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1.6.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 138/18 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 11 de noviembre de 2003
por la que una operación de concentración se declara compatible con el mercado común y el acuerdo EEE
(Asunto COMP/M.2621 — SEB/Moulinex)
[notificada com el número C(2003) 4157]
(El texto en lengua francesa es el único auténtico)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2005/408/CE)
El 11 de noviembre de 2003, la Comisión adoptó una decisión relativa a un asunto en el marco del Reglamento (CEE) no 4064/89 del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 2. Existe una versión no confidencial del texto íntegro de la decisión en la lengua auténtica del asunto y en las lenguas de trabajo de la Comisión en el sitio Internet de la DG COMP, en la dirección siguiente: http://europa.eu.int/comm/competition/index_en.html
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(1) |
El presente asunto se refiere a la toma de control de determinados activos de la sociedad Moulinex por la sociedad SEB (marcas, determinadas herramientas de producción y determinadas filiales de comercialización), operación notificada el 13 de noviembre de 2001 a la Comisión en virtud del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 4064/89. |
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(2) |
SEB y Moulinex son dos empresas francesas activas en el sector del pequeño electrodoméstico. Ambas tienen una presencia mundial en este sector. SEB comercializa principalmente sus productos bajo dos marcas de dimensión mundial, «Tefal» y «Rowenta», y Moulinex principalmente bajo las marcas internacionales «Moulinex» y «Krups». |
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(3) |
La adquisición de los activos de Moulinex por SEB se realizó en el marco de un procedimiento de quiebra del grupo Moulinex. La presente concentración fue objeto de dos decisiones por parte de la Comisión con fecha de 8 de enero de 2002. En la primera, la Comisión remitió a las autoridades francesas responsables de la competencia, en virtud del artículo 9 del Reglamento de concentraciones, el examen de los efectos sobre la competencia en Francia. En la segunda, con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento de concentraciones, autorizó la operación en los otros países a reserva de la concesión de una licencia de la marca Moulinex a terceros independientes en nueve países del Espacio Económico Europeo (Bélgica, Noruega, Países Bajos, Alemania, Austria, Portugal, Suecia, Dinamarca y Grecia). El Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas anuló esta última decisión por lo que respecta a los países que no fueron objeto de compromisos, a saber, España, Finlandia, Irlanda, Italia y el Reino Unido (2). La presente decisión examina de nuevo el impacto de esta operación en la competencia en estos cinco últimos países. |
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(4) |
El Comité consultivo sobre operaciones de concentraciones entre empresas emitió por unanimidad, en su reunión 120a de 3 de noviembre de 2003, un dictamen favorable sobre el proyecto de decisión de la Comisión destinado a adoptar una decisión de autorización. |
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(5) |
En un informe de 4 de noviembre de 2003, el Consejero auditor consideró que se había respetado el derecho de las partes a ser oídas. |
I. DEFINICIÓN DE LOS MERCADOS DE REFERENCIA
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(6) |
La decisión delimita un mercado de productos por categorías de aparatos del sector de los pequeños electrodomésticos, ya que éstos responden a usos y funciones distintos. Los mercados de productos son trece: freidoras, minihornos, tostadores, sandwicheras y aparatos para gofres, aparatos para comidas informales, barbacoas eléctricas y grills de interior, hervidores de arroz y hervidores al vapor, cafeteras eléctricas, hervidores de agua, cafeteras expresso, batidoras y robots de cocina, planchas eléctricas y de vapor y aparatos de cuidados personales. |
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(7) |
Los mercados geográficos tienen una dimensión nacional. El Reino Unido e Irlanda tienen sin embargo condiciones de mercado homogéneas. Como las marcas y los niveles de precios son idénticos, un proveedor de uno de estos dos países no puede aplicar una política autónoma de precios, so pena de que sus pedidos se transfieran al país vecino. Por tanto, estos dos países se consideran como un único y mismo mercado geográfico para los productos en cuestión. |
