31999G0713

Resolución del Consejo, de 21 de junio de 1999, relativa a un manual de cooperación policial internacional y medidas de prevención y lucha contra la violencia y los desórdenes relacionados con los partidos internacionales de fútbol

Diario Oficial n° C 196 de 13/07/1999 p. 0001 - 0012


RESOLUCIÓN DEL CONSEJO

de 21 de junio de 1999

relativa a un manual de cooperación policial internacional y medidas de prevención y lucha contra la violencia y los desórdenes relacionados con los partidos internacionales de fútbol

(1999/C 196/01)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Considerando lo siguiente:

(1) que el objetivo de la Unión Europea debe ser, entre otros, el dar a los ciudadanos un alto grado de seguridad en un espacio de libertad, seguridad y justicia, con el desarrollo de una acción común entre los Estados miembros sobre cooperación policial;

(2) que el 9 de junio de 1997 el Consejo adoptó una Resolución sobre la prevención y el control del gamberrismo en los partidos de fútbol mediante el intercambio de experiencias, la prohibición de entrada en los estadios y la política de medios de comunicación(1);

(3) el Convenio de 19 de agosto de 1985, concluido en el marco del Consejo de Europa, sobre la violencia e irrupciones de espectadores con motivo de manifestaciones deportivas y especialmente de partidos de fútbol;

(4) que es preciso realizar mayores esfuerzos para controlar el gamberrismo en el fútbol, basándose en la experiencia acumulada en los últimos años, en especial durante el campeonato europeo de fútbol de 1996 y el campeonato mundial de fútbol de 1998, y en la evaluación de las medidas anteriores llevada a cabo por expertos policiales por iniciativa de los Países Bajos;

(5) la importancia capital de crear un marco europeo común para los servicios policiales de los Estados miembros en lo que respecta al contenido y el alcance de la cooperación policial, las relaciones de la policía con los medios de comunicación, la cooperación con los monitores de los aficionados y la política de admisión a los estadios;

(6) que existe una gran necesidad de plasmar en un manual destinado a los servicios policiales el marco europeo al que se hace referencia en el considerando anterior;

(7) sin perjuicio de las disposiciones nacionales en vigor ni del ejercicio por parte de la Comisión Europea de sus poderes en virtud del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

ADOPTA LA PRESENTE RESOLUCIÓN:

1. El Consejo insta a los Estados miembros a que refuercen la cooperación, en particular la cooperación práctica, entre los servicios policiales, con el fin de prevenir y luchar contra la violencia y los desórdenes relacionados con los partidos internacionales de fútbol.

2. A tal efecto, se presenta en el anexo un Manual en forma de ejemplos de métodos de trabajo para los servicios policiales. Se solicita al Grupo competente del Consejo que proponga, en su caso, modificaciones de dicho Manual a la luz de las nuevas experiencias que se vayan produciendo.

(1) DO C 193 de 24.6.1997, p. 1.

ANEXO

Manual de cooperación policial internacional y medidas de prevención y lucha contra la violencia y los desórdenes relacionados con los partidos internacionales de fútbol, en los que al menos un Estado miembro se vea afectado ya sea por participar en el partido y/o por ser el lugar del encuentro

Índice

1. Preparación por parte de los servicios policiales

Las autoridades organizadoras y los servicios policiales asociarán ya en una fase temprana en la preparación a los servicios policiales de los países participantes.

2. Organización de la cooperación entre los servicios policiales

Las autoridades organizadoras y los servicios policiales tomarán en consideración las condiciones que deban imponerse a la organización de la cooperación policial internacional.

3. Política información de los servicios policiales

Las autoridades organizadoras y los servicios policiales tomarán en consideración las condiciones que deban imponerse a la gestión de la información por la polícia.

4. Cooperación entre los servicios policiales y los monitores

Las autoridades organizadoras y los servicios policiales asociarán a los monitores de los aficionados de las federaciones de fútbol participantes en las tareas de apoyo a sus operaciones y llegarán a una cooperación óptima con ellos.

