32002R1725

Reglamento (CE) n° 1725/2002 de la Comisión, de 27 de septiembre de 2002, por el que se fijan, en aplicación del régimen previsto en los Acuerdos de libre comercio entre la Comunidad, por una parte, y Letonia, Lituania y Estonia, por otra, las cantidades disponibles durante el primer trimestre de 2003 en lo que se refiere a determinados productos del sector de la carne de porcino

Diario Oficial n° L 260 de 28/09/2002 p. 0024 - 0025


Reglamento (CE) no 1725/2002 de la Comisión

de 27 de septiembre de 2002

por el que se fijan, en aplicación del régimen previsto en los Acuerdos de libre comercio entre la Comunidad, por una parte, y Letonia, Lituania y Estonia, por otra, las cantidades disponibles durante el primer trimestre de 2003 en lo que se refiere a determinados productos del sector de la carne de porcino

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2305/95 de la Comisión, de 29 de septiembre de 1995, por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la carne de porcino del régimen previsto en los Acuerdos de libre comercio entre la Comunidad, por una parte, y Letonia, Lituania y Estonia, por otra(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1539/2002(2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

Para garantizar el reparto de las cantidades disponibles, es conveniente sumar a las cantidades disponibles para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2003 las cantidades prorrogadas del período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2002.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo se indica la cantidad disponible para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2003, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 2305/95.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de octubre de 2002.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de septiembre de 2002.

Por la Comisión

J. M. Silva Rodríguez

Director General de Agricultura

(1) DO L 233 de 30.9.1995, p. 45.

(2) DO L 233 de 30.8.2002, p. 3.

ANEXO

>SITIO PARA UN CUADRO>