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1.11.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 302/10 |
REGLAMENTO (CE) N o 1627/2006 DE LA COMISIÓN
de 24 de octubre de 2006
por el que se modifica el Reglamento (CE) no 794/2004 en cuanto al impreso de notificación de ayudas
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (1), y, en particular, su artículo 27,
Previa consulta al Comité consultivo sobre ayudas estatales,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (2), establece un impreso de notificación obligatorio para las ayudas estatales. |
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(2) |
Tras la adopción por la Comisión de unas nuevas Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013 (3) es necesario modificar ciertas partes del impreso de notificación. |
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(3) |
En consecuencia, el Reglamento (CE) no 794/2004 debe ser modificado. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) no 794/2004 queda modificado de acuerdo con el anexo a este Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2006.
Por la Comisión
Neelie KROES
Miembro de la Comisión
(1) DO L 83 de 27.3.1999, p. 1. Reglamento modificado por el Acta de adhesión de 2003.
ANEXO
En la parte III del anexo I del Reglamento (CE) no 794/2004, las fichas de información complementaria 4 y 5 son reemplazadas por las siguientes:
«PARTE III.4
FICHA DE INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA AYUDAS DE FINALIDAD REGIONAL
Esta ficha de información complementaria debe utilizarse para la notificación de cualquier régimen de ayudas o ayuda ad hoc cubierto por las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para 2007-2013 (en adelante, “las Directrices”) (1). Esta ficha no puede utilizarse para la finalidad específica de la notificación de nuevos mapas de ayuda regional durante el período 2007-2013. Los regímenes transparentes de ayuda a la inversión que caen en el ámbito de aplicación del reglamento de exención relativo a las ayudas regionales a la inversión están exentos de la obligación de notificación. Así pues, se invita a los Estados miembros a precisar el ámbito de su notificación. En el caso particular de que un sistema abarque tanto formas transparentes como no transparentes de ayuda a la inversión, se invita a los Estados miembros a que limiten el ámbito de la notificación solamente a la segunda categoría.
En el caso de una ayuda ad hoc (es decir, de ayuda concedida al margen de los regímenes de ayuda existentes), los Estados miembros tendrán que demostrar que el proyecto contribuye a una estrategia coherente de desarrollo regional y que, habida cuenta de su naturaleza y su tamaño, no dará lugar a distorsiones inaceptables de la competencia. Por otra parte, los Estados miembros tendrán que demostrar que la ayuda no se concentrará indebidamente en un sector particular de actividad y que no crea ningún efecto sectorial adverso.
En caso de notificación de una ayuda regional para grandes proyectos de inversión, deberá presentarse otra ficha de información complementaria (parte III.5) de acuerdo con la sección 4.3 de las Directrices.
1. El régimen de ayudas o la ayuda ad hoc
El régimen de ayudas o la ayuda ad hoc está destinado a:
1.1.
Inversión inicial
La ayuda se expresa en porcentaje de los costes admisibles de la inversión en activos materiales e inmateriales
La ayuda se expresa en porcentaje de los costes salariales esperados de las personas que se contrate
Ayuda de funcionamiento
Ayuda a pequeñas empresas de reciente creación
Una combinación de cualquiera de estos elementos
1.2. La ayuda se concede:
automáticamente, siempre que se cumplan las condiciones del régimen
de forma discrecional, siguiendo una decisión de las autoridades
En caso de que la ayuda se conceda con carácter discrecional, describa brevemente los criterios seguidos y adjunte una copia de las disposiciones administrativas aplicables para la concesión de la ayuda:
1.3. ¿Respeta la ayuda los límites de ayuda regional establecidos en el mapa de ayudas regionales en vigor en el momento de su concesión, incluidos los que se derivan de las disposiciones aplicables a las ayudas para grandes proyectos de inversión (sección 4.3 de las Directrices)?
Sí No
¿Incluye el régimen de ayudas una referencia al mapa de ayudas regionales en vigor?
Sí No
(1) Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013 (DO C 54 de 4.3.2006, p. 13).
2. Ayuda a la inversión inicial
2.1. Cubre el régimen de ayudas la inversión en capital fijo o la creación de empleo vinculada a la inversión inicial relativa a:
la creación de un nuevo establecimiento?
la ampliación de un establecimiento existente?
la diversificación de la producción de un establecimiento con el fin de fabricar productos nuevos y adicionales?
un cambio fundamental en el proceso general de producción de un establecimiento existente?
la adquisición por un inversor independiente de activos fijos directamente vinculados a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido?
2.2. Cuando la ayuda se calcula sobre la base de los costes de inversión en activos materiales o inmateriales, o de los costes de adquisición en caso de traspaso, ¿incluye la ayuda una cláusula que estipule que la contribución financiera del beneficiario debe ascender al menos al 25 % del total de los costes admisibles y que esa contribución debe estar libre de cualquier ayuda pública, incluida la ayuda de minimis?
Sí No
2.3. Cuando la ayuda se concede automáticamente sobre la base de criterios objetivos y con arreglo a una base jurídica que concede a los beneficiarios el derecho a recibir la ayuda, ¿excluye el régimen la concesión de una ayuda a los proyectos que se han iniciado antes de la entrada en vigor de la base jurídica?
