19.3.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 74/71


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 16 de marzo de 2005

sobre una participación financiera de la Comunidad en favor de Alemania y Finlandia para sus programas de refuerzo de las infraestructuras de inspección en materia de controles fitosanitarios de vegetales y productos vegetales procedentes de terceros países

[notificada con el número C(2005) 674]

(Los textos en lenguas alemana, finesa y sueca son los únicos auténticos)

(2005/242/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (1) y, en particular, su artículo 13 quater, apartado 5, sexto párrafo,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva 2000/29/CE prevé la concesión de una participación financiera de la Comunidad a los Estados miembros para reforzar las infraestructuras de inspección en materia de controles fitosanitarios de vegetales y productos vegetales procedentes de terceros países.

(2)

Tanto Alemania como Finlandia han establecido un programa para reforzar sus infraestructuras de inspección para la realización de controles de vegetales y productos vegetales procedentes de terceros países. Estos países han solicitado la concesión de una participación financiera de la Comunidad para estos programas de conformidad con el Reglamento (CE) no 998/2002 de la Comisión, de 11 de junio de 2002, por el que se establecen disposiciones particulares de aplicación de las normas relativas a la asignación a los Estados miembros de una participación financiera de la Comunidad para reforzar las infraestructuras de inspección en materia de controles fitosanitarios de vegetales y productos vegetales procedentes de terceros países (2).

(3)

La información técnica facilitada por Alemania y Finlandia ha permitido a la Comisión analizar la situación de forma completa y exacta. La Comisión ha elaborado una lista de programas de refuerzo de los puestos de inspección que pueden acogerse a esta medida, en la que se presenta información detallada sobre el importe de la participación financiera de la Comunidad propuesta para cada programa. Esta información también ha sido examinada por el Comité Fitosanitario Permanente.

(4)

Se ha analizado cada uno de los programas incluidos en la lista mencionada para su aprobación. La Comisión ha concluido que se cumplen las condiciones y los criterios establecidos en la Directiva 2000/29/CE y el Reglamento (CE) no 998/2002 para la concesión de una participación financiera de la Comunidad.

(5)

En consecuencia, procede conceder una participación financiera de la Comunidad para sufragar los gastos que estos programas ocasionen a Alemania y Finlandia.

(6)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Queda aprobada la asignación de una participación financiera de la Comunidad para sufragar los gastos en que vaya a incurrir Alemania para su programa de refuerzo de los puestos de inspección.

2.   Queda aprobada la asignación de una participación financiera de la Comunidad para sufragar los gastos en que vaya a incurrir Finlandia para su programa de refuerzo de los puestos de inspección.

Artículo 2

1.   El importe total de la participación financiera de la Comunidad a que se hace referencia en el artículo 1 será de 94 470 EUR.

2.   La participación financiera máxima de la Comunidad para cada Estado miembro afectado será la siguiente:

a)

36 875 EUR para Alemania;

b)

57 595 EUR para Finlandia.

3.   La participación financiera máxima de la Comunidad para cada programa de refuerzo de los puestos de inspección será la que se establece en el anexo.

Artículo 3

La participación financiera de la Comunidad por programa tal como se establece en el anexo solamente se abonará cuando:

a)

el Estado miembro interesado haya presentado a la Comisión los elementos comprobantes pertinentes de la adquisición y/o mejora de los equipos y/o instalaciones que figuran en el programa, y

b)

el Estado miembro interesado haya presentado a la Comisión una solicitud de pago de la participación financiera de la Comunidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CE) no 998/2002.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán la República Federal de Alemania y la República de Finlandia.

Hecho en Bruselas, el 16 de marzo de 2005.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 169 de 10.7.2000, p. 1. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2005/15/CE (DO L 56 de 2.3.2005, p. 12).

(2)  DO L 152 de 12.6.2002, p. 16. Este Reglamento se publicó como Reglamento (CE) no 997/2002, pero se modificó su número mediante una corrección de errores (DO L 153 de 13.6.2002, p. 18).


ANEXO

PROGRAMAS DE REFUERZO DE PUESTOS DE INSPECCIÓN

Programas con la correspondiente participación financiera de la Comunidad

Estado miembro

Denominación de los puestos de inspección (unidad administrativa, nombre)

Gasto subvencionable

(EUR)

Participación financiera máxima de la Comunidad

(EUR)

Alemania

Bayern, München-Flughafen

1 500

750

Bayern, Nürnberg Flughafen

1 500

750

Bremen, Bremen Stadt, puntos de entrada no 5.1 a 5.7

1 700

850

Bremen, Bremerhaven, puntos de entrada no 5.8 y 5.9

1 700

850

Hessen, Frankfurt Flughafen

36 750

18 375

Niedersachsen, Emden

5 200

2 600

Niedersachsen, Brake y Nordenham

7 700

3 850

Niedersachsen, Wilhelmshaven

5 200

2 600

Mecklenburg-Vorpommern, Rostock

1 700

850

Mecklenburg-Vorpommern, Wismar

1 700

850

Mecklenburg-Vorpommern, Sassnitz-Mukran

1 700

850

Sachsen, Flughafen Dresden

1 750

875

Sachsen, Flughafen Halle/Leipzig

1 750

875

Thüringen, Erfurt-Kühnhausen

3 900

1 950

Finlandia

Lappeenranta

61 702

30 851

Niirala/Joensuu

16 963

8 481

Oulu

12 418

6 209

Kouvola

8 436

4 218

Pori-Rauma

4 674

2 337

Vainikkala

1 445

722

Kajaani

4 218

2 109

Parikkala

945

472

Lieksan Inari

945

472

Vartius

1 948

974

Kortesalmi

750

375

Uukuniemi

750

375

Participación financiera total de la Comunidad (EUR)

94 470