Reglamento (CE) nº 1431/2000 de la Comisión, de 30 de junio de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 2508/97 por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la leche y los productos lácteos, de los regímenes establecidos en los Acuerdos europeos entre la Comunidad y la República de Hungría, la República de Polonia, la República Checa, la República Eslovaca, Bulgaria, Rumania y Eslovenia, y del régimen establecido en los Acuerdos sobre libre comercio entre la Comunidad y los países bálticos  
Diario Oficial n° L 161 de 01/07/2000 p. 0053 - 0054
 
 Reglamento (CE) no 1431/2000 de la Comisión de 30 de junio de 2000 que modifica el Reglamento (CE) n° 2508/97 por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la leche y los productos lácteos, de los regímenes establecidos en los Acuerdos europeos entre la Comunidad y la República de Hungría, la República de Polonia, la República Checa, la República Eslovaca, Bulgaria, Rumania y Eslovenia, y del régimen establecido en los Acuerdos sobre libre comercio entre la Comunidad y los países bálticos LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1349/2000 del Consejo, de 19 de junio de 2000, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con Estonia(1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) n° 2508/97 de la Comisión, de 15 de diciembre de 1997, por el que se establecen las disposiciones de aplicación, en el sector de la leche y los productos lácteos, de los regímenes establecidos en los Acuerdos europeos entre la Comunidad y la República de Hungría, la República de Polonia, la República Checa, la República Eslovaca, Bulgaria, Rumania y Eslovenia, y del régimen establecido en los Acuerdos sobre libre comercio entre la Comunidad y los países bálticos(2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2631/1999(3), establece, en particular, las disposiciones de aplicación, en el sector de la leche y los productos lácteos, de los regímenes establecidos en los Acuerdos europeos entre la Comunidad y determinados países de Europa Central y Oriental, incluida Eslovenia. Conviene modificar ese Reglamento con el fin de aplicar las concesiones previstas con efecto desde el 1 de julio de 2000 por el Reglamento (CE) n° 1349/2000 en lo tocante a los productos lácteos. (2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y los productos lácteos. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 La parte G del anexo I del Reglamento (CE) n° 2508/97 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del 1 de julio de 2000. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 30 de junio de 2000. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 155 de 28.6.2000, p. 1. (2) DO L 345 de 16.12.1997, p. 31. (3) DO L 321 de 14.12.1999, p. 13. ANEXO "G. Productos originarios de Estonia >SITIO PARA UN CUADRO>"