Sí No
Cuando la ayuda no se concede automáticamente, ¿establece el régimen que la solicitud de ayuda debe presentarse antes de que comiencen los trabajos del proyecto y que las autoridades competentes deben haber confirmado por escrito, sujeto al resultado final de una verificación detallada, que el proyecto cumple en principio las condiciones de admisibilidad establecidas en el propio régimen de ayudas (véase el punto 38 de las Directrices)?
Sí No
En el caso de una ayuda ad hoc, ¿envió la autoridad competente una carta de intenciones de conceder la ayuda antes de iniciarse los trabajos en el proyecto, condicional a la aprobación de la medida por la Comisión?
Sí No
En caso de respuesta negativa a alguna de las preguntas mencionadas arriba en el punto 2.3, explique los motivos y la forma en que las autoridades se proponen cumplir con estas condiciones necesarias:
2.4. ¿Cuáles son las intensidades de la ayuda con arreglo al régimen de ayudas o a la ayuda ad hoc expresadas en términos brutos?
¿Cuáles son los parámetros que permiten el cálculo de las intensidades de la ayuda?
2.4.1. Subvenciones:
en importe nominal
en valor actual (actualizado)
2.4.2. Medidas fiscales:
¿Cómo se limita el valor actualizado del impuesto y cuál es la intensidad de la ayuda?
2.4.3. Préstamos públicos a bajo interés:
Duración máxima del préstamo:
Proporción máxima (importe del préstamo en porcentaje de la inversión admisible):
Duración máxima del período de carencia:
Tipo de interés mínimo:
¿Está cubierto el préstamo por las fianzas normales exigidas por los bancos?
Sí No
En caso afirmativo, ¿en qué medida?
¿Cuál es la tasa de impago esperada, por categoría de beneficiarios?
¿Se incrementa el tipo de interés en situaciones que impliquen un riesgo especial?
Sí No
¿El tipo de interés es fijo, variable, dependiente de los beneficios o una combinación de los anteriores?
¿Se trata de préstamos subordinados?
Sí No
2.4.4. Bonificación de intereses:
Importe máximo de la bonificación:
Proporción máxima (importe del préstamo en porcentaje o proporción de la inversión admisible):
Duración máxima del período de carencia:
Duración del préstamo:
2.4.5. Regímenes de garantías:
Indique los tipos de préstamos para los que pueden concederse garantías:
Indique el método y los parámetros utilizados para el cálculo del equivalente subvención de la garantía, incluidos la duración, la proporción y el importe del préstamo:
Especifique las primas pagadas por el Estado al banco:
¿Cuál es la tasa de impago esperada, por categoría de beneficiarios?
¿Cuál es la cobertura máxima (en porcentaje) del préstamo por la garantía?
¿Cuáles son las condiciones para la ejecución de la garantía?
2.4.6. Participaciones públicas:
Indique si el régimen implica una ayuda en forma de participaciones públicas:
¿En qué medida la participación pública se aparta del principio del inversor en una economía de mercado?
Facilite toda la información pertinente para calcular la parte de ayuda de la participación pública:
2.4.7. Otros:
2.5. ¿Está excluida de la medida la inversión de sustitución?
Sí No
Si la respuesta es negativa, se ruega a las autoridades que rellenen la sección 3 del presente impreso, relativa a la ayuda de funcionamiento.
2.6. ¿Está excluida del régimen la ayuda a empresas en crisis (1) y/o a la reestructuración financiera de empresas en crisis?
Sí No
(1) Tal como se definen en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (DO C 244 de 1.10.2004, p. 2).
2.7. Ayuda a la inversión calculada en porcentaje de los costes admisibles de inversión en activos materiales e inmateriales
Los gastos admisibles con arreglo al régimen corresponden a:
2.7.1. Activos materiales:
El valor de la inversión se establece sobre la base de (1):
terrenos
edificios
instalaciones/maquinaria (equipamiento)
en caso de traspaso, activos fijos
Facilite una breve descripción:
Excepto en el caso de las PYME y de los traspasos, ¿son nuevos los activos adquiridos?
Sí No
Especifique:
¿Garantiza el régimen que se ha tenido en cuenta/se ha deducido antes del traspaso cualquier ayuda concedida anteriormente para la adquisición de activos en caso de traspaso (véase el punto 54 de las Directrices)?
Sí No
Especifique:
¿Cuáles son las medidas adoptadas para garantizar que, en caso de traspaso, las transacciones tendrán lugar en condiciones de mercado?
¿Están incluidos en los gastos admisibles los costes relacionados con la adquisición de activos —con excepción de los terrenos y de los edificios— mediante arriendo financiero?
Sí No
¿Incluye el arriendo financiero la obligación de comprar el activo —con excepción de los terrenos y los edificios— al término de dicho arriendo?
Sí No
(1) En el sector del transporte, los gastos de compra del material de transporte (activos móviles) no son admisibles para la ayuda a la inversión.
En caso de arriendo financiero de terrenos y edificios, ¿continúa el arriendo durante al menos cinco años después de la fecha prevista de conclusión del proyecto de inversión, en caso de empresas grandes, y tres años en el caso de las PYME?
