialmente. Con respecto a la actualización anterior, la senda prevista del superávit (una reducción inicial seguida por una recuperación paulatina) es similar, pero con una capacidad de financiación neta más alta durante todo el período cubierto por el programa.

(5)

Se prevé que el superávit estructural (es decir, el superávit ajustado en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal), aplicando la metodología acordada en común, se mantenga por encima del 2 % del PIB durante el período del programa, en referencia a la necesidad de velar por la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. Como en la actualización anterior del programa de convergencia, el objetivo a medio plazo para la situación presupuestaria presentada en el programa corresponde al objetivo mencionado de un superávit presupuestario medio del 2 % del PIB durante el ciclo económico (es decir, en términos estructurales), que el programa se propone mantener durante el período cubierto por el mismo. Dado que el objetivo a medio plazo del programa es mucho más exigente que el valor de referencia mínimo (estimado en un déficit de alrededor del 1 % del PIB), el logro de dicho objetivo debería proporcionar un margen de seguridad que impida la aparición de déficit excesivos. El objetivo a medio plazo también es mucho más exigente que el correspondiente al ratio de deuda y al crecimiento medio potencial a largo plazo.

(6)

Los riesgos asociados a las previsiones presupuestarias del programa parecen globalmente equilibrados a partir de 2007. Las perspectivas macroeconómicas y las previsiones en materia de ingresos fiscales parecen basarse en hipótesis verosímiles, pese a cierta incertidumbre en cuanto a los resultados futuros de los impuestos sobre las plusvalías. Los objetivos en materia de gastos están respaldados por los buenos resultados alcanzados, debido al cumplimiento de los límites en los gastos mencionados anteriormente.

(7)

A la luz de esta evaluación de riesgos, la orientación presupuestaria del programa parece bastar para mantener el objetivo a medio plazo a lo largo del período que abarca el programa, como se contempla en el mismo. Además, proporciona un margen de seguridad suficiente para evitar que el déficit rebase el límite del 3 % del PIB en caso de fluctuaciones macroeconómicas normales durante el período del programa. Ahora bien, existe el riesgo de que la orientación presupuestaria del programa resulte procíclica en 2007, año en que se espera que se mantenga la coyuntura favorable. Esa orientación no sería conforme al Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

(8)

Se estima que la deuda pública bruta ha disminuido hasta el 46,5 % del PIB en 2006, cifra muy inferior al valor de referencia establecido en el Tratado (60 % del PIB). El programa prevé que el ratio de deuda seguirá reduciéndose, con una disminución de 13,5 puntos porcentuales durante el período cubierto por el mismo.

(9)

Se prevé que las repercusiones presupuestarias a largo plazo del envejecimiento de la población en Suecia serán inferiores a la media de la UE, con unas previsiones de gastos en pensiones relativamente estables a largo plazo en porcentaje del PIB, como consecuencia de la reducción considerable de los gastos debida a la reforma del sistema de pensiones. La situación presupuestaria inicial, con un elevado superávit primario, contribuirá a la reducción de la deuda bruta y a la acumulación de activos. Mantener unas finanzas públicas saneadas y unos superávit persistentes, tal como está previsto, contribuiría a limitar los riesgos que amenazan a la sostenibilidad de las finanzas públicas. En general, Suecia parece afrontar un bajo nivel de riesgo en relación con la sostenibilidad de sus finanzas públicas.

(10)

El programa de convergencia contiene una evaluación cualitativa de las repercusiones globales del informe de noviembre de 2006 sobre la aplicación del Programa Nacional de Reforma en el marco de la estrategia fiscal a medio plazo. Por otra parte, proporciona información sistemática sobre los costes o ahorros presupuestarios que se derivarían directamente de las principales reformas previstas en el Programa Nacional de Reforma, y sus previsiones presupuestarias parecen tener en cuenta las repercusiones presupuestarias de las medidas presentadas en dicho Programa. Las medidas en el área de la hacienda pública previstas en el programa de convergencia parecen compatibles con las previstas en el Programa Nacional de Reforma. En particular, ambos programas prevén la aplicación de medidas destinadas a aumentar la oferta de trabajo.

(11)

La estrategia presupuestaria del programa es conforme globalmente a las orientaciones generales de política económica incluidas en las Directrices integradas para el período 2005-2008.

(12)

En cuanto a los requisitos en materia de datos especificados en el Código de Conducta para los programas de estabilidad y de convergencia, el programa presenta lagunas en los datos obligatorios y opcionales (3).

La conclusión general es que la situación presupuestaria a medio plazo es sólida y la estrategia presupuestaria constituye un buen ejemplo de política fiscal aplicada de conformidad con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. No obstante, será importante contener el riesgo de efectos procíclicos garantizando que el deterioro de la situación presupuestaria estructural en 2007, derivado de las reformas estructurales destinadas a fomentar una mayor participación en el mercado laboral, no repercuta en los años siguientes.

Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias (4)

 

2005

2006

2007

2008

2009

PIB real

(% variación)

PC Dic 2006

2,7

4,0

3,3

3,1

2,7

COM Nov 2006

2,7

4,0

3,3

3,1

n.d.

