23.4.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 111/15 |
Corrección de errores de la Directiva 2006/137/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, que modifica la Directiva 2006/87/CE por la que se establecen las prescripciones técnicas de las embarcaciones de la navegación interior
( Diario Oficial de la Unión Europea L 389 de 30 de diciembre de 2006 )
En la página 262, en el artículo 1, punto 2 (sustitución del artículo 20 de la Directiva 2006/87/CE):
donde dice:
«2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, la Comisión adoptará las homologaciones a que hace referencia el artículo 5, apartado 2, de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 19, apartado 2.»,
debe decir:
«2. No obstante el apartado 1, la Comisión adoptará las homologaciones a que hace referencia el artículo 5, apartado 2, de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 19, apartado 2.».