Sí No
En caso de que se conteste negativamente a alguna de las preguntas anteriores del punto 2.7, explique cómo se proponen las autoridades cumplir con las condiciones necesarias:
2.7.2. Activos inmateriales:
El valor de la inversión se establece sobre la base de los gastos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de:
patentes
licencias
conocimientos técnicos
conocimientos técnicos no patentados
Facilite una breve descripción:
¿Incluye el régimen una cláusula que estipule que los gastos admisibles de inversión en activos inmateriales no deben exceder del 50 % de los gastos admisibles totales de inversión del proyecto en el caso de las grandes empresas?
Sí No
¿Garantiza la medida que los activos inmateriales admisibles:
se utilizan exclusivamente en el establecimiento que recibe la ayuda regional?
se consideran como activos amortizables?
se compran a terceros en condiciones de mercado?
figuran entre los activos fijos de la empresa y permanecen en el establecimiento que recibe la ayuda regional durante al menos cinco años, en el caso de las grandes empresas y tres años en el caso de las PYME?
En caso de que una de estas condiciones no quede explícitamente reflejada en el régimen, explique por qué y cómo se proponen las autoridades respetar estos requisitos.
¿Incluye el régimen en los gastos admisibles de las PYME los costes de estudios preparatorios y de consultoría vinculados a la inversión?
Sí No
¿Establece el régimen que la intensidad de la ayuda para los costes de consultoría de las PYME está limitada al 50 % de los costes reales contraídos?
Sí No
2.7.3. ¿Cómo se garantiza que la ayuda para inversión inicial (tanto en activos materiales como inmateriales) está supeditada al mantenimiento de la inversión durante un período mínimo de cinco años en el caso de las grandes empresas y de tres años en el caso de las PYME?
2.8. Ayuda a la inversión calculada sobre la base de los costes salariales
2.8.1. ¿Garantiza la medida que la ayuda calculada sobre la base de los costes salariales está vinculada a un proyecto de inversión inicial?
Sí No
2.8.2. ¿Garantiza la medida que la creación de empleo representará un aumento neto en el número de trabajadores (UTA) empleados directamente en un establecimiento concreto con respecto a la media durante los doce meses anteriores, una vez deducido cualquier puesto de trabajo perdido durante ese período de doce meses en el mismo establecimiento?
Sí No
2.8.3. ¿Cómo se garantiza que los gastos admisibles no excederán los costes salariales de una persona contratada, calculados sobre un período de 2 años?
2.8.4. ¿Garantiza la medida que los puestos se cubrirán en un plazo de tres años después de la terminación de los trabajos en el proyecto?
Sí No
2.8.5. ¿Garantiza la medida que los empleos creados se mantendrán en la región afectada durante un período mínimo de cinco años (o de tres años en el caso de las PYME) a partir de la fecha en que se cubrió primero el puesto?
Sí No
En caso de que se conteste negativamente a una de las preguntas anteriores mencionadas en el punto 2.8, explíquese la forma en que las autoridades se proponen cumplir estas condiciones necesarias:
3. Ayuda de funcionamiento
3.1. ¿Cuál es la relación directa entre la concesión de la ayuda de funcionamiento y la contribución al desarrollo regional?
3.2. ¿Cuáles son las desventajas estructurales que la ayuda de funcionamiento pretende solucionar?
3.3. ¿Cómo se garantiza que la naturaleza y el nivel de la ayuda de funcionamiento son proporcionales a las desventajas que pretende paliar?
3.4. ¿Qué medidas se han tomado para garantizar que la ayuda de funcionamiento se reduzca progresivamente y se limite en el tiempo?
3.5. ¿Está abierto el régimen a todos los sectores?
Sí No
3.6. ¿Tiene el régimen por objetivo compensar los costes de transporte o los costes salariales adicionales?
Sí No
3.7. En caso de respuesta negativa a una de las preguntas anteriores (3.5-3.6), ¿qué medidas se han tomado para garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 78 de las Directrices?
3.8. ¿Excluye el régimen la ayuda de funcionamiento destinada a fomentar las exportaciones?
Sí No
Preguntas específicas relativas a las regiones ultraperiféricas o a regiones con baja densidad de población o a regiones con muy baja densidad de población
3.9. En caso de que la ayuda de funcionamiento no se reduzca progresivamente y no se limite en el tiempo, especifique si se cumplen las siguientes condiciones:
3.9.1. ¿Beneficia la ayuda a una región ultraperiférica o a una región de baja densidad de población o de muy baja densidad de población?
Sí No
3.9.2. ¿Se destina la ayuda a compensar parcialmente los costes adicionales de transporte?
Sí No
Por favor, aporte la prueba de la existencia de tales costes adicionales y explique el método de cálculo utilizado para determinar su importancia (1). En especial, aporte la prueba de que se cumplen las condiciones del punto 81 de las Directrices.
Indique cuál será el importe máximo de la ayuda (sobre la base de un coeficiente de ayuda por pasajero/kilómetro o de ayuda por tonelada/kilómetro) y el porcentaje de los costes adicionales cubiertos por la ayuda.