5. Lista de control para la política relativa a los medios de comunicación y la estrategia aplicable a la comunicación entre la policía y las autoridades en los grandes campeonatos y partidos (internacionales)

Los servicios policiales utilizarán la lista de control para la política relativa a los medios de comunicación.

6. Condiciones aplicables a la política de admisión y de venta de entradas

Las autoridades organizadoras tomarán en consideración el marco de condiciones que han de imponerse a los organizadores en cuanto a la política de admisión, de la que constituyen elementos importantes la política de venta y de gestión de entradas y la separación de los grupos de aficionados rivales.

7. Relación de documentos adoptados por el Consejo de la Unión Europea hasta la fecha

Una relación de las decisiones adoptadas en el pasado por el Consejo ofrece una panorámica de las medidas tomadas hasta la fecha.

CAPÍTULO 1

Preparación por parte de los servicios policiales

- La solicitud formal de apoyo procederá del Ministro competente del país organizador, que se hace aconsejar por los servicios policiales interesados. En la solicitud de indicará el volumen y la composición del apoyo, teniendo en cuenta los objetivos especiales de la cooperación.

- La solicitud de apoyo se someterá al servicio policial extranjero con la debida antelación antes del campeonato o del partido. El servicio policial extranjero de apoyo necesitará como mínimo ocho semanas de preparación.

- Para los servicios policiales del país organizador, la solicitud de apoyo policial en forma de efetivos extranjeros tendrá utilidad únicamente si va dirigida a países que puedan ofrecer un valor añadido.

- La cooperación internacional mediante apoyo policial se orientará a un desarrollo seguro del acontecimiento y tendrá los objetivos principales siguientes:

1) la información,

2) la preparación,

3) la localización,

4) el acompañamiento bajo supervisión de la policía.

- Los servicios policiales de los países que presten apoyo serán responsables de la ejecución previa de un análisis de riesgo en la que se incluya una descripción de los perfiles de los aficionados visitantes y una descripción del prototipo del aficionado al fútbol de dicho país que presente riesgos. Este tipo de información se actualizará continuamente. En cada uno de los países, los puntos de contacto nacionales sobre gamberrismo en el fútbol coordinarán la prestación de información al servicio policial del país organizador.

- Un análisis de riesgo del grupo de aficionados en el país interesado deberá indicar en primer lugar en cuál de los cuatro ámbitos de la cooperación policial citados en el cuarto guión solicitará ayuda el país organizador.

- El servicio policial extranjero indicará en qué medida está en condiciones de cumplir la demanda de apoyo al servicio policial del país organizador. A continuación se determinará conjuntamente la dimensión del equipo de policía extranjero.

- La dimensión del equipo de policía no será, por consiguiente, la misma para todos los países, sino que guardará cierta relación con la amenaza y el riesgo del país del que procedan los aficionados, así como con los funcionalidades.

- Dentro de los equipos de policía extranjeros, en función del tipo de apoyo que deba prestarse y también de la dimensión del equipo, podrán distinguirse las funciones siguientes:

1) funcionarios de policía ejecutivos, encargados de tareas de reconocimiento, localización o acompañamiento;

2) un coordinador operativo, encargado de la coordinación de las actividades de los funcionarios de policía ejecutivos y de la difusión de la información;

3) un portavoz;

4) un oficial de enlace, encargado, en particular, del intercambio de información entre su país y el país de acogida. Teniendo en cuenta las distintas capacidades necesarias para los ámbitos de actuación de orden público, gamberrismo violento en torno al fútbol y terrorismo, el oficial de enlace nacional central podrá proponer al país de acogida que acepte la inclusión de un segundo oficial de enlace en el centro del país de acogida;

5) un dirigente, responsable funcional y jerárquicamente de su equipo; sin embargo, si se ha previsto un centro de coordinación policial nacional, éste será únicamente responsable jerárquicamente sobre el oficial de enlace; la responsabilidad funcional del oficial de enlace recaerá entonces en el dirigente del centro de coordinación.