II. ANÁLISIS DE LOS MERCADOS
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(8) |
La posición competitiva de la sociedad SEB se examina en los siguientes países o territorios: España, Finlandia, Italia y Reino Unido/Irlanda. |
Potencial competitivo de Moulinex
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(9) |
Las ventas de Moulinex experimentaron un fuerte retroceso en 2001 y 2002 en relación al año 2000, a raíz de las dificultades surgidas tras la quiebra del grupo. La Comisión estudió si esta caída era estructural o si Moulinex tenía potencial de recuperación de sus posiciones anteriores. |
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(10) |
De la investigación de mercado se desprende que la capacidad de Moulinex para recuperar sus cuotas de mercado perdidas no dependerá únicamente del valor de las marcas según el resultado de la concentración, sino también de otros factores como las capacidades de innovación, comerciales y financieras de su nuevo propietario. El potencial de recuperación que debe tenerse en cuenta en el análisis competitivo se ve por tanto reducido por el impacto de estos otros factores, ya que no presentan una relación de causalidad directa con la presente concentración. |
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(11) |
Además, la Comisión considera que cuando la marca Moulinex dejó de operar, el potencial de recuperación de sus cuotas de mercado 2000 se vio muy limitado. Lo mismo sucedió cuando algunos competidores fuertes como Philips, Braun, o De Longhi recuperaron sus cuotas de mercado en los mercados de pequeños electrodomésticos, o cuando Moulinex o Krups dejaron de ser consideradas marcas indispensables desde el punto de vista de los distribuidores. |
Método de análisis
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(12) |
Para cada uno de los mercados de referencia, la Comisión realizó una reconstitución de las cuotas de mercado sobre la base de las declaraciones de ventas de la mayoría de los competidores presentes en el mercado. |
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(13) |
En cada uno de los territorios examinados, la decisión examina los efectos de la operación tanto desde el punto de vista horizontal (efectos del poder combinado de la nueva entidad mercado por mercado), como no horizontal (efectos del poder combinado de la nueva entidad en el conjunto del sector del pequeño electrodoméstico, incluso en ausencia de solapamiento en un mercado particular). |
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(14) |
Para que la combinación de SEB y de los activos de Moulinex provoque efectos no horizontales negativos para la competencia, es necesario:
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(15) |
Por lo que respecta al examen de los efectos horizontales, la Comisión ha estructurado su decisión de la siguiente forma: i) los mercados en los que las partes tienen una cuota de mercado conjunta inferior al 25 %, ii) los mercados con solapamientos no significativos y iii) los mercados con un solapamiento significativo y una cuota de mercado conjunta superior al 25 %. |
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(16) |
Así pues, esta tipología permite elaborar el siguiente cuadro:
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(17) |
A efectos del presente resumen, sólo se comentarán detalladamente los mercados pertenecientes a la tercera categoría. En efecto, la decisión concluye que no existe riesgo de creación o refuerzo de posición dominante en los mercados en los que las partes tienen una cuota de mercado inferior al 25 % y en los mercados en los que la adición de cuota de mercado es no significativa. |
A. Los mercados españoles
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(18) |
En los mercados de pequeños electrodomésticos, la oferta está compuesta por competidores con una fuerte presencia internacional como Philips ([15-20] % de las ventas en los mercados de pequeños electrodomésticos), SEB [10-20] %* (3), Braun [15-20] %, BSH [0-5] % y De Longhi [0-5] %. Los operadores locales tienen una presencia global más modesta: se trata de Taurus [5-10] %, Jata, Solac y Fagor ([0-5] % cada uno). |
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(19) |
La demanda está más bien concentrada, y se realiza a partir de las siguientes formas de distribución: hipermercados (Carrefour, Auchan, Hipercor), grandes almacenes (El Corte Inglés), almacenes especializados (Media Markt) y pequeño comercio tradicional, la mayoría del cual está organizado en torno a grupos de compras (Densa, Gentesa y Segesa). |