(1) La descripción deberá reflejar cómo se proponen las autoridades garantizar que la ayuda se concede únicamente para paliar los costes adicionales del transporte de mercancías dentro de las fronteras nacionales, que no debe permitirse que se convierta en ayuda a la exportación, que se calcula sobre la base de la forma más económica de transporte y de la ruta más corta entre el lugar de producción o transformación y su comercialización, y que no puede concederse para el transporte de los productos de empresas sin posibilidad de localización alternativa.
3.9.3. En las regiones ultraperiféricas, ¿se destina la ayuda a compensar los costes adicionales derivados, en el ejercicio de una actividad económica, de los factores contemplados en el artículo 299, apartado 2, del Tratado CE?
Sí No
Determine el importe del coste adicional y el método de cálculo:
¿Cómo pueden las autoridades establecer el vínculo entre los costes adicionales y los factores contemplados en el artículo 299, apartado 2, del Tratado CE?
3.9.4. ¿Se destina la ayuda a impedir o reducir la continua despoblación de las regiones de muy baja densidad de población?
Sí No
¿Cómo pueden demostrar las autoridades que la ayuda propuesta es necesaria y apropiada para impedir o reducir la continua despoblación y que no afectará a las condiciones comerciales en una medida contraria al interés común?
4. Ayuda para pequeñas empresas de reciente creación
Información sobre los beneficiarios
4.1. ¿Son los beneficiarios pequeñas empresas en la fecha de concesión de la ayuda en el sentido del artículo 2 del anexo I de la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE (1)?
Sí No
4.2. ¿Debe verificar la autoridad que concede la ayuda que todos los beneficiarios sean autónomos en el sentido del artículo 3 del anexo I de la mencionada Recomendación?
Sí No
4.3. ¿Garantiza el régimen que la ayuda solo se concede a pequeñas empresas que se han creado menos de cinco años antes de la fecha de concesión de la ayuda?
Sí No
4.4. Describa los mecanismos establecidos para garantizar que la ayuda no es incorrectamente utilizada por empresas existentes que cierren artificialmente y se vuelvan a poner en marcha para recibir este tipo de ayuda:
Cobertura geográfica del régimen
4.5. ¿Se limita el régimen de ayudas únicamente a las zonas asistidas?
Sí No
(1) DO L 124 de 20.5.2003, p. 36.
4.6. Los beneficiarios desarrollan su actividad económica en las siguientes regiones (especifique cuáles, de acuerdo con la denominación de las regiones tal como se definen en el mapa de ayuda regional):
todas las zonas asistidas del Estado miembro interesado
Sí No
las regiones del artículo 87, apartado 3, letra a)
Sí No
Por favor, especifique la región o regiones (NUTS):
Las regiones del artículo 87, apartado 3, letra c)
Sí No
Por favor, especifique la región o regiones (NUTS):
Gastos admisibles
4.7. ¿Están incluidos entre los gastos admisibles los gastos jurídicos, administrativos, de consultoría y de asesoramiento directamente relacionados con la creación de la empresa?
Sí No
En caso afirmativo, especifíquelos:
4.8. ¿Se limitan estrictamente los costes admisibles a los contraídos en los primeros cinco años después de la creación de la empresa y, dentro de esos cinco años, al tiempo en que la empresa tiene consideración de pequeña empresa según los artículos 2 y 3 del anexo I de la Recomendación 2003/361/CE?
Sí No
4.9. Indique qué costes de la siguiente lista están incluidos en los gastos admisibles:
Intereses sobre la financiación externa
Dividendo sobre los fondos propios utilizados a un tipo no superior al tipo de referencia
Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción
Gastos en energía, agua y calefacción
Impuestos (distintos del IVA y del impuesto sobre la renta empresarial)
Especifique:
Tasas administrativas
Especifique:
Depreciaciones
Gastos de arrendamiento financiero de las instalaciones y del equipo de producción
Costes salariales
¿Se incluyen los gastos sociales obligatorios en los costes salariales?
Sí No
Por lo que se refiere a la depreciación, a los costes de arrendamiento financiero de las instalaciones y del equipo de producción y a los costes salariales, ¿puede confirmar que las inversiones subyacentes o las medidas de creación de empleo y de contratación de personal no se han beneficiado o no se beneficiarán de otras formas de ayuda?
Sí No
Intensidad de la ayuda
4.10. ¿Cuál es la intensidad de la ayuda prevista para los gastos admisibles contraídos en los tres primeros años después de la creación de la empresa o para los gastos relacionados directamente con la creación de la empresa?
… % en el caso de las regiones del artículo 87, apartado 3, letra a)
… % en el caso de las regiones del artículo 87, apartado 3, letra c)
4.11. ¿Cuál es la intensidad de la ayuda prevista para los gastos admisibles contraídos en el cuarto y quinto año después de la creación de la empresa?
… % en el caso de las regiones del artículo 87, apartado 3, letra a)
… % en el caso de las regiones del artículo 87, apartado 3, letra c)
4.12. ¿Se incrementa la intensidad de la ayuda en 5 puntos porcentuales, tal como se indica en el punto 89 de las Directrices?
