16.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 46/52


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 14 de febrero de 2006

relativa a la revisión de los umbrales previstos en los artículos 157, letra b), y 158, apartado 1, letras a) y c), del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento financiero

(2006/103/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (1), y, en particular, su artículo 271,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 271, apartado 2, prevé la revisión bianual de los umbrales aplicables en materia de adjudicación de contratos públicos según las disposiciones previstas en las directivas relativas a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos.

(2)

El valor en euros de los umbrales fijados en la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2) se aplicará a partir del 1 de enero de 2006.

DECIDE:

Artículo 1

Los valores en euros de los umbrales aplicables en materia de adjudicación de contratos públicos se revisarán de la manera siguiente, con efecto a partir del 1 de enero de 2006:

Revisión bianual

Umbral a 1.1.2004

Umbral a 5.8.2005

Umbral a 1.1.2006

Artículo 157, letra b)

5 923 624 EUR

5 923 000 EUR

5 278 000 EUR

Artículo 158, apartado 1, letra a)

154 014 EUR

154 000 EUR

137 000 EUR

Artículo 158, apartado 1, letra c)

5 923 624 EUR

5 923 000 EUR

5 278 000 EUR

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será comunicada a las otras instituciones y órganos por el contable de la Comisión.

Hecho en Bruselas, el 14 de febrero de 2006.

Por la Comisión

Dalia GRYBAUSKAITĖ

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 357 de 31.12.2002, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

(2)   DO L 134 de 30.4.2004, p. 114. Directiva modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 2083/2005 de la Comisión (DO L 333 de 20.12.2005, p. 28).