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(20) |
Las ventas de Moulinex experimentaron un retroceso significativo entre 2000 y 2002. Esta disminución asciende al menos al 20 % de las ventas en cada uno de los mercados en cuestión. Aunque la imagen de Moulinex y de Krups apenas ha sufrido a ojos de los consumidores finales, el potencial de recuperación de estas marcas parece no obstante limitado por la consolidación de los competidores de la nueva entidad en los mercados. |
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(21) |
Los riesgos de creación o de refuerzo de posiciones dominantes deben descartarse en los mercados siguientes (en los que la cuota de mercado conjunta es superior al 25 % y existe un solapamiento significativo): tostadores, hervidores y minihornos. |
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(22) |
En los mercados de los tostadores y los hervidores al vapor, SEB tendrá del [20 al 30] %* de las cuotas de mercado. La concentración no dará lugar a la combinación de marcas indispensables (sólo Moulinex es una marca indispensable para los tostadores y Tefal para los hervidores al vapor). La combinación de SEB y Moulinex se enfrentará a competidores con cuotas de mercados importantes (entre el [15 y 20] % como máximo) y que dispondrán de marcas conocidas. Por esta razón, es poco probable que Moulinex recupere su potencial competitivo del año 2000. En cualquier caso, con una cuota de mercado conjunta máxima del [25-35] %, a falta de efectos no horizontales y ante competidores establecidos, hay que excluir que la concentración dará lugar a la creación o al refuerzo de una posición dominante en estos mercados. |
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(23) |
En el mercado de los minihornos, la posición de SEB parece más preeminente. Según las cifras utilizadas, la nueva entidad tendría un [30-40] % del mercado español. Sus principales competidores son De Longhi [20-25] %, Jata [5-10] %, Ufesa y Severin ([5-10] % cada uno). A pesar de contar con cuotas de mercados menos elevadas que la nueva entidad, estos operadores tienen sin embargo marcas indispensables y una amplia gama que cubre todas las capacidades existentes en el mercado (10/12 litros, 18/20 litros y 26/28 litros). Por otra parte, los precios tienen una tendencia a la baja en este mercado, las innovaciones son regulares y las barreras a la entrada son escasas. Por último, aunque ausentes del mercado de referencia, los hornos microondas con grill ejercen una presión competitiva no desdeñable y la marca Moulinex dispone de un potencial limitado de recuperación de la posición que tenía en 2000. |
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(24) |
La concentración no permite a la nueva entidad beneficiarse de efectos no horizontales. Su cartera de marcas y sus posiciones de poder en algunos mercados no son suficientes para hacerle beneficiarse de un efecto de palanca, en vista, en particular, de la posición que ostentan sus competidores en estos dos aspectos. |
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(25) |
Habida cuenta de lo anterior, la operación notificada no crearía ni reforzaría una posición dominante cuya consecuencia sería que se vería obstaculizada la competencia de manera significativa en los distintos mercados de pequeños electrodomésticos en España. |
B. Los mercados finlandeses
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(26) |
Globalmente, SEB ([5-10] %* de las ventas en los mercados de pequeños electrodomésticos) es sólo el tercer operador en los mercados finlandeses, aventajado por Braun [10-15] %* y sobre todo por Philips [25-30] %*. AEG [5-10] %* tiene, por su parte, posiciones comparables a las de la nueva entidad. Severin, De Longhi, BSH, así como los operadores nacionales tales como OBH/Nordica y Rommelsbacher, están presentes, pero con posiciones menos significativas (entre el 0 % y el 5 % cada uno) y tienen una presencia importante en algunos mercados concretos. |
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(27) |
La distribución finlandesa es una de las más concentradas de Europa: Kesko y E.Partners realizan cada una alrededor del [20-25] %* de las ventas al consumidor final. Stockman está también muy presente, con un [15-20] %*. |
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(28) |
Las ventas de Moulinex disminuyeron drásticamente entre 2000 y 2002 (al menos un 50 % en cada uno de los mercados en cuestión). Es poco probable que Moulinex recupere sus cuotas de mercado perdidas, dada i) la magnitud de la reducción y ii) la consolidación de las posiciones de competidores que disponen de marcas de gran renombre. |
