31.3.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 82/6


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 16 de marzo de 2005

por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales en lo que respecta al auditor externo del Banco de Portugal

(2005/266/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 27, apartado 1,

Vista la Recomendación ECB/2005/3 del Banco Central Europeo (denominado en lo sucesivo, «el BCE»), de 11 de febrero de 2005, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Banco de Portugal (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

Las cuentas del BCE y las de los bancos centrales nacionales del Eurosistema deben ser controladas por auditores externos independientes, recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2)

En virtud de un cambio reciente en la legislación portuguesa, la auditoría de cuentas compete ahora exclusivamente a los revisores oficiais de contas (censores jurados de cuentas). Por ello, el Consejo de Gobierno del BCE recomienda al Consejo de la Unión Europea que apruebe la sustitución de PricewaterhouseCoopers — Auditores e Consultores, Lda en tanto que auditor externo del Banco de Portugal por PricewaterhouseCoopers & Associados — Sociedade de Revisores Oficiais de Contas, Lda, ya que la primera no tiene la condición de sociedad de censores jurados de cuentas.

(3)

El Consejo de Gobierno del BCE recomendó que no variara la duración del mandato del auditor externo.

(4)

Conviene seguir la Recomendación del Consejo de Gobierno del BCE, y modificar la Decisión 1999/70/CE del Consejo, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los Bancos Centrales nacionales (2).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 1, apartado 10, de la Decisión 1999/70/CE se sustituye por el texto siguiente:

«10.   PricewaterhouseCoopers & Associados — Sociedade de Revisores Oficiais de Contas, Lda queda designado auditor externo del Banco de Portugal a partir del ejercicio de 2004, por un período renovable de un año.».

Artículo 2

La presente Decisión se notificará al BCE.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 16 de marzo de 2005.

Por el Consejo

El Presidente

J. ASSELBORN


(1)   DO C 50 de 26.2.2005, p. 6.

(2)   DO L 22 de 29.1.1999, p. 69. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2004/651/CE (DO L 298 de 23.9.2004, p. 23).