Sí No
En caso afirmativo, especifique:
para las regiones del artículo 87, apartado 3, letra a), con un PIB (1) inferior al 60 % de la media comunitaria
Sí No
para las regiones de baja densidad de población con menos de 12,5 habitantes/km2
Sí No
para las islas pequeñas con una población de menos de 5 000 habitantes
Sí No
para otras comunidades con una población de menos de 5 000 habitantes que sufran un aislamiento similar al de las islas
Sí No
Por favor, especifique la región o regiones:
4.13. En caso de que los beneficiarios posean establecimientos situados en más de un tipo de región [regiones del artículo 87, apartado 3, letra a) o letra c)], regiones fuera de zonas asistidas o regiones indicadas en el punto 4.12, indique qué medidas se adoptarán para garantizar la correcta aplicación de las intensidades o del posible incremento:
Importe de la ayuda
4.14. ¿Está limitado el importe máximo de la ayuda concedida a los beneficiarios a 2 millones EUR por empresa situada en una región del artículo 87, apartado 3, letra a), y a 1 millón EUR por empresa situada en una región del artículo 87, apartado 3, letra c)?
Sí No
4.15. ¿Están limitados los importes anuales de ayuda concedidos al 33 % de los importes máximos anteriormente mencionados?
Sí No
(1) PIB per cápita en paridad del poder de compra (PPC).
4.16. Describa los mecanismos utilizados o la forma en que se concede la ayuda a las empresas beneficiarias (por ejemplo, subvención, préstamo, etc.) y explique con detalle cómo se calculan las intensidades de la ayuda y los importes máximos de la misma, en especial, en el caso de las formas no transparentes de ayuda:
Acumulación
4.17. ¿Puede concederse cualquier otra forma de ayuda pública sobre la base de los mismos costes admisibles por lo que se refiere a los intereses sobre la financiación externa, al dividendo sobre los fondos propios utilizados, a los gastos de alquiler de las instalaciones y el equipo de producción, a los gastos de energía, agua y calefacción, o a los impuestos (con excepción del IVA y de los impuestos de sociedades)?
Sí No
En caso afirmativo, describa el mecanismo establecido para garantizar que se respetan los límites superiores de importe total de la ayuda por empresa y por año, así como las intensidades de la ayuda:
5. Alcance del régimen de ayudas o de la ayuda ad hoc
5.1. ¿Se aplica el régimen de ayudas a todos los sectores?
Sí No
¿Está el régimen de ayudas destinado a un sector particular de actividad?
Sí No
En caso afirmativo, indique a cuál
5.2. ¿Se aplica el régimen a la elaboración de los productos agrícolas enumerados en el anexo I del Tratado?
Sí No
¿Se aplica el régimen a la transformación y comercialización de productos agrícolas, pero solo en la medida establecida en las Directrices comunitarias relativas a las ayudas estatales en el sector agrícola (1), o las directrices que pudieran reemplazarlas?
Sí No
5.3. ¿Se aplica el régimen al sector del transporte?
Sí No
En caso afirmativo,
Servicios de transporte:
Transporte marítimo
Transporte aéreo
Transporte por carretera
Transporte ferroviario
Transporte urbano
Transporte fluvial
Transporte combinado
(1) DO C 28 de 1.2.2000, p. 2. Corrección de errores en el DO C 232 de 12.8.2000, p. 17.
Gestión de infraestructura de transporte:
Infraestructura portuaria
Infraestructura aeroportuaria
Infraestructura de carretera
Infraestructura ferroviaria
Infraestructura de transporte urbano
Infraestructura de transporte fluvial
Control:
¿Contendrá el informe anual un seguimiento de las ayudas individuales concedidas bajo las categorías mencionadas más arriba junto con las cantidades y sus beneficiarios?
Sí No
5.4. ¿Se aplica el régimen al sector de la construcción naval?
Sí No
5.5. ¿Cumple el régimen las disposiciones específicas, tales como la prohibición de conceder ayuda al sector del acero (1) y al de las fibras sintéticas (2)?
Sí No
5.6. ¿Prevé el régimen el respeto de la obligación de notificación individual prevista en la sección 4.3 de las Directrices (ayuda para grandes proyectos de inversión) (3)?
Sí No
6. Acumulación
6.1. En los casos en que la ayuda regional con arreglo a un régimen pueda combinarse con una ayuda con arreglo a otro u otros regímenes, especifique, respecto a cada uno de los regímenes, el método por el cual se garantizará el cumplimiento de las condiciones relativas a la acumulación enumeradas en la sección 4.4 de las Directrices.
6.2. ¿Está garantizado que la ayuda a la inversión regional no se acumule con la ayuda de minimis por lo que se refiere a los mismos gastos admisibles a fin de eludir las intensidades máximas de ayuda establecidas en el mapa aprobado de ayudas regionales?
Sí No
6.3. Cuando la ayuda calculada sobre la base de los costes de inversión (materiales o inmateriales) se combina con la ayuda calculada sobre la base de los costes salariales, ¿respeta el régimen de ayudas el límite máximo de intensidad establecido para la región afectada?
