15.7.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 195/17


REGLAMENTO (CE) N o 1096/2006 DE LA COMISIÓN

de 14 de julio de 2006

por el que se modifica el Reglamento (CE) no 796/2006 en lo que respecta a la lista de Estados miembros donde está abierta la compra de mantequilla mediante licitación para el período que expira el 31 de agosto de 2006

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1),

Visto el Reglamento (CE) no 796/2006 de la Comisión, de 29 de mayo de 2006, por el que se suspende la compra de mantequilla al 90 % del precio de intervención y se abre la compra mediante licitación para el período que expira el 31 de agosto de 2006 (2), y, en particular, su artículo 2, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 6, apartado 1, párrafo tercero, del Reglamento (CE) no 1255/1999, el Reglamento (CE) no 796/2006 abre la compra de mantequilla mediante licitación para el período que expira el 31 de agosto de 2006.

(2)

Sobre la base de las notificaciones más recientes efectuadas por Bélgica, la República Checa, Alemania, Francia, Italia, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Finlandia, Suecia y Reino Unido, la Comisión ha observado que los precios de mercado de la mantequilla se han mantenido en un nivel igual o superior al 92 % del precio de intervención durante dos semanas consecutivas. Procede por lo tanto suspender las compras de intervención mediante licitación en esos Estados miembros, los cuales deben además ser retirados de la lista que figura en el Reglamento (CE) no 796/2006.

(3)

El Reglamento (CE) no 796/2006 debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 2 del Reglamento (CE) no 796/2006 el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   Queda abierta entre el 15 de julio y el 31 de agosto de 2006 la compra de mantequilla mediante licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, párrafo tercero, del Reglamento (CE) no 1255/1999 en los siguientes Estados miembros y en las condiciones fijadas en la sección 3 bis del Reglamento (CE) no 2771/1999: Estonia, España, Irlanda, Polonia y Portugal.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2006.

Por la Comisión

Jean-Luc DEMARTY

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 160 de 26.6.1999, p. 48. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1913/2005 (DO L 307 de 25.11.2005, p. 2).

(2)  DO L 142 de 30.5.2006, p. 4.