Resolución del Consejo de 25 de noviembre de 2003 en materia de objetivos comunes relativos a la participación y la información de los jóvenes
Diario Oficial n° C 295 de 05/12/2003 p. 0006 - 0008
Resolución del Consejo de 25 de noviembre de 2003 en materia de objetivos comunes relativos a la participación y la información de los jóvenes (2003/C 295/04) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO, Considerando lo siguiente: (1) El Libro Blanco de la Comisión "Un nuevo impulso para la juventud europea", presentado el 21 de noviembre de 2001, representa un nuevo marco para la cooperación europea en el ámbito de política de la juventud, (2) En sus conclusiones de 14 de febrero de 2002, el Consejo (Educación y Juventud) reconoció que el Libro Blanco constituye el punto de partida para definir un marco de cooperación europea en el ámbito de política de la juventud, (3) El Consejo, en su Resolución de 27 de junio de 2002, al definir un nuevo marco de cooperación en el ámbito de la juventud, adoptó el método de coordinación abierto por el que se pide al Consejo en particular que establezca, teniendo en cuenta un proyecto de la Comisión, los objetivos comunes y un calendario para los informes de seguimiento de los Estados miembros para cada prioridad, en su caso. Destacó también que las políticas e iniciativas con incidencia en la población juvenil, tanto a escala nacional como europea, deberán tomar en consideración cuestiones como las necesidades, la situación, las condiciones de vida y las expectativas de los jóvenes, (4) En la comunicación de la Comisión [COM(2003) 184 final], de 11 de abril de 2003, se proponía, a raíz de la consulta celebrada por el método abierto de coordinación, un conjunto de objetivos comunes relativos a la participación y la información de los jóvenes. TOMAN NOTA de que el Consejo del 5 de mayo de 2003 confirmó la importancia de las prioridades de la participación e información de los jóvenes. ACUERDAN los siguientes objetivos comunes para llevar a cabo dichas prioridades: RESPECTO A LA PARTICIPACIÓN: Desarrollar la participación de los jóvenes estableciendo y apoyando medidas que favorezcan el ejercicio de una ciudadanía activa por parte de los jóvenes y que refuercen su participación efectiva en la vida democrática: 1. Aumentar la participación de los jóvenes en la vida ciudadana de la sociedad en la que viven; 2. Aumentar la participación de los jóvenes en el sistema de la democracia representativa; 3. Respaldar en mayor medida las distintas formas de aprender a participar. RESPECTO A LA INFORMACIÓN: Desarrollar la información para los jóvenes mejorando el acceso de los jóvenes a la información para reforzar su participación en la vida pública y su realización personal como ciudadanos activos y responsables: 1. Mejorar el acceso de los jóvenes a los servicios de información; 2. Aumentar la oferta de información de calidad; 3. Reforzar la participación de los jóvenes en la información para los jóvenes, por ejemplo, en la elaboración y difusión de la información. Una lista no exhaustiva de las líneas posibles de actuación correspondientes a los objetivos comunes mencionados figura en el anexo. EN LO QUE SE REFIERE A LA APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS OBJETIVOS COMUNES: RECUERDAN que la aplicación debe ser flexible, progresiva y adaptada a los jóvenes, respetar las competencias de los Estados miembros y el principio de subsidiariedad. INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS: - A establecer las medidas de aplicación y de seguimiento con arreglo a su propia situación y a sus prioridades nacionales en relación con los objetivos comunes. - A presentar informes sobre las contribuciones nacionales a la aplicación de las dos prioridades, participación e información, antes del final de 2005, tras consultar a los jóvenes, las asociaciones juveniles, y, en su caso, a los Consejos nacionales o regionales de la juventud, según los canales que considere adecuados. TOMA NOTA DE LA INTENCIÓN DE LA COMISIÓN: - De elaborar un informe de situación a la atención el Consejo, basado en informes sobre las contribuciones nacionales a la aplicación de los objetivos comunes, para favorecer el intercambio de información mutua y las prácticas idóneas en relación con ambas prioridades, tras haber consultado al Foro Europeo de la Juventud y sin excluir otras formas de consulta, y de proponer en su caso modificaciones a los objetivos comunes relativos a la participación y la información. - De informar convenientemente al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones. INVITA A LA COMISIÓN a convocar, cuando resulte conveniente, a los representantes de las administraciones nacionales que trabajan en el ámbito de la juventud, con el fin de fomentar el intercambio de información sobre los avances realizados y las mejores prácticas. TOMAN NOTA DEL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO: El Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, basándose en el informe de situación y en los proyectos de modificación que presente la Comisión, adaptarán o modificarán los objetivos comunes y, si procede, adoptarán las iniciativas necesarias en el marco de los objetivos comunes, para facilitar su aplicación. ANEXO MEDIDAS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOS COMUNES RELATIVOS A LA PARTICIPACIÓN Y LA INFORMACIÓN DE LOS JÓVENES En función de la situación y prioridades de cada Estado miembro, se propone la siguiente lista no exhaustiva de líneas de actuación: PARTICIPACIÓN 1. Participación de los jóvenes en la vida ciudadana