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28.3.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 71/19 |
DICTAMEN DEL CONSEJO
de 27 de febrero de 2007
en relación con el programa de convergencia actualizado de Lituania (2006-2010)
(2007/C 71/06)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 3,
Vista la Recomendación de la Comisión,
Previa consulta al Comité Económico y Financiero,
HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:
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(1) |
El 27 de febrero de 2007, el Consejo examinó el programa de convergencia actualizado de Lituania, que abarca el período 2006-2009. La actualización se presentó casi dos semanas después del plazo del 1 de diciembre establecido en el Código de conducta, debido a un cambio en el procedimiento de aprobación del programa, en el que participa ahora al Parlamento. |
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(2) |
Según el escenario macroeconómico subyacente en el programa, el crecimiento del PIB real se ralentizará progresivamente, pasando del 7,8 % en 2006 al 4,5 % en 2009. Sobre la base de la información actualmente disponible, este escenario parece basarse en hipótesis de crecimiento prudentes a partir de 2007. Las previsiones de inflación del programa parecen un tanto optimistas, habida cuenta de la evolución reciente. |
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(3) |
Las previsiones del otoño de 2006 de los servicios de la Comisión estiman que el déficit de las administraciones públicas se situará en el 1 % del PIB en 2006, frente al objetivo del 1,4 % del PIB fijado en la actualización anterior del programa de convergencia. El programa actualizado presenta un déficit estimado del 1,2 %. Sin embargo, los datos preliminares para el conjunto de 2006 apuntan a un resultado incluso más favorable, cercano al equilibrio. Ello se debe a unos niveles de actividad económica y de empleo muy superiores a las previsiones, a un incremento salarial más rápido y a mejoras en la recaudación de impuestos, y se ha conseguido a pesar de una modificación presupuestaria en julio de 2006, que supuso un aumento de los gastos en torno al 0,5 % del PIB. |
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(4) |
El principal objetivo del programa es reducir paulatinamente el déficit de las administraciones públicas durante el período del programa, con el fin de lograr el objetivo a medio plazo (véase infra) para 2008 y el equilibrio presupuestario en 2009. Se prevé que el saldo primario alcance el equilibrio en 2007 y registre un superávit del 0,8 % del PIB al final del período del programa. En comparación con la actualización anterior, el ajuste previsto es más ambicioso, pero se concentra más al final del período del programa, debido al escenario macroeconómico menos favorable previsto para ese momento. La consolidación fiscal contemplada implica un aumento del ratio ingresos/PIB superior al del ratio gasto/PIB (2,6 puntos porcentuales frente a 1,4 puntos porcentuales). En el lado de los ingresos, solamente un 0,5 puntos porcentuales resultaría del aumento de la presión fiscal, fruto principalmente de la mejora prevista en la recaudación de impuestos. El programa no especifica el resto del aumento de los ingresos, aunque parece relacionado con la entrada de fondos de la UE. En el lado de los gastos, los cambios se derivan de un incremento de la inversión pública, las transferencias sociales y «otros »gastos primarios, incremento que sólo queda parcialmente compensado por el importante recorte del consumo del sector público como porcentaje del PIB (en más de 2 puntos porcentuales). |
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(5) |
Se prevé que el saldo estructural (esto es, el saldo ajustado en función del ciclo, excluidas las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal), calculado aplicando la metodología común, mejore progresivamente, pasando de un déficit del 1,75 % del PIB en 2006 a un superávit de un 0,5 % del PIB en 2009. Como en la anterior actualización del programa de convergencia, el objetivo presupuestario a medio plazo presentado en el programa es un déficit estructural equivalente al 1 % del PIB, que según el programa se alcanzaría, a más tardar, en 2008. Dado que este objetivo es más exigente que el valor de referencia mínimo (estimado en un déficit de aproximadamente el 2 % del PIB), el logro de dicho objetivo debería proporcionar un margen de seguridad suficiente que impida la aparición de un déficit excesivo. El objetivo a medio plazo se sitúa dentro del intervalo indicado para los Estados miembros de la zona del euro y del MTC II en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y en el Código de conducta, y refleja debidamente el ratio de deuda y el crecimiento medio de la producción potencial a largo plazo. |
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(6) |