- El servicio o servicios policiales del país organizador darán la posibiliad al servicio o servicios policiales extranjeros de ponerse al corriente de la organización de la acción de la policía en el país de acogida y en la ciudad o ciudades en que se realizarán los encuentros y de la situación de los estadios, así como de conocer a los comandantes operativos de las citadas ciudades de los encuentros durante los días en que éstos se realicen.

CAPÍTULO 2

Organización de la cooperación entre los servicios policiales

- La calidad de la acción de la policía del país de acogida se verá reforzada cuando dichos servicios puedan disponer de un apoyo policial de aquellos países de los que procedan los aficionados violentos.

- El apoyo que los servicios policiales extranjeros puedan aportar será aprovechado con la máxima eficacia y, por consiguiente, formará parte del plan táctico de la organización policial en sentido amplio.

- El dirigente del equipo de policía del país que preste apoyo tendrá a su disposición, en caso necesario, un portavoz propio. El dirigente del servicio policial determinará la condición del portavoz.

- El portavoz adscrito a un equipo de apoyo protegerá, si procede, de los medios de comunicación a los miembros del equipo de apoyo.

- La organización policial de acogida deberá ocuparse de la seguridad física del funcionario de policía extranjero de apoyo.

- El servicio policial del país organizador, de acuerdo con el organizador futbolístico, se ocupará de que el equipo de policía extranjera de apoyo disponga de una acreditación (no obligatoriamente un asiento) de modo que el equipo pueda ejecutar su tarea correctamente dentro y alrededor del estadio o estadios para los que se haya previsto que tengan una función.

- Los servicios policiales del país de donde procedan los aficionados vigilarán a los aficionados de riesgo desde el principio del viaje y hasta su llegada al país en el que se celebre el partido. En las fronteras nacionales se realizará un relevo adecuado entre los servicios policiales (incluidos los servicios policiales de transporte y ferrocarril).

- Al equipo de policía del país de apoyo se le agregará, por parte de la organización policial de acogida, como mínimo un acompañante policial, que dispondrá de las aptitudes necesarias y de un dominio de idiomas suficiente para mantener contactos con el equipo a un nivel operativo y para transmitir información.

- Los servicios policiales del país organizador dispondrán de suficientes intérpretes para los idiomas de los aficionados de los países visitantes. Ello impedirá que los equipos de policía de apoyo de los distintos países deban ejercer demasiadas tareas de intérprete y no puedan dedicarse a las tareas propiamente operativas.

- La organiación policial de acogida facilitará al equipo de policía del país de apoyo los equipos de comunicación necesarios.

- El equipo de policía del país de apoyo se pondrá de acuerdo con el servicio policial del país organizador sobre los aparatos que llevará consigo el equipo, así como sobre el uso de los mismos.

CAPÍTULO 3

Política de información de los servicios policiales

- Los servicios policiales del país organizador se ocuparán de que las líneas y estructuras de información para los servicios policiales de apoyo extranjeros sean claras. Para ello se tendrá en cuenta el tipo de información, que deberá clasificarse en: terrorismo, datos personales de tipo penal (delincuentes), información relativa al orden público e información sobre el gamberrismo violento relacionado con el fútbol.

- El servicio policial del país organizador se comunicará durante todo el campeonato o partido con los servicios policiales nacionales del país o países participantes, a través del oficial de enlace indicado por el país correspondiente. Este oficial de enlace podrá ser contactado en los ámbitos del orden público, gamberrismo violento relacionado con el fútbol y terrorismo.

- El servicio policial del país organizador hará lo necesario para que el oficial de enlace del servicio policial extranjero de apoyo no tenga que mantener contactos con los medios de comunicación, si así lo desea dicho oficial de enlace.

- Durante los campeonatos de varios días de duración el oficial de enlace se encontrará en el centro de coordinación nacional y durante los encuentros ocasionales en el centro de coordinación local del país de acogida correspondiente.

- Corresponderá al oficial de enlace del país de apoyo actualizar de modo continuo el análisis de riesgo.

- El oficial de enlace del país de apoyo será informado continuamente por parte del servicio policial de su país de origen acerca del comportamiento de los aficionados en su propio país durante los campeonatos o el partido.

