2000/345/CE: Decisión de la Comisión, de 22 de mayo de 2000, por la que se fija la fecha en la que, de conformidad con el apartado 6 del artículo 3 de la Decisión 98/653/CE, puede iniciarse la expedición desde Portugal a Alemania de determinados productos para su incineración [notificada con el número C(2000) 1367] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Diario Oficial n° L 121 de 23/05/2000 p. 0009 - 0009
Decisión de la Comisión de 22 de mayo de 2000 por la que se fija la fecha en la que, de conformidad con el apartado 6 del artículo 3 de la Decisión 98/653/CE, puede iniciarse la expedición desde Portugal a Alemania de determinados productos para su incineración [notificada con el número C(2000) 1367] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2000/345/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE(2), Vista la Decisión 98/653/CE de la Comisión, de 18 de noviembre de 1998, relativa a medidas de emergencia para hacer frente a la presencia de casos de encefalopatía espongiforme bovina en Portugal(3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2000/104/CE(4) y, en particular, el apartado 6 de su artículo 3, Considerando lo siguiente: (1) El apartado 6 del artículo 3 de la Decisión 98/653/CE exhorta a la Comisión a fijar la fecha en la que pueda iniciarse la expedición de los productos a los que se hace referencia en dicho artículo, tras haber llevado a cabo inspecciones comunitarias y haber informado a los Estados miembros. (2) Una inspección llevada a cabo por los servicios de la Comisión en Alemania del 27 al 29 de febrero de 2000, en particular para evaluar los controles veterinarios en virtud del artículo 3 y del anexo I de la Decisión 98/653/CE, ha demostrado el cumplimiento satisfactorio de las condiciones. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La fecha a la que se hace referencia en el apartado 6 del artículo 3 de la Decisión 98/653/CE será el 22 de mayo de 2000 para la expedición a Alemania de los productos a los que se hace referencia en dicho artículo. Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2000. Por la Comisión David Byrne Miembro de la Comisión (1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13. (2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49. (3) DO L 311 de 20.11.1998, p. 23. (4) DO L 29 de 4.2.2000, p. 36.