32000D0060

2000/60/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de diciembre de 1999, por la que se aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Austria [notificada con el número C(1999) 4691] (El texto en lengua alemana es el único auténtico)

Diario Oficial n° L 022 de 27/01/2000 p. 0061 - 0061


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 21 de diciembre de 1999

por la que se aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Austria

[notificada con el número C(1999) 4691]

(El texto en lengua alemana es el único auténtico)

(2000/60/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 92/117/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, relativa a las medidas de protección contra determinadas zoonosis y determinados agentes productores de zoonosis en animales y productos de origen animal, a fin de evitar el brote de infecciones e intoxicaciones procedentes de los alimentos(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 1999/72/CE(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 8,

(1) Considerando que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 92/117/CEE, Austria presentó, mediante cartas de 17 de mayo y 29 de octubre de 1999, un plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral;

(2) Considerando que dicho plan cumple los criterios comunitarios en la materia y, particularmente, los establecidos en el apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 92/117/CEE; que, por lo tanto, procede aprobarlo;

(3) Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Austria.

Artículo 2

Austria pondrá en vigor, antes del 31 de marzo de 2000, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para la aplicación del plan a que se refiere el artículo 1.

Artículo 3

La destinataria de la presente Decisión será la República de Austria.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1999.

Por la Comisión

David BYRNE

Miembro de la Comisión

(1) DO L 62 de 15.3.1993, p. 38.

(2) DO L 210 de 10.8.1999, p. 12.