- El servicio policial del país organizador se ocupará de que la información recibida del equipo de policía extranjero pase a su propia organización de policía a tiempo y en el lugar adecuado. El servicio policial del país organizador indicará un funcionario de información, que será agregado al equipo de apoyo y que se ocupará del reconocimiento y la localización. Será responsable ante el jefe del equipo y responsable de la correcta transmisión de la información.

- Los servicios policiales del país organizador evitarán que existan diferencias de cualidad en la información de la que se disponga a nivel local y nacional.

- En caso de que esté previsto un centro de coordinación policial local y uno nacional, el centro de coordinación local informará al centro de coordinación nacional y recíprocamente. Para esta prestación de información se tendrá en cuenta la información procurada por el oficial de enlace del país de apoyo.

- En centro de coordinación nacional del país organizador informará en el momento del viaje de regreso de los aficionados a los servicios policiales del país de origen de los aficionados, así como a los servicios policiales de los países de tránsito en caso de que existan motivos para temer disturbios.

En caso de que no esté previsto un centro de coordinación nacional, se ocupará de esta función el centro de coordinación local.

CAPÍTULO 4

Cooperación entre los servicios policiales y los monitores

- Los servicios policiales y la organización de monitores cooperarán en su trabajo, sin que ello suponga una disminución de la responsabilidad y de las tareas de ambas partes.

- Los servicios policiales cooperarán con los dirigentes de la organización de monitores.

- Los servicios policiales considerarán la posibilidad de reservar en su puesto de mando un sitio para el funcionario jefe de la organización de monitores.

- Los servicios policiales se ocuparán de que la información procedente de la organización de monitores llegue al lugar adecuado en la organización policial del país organizador.

- Los servicios policiales se ocuparán de que los funcionarios jefes de la organización de monitores dispongan de la información necesaria para la ejecución de su tarea.

- Los servicios policiales del país de apoyo deberán mantener contactos con los dirigentes de los monitores procedentes de su país que presten apoyo al país organizador.

CAPÍTULO 5

Lista de control para la política relativa a los medios de comunicación y la estrategia aplicable a la comunicación entre la policía y las autoridades en los grandes campeonatos y partidos (internacionales)

I. POLÍTICA RELATIVA A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

1. Definición del objetivo estratégico de la política relativa a los medios de comunicación

Se considera un objetivo capital que la policía y la administración cooperen con los medios de comunicación para informar a la población, a nivel nacional e internacional, de los futuros campeonatos y de los preparativos para los mismos, y proporcionar a los espectadores de los partidos de fútbol recomendaciones policiales adecuadas sobre su seguridad.

Las políticas relativas a los medios de comunicación constituyen, como instrumento, una parte de la estrategia de comunicación. Gracias a ellas se difunde la función de apoyo de la policía y de la administración para mantener el carácter festivo de los campeonatos.

Explicación:

Para lograr una política equilibrada de medios de comunicación, se tiene que definir previamente el objetivo estratégico. Cualquier desarrollo posterior de esa política se orientará a la realización del objetivo fijado. Se tiene que tener en cuenta la importancia de los medios de comunicación para la transmisión de información específica, como por ejemplo la respuesta de la policía y de la administración a la problemática del gamberrismo y de la violencia en los partidos de fútbol. También debe comunicarse claramente lo que se tolera y lo que no se tolera.

2. Definición de los resultados que se pretende alcanzar con la política relativa a los medios de comunicación

Los resultados de una política activa de medios de comunicación deberían ser los siguientes:

- dar una imagen positiva a la opinión pública de la política que aplican la policía y la administración,

- fomentar la confortabilidad y la actitud deportiva de los espectadores de los partidos de fútbol,

- desincentivar la mala conducta: con la mala conducta no se gana nada,

- comunicar seguridad,

- informar al público de las medidas policiales y de lo que se hace en caso de perturbación del orden.

Explicación:

Con la política aplicada respecto de los medios de comunicación no se pretende dar la impresión de que nada pasará, pero sí de que se está bien preparado en caso de que algo pase y de que no hay ningún motivo para que cunda el pánico.