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(29) |
Los riesgos de creación o refuerzo de posiciones dominantes se descartan en los mercados siguientes (en los que la cuota de mercado conjunta es superior al 25 % y existe un solapamiento significativo): minihornos, hervidores al vapor y sandwicheras y aparatos para gofres. |
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(30) |
Los mercados de los minihornos y de las sandwicheras y aparatos para gofres se sitúan en esta categoría debido a las grandes cuotas de mercado que ostentaba la entidad conjunta en 2000 (respectivamente entre el [40-50] %* y entre el [20-30] %*). Pero desde entonces, sus posiciones retrocedieron en gran medida, para alcanzar en 2002 cuotas de mercado del orden del [0-10] %* en cada uno de los dos mercados. Por otra parte, Severin pasó del [30-35] % al [50-55] % por lo que respecta a los minihornos, mientras que numerosos operadores proponen a los consumidores marcas consideradas indispensables en el mercado de las sandwicheras y aparatos para gofres. Además, hay que tener en cuenta que Moulinex, por el momento, se ha retirado del mercado de los minihornos. |
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(31) |
En el mercado de los hervidores al vapor, la nueva entidad sigue siendo el primer operador, con una cuota de mercado de entre el [30-40] %* tanto en 2000 como en 2002. La estabilidad de sus posiciones se explica por el hecho de que la progresión de las ventas de SEB ha compensado el debilitamiento de Moulinex. Philips, con un [20-25] %, y, en una menor medida Braun y Severin, son competidores importantes que disponen de una marca indispensable, consolidada a causa de las dificultades de Moulinex, y que están en condiciones de ejercer un poder de contrapeso a la nueva entidad. Moulinex no suele citarse como marca indispensable, lo que hace poco probable la recuperación de su poder competitivo. |
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(32) |
La concentración no permite a la nueva entidad beneficiarse de efectos no horizontales. Su cartera de marcas y sus posiciones de poder en algunos mercados no son suficientes para hacerle beneficiarse de un efecto de palanca, en vista, en particular, de la posición que ostentan sus competidores en estos dos aspectos. |
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(33) |
Habida cuenta de lo anterior, la operación notificada no crearía ni reforzaría una posición dominante cuya consecuencia sería que se vería obstaculizada la competencia de manera significativa en los distintos mercados de pequeños electrodomésticos en Finlandia. |
C. Los mercados italianos
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(34) |
La oferta en los mercados de pequeños electrodomésticos en Italia se caracteriza por la fuerte presencia de De Longhi ([20-30] %* de las ventas en los mercados de pequeños electrodomésticos), seguido de cerca por la nueva entidad conjunta SEB/Moulinex [15-25] %*, y posteriormente por Braun y Philips ([5-15] %* cada uno). BSH tiene cuotas de mercado inferiores (menos del 5 % globalmente). Los operadores nacionales tienen una presencia global generalmente menor, pero pueden sin embargo ostentar posiciones no desdeñables en algunos mercados. Es el caso de Imetec (para las batidoras y robots de cocina y las sandwicheras y aparatos para gofres), de Polti (planchas) y de Saeco (70 % del mercado de las cafeteras expresso). |
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(35) |
La demanda presenta una estructura comparable a la de la oferta, pero está menos concentrada. Cerca de dos tercios de la distribución la efectúan la gran distribución, las centrales de compras o los distribuidores especializados. |
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(36) |
Las ventas de Moulinex descendieron entre 2000 y 2002. Su potencial de recuperación parece muy limitado por la presencia de competidores que disponen de marcas indispensables y que han aprovechado las dificultades de Moulinex para entrar en otros mercados o para consolidarse. |
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(37) |
Los riesgos de creación o refuerzo de posiciones dominantes se descartan en el conjunto de los mercados con una cuota de mercado superior al 25 % y que tienen un solapamiento significativo, a saber: las planchas eléctricas y de vapor, los hervidores al vapor, los aparatos para comidas informales, las sandwicheras y aparatos para gofres, las batidoras y robots de cocina, las cafeteras, las barbacoas/grill y los hervidores al vapor. |
