32002D0252

2002/252/CE: Decisión de la Comisión, de 26 de marzo de 2002, que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina, en lo que respecta a Canadá (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2002) 1214]

Diario Oficial n° L 086 de 03/04/2002 p. 0042 - 0043


Decisión de la Comisión

de 26 de marzo de 2002

que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina, en lo que respecta a Canadá

[notificada con el número C(2002) 1214]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2002/252/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/556/CEE del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a la importación procedente de terceros países de embriones de animales domésticos de la especie bovina(1), cuya última modificación la constituye la Decisión 94/113/CE de la Comisión(2), y, en particular, su artículo 8,

Considerando lo siguiente:

(1) Los servicios veterinarios competentes de Canadá han presentado una solicitud para ampliar la lista de equipos oficialmente autorizados en su territorio para exportar a la Comunidad embriones de animales domésticos de la especie bovina, establecida mediante la Decisión 92/452/CEE de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2002/46/CE(4).

(2) La Comisión ha recibido garantías del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Directiva 89/556/CEE por parte de los servicios veterinarios competentes de Canadá. El correspondiente equipo de recogida ha sido oficialmente autorizado en Canadá para exportar a la Comunidad.

(3) Es necesario modificar la Decisión 92/452/CEE en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el texto del anexo de la Decisión 92/452/CEE se añadirá la línea siguiente: ">SITIO PARA UN CUADRO>"

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 26 de marzo de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

(1) DO L 302 de 19.10.1989, p. 1.

(2) DO L 53 de 24.2.1994, p. 23.

(3) DO L 250 de 29.8.1992, p. 40.

(4) DO L 21 de 24.1.2002, p. 21.