Supresión por Francia de obligaciones de servicio público en servicios aéreos regulares entre Ajaccio y Bastia, por una parte, y Toulon, por otra (Texto pertinente a efectos del EEE)
Diario Oficial n° C 297 de 19/10/2000 p. 0007 - 0007
Supresión por Francia de obligaciones de servicio público en servicios aéreos regulares entre Ajaccio y Bastia, por una parte, y Toulon, por otra (2000/C 297/05) (Texto pertinente a efectos del EEE) Teniendo en cuenta la decisión de la colectividad territorial de Córcega de 25 de mayo de 2000, Francia ha decidido suprimir, a partir de la fecha de la presente publicación, las obligaciones de servicio público en servicios aéreos regulares entre Ajaccio y Bastia, por una parte, y Toulon, por otra, publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 227 de 10 de agosto de 1999, con arreglo a la letra a) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) n° 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias(1). (1) DO L 240 de 24.8.1992, p. 8.