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(38) |
En el mercado de las planchas eléctricas y de vapor, la posición de la nueva entidad parece la más débil entre los ocho mercados anteriormente citados, con un [20-30] %* de las ventas, nivel comparable al de De Longhi. Hay que tener en cuenta que Moulinex fue un operador tradicionalmente débil tanto en 2000 como en 2002. Sus productos no llevan una marca indispensable. En cambio, la posición de la nueva entidad está muy reñida habida cuenta de la situación de los grupos competidores: Philips, Imetec y Polti tienen un [10-15] % del mercado cada uno, y disponen todos ellos de marcas indispensables. La nueva entidad no puede asociar a sus propias marcas indispensables (Rowenta y en menor medida Tefal) una nueva marca indispensable como efecto de la concentración. |
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(39) |
En los mercados de los hervidores al vapor, de los aparatos para comidas informales, de las sandwicheras y aparatos para gofres, de las batidoras y robots de cocina, de las cafeteras y de las barbacoas/grill, la cuota de mercado de la nueva entidad se sitúa entre el [25-35] %. Es por tanto el primer operador. En cada uno de estos mercados, deberá hacer frente a competidores con cuotas de mercado importantes y marcas de renombre. La identidad de estos competidores varía según los mercados, pero se trata en general de los operadores internacionales tradicionales (Philips para los hervidores al vapor, las sandwicheras y aparatos para gofres, y las batidoras y robots de cocina; Braun para los hervidores al vapor, las sandwicheras y aparatos para gofres, las batidoras y robots de cocina y las cafeteras; Severin para los aparatos para comidas informales; De Longhi para las sandwicheras y aparatos para gofres, las batidoras y robots de cocina y las barbacoas/grill); y de los operadores locales (Imetec para las sandwicheras y aparatos para gofres). En general, la concentración no combina dos marcas indispensables en cada uno de estos mercados. En algunos mercados, la Comisión realizó un análisis más fino (por segmentos de precio o por tipo de productos), con el fin de obtener la confirmación del análisis realizado en el mercado global. |
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(40) |
En el mercado de los hervidores al vapor es donde la nueva entidad dispone de la posición más favorable, con un [35-45] % de las ventas. Su posición ha mejorado un 20 % desde el año 2000 gracias al incremento de las ventas de SEB. Una serie de hechos han llevado a la Comisión a relativizar la posición adquirida. En primer lugar, el grueso de las ventas de la nueva entidad se realiza por medio de un distribuidor, Esselunga, a través de su catálogo de fidelidad. SEB es por tanto muy dependiente de este distribuidor. Asimismo, Moulinex ya no comercializa productos, y sus ventas se derivan únicamente de la comercialización de sus existencias. Además, SEB no tiene ningún plan de reactivación para los productos Moulinex, que no es un operador necesario en Italia. Por último, han surgido competidores, entre los que figuran Braun [10-15] % y Girmi [5-10] %, que ha triplicado sus ventas en dos años. |
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(41) |
La concentración no permite a la nueva entidad beneficiarse de efectos no horizontales. Su cartera de marcas y sus posiciones de poder en algunos mercados no son suficientes para hacerle beneficiarse de un efecto de palanca, en vista, en particular, de la posición que ostentan sus competidores en estos dos aspectos. |
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(42) |
Habida cuenta de lo anterior, la operación notificada no crearía ni reforzaría una posición dominante cuya consecuencia sería que se vería obstaculizada la competencia de manera significativa en los distintos mercados de pequeños electrodomésticos en Italia. |
D. Los mercados del Reino Unido e Irlanda
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(43) |
Un gran número de proveedores está presente en estos países, con posiciones globales casi idénticas para cada uno de ellos, en torno al 10 %. Se trata de Braun, SEB, Philips, De Longhi, Morphy Richards y Salton. Algo menos importantes son BSH y Home Product International (en torno al 5 %). La originalidad del mercado británico reside en la presencia y la reputación de operadores locales como Morphy Richards, Salton, y, en menor medida, Home Product International. |
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(44) |
