32000D0629

2000/629/CE: Decisión de la Comisión, de 9 de octubre de 2000, que aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Francia [notificada con el número C(2000) 2944] (Texto pertinente a efectos del EEE) (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

Diario Oficial n° L 265 de 19/10/2000 p. 0029 - 0029


Decisión de la Comisión

de 9 de octubre de 2000

que aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Francia

[notificada con el número C(2000) 2944]

(El texto en lengua francesa es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2000/629/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 92/117/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, relativa a las medidas de protección contra determinadas zoonosis y determinados agentes productores de zoonosis en animales y productos de origen animal, a fin de evitar el brote de infecciones e intoxicaciones procedentes de los alimentos(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 1999/72/CE(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 8,

Considerando lo siguiente:

(1) De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 92/117/CEE, Francia presentó, mediante cartas de 22 de mayo, de 18 de agosto y de 15 de septiembre de 2000, un plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral.

(2) Dicho plan cumple los criterios comunitarios en la materia y, particularmente, los establecidos en el apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 92/117/CEE, y, por lo tanto, procede aprobarlo.

(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Francia.

Artículo 2

Francia pondrá en vigor, antes del 1 de enero de 2001, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para la aplicación del plan a que se refiere el artículo 1.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

Hecho en Bruselas, el 9 de octubre de 2000.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

(1) DO L 62 de 15.3.1993, p. 38.

(2) DO L 210 de 10.8.1999, p. 12.