3. Carácter de la política relativa a los medios de comunicación

- Deberá expresar control y dominio.

- Deberá sugerir seguridad y confianza.

- Deberá transmitir la idea de que los gamberros del fútbol salen perdiendo.

- Deberá orientarse a la transparencia.

II. ESTRATEGIA DE COMUNICACIÓN

1. Método aplicable para realizar el objetivo

- Con suficiente antelación se establecerán relaciones con los medios de comunicación interesados en el campeonato o partido.

- Se asegurará la cooperación entre los servicios de prensa de la policía, los servicios municipales, la administración nacional, las organizaciones del fútbol (UEFA, FIFA), etc., de manera que la comunicación se produzca desde una misión o visión unívoca del propio ámbito de responsabilidad.

- Se adoptarán medidas para que la información policial sea facilitada a todos los implicados, incluidos los clubes de fútbol, asociaciones de aficionados, oficinas de turismo, transportistas y otros empresarios.

- Se elaborarán folletos informativos para los visitantes extranjeros, en los que también se podrá incluir información turística.

- Se establecerá una oficina de prensa de fácil identificación para todo el campeonato compuesta por agentes de prensa y portavoces de los medios de comunicación.

- Se preverán ruedas de prensa diarias entrevistas y otros tipos de información adecuados durante el campeonato.

- Antes del inicio del campeonato, se organizarán ruedas de prensa en las que se expondrá con claridad cómo se va a desarrollar la cooperación con la prensa.

2. Medios para realizar el objetivo/indicaciones de éxito

- Contratación de corresponsables de prensa profesionales a nivel local, regional y central.

- Disponibilidad en el centro de prensa de varios oficiales de prensa accesibles a los medios de comunicación.

- Producción de un folleto explicativo nacional o binacional.

- Elaboración de información de carácter local.

- Inclusión de noticias sobre seguridad y confortabilidad en publicaciones locales de las oficinas de turismo y en otros periódicos y publicaciones locales.

- Publicación del número de detenciones realizadas por perturbación del orden público, tal como posesión de armas, entradas falsas, reventa clandestina y alcoholismo.

- Evaluación de los reportajes de los medios de comunicación internacionales, nacionales y locales relacionados con los preparativos y el transcurso del campeonato.

- Creación de un grupo nacional dedicado a la cooperación en las políticas relativas a los medios de comunicación.

3. Temas de interés importantes

1. Definición del núcleo del mensaje

Explicación:

Hay que determinar con antelación cuál será el núcleo del mensaje. Dar a conocer este mensaje antes de la entrevista a los periodistas.

2. El núcleo del mensaje tiene que ser realizable.

Explicación:

No transmitir ninguna posición que no sea realizable. Cuando esto, a pesar de todo, ocurre, los medios de comunicación pierden valor como instrumento para influir sobre las conductas. Por tanto, la política que la policía transmite tiene que ser mantenida.

3. Preparación con suficiente antelación

Explicación:

Utilizar el tiempo desde la candidatura hasta el campeonato para lograr una buena preparación de la política de medios de comunicación orientada sobre la función y responsabilidad propia de la policía y de la administración.

4. Planificación

Explicación:

Incluir la política de medios de comunicación en todas las fases de la planificación y determinar incluso en qué momentos los medios de comunicación tienen que ser informados de forma activa.

5. Continuidad y frecuencia de los contactos con los medios de comunicación

Explicación:

Es muy importante que se celebren de forma continuada y regulada intercambios de información y posibilidades de sesiones informativas para la prensa y los medios de comunicación. Se tendrá en cuenta que los medios de comunicación necesitan recibir rápidamente la información.

6. Proyectos relativos a los medios de comunicación

La policía y la administración se cerciorarán de que en los proyectos concretos relativos a medios de comunicación la policía recibe una atención suficiente por lo que respecta al ámbito de la información policial.

7. Hay que estar preparado ante la eventualidad de incidentes.

Explicación:

Cuando se produce un incidente, el interés de los medios de comunicación pasa del acontecimiento deportivo a la perturbación del orden. Téngase en cuenta que un periodista deportivo hace su