15.9.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 252/25


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 13 de septiembre de 2006

que modifica la Decisión 92/452/CEE en lo que respecta a determinados equipos de recogida y producción de embriones en los Estados Unidos de América

[notificada con el número C(2006) 4085]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2006/614/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/556/CEE del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones procedentes de terceros países de embriones de animales domésticos de la especie bovina (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión 92/452/CEE de la Comisión, de 30 de julio de 1992, por la que se establecen las listas de equipos de recogida y de producción de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (2), dispone que los Estados miembros únicamente importarán de terceros países los embriones que hayan sido recogidos, transformados y almacenados por equipos de recogida de embriones que figuren en la lista de esa Decisión.

(2)

Los Estados Unidos de América han solicitado que se modifiquen las entradas de dichas listas que le corresponden, por lo que se refiere a determinados equipos de recogida y producción de embriones.

(3)

Los Estados Unidos de América han aportado garantías sobre el cumplimiento de las normas aplicables de la Directiva 89/556/CEE, y los equipos de recogida de embriones en cuestión han sido autorizados oficialmente por los servicios veterinarios de dicho país para efectuar exportaciones a la Comunidad.

(4)

Por tanto, debe modificarse la Decisión 92/452/CEE en consecuencia.

(5)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 92/452/CEE queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 13 de septiembre de 2006.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 302 de 19.10.1989, p. 1. Directiva modificada en último lugar por la Decisión 2006/60/CE de la Comisión (DO L 31 de 3.2.2006, p. 24).

(2)  DO L 250 de 29.8.1992, p. 40. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2006/556/CE (DO L 218 de 9.8.2006, p. 20).


ANEXO

El anexo de la Decisión 92/452/CEE queda modificado como sigue:

a)

se suprime la siguiente fila correspondiente a equipos de recogida de embriones de los Estados Unidos de América:

«US

 

92KY053

E702

 

Green River E. T. Services

3250 Nashville Rd

Bowling Green, KY

Dr. James Herbert Brown»

b)

se suprime la siguiente fila correspondiente a equipos de recogida de embriones de los Estados Unidos de América:

«US

 

94OK072

E1156

 

Universal Genetics LLC

POB 267

Strang, OK

Dr. Robert H Zinnikas»

c)

se añade la siguiente fila correspondiente a equipos de recogida de embriones de los Estados Unidos de América:

«US

 

06OK124

E1181

 

Reproduction Enterprises

908 N Prairie Rd

Stillwater, OK 74075

Dr. Gregor Morgan»

d)

se añade la siguiente fila correspondiente a equipos de recogida de embriones de los Estados Unidos de América:

«US

 

06OR125

E1107

 

Sutton Creek Cattle Company

39172 Old Hwy 30

Baker City, OR 97814

Dr. Galen Lusk»