Decisión del Consejo, de 1 de febrero de 2000, por la que se aplica la Posición común 1999/691/PESC del Consejo relativa al respaldo a las fuerzas democráticas de la República Federativa de Yugoslavia (RFY)
Diario Oficial n° L 026 de 02/02/2000 p. 0001 - 0001
DECISIÓN DEL CONSEJO de 1 de febrero de 2000 por la que se aplica la Posición común 1999/691/PESC del Consejo relativa al respaldo a las fuerzas democráticas de la República Federativa de Yugoslavia (RFY) (2000/82/PESC) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Vista la Posición común 1999/691/PESC, adoptada por el Consejo el 22 de octubre de 1999, relativa al respaldo a las fuerzas democráticas de la República Federativa de Yugoslavia(1), y, en particular, su artículo 1, junto con el apartado 2 del artículo 23 del Tratado de la Unión Europea, Considerando lo siguiente: (1) En sus conclusiones de 24 de enero de 2000, el Consejo, en el marco de su apoyo a las fuerzas democráticas de la República Federativa de Yugoslavia, solicitó la ampliación de la iniciativa "Energía para la Democracia", tal como sugirieron las fuerzas de oposición serbias tras la reunión trilateral de Berlín del 17 de diciembre de 1999. (2) Es necesario tomar una decisión sobre los municipios a los que ha de ampliarse la mencionada iniciativa. (3) Posteriormente será necesaria una actuación expeditiva por parte de la Comunidad para aplicar la medida que figura a continuación, DECIDE: Artículo 1 En el marco del apoyo a la democratización de la República Federativa de Yugoslavia establecido en el artículo 1 de la Posición común 1999/691/PESC del Consejo, se autorizará el suministro, la venta o la exportación de petróleo y productos del petróleo a las municipalidades serbias siguientes: Sombor, Subotica, Kragujevac, Kraljevo y Novi Sad. Artículo 2 La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial. Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2000. Por el Consejo El Presidente J. GAMA (1) DO L 273 de 23.10.1999, p. 1.