a) Fomentar el interés de los jóvenes por las estructuras participativas, tales como ONG, asociaciones, voluntariado y consejos locales de juventud, y apoyar las actividades de las ONG juveniles, respetando su independencia y su autonomía. b) Apoyar el desarrollo de actividades, medidas y proyectos para que los jóvenes participen directamente a escala regional y local. c) Reconocer y dar a conocer en mayor medida el trabajo sobre el terreno de los padres, los trabajadores del ámbito de la juventud y otras personas. d) Determinar mejor los obstáculos que dificultan la participación de grupos específicos y de los jóvenes en situación desfavorecida y fomentar las medidas y los mecanismos para superar estos obstáculos, teniendo en cuenta su diversidad y sus prioridades (aspectos culturales y étnicos, minusvalías, factores socioeconómicos, sexo, etc.). e) Estudiar métodos de evaluación cualitativa de la participación de los jóvenes. 2. Mayor participación de los jóvenes en el sistema de democracia representativa a) Alentar y desarrollar, [...] a todos los niveles adecuados, un diálogo regular y estructurado entre los organismos políticos y los jóvenes y sus estructuras representativas (Consejos nacionales, regionales y locales de jóvenes, organizaciones juveniles, Foro Europeo de la Juventud, etc.). b) Garantizar que este diálogo incluya también a los jóvenes que no forman parte de organizaciones estructuradas y que se tengan en cuenta sus inquietudes. c) Apoyar y desarrollar este diálogo para que los jóvenes participen en mayor medida en la vida pública. d) Determinar mejor y estudiar los obstáculos que encuentran los jóvenes para participar en los sistemas de la democracia representativa y promover medidas y dispositivos que favorezcan la participación de todos los jóvenes, teniendo en cuenta su diversidad (aspectos culturales y étnicos, minusvalías, sexo, factores socioeconómicos, etc.). 3. Respaldo a las distintas formas de aprendizaje de la participación a) Seguir desarrollando y mejorando la educación en materia de participación en los sistemas de educación formal (con arreglo a los objetivos que se aprobaron en el marco del método abierto de coordinación aplicado a la educación). b) Apoyar las acciones realizadas en el ámbito de la educación no formal e informal para conseguir que los jóvenes participen activamente. c) Seguir impulsando la interacción entre la educación formal, no formal e informal. d) Aprovechar las experiencias participativas en los lugares en que se desarrolla la vida de los jóvenes, en particular la familia, la escuela, las organizaciones juveniles, la universidad, los demás lugares de educación y formación y el lugar de trabajo, en contextos deportivos y de actividades de ocio. e) Reconocer el importante papel que desempeñan las personas que trabajan con los jóvenes y facilitan su aprendizaje de la participación, y desarrollar acciones de formación en este ámbito. f) Dar a conocer mejor y promover los beneficios que tiene para todos la participación de jóvenes comprometidos y combatir los prejuicios contra ellos que impiden su participación efectiva. g) Analizar mejor los fenómenos que provocan la exclusión de algunos grupos y fomentar los enfoques preventivos. INFORMACIÓN 1. Acceso de los jóvenes a los servicios de información a) Fomentar a los niveles correspondientes la creación, en los Estados miembros, de servicios de información globales, coherentes y coordinados que se adapten a las necesidades específicas de los jóvenes y les resulten lo más amenos y económicamente asequibles posible. b) Facilitar a todos los jóvenes un acceso a la información en condiciones equitativas y evitar cualquier forma de discriminación o de exclusión por motivos económicos, sociales, de sexo, culturales o geográficos. c) Fomentar la creación de portales "juventud" nacionales, regionales y locales conectados con el portal europeo "juventud". 2. Información de calidad a) Velar por la calidad de la información para los jóvenes teniendo en cuenta los instrumentos existentes (por ejemplo, las prácticas idóneas, la Carta Europea de Información para los Jóvenes y la red ERYICA). b) Mejorar la educación y la formación de las personas que trabajan en el ámbito de la información de los jóvenes. c) Mejorar la relación entre la información y el asesoramiento a fin de promover un proceso de formación y refuerzo de las capacidades de los jóvenes en cuanto al modo de obtener, seleccionar y evaluar la información para convertirse en usuarios conscientes de la información. d) Fomentar la difusión de información específica para jóvenes a través de todos los canales de información y en particular los que ellos utilizan más, como Internet, los teléfonos móviles, las películas de vídeo y el cine. 3. Participación de los jóvenes en la información a) Fomentar la participación de las organizaciones juveniles y de las personas que trabajan en el ámbito de la información de los jóvenes a escala europea, nacional regional y local, en la elaboración y aplicación de estrategias de información para los jóvenes. b) Reforzar la participación de los jóvenes en la difusión de productos informativos comprensibles, accesibles y específicos para mejorar la calidad de la información y el acceso de todos los jóvenes. c) Reforzar la participación de los jóvenes en la difusión de la información y en el asesoramiento de los jóvenes, (por ejemplo, en los centros de información para los jóvenes, las escuelas, las organizaciones juveniles y los medios de comunicación) para ayudar a todos los jóvenes a tener acceso a la información.