2000/60/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de diciembre de 1999, por la que se aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Austria [notificada con el número C(1999) 4691] (El texto en lengua alemana es el único auténtico)
Diario Oficial n° L 022 de 27/01/2000 p. 0061 - 0061
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de diciembre de 1999 por la que se aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Austria [notificada con el número C(1999) 4691] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (2000/60/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 92/117/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, relativa a las medidas de protección contra determinadas zoonosis y determinados agentes productores de zoonosis en animales y productos de origen animal, a fin de evitar el brote de infecciones e intoxicaciones procedentes de los alimentos(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 1999/72/CE(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 8, (1) Considerando que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 92/117/CEE, Austria presentó, mediante cartas de 17 de mayo y 29 de octubre de 1999, un plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral; (2) Considerando que dicho plan cumple los criterios comunitarios en la materia y, particularmente, los establecidos en el apartado 2 del artículo 8 de la Directiva 92/117/CEE; que, por lo tanto, procede aprobarlo; (3) Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se aprueba el plan de vigilancia y control de salmonelas en las aves de corral presentado por Austria. Artículo 2 Austria pondrá en vigor, antes del 31 de marzo de 2000, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para la aplicación del plan a que se refiere el artículo 1. Artículo 3 La destinataria de la presente Decisión será la República de Austria. Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1999. Por la Comisión David BYRNE Miembro de la Comisión (1) DO L 62 de 15.3.1993, p. 38. (2) DO L 210 de 10.8.1999, p. 12.