Los riesgos asociados a las previsiones presupuestarias parecen globalmente equilibrados hasta 2007, pero los resultados podrían ser peores de lo previsto en el programa a partir de 2008. La estrategia presupuestaria se basa en un aumento significativo del ratio ingresos/PIB y en un recorte sustancial del ratio consumo del sector público/PIB, que podrían haberse justificado mejor, teniendo en cuenta que el marco a medio plazo para la planificación y el control de las finanzas públicas no es suficientemente vinculante. Mientras que los efectos probables de un déficit en 2006 inferior al previsto implican la posibilidad de alcanzar el objetivo para 2007, la falta de información detallada sobre las medidas contempladas introduce una inseguridad considerable en cuanto a la realización de los objetivos presupuestarios a partir de 2008. |
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(7) |
A la luz de esta evaluación de riesgos, la estrategia presupuestaria del programa no parece suficiente para alcanzar el objetivo a medio plazo de aquí a 2008, como se prevé en el programa. No obstante, parece proporcionar un margen de seguridad suficiente para evitar que el déficit rebase el límite del 3 % del PIB en caso de fluctuaciones macroeconómicas normales durante todo el período del programa. Según el programa, el ritmo de ajuste para alcanzar el objetivo a medio plazo es conforme al Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que especifica que este ajuste debe intensificarse en coyunturas favorables y podrá suavizarse en coyunturas desfavorables. Sin embargo, teniendo en cuenta los riesgos señalados anteriormente, el ajuste estructural previsto debería reforzarse mediante medidas que permitan que la mejora anual del saldo estructural sea como mínimo equivalente al 0,5 % del PIB, como es obligatorio en los Estados miembros del MTC II y la zona del euro. |
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(8) |
Se estima que la deuda pública bruta ascendía al 18,5 % del PIB en 2006, muy por debajo, pues, del valor de referencia establecido en el Tratado (60 % del PIB). El programa prevé que el ratio de deuda se mantendrá en torno al 19 % del PIB en 2007-2008, para disminuir después hasta el 17,75 % en 2009. |
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(9) |
Las repercusiones a largo plazo del envejecimiento de la población sobre el presupuesto en Lituania serán inferiores a la media de la UE, previéndose que las reformas del sistema de pensiones adoptadas contribuirán a limitar el aumento del gasto en este ámbito en los próximos decenios. El nivel actual de la deuda bruta es muy bajo en Lituania y la mejora de la posición presupuestaria, según lo previsto en la actualización del programa de convergencia, contribuiría a limitar los riesgos para la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. En general, estos riesgos son poco importantes en Lituania. |
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(10) |
El programa de convergencia no contiene una evaluación cualitativa de los efectos globales del informe de octubre de 2006 sobre la aplicación del Programa nacional de reforma en el marco de la estrategia fiscal a medio plazo. No obstante, proporciona información sistemática sobre los costes presupuestarios que se derivan directamente de las principales reformas previstas en el Programa nacional de reforma, y sus previsiones presupuestarias parecen tener en cuenta las implicaciones, para las finanzas públicas, de las medidas presentadas en dicho Programa. Las medidas en materia de finanzas públicas mencionadas en el programa de convergencia parecen compatibles con las previstas en el Programa nacional de reforma. En particular, ambos programas destacan las reformas en curso en el ámbito de las pensiones, la asistencia sanitaria y la fiscalidad. Sin embargo, los objetivos en cuanto al déficit de las administraciones públicas presentados en el programa de convergencia son notablemente inferiores a los presentados en el Programa nacional de reforma. |
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(11) |
La estrategia presupuestaria del programa es en general compatible con las Orientaciones Generales de Política Económica incluidas en las Directrices integradas para el período 2005-2008. |
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(12) |
En cuanto a los requisitos en materia de datos, estipulados en el Código de conducta para los programas de estabilidad y de convergencia, el programa presenta todos los datos obligatorios y la mayoría de los opcionales (2). |
El Consejo concluye que, en el contexto de las favorables perspectivas de crecimiento, el programa prevé una progresión hacia el objetivo a medio plazo, que podría alcanzarse para 2008. No obstante, a partir de 2008, existen riesgos para la realización de los objetivos presupuestarios. Es especialmente importante lograr una sólida posición presupuestaria de cara a la presión que suponen la inflación y la balanza por cuenta corriente.