PC Dic 2005

2,4

3,1

2,8

2,3

n.d.

Inflación IPCA (5)

(%)

PC Dic 2006

1,3

1,9

2,2

1,5

1,9

COM Nov 2006

0,8

1,5

1,6

1,8

n.d.

PC Dic 2005

1,5

1,5

2,0

2,0

n.d.

Brecha de producción

(% del PIB potencial)

PC Dic 2006  (6)

– 0,7

0,0

0,3

0,3

0,3

COM Nov 2006 (10)

– 0,5

0,2

0,5

0,6

n.d.

PC Dic 2005  (6)

– 0,4

– 0,1

0,1

– 0,1

n.d.

Saldo de las administraciones públicas

(% del PIB)

PC Dic 2006

3,0

3,0

2,4

2,7

3,1

COM Nov 2006

3,0

2,8

2,4

2,5

n.d.

PC Dic 2005

1,6

0,9

1,2

1,7

n.d.

Saldo primario

(% del PIB)

PC Dic 2006

4,6

4,5

4,1

4,2

4,6

COM Nov 2006

4,6

4,5

4,1

4,3

n.d.

PC Dic 2005

3,2

2,5

3,0

3,6

n.d.

Saldo ajustado en función del ciclo

(% del PIB)

PC Dic 2006  (6)

3,4

3,0

2,2

2,5

3,0

COM Nov 2006

3,3

2,7

2,1

2,1

n.d.

PC Dic 2005  (6)

1,8

0,9

1,1

1,7

n.d.

Saldo estructural (7)

(% del PIB)

PC Dic 2006  (8)

3,0

3,0

2,2

2,5

3,0

COM Nov 2006 (9)

2,9

2,7

2,1

2,1

n.d.

PC Dic 2005

1,8

0,9

1,1

1,7

n.d.

Deuda pública bruta

(% del PIB)

PC Dic 2006

50,3

46,5

41,5

37,4

33,0

COM Nov 2006

50,4

46,7

42,6

38,7

n.d.

PC Dic 2005

50,9

49,4

47,8

46,0

n.d.

Fuente:

Programa de convergencia (PC); previsiones económicas de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2006; cálculos de los servicios de la Comisión.


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) n.o 1055/2005 (DO L 174 de 7.7.2005, p. 1). Los documentos a que se hace referencia en este texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica:

http://europa.eu.int/comm/economy_finance/about/activities/sgp/main_en.htm

(2)  Véanse los comunicados de prensa de Eurostat no 30/2004, de 2 de marzo de 2004, y no 117/2004, de 23 de septiembre de 2004.

(3)  Los datos obligatorios que se omiten incluyen, entre otras cosas, algunos deflactores, la presión fiscal y el crecimiento de los mercados extranjeros pertinentes.

(4)  Las previsiones presupuestarias no incluyen los efectos de la Decisión de Eurostat, de 2 de marzo de 2004, sobre la clasificación de los regímenes de pensiones por capitalización, que debe haberse aplicado ya al realizarse la notificación de la primavera de 2007. Incluyendo estos efectos, el saldo presupuestario de las administraciones públicas sería, según el programa actualizado, del 2 % del PIB en 2005, el 2 % en 2006, el 1,3 % en 2007, el 1,6 % en 2008 y el 2,0 % en 2009, mientras que la deuda pública bruta sería equivalente al 50,9 % del PIB en 2005, el 47,0 % en 2006, el 42,0 % en 2007, el 37,9 % en 2008 y el 33,5 % en 2009.

(5)  Los datos sobre inflación del PC se calculan de diciembre a diciembre, mientras que las cifras de la Comisión son unas medias anuales. Esto explica la diferencia entre las cifras de la Comisión y las del IPCA para 2005 y 2006. El programa también parte del supuesto de que en 2008 y 2009 el IPCA se ajustará al UND1X (índice nacional de precios al consumo, con exclusión de las variaciones en los impuestos indirectos, las subvenciones y los gastos de intereses hipotecarios). No obstante, se espera que el IPCA se sitúe 0,5 puntos porcentuales por encima de la inflación UND1X en 2007, con lo que se acentuaría la reducción que prevé el programa en la inflación IPCA en 2008.

(6)  Cálculos de los servicios de la Comisión basados en los datos del programa.

(7)  Saldo ajustado al ciclo (al igual que en las líneas anteriores), excluidas las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal.

(8)  Medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal tomadas del programa (0,4 % del PIB en 2005, reducción del déficit).

(9)  Medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal tomadas de las previsiones del otoño de 2005 de los servicios de la Comisión (0,4 % del PIB en 2005, reducción del déficit).

(10)  Sobre la base de un potencial de crecimiento estimado del 2,6 %, el 3,2 %, el 3,1 % y el 3,0 %, respectivamente, en 2005, 2006, 2007 y 2008.

Fuente:

Programa de convergencia (PC); previsiones económicas de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2006; cálculos de los servicios de la Comisión.