Sí No
7. Transparencia
7.1. ¿Excluye el régimen los proyectos cuyo gasto subvencionable se realizó antes de la fecha de publicación en Internet del régimen definitivo (véase el punto 108 de las Directrices)?
Sí No
8. Otros datos
Incluya a continuación cualquier otra información (por ejemplo, impacto medioambiental o beneficios) que considere pertinente para la evaluación de las medidas en cuestión con arreglo a las Directrices comunitarias sobre ayudas de Estado de finalidad regional.
(1) En el sentido del anexo I de las Directrices.
(2) En el sentido del anexo II de las Directrices.
(3) Observe que debe rellenar un impreso de notificación específico (parte III.5) en caso de ayuda a grandes proyectos de inversión.
PARTE III.5
FICHA DE INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA SOBRE LAS AYUDAS DE ESTADO DE FINALIDAD REGIONAL PARA GRANDES PROYECTOS DE INVERSIÓN
Esta ficha de información complementaria debe utilizarse para la notificación de cualquier ayuda regional a la inversión que supere el umbral para la notificación individual definido en el punto 64 de las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013.
Por lo que se refiere a las ayudas ad hoc (ayudas concedidas al margen de los regímenes existentes), los Estados miembros deberán también presentar la ficha de información complementaria sobre las ayudas de finalidad regional (parte III.4). Además, los Estados miembros tendrán que demostrar que el proyecto contribuye a una estrategia coherente de desarrollo regional y que, habida cuenta de su naturaleza y su tamaño, no dará lugar a distorsiones inaceptables de la competencia. Por último, los Estados miembros tendrán que demostrar que la ayuda no se concentrará indebidamente en un sector particular de actividad y que no crea ningún efecto sectorial adverso.
La Comisión se reserva el derecho a solicitar más información para realizar una evaluación en profundidad si se alcanzan los umbrales correspondientes definidos en el punto 68 de las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional.
Además de esta(s) ficha(s) de información complementaria, los Estados miembros deberán suministrar la siguiente información:
Parte I. Información general
Parte II. Información resumida para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea
Los Estados miembros deberán también presentar el acuerdo de inversión correspondiente, el (proyecto de) contrato de ayuda y cualquier otro documento pertinente (incluida, en el caso de la ayuda ad hoc, la carta de intención), a fin de confirmar que la concesión de la ayuda se ajusta a las normas generales establecidas en las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013 y a cualquier otro régimen de ayudas subyacente.
Si las cantidades se convierten en euros o en otra moneda, indique cuál es el tipo de cambio implícito y especifique siempre si las cantidades mencionadas están en cantidades nominales o actualizadas.
1. Información adicional sobre los beneficiarios
1.1. Estructura de la empresa o empresas que invierten en el proyecto
1.1.1. Identidad del beneficiario o beneficiarios de la ayuda
1.1.2. Si la identidad jurídica del beneficiario de la ayuda no es la misma que la de la empresa o empresas que financian el proyecto o reciben realmente la ayuda, indíquense las diferencias.
1.1.3. Por favor, describa claramente la relación entre el beneficiario, el grupo de empresas al que pertenece y demás empresas asociadas, incluidas las empresas de riesgo compartido.
1.2. Por lo que se refiere a la empresa o empresas que invierten en el proyecto, facilite los siguientes datos relativos a los tres últimos ejercicios presupuestarios (a nivel de grupo):
1.2.1. Volumen de negocios mundial, volumen de negocios en el EEE y volumen de negocios en el Estado miembro afectado:
1.2.2. Beneficio neto de explotación, rendimiento del capital invertido y flujo de caja disponible:
1.2.3. Plantilla mundial, en el EEE y en el Estado miembro afectado:
1.2.4. Balances financieros auditados y memoria anual de los tres últimos años:
1.3. Si la inversión tiene lugar en un establecimiento (instalación) existente, facilite los siguientes datos relativos a los últimos tres ejercicios presupuestarios de esa entidad (datos relativos a la instalación o establecimiento existente).
1.3.1. Volumen de negocios mundial, volumen de negocios en el EEE, volumen de negocios en el Estado miembro en cuestión:
1.3.2. Beneficio neto de explotación, rendimiento del capital invertido y flujo de caja disponible:
1.3.3. Plantilla:
1.3.4. Historia de las ayudas: ¿Ha recibido ayudas el beneficiario para cualquier otra inversión en el mismo establecimiento (o instalación) en los últimos tres años?
Sí No
En caso afirmativo, por favor, facilite más detalles:
1.4. Empresas en crisis
¿Beneficia la ayuda a una empresa en crisis (1) o se utilizará para la reestructuración financiera de una empresa en crisis?
Sí No
En caso afirmativo, observe que son aplicables las Directrices comunitarias sobre las ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis.