A la luz de la evaluación anterior, se insta a Lituania a que:
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i) |
aproveche la coyuntura favorable para perseguir un objetivo de déficit más exigente en 2007, habida cuenta de que es probable que el déficit en 2006 sea menor del previsto, y a intensificar el ajuste hacia el objetivo a medio plazo con medidas que garanticen una mejora anual del saldo estructural de como mínimo del 0,5 % del PIB, como se exige a los Estados miembros de la zona del euro y del MTC II, así como la mejora deseada consistente en superar el objetivo a medio plazo; |
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ii) |
siga mejorando el marco a medio plazo para la planificación y el control de las finanzas públicas. |
Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias
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2005 |
2006 |
2007 |
2008 |
2009 |
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PIB real (% variación) |
PC Dic 2006 |
7,6 |
7,8 |
6,3 |
5,3 |
4,5 |
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COM Nov 2006 |
7,6 |
7,8 |
7,0 |
6,5 |
n.d. |
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PC Dic 2005 |
7,0 |
6,0 |
5,3 |
6,8 |
n.d. |
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Inflación IPCA (%) |
PC Dic 2006 |
2,7 |
3,9 |
4,7 |
3,4 |
3,1 |
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COM Nov 2006 |
2,7 |
3,8 |
4,6 |
3,3 |
n.d. |
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PC Dic 2005 |
2,7 |
2,7 |
2,7 |
2,5 |
n.d. |
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Brecha de producción (% del PIB potencial) |
PC Dic 2006 (3) |
1,9 |
2,4 |
1,6 |
0,1 |
– 1,9 |
|
COM Nov 2006 (7) |
1,2 |
1,4 |
0,7 |
– 0,6 |
n.d. |
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PC Dic 2005 (3) |
2,9 |
2,1 |
0,5 |
0,6 |
n.d. |
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Saldo de las administraciones públicas (% del PIB) |
PC Dic 2006 |
– 0,5 |
– 1,2 |
– 0,9 |
– 0,5 |
0,0 |
|
COM Nov 2006 |
– 0,5 |
– 1,0 |
– 1,2 |
– 1,3 |
n.d. |
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PC Dic 2005 |
– 1,5 |
– 1,4 |
– 1,3 |
– 1,0 |
n.d. |
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Saldo primario (% del PIB) |
PC Dic 2006 |
0,3 |
– 0,4 |
0,0 |
0,4 |
0,8 |
|
COM Nov 2006 |
0,3 |
– 0,2 |
– 0,4 |
– 0,5 |
n.d. |
|
|
PC Dic 2005 |
– 0,9 |
– 0,8 |
– 0,7 |
– 0,4 |
n.d. |
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Saldo presupuestario (% del PIB) |
PC Dic 2006 (3) |
– 1,0 |
– 1,8 |
– 1,3 |
– 0,5 |
0,5 |
|
COM Nov 2006 |
– 0,8 |
– 1,4 |
– 1,4 |
– 1,2 |
n.d. |
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PC Dic 2005 (3) |
– 2,3 |
– 2,0 |
– 1,4 |
– 1,2 |
n.d. |
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Saldo estructural (4) (% del PIB) |
PC Dic 2006 (5) |
– 1,0 |
– 1,8 |
– 1,3 |
– 0,5 |
0,5 |
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COM Nov 2006 (6) |
– 0,8 |
– 1,4 |
– 1,4 |
– 1,2 |
n.d. |
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PC Dic 2005 |
– 2,3 |
– 2,0 |
– 1,4 |
– 1,2 |
n.d. |
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Deuda pública bruta (% del PIB) |
PC Dic 2006 |
18,7 |
18,4 |
19,2 |
19,0 |
17,7 |
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COM Nov 2006 |
18,7 |
18,9 |
19,6 |
19,8 |
n.d. |
|
|
PC Dic 2005 |
19,2 |
19,9 |
19,8 |
18,9 |
n.d. |
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Fuente: Programa de convergencia, previsiones económicas de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2006; cálculos de los servicios de la Comisión. |
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(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1055/2005 (DO L 174 de 7.7.2005, p. 1). Los documentos a que se hace referencia en este texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica:
http://europa.eu.int/comm/economy_finance/about/activities/sgp/main_en.htm
(2) Concretamente, no se presentan los datos relativos a las contribuciones del ajuste flujos-fondos a los cambios de la deuda, ni tampoco estimaciones de la contribución del trabajo, el capital y la productividad global de los factores al crecimiento del PIB potencial. Se aplicó el método del filtro Hodrick-Prescott para calcular la brecha de producción, posibilidad que contempla el Código de conducta con respecto a los Estados miembros cuya adhesión es reciente.
(3) Cálculos de los servicios de la Comisión basados en los datos del programa.
(4) Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo (como en las filas anteriores) excluidas las medidas excepcionales y otras medidas de carácter temporal.
(5) En el programa no figuran medidas excepcionales ni otras medidas de carácter temporal.
(6) En las previsiones del otoño de 2006 de los servicios de la Comisión no figuran medidas excepcionales ni otras medidas de carácter temporal.
(7) Sobre la base de un potencial de crecimiento estimado del 7,9 %, el 7,7 %, el 7,8 % y el 7,9 %, en 2005, 2006, 2007 y 2008, respectivamente.
Fuente:
Programa de convergencia, previsiones económicas de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2006; cálculos de los servicios de la Comisión.