23.12.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 340/67


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 21 de diciembre de 2005

por la que se exime a Finlandia y Suecia de la obligación de aplicar la Directiva 68/193/CEE del Consejo, referente a la comercialización de los materiales de multiplicación vegetativa de la vid

[notificada con el número C(2005) 5469]

(Los textos en lengua finesa y sueca son los únicos auténticos)

(2005/931/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 68/193/CEE del Consejo, de 9 de abril de 1968, referente a la comercialización de los materiales de multiplicación vegetativa de la vid (1), y, en particular, su artículo 18 bis,

Vistas las solicitudes presentadas por Finlandia y Suecia,

Considerando lo siguiente:

(1)

En la Directiva 68/193/CEE se establecen diferentes disposiciones relativas a la comercialización de los materiales para la multiplicación de la vid. Asimismo, en esta Directiva se prevé que, si se cumplen determinadas condiciones, pueda eximirse total o parcialmente a los Estados miembros de la obligación de aplicar dicha Directiva.

(2)

Los materiales de multiplicación de la vid no se reproducen ni se comercializan habitualmente en Finlandia y Suecia. Además, el cultivo de la vid tiene una importancia económica mínima en los países mencionados.

(3)

En la medida en que no se modifiquen estas condiciones, deberá eximirse a los Estados miembros mencionados de la obligación de aplicar las disposiciones de la Directiva 68/193/CEE a los materiales en cuestión.

(4)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de semillas y plantas agrícolas, hortícolas y forestales.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Finlandia y Suecia quedarán eximidas de la obligación de aplicar la Directiva 68/193/CEE, con la excepción de su artículo 12, apartado 1, y su artículo 12 bis.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán la República de Finlandia y el Reino de Suecia.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 2005.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 93 de 17.4.1968, p. 15. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2005/43/CE de la Comisión (DO L 164 de 24.6.2005, p. 37).