2. Ayudas
2.1. Forma de las ayudas
Facilite una descripción detallada de cada forma de ayuda:
2.2. Importe de la ayuda
Facilite los siguientes datos respecto a cada forma de ayuda:
2.2.1. Importe de la ayuda, tanto en términos nominales como actualizados:
2.2.2. Calendario completo de pagos de la ayuda propuesta:
En caso de ayuda concedida en forma de exenciones sobre futuros impuestos, indique cómo se limitará el importe actualizado de la ayuda:
2.2.3. Régimen o regímenes de ayudas existentes, incluidos la denominación, el número de ayuda estatal y la referencia de aprobación de la Comisión, la presentación mediante procedimiento provisional o la ficha de información complementaria con arreglo a un reglamento de exención:
2.2.4. ¿Se presentó la solicitud de ayuda antes que empezaran los trabajos del proyecto y las autoridades competentes han confirmado por escrito que, sujeto al resultado final de una verificación detallada, el proyecto cumple en principio las condiciones de admisibilidad establecidas en el propio régimen de ayudas?
Sí No
En caso de respuesta negativa, por favor explique
2.3. Características
2.3.1. ¿Está todavía sin definir alguna de las medidas de ayuda del conjunto de medidas propuestas?
Sí No
En caso afirmativo, especifique y explique cómo se limitará el importe total actualizado de la ayuda:
(1) Tal como se definen en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (DO C 244 de 1.10.2004, p. 2).
2.3.2. Indique cuáles de las medidas anteriormente mencionadas no constituyen una ayuda estatal y por qué razones:
2.3.3. ¿Cómo se asegura que la concesión de la ayuda es condicional al mantenimiento de la inversión o de los empleos creados por un período mínimo de cinco años en el caso de grandes empresas y de tres años en el caso de PYMEs?
2.4. Financiación de la Comunidad y de otras fuentes
2.4.1. ¿Van algunas de las medidas anteriormente mencionadas a ser cofinanciadas con fondos comunitarios (Banco Europeo de Inversiones, Fondo Social Europeo, Fondo Europeo de Desarrollo Regional u otro)? Por favor, facilite los detalles.
2.4.2. ¿Se va a solicitar para el mismo proyecto ayuda complementaria de alguna otra institución financiera europea o internacional?
Sí No
En caso afirmativo, ¿por qué importes?
2.5. Presentación de informes
Por favor, confirme que se proporcionará a la Comisión los siguientes documentos:
dentro de los dos meses siguientes a la concesión de la ayuda, una copia del contrato de ayuda entre la autoridad de concesión y el beneficiario;
un informe intermediario de periodicidad quinquenal, a partir de la aprobación de la ayuda por la Comisión (y que incluya la información sobre las cantidades de ayuda abonadas, sobre la ejecución del contrato de ayuda y sobre cualquier otro proyecto de inversión puesto en marcha en el mismo establecimiento o instalación);
un informe final detallado, sobre la base del calendario de pagos notificado, dentro de los seis meses siguientes al pago del último tramo de la ayuda.
3. Proyecto al que se destina la ayuda
3.1. Calendario
Especifique la fecha prevista de comienzo de la inversión, la fecha prevista de finalización de la misma y el año previsto en el que se llegará a la plena producción, en su caso de cada producto previsto en el proyecto de inversión.
3.2. Descripción del proyecto
3.2.1. Especifique el tipo de proyecto y si se trata de un nuevo establecimiento, de la ampliación de un establecimiento existente, de la diversificación de la producción de un establecimiento con el fin de fabricar productos nuevos y adicionales, de un cambio fundamental en el proceso general de producción de un establecimiento existente o de la adquisición por un inversor independiente de activos fijos directamente vinculados a un establecimiento que ha cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido comprado.
3.2.2. Facilite una breve descripción del proyecto:
3.3. Desglose de los costes del proyecto
3.3.1. Especifique el coste total de la inversión a lo largo de toda la duración del proyecto:
3.3.2. Facilite un desglose detallado por año y por categoría (solar, edificios, instalaciones, maquinaria, etc.) de los costes subvencionables relacionados con el proyecto de inversión, si procede en relación con cada producto previsto en el proyecto de inversión:
3.4. Financiación de los costes totales del proyect
Facilite una descripción completa de la financiación del proyecto y de las medidas adoptadas para garantizar que el 25 % al menos de los costes subvencionables se financian sin ayuda pública, incluida la ayuda de minimis.
4. Características del producto y características comerciales
Si procede, tenga en cuenta en esta sección cualquier acuerdo de comercialización u otro acuerdo similar con otras empresas para el cálculo de la capacidad y de la cuota de mercado (por ejemplo, las licencias exclusivas de venta).
4.1. Descripción del producto o productos objeto del proyecto
4.1.1. Especifique qué producto o productos se fabricarán en las instalaciones receptoras de la ayuda una vez finalizada la inversión e indique, en su caso, el código PRODCOM o la nomenclatura CPA para proyectos en el sector de los servicios.
4.1.2. ¿Reemplazarán los productos previstos en el proyecto a otros productos fabricados por el beneficiario (a nivel de grupo)? ¿A qué productos reemplazarán? Si los productos reemplazados no se fabrican en las instalaciones del proyecto, indique dónde se fabrican actualmente. Facilite una descripción de la relación entre la producción reemplazada y la inversión actual, así como el calendario de reemplazo.
4.1.3. ¿Qué otro producto o productos pueden fabricarse en las nuevas instalaciones (gracias a la flexibilidad de las instalaciones de producción del beneficiario) con poco o ningún coste adicional?
