Dictamen del Consejo de 12 de febrero de 2001 sobre el programa de convergencia actualizado de Dinamarca para el período 2000-2005
Diario Oficial n° C 077 de 09/03/2001 p. 0004 - 0005
Dictamen del Consejo de 12 de febrero de 2001 sobre el programa de convergencia actualizado de Dinamarca para el período 2000-2005 (2001/C 77/04) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9, Vista la recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, EMITE EL PRESENTE DICTAMEN: El 12 de febrero de 2001 el Consejo examinó el programa de convergencia actualizado de Dinamarca para el período 2000-2005, en el que se prevé un superávit presupuestario de las administraciones públicas comprendido entre el 2,6 % y el 2,9 % del producto interior bruto (PIB) durante todo el período de referencia y una reducción de la deuda consolidada bruta al 34 % del PIB en 2005. En 2000 el superávit presupuestario resultó ser mayor de lo previsto, al ascender al 2,7 % del PIB debido principalmente a un crecimiento económico también mayor de lo previsto. El marco macroeconómico o hipotético de la última actualización del programa de convergencia prevé que el crecimiento real del PIB, tras haber sido revisado al alza para 2000 (2,4 %), ronde el 1,7 % anual durante el período 2001-2005. El Consejo observa que esta hipótesis de crecimiento es más moderada que la de la última actualización y que las previsiones del programa sobre el aumento de la productividad son modestas con respecto a los niveles internacionales. Dada la robustez de la economía danesa en estos últimos años y, concretamente, la fuerte inversión en bienes de equipo, así como las reformas estructurales emprendidas, cabría esperar unos resultados de crecimiento y de productividad algo mejores. Además, un aumento tan moderado de la productividad podría causar una nueva pérdida de competitividad de costes para las empresas danesas si los salarios relativos vuelven a aumentar en demasía. La tasa de inflación se aceleró en 1999 y ha seguido siendo relativamente alta en 2000. El programa actualizado prevé un paulatino descenso de la inflación hasta 2002 a medida que van reduciéndose los aumentos exógenos de precios y se va moderando el crecimiento de los salarios ante la contracción de la demanda interior. Si bien el Consejo considera plausibles las previsiones sobre inflación del programa actualizado, reitera no obstante su recomendación al Gobierno danés para que tome nuevas medidas, de producirse desviaciones al alza significativas(2), en particular en materia presupuestaria, máxime por cuanto la pertenencia al MTC2 limita claramente el margen de maniobra de la política monetaria para contrarrestar presiones inflacionistas. El Consejo observa con satisfacción que Dinamarca ha seguido cumpliendo el criterio de convergencia sobre el tipo de interés a largo plazo y que el tipo de cambio con respecto al euro se ha mantenido siendo estable incluso después del referéndum del 28 de septiembre de 2000. Por lo que se refiere a las finanzas públicas, el Consejo acoge también con satisfacción el hecho de que las autoridades danesas mantengan su ambicioso objetivo de lograr un significativo superávit presupuestario, razón por la cual Dinamarca sigue cumpliendo claramente el requisito del Pacto de Estabilidad y Crecimiento de lograr una situación presupuestaria "próxima al equilibrio o con superávit" durante todo el período que abarca el programa. En general, se mantiene la estrategia de saneamiento presupuestario trazada en la anterior actualización del programa de convergencia, con un decrecimiento del coeficiente del gasto primario con respecto al PIB y de la presión fiscal a lo largo del período abarcado por el programa. Sin embargo, para 2001 el programa actualizado prevé un pequeño incremento tanto del coeficiente de gasto primario como de la presión fiscal. El Consejo hubiera preferido que la disminución en ambos coeficientes se hubiera producido sin interrupciones. El Consejo invita a todas las administraciones públicas a hacer un esfuerzo por limitar el incremento real del consumo público al 1 % anual marcado. Además, está previsto que en 2001 las administraciones locales y regionales aumenten los impuestos claramente por encima de lo acordado con el gobierno central. Dado que esos acuerdos, destinados a limitar el aumento de los impuestos y del consumo público, han sido frecuentemente rebasados, el Consejo, de conformidad con las recomendaciones de las orientaciones generales de política económica, insta al Gobierno danés a fortalecer el marco institucional con el fin de evitar más desviaciones en el futuro. El Consejo acoge positivamente el objetivo de las autoridades danesas de seguir reduciendo notablemente la ratio de la deuda bruta con respecto al PIB a fin de prepararse para afrontar la presión financiera que generará en el futuro el envejecimiento de la población. El Consejo se congratula también por el hecho de que en la actualización del programa de convergencia se haga especial hincapié la sostenibilidad a largo plazo y anima al ejecutivo danés a perseverar en su esfuerzo de preparación para hacer frente al envejecimiento de la población. El Consejo invita asimismo a las autoridades danesas a seguir dando prioridad a las reformas de carácter estructural. En concreto, dado que podría revelarse necesario hacer un mayor esfuerzo por aumentar la oferta de mano de obra, el Consejo anima también a las autoridades danesas a tomar en consideración la reducción de los impuestos sobre las rentas del trabajo incluso después de 2002, año para el cual se ha previsto ya una reducción fiscal. De todos modos, dado que actualmente parece que la economía danesa está funcionando ligeramente por encima de su potencial, habría que compensar ese recorte fiscal con medidas presupuestarias que evitaran el riesgo de recalentamiento. (1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. (2) Dictamen del Consejo, de 28 de febrero de 2000, relativo al programa de convergencia actualizado de Dinamarca por el período 1999-2005.