2001/797/CE: Decisión del Consejo, de 23 de julio de 2001, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Estonia por el que se termina el Protocolo n° 1 sobre el comercio de productos textiles y prendas de vestir del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Estonia, por otra
Diario Oficial n° L 301 de 17/11/2001 p. 0035 - 0035
Decisión del Consejo de 23 de julio de 2001 relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Estonia por el que se termina el Protocolo n° 1 sobre el comercio de productos textiles y prendas de vestir del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Estonia, por otra (2001/797/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 133, en relación con la primera frase del párrafo primero del apartado 2 del artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: (1) La Comisión ha negociado en nombre de la Comunidad un Acuerdo bilateral en forma de Canje de Notas con objeto de modificar el Protocolo n° 1 sobre el comercio de productos textiles y prendas de vestir del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Estonia, por otra(1). (2) El Acuerdo en forma de Canje de Notas debe ser firmado en nombre de la Comunidad. DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Estonia por el que se termina el Protocolo n° 1 sobre el comercio de productos textiles y prendas de vestir del Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Estonia, por otra. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar el Acuerdo en forma de Canje de Notas a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 23 de julio de 2001. Por el Consejo La Presidenta A. Neyts-Uyttebroeck (1) DO L 68 de 9.3.1998, p. 3.