32001G0306(01)

Resolución del Consejo de 12 de febrero de 2001 sobre las ayudas nacionales al sector del cine y al sector audiovisual

Diario Oficial n° C 073 de 06/03/2001 p. 0003 - 0004


Resolución del Consejo

de 12 de febrero de 2001

sobre las ayudas nacionales al sector del cine y al sector audiovisual

(2001/C 73/02)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

1. RECORDANDO que la Comunidad tiene en cuenta en su acción los aspectos culturales sobre la base de otras disposiciones del Tratado, con el fin sobre todo de respetar y promover la diversidad de sus culturas;

2. RECORDANDO que las ayudas destinadas a promover la cultura y la conservación del patrimonio, cuando no alteran las condiciones de los intercambios y de la competencia en la Comunidad de modo contrario al interés común, pueden considerarse compatibles con el mercado común;

3. RECORDANDO los poderes de la Comisión en virtud del artículo 88 del Tratado;

4. RECORDANDO el Protocolo sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y de proporcionalidad, anexo al Tratado;

5. SUBRAYANDO que el mandato confiado a la Comisión en el Consejo de asuntos generales de 26 de octubre de 1999, establece que "la Unión velará por que quede garantizada, durante las próximas negociaciones de la OMC, como ya se hizo en la Ronda Uruguay, la posibilidad de que la Comunidad y sus Estados miembros conserven y desarrollen su capacidad de definir y poner en práctica sus políticas culturales y audiovisuales para la salvaguarda de su diversidad cultural";

6. RECORDANDO las decisiones de la Comisión sobre varios mecanismos de ayuda nacionales al sector del cine y al sector audiovisual;

7. RECORDANDO la Comunicación de la Comisión de 14 de diciembre de 1999 "Principios y directrices de la política comunitaria en el sector audiovisual en la era digital", y tras haber tomado nota de la intención de la Comisión de presentar una comunicación sobre el cine en la que indicará las orientaciones generales para la aplicación de las ayudas públicas a este sector;

8. REFIRIÉNDOSE al coloquio "Industrias culturales europeas en la era digital", organizado en Lyón los días 11 y 12 de septiembre de 2000, durante el cual los participantes insistieron en la necesidad de que los Estados miembros mantengan y pongan en marcha dispositivos nacionales de apoyo a las industrias culturales;

9. RECORDANDO los debates que se han producido sobre la cuestión de las ayudas nacionales, sobre todo en el Consejo de Ministros de Cultura de 26 de septiembre de 2000,

10. SUBRAYA que, como la Comisión ha reconocido,

a) la industria audiovisual constituye una industria cultural por excelencia;

b) las ayudas nacionales al sector del cine y al sector audiovisual constituyen uno de los medios principales para garantizar la diversidad cultural;

c) el objetivo de la diversidad cultural supone un tejido industrial que permita satisfacer dicho objetivo y justifica el carácter específico de las ayudas nacionales al sector del cine y al sector audiovisual adaptadas a cada circunstancia específica;

d) lo que precede es aplicable especialmente al desarrollo de la industria audiovisual en países o regiones de escasa capacidad de producción o que cubren una zona lingüística o geográfica limitada;

e) el sector cinematográfico y audiovisual europeo sufre debilidades estructurales, como la subcapitalización de sus empresas, la fragmentación de los mercados nacionales dominados por producciones no europeas, la escasa circulación transnacional de obras europeas; los sistemas de apoyo a este sector, a nivel nacional y europeo, tienen que desempeñar una función complementaria indispensable para aportar remedio a estos problemas;

11. REITERA en consecuencia, y a la vista de lo que precede, que:

a) se justifica que los Estados miembros desarrollen políticas nacionales de apoyo que beneficien a la creación de productos cinematográficos y audiovisuales;

b) las ayudas nacionales al sector del cine y al sector audiovisual pueden contribuir al surgimiento de un mercado audiovisual europeo;

c) es necesario estudiar los medios que permitan incrementar la seguridad jurídica de estos dispositivos de preservación y fomento de la diversidad cultural;

d) por consiguiente deberá proseguirse el diálogo entre la Comisión y los Estados miembros;

12. INVITA a la Comisión a presentar al Consejo sus reflexiones tan pronto como sea posible y en cualquier caso antes de terminar 2001.