La distribución está muy concentrada, en particular, por el operador principal, Argos ([30-35] %* del valor del mercado). Los cinco primeros distribuidores realizan la mitad de las ventas. |
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(45) |
Las ventas de Moulinex experimentaron un retroceso significativo entre 2000 y 2002, de al menos un 30 % en cada mercado y de más del 50 % en la mayoría de los mercados. La nueva entidad tiene pocas oportunidades de recuperar sus posiciones de 2002, a causa de una situación muy competitiva del mercado británico. Moulinex figura como una marca de segunda categoría, mientras que el potencial de Krups parece superior, pero su presencia se limita a algunos mercados, entre los que figura el de las cafeteras expresso. |
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(46) |
Los riesgos de creación o refuerzo de posiciones dominantes están descartados en el conjunto de los mercados con una cuota de mercado superior al 25 % y con un solapamiento significativo, a saber, los aparatos para comidas informales, los hervidores al vapor y las freidoras. |
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(47) |
En estos tres mercados puede observarse que las posiciones de Moulinex descendieron considerablemente entre 2000 y 2002. Pasaron del [5-15] %* a cifras no superiores al 5 %, o incluso nulas cuando Moulinex se retiró (aparatos para comidas informales). Así pues, si SEB tiene posiciones no desdeñables ([30-35] % para los hervidores al vapor, [25-35] % para las freidoras y [10-15] % para los aparatos para comidas informales), éstas no se verán reforzadas a causa de la concentración. En cada uno de estos mercados deberá enfrentarse a competidores que tienen marcas indispensables, mientras que la concentración no le permitiría tener una marca suplementaria. Por otra parte, han aparecido operadores nuevos en estos mercados, incluido el de los hervidores al vapor: Russel Hobbs, Hinari y Magimix. Éstos han realizado rápidamente ventas superiores a las de Moulinex en 2000. En el mercado de las freidoras, un análisis por cuartiles de precio confirmó las conclusiones se referidas al mercado global: así pues, en los cuartiles más bajos, se ha reforzado la presencia de las marcas de distribuidor. |
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(48) |
La concentración no permite a la nueva entidad beneficiarse de efectos no horizontales. Su cartera de marcas y sus posiciones de poder en algunos mercados no son suficientes para hacerle beneficiarse de un efecto de palanca, en vista, en particular, de la posición que ostentan sus competidores en estos dos aspectos. |
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(49) |
Habida cuenta de lo anterior, la operación notificada no crearía ni reforzaría una posición dominante cuya consecuencia sería que se vería obstaculizada la competencia de manera significativa en los distintos mercados de pequeños electrodomésticos en el Reino Unido e Irlanda. |
III. CONCLUSIÓN
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(50) |
Por las razones anteriormente mencionadas, la Comisión ha decidido no oponerse a la operación notificada y declararla compatible con el mercado común y con el acuerdo EEE, siempre que se cumplan los compromisos propuestos en el marco del primer procedimiento (4). Esta decisión se adopta sobre la base del artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CEE) no 4064/89 y del artículo 57 del acuerdo EEE. |
(1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1310/97 (DO L 180 de 9.7.1997, p. 1).
(2) Sentencia del Tribunal de Primera Instancia en el asunto T 114/02, Babyliss/Comisión.
(3) Se han suprimido determinadas partes del presente texto con objeto de garantizar que no se haga pública ninguna información confidencial; estas partes se señalan mediante corchetes y un asterisco.
(4) Cabe recordar que, como condición para la autorización de la operación en estos nueve países, se suscribieron compromisos de licencia de marcas en nueve países del Espacio Económico Europeo (Bélgica, Noruega, Países Bajos, Alemania, Austria, Portugal, Suecia, Dinamarca y Grecia). Estos compromisos figuraban en la decisión de la Comisión de 8 de enero de 2002, y preveían en particular la concesión de una licencia exclusiva de la marca Moulinex por un período de tiempo de cinco años, relativa a la venta de aparatos electrodomésticos para las trece categorías de productos recogidas en esta decisión, así como el compromiso de no comercializar en los países en cuestión productos con la marca Moulinex durante la vigencia del contrato de licencia y durante un período de tres años tras su expiración.