10.7.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 240/6 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 5 de julio de 2004
por la que se nombran los tres representantes de los grupos interesados y sus suplentes en el Consejo de Administración de la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información
(2004/541/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento no 460/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (1), denominada en lo sucesivo «la Agencia», y en particular su artículo 6,
Vista la propuesta de la Comisión de 28 de mayo de 2004,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El artículo 6 del Reglamento dispone que el Consejo de Administración estará formado por un representante de cada Estado miembro, tres representantes nombrados por la Comisión, así como por tres representantes propuestos por la Comisión y nombrados por el Consejo y sin derecho a voto, cada uno de los cuales representará a uno de los siguientes grupos:
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(2) |
La Comisión invitó a los Estados miembros a proceder al nombramiento de los representantes de los Estados miembros en el Consejo de Administración y de sus suplentes, los cuales representarán a los miembros en su ausencia. |
(3) |
Para que la Agencia pueda comenzar sus labores próximamente, el Consejo de Administración de la Agencia tiene que estar en condiciones de funcionar lo más rápidamente posible. |
DECIDE:
Artículo único
La lista de los miembros titulares y de sus suplentes representantes de los tres grupos interesados en el Consejo de Administración de la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información es la siguiente:
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Miembros titulares |
Miembros suplentes |
Sector de las tecnologías de la información y de la comunicación |
Mark MacGann |
Berit Svendsen |
Grupos de consumidores |
Markus Bautsch |
Jim Murray |
Expertos académicos en seguridad de las redes y de la información |
Kai Rannenberg |
Niko Schlammberger |
Hecho en Bruselas, el 5 de julio de 2004.
Por el Consejo
El Presidente
G. ZALM
(1) DO L 77 de 13.3.2004, p. 1.