4.2. Producto afectado y mercado de referencia del producto
4.2.1. Explique si el proyecto afecta a un producto intermedio y si una parte significativa de la producción no se comercializa (en condiciones de mercado). Sobre la base de la explicación anterior, con el fin de calcular el aumento de capacidad y de cuota de mercado en el resto de esta sección, indique si el producto afectado es el producto previsto por el proyecto o si se trata de un producto más elaborado.
4.2.2. Indique cuáles son los posibles substitutos del producto afectado tanto por lo que se refiere a la oferta como a la demanda. El mercado de referencia del producto incluye al producto afectado y a sus sustitutos considerados como tales por el consumidor (en virtud de las características del producto, de los precios y del uso previsto) o por el productor (en virtud de la flexibilidad de las instalaciones de producción del beneficiario y de sus competidores).
4.3. Datos relativos a la cuota de mercado
Por favor, conteste a las siguientes preguntas respecto a todos los productos afectados.
4.3.1. A los efectos de aplicación del punto 68(a), la Comisión dará en general por supuesto que el mercado geográfico pertinente es el Espacio Económico Europeo (EEE). Por favor, exponga los argumentos que considere necesarios si se considera a otro mercado geográfico pertinente para el producto o productos afectados.
4.3.2. Haga una estimación de todas las ventas del beneficiario de la ayuda en el mercado de referencia (a nivel de grupo, en términos de valor y de volumen), desde el año anterior al de inicio de la inversión hasta el año siguiente al de plena producción del producto previsto en el proyecto. Si procede, proporcione un desglose de esas ventas del producto afectado y de otras categorías de productos vendidos por el beneficiario de la ayuda en el mercado de referencia.
4.3.3. Haga una estimación de las ventas globales de todos los productores en el mercado de referencia (tanto en valor como en volumen), desde el año anterior al de inicio de la inversión hasta el año siguiente al de plena producción del producto previsto en el proyecto. Si dispone al respecto de estadísticas elaboradas por fuentes públicas y/o independientes, inclúyalas aquí.
4.3.4. Explique la metodología en la que se basan los cálculos y las hipótesis de precios implícitas.
4.4. Evolución del mercado
Por favor, conteste a las siguientes preguntas respecto a todos los productos afectados.
4.4.1. Presente los datos de cada uno de los últimos seis años sobre consumo aparente (1) (en valor y en volumen) en el mercado de referencia del producto en el EEE, así como las hipótesis de precios implícitas. Si dispone al respecto de estadísticas elaboradas por fuentes públicas y/o independientes, inclúyalas aquí.
4.4.2. A partir de las cifras anteriores, calcule la tasa de crecimiento anual compuesto (TCAC) (2) del consumo aparente en el mercado de referencia del producto en el EEE.
4.4.3. Calcule la tasa de crecimiento anual medio del PIB del EEE durante los últimos cinco años como tasa de crecimiento anual compuesto (TCAC) utilizando las cifras de Eurostat (3) (www.eu.int/comm/eurostat/ — Las cifras pueden encontrarse actualmente en “temas/economía y finanzas/contabilidad nacional/contabilidad nacional anual/PIB y agregados principales”).
4.4.4. ¿Es la tasa de crecimiento anual medio del consumo aparente en el mercado de referencia del producto en el EEE durante los últimos cinco años inferior a la tasa de crecimiento anual medio del PIB del EEE durante los últimos cinco años?
Sí No
4.5. Consideraciones sobre la capacidad
Por favor, conteste a las siguientes preguntas respecto a todos los productos afectados.
Si del punto 4.4 sobre la evolución de mercado se desprende que la tasa de crecimiento anual medio del consumo aparente en el mercado de referencia es inferior a la tasa de crecimiento anual media del PIB del EEE, facilite la siguiente información:
4.5.1. Cálculo de la capacidad de producción creada por la inversión (en volumen y en valor).
4.5.2. Cálculo de cualquier cambio en la capacidad total del beneficiario (a nivel de grupo) en el EEE entre el año anterior al de comienzo del proyecto y el año siguiente a la finalización del proyecto (en volumen y en valor). Indique también las hipótesis de precios implícitas. Si dispone al respecto de estadísticas elaboradas por fuentes públicas y/o independientes, inclúyalas aquí.
4.5.3. Cálculo del consumo aparente total en el mercado o mercados de referencia del producto en el EEE durante el año anterior al de comienzo y el año siguiente a la finalización del proyecto (en volumen y en valor). Indique también las hipótesis de precios implícitas. Si dispone al respecto de estadísticas elaboradas por fuentes públicas y/o independientes, inclúyalas aquí.
5. Otros datos
Por favor, facilite cualquier otra información (por ejemplo, impacto medioambiental o beneficios) que considere pertinente para la evaluación de la medida o medidas afectadas.
(1) Consumo aparente es producción más importaciones menos exportaciones. Si no se dispone de ningún dato aparente de consumo, pueden utilizarse otros datos pertinentes.
(2) La TCAC se calcula como [y(t)/y(t – 5)]1/5 – 1 donde y(t) es el consumo aparente en el año t.
(3) En este contexto, puede utilizarse la EU-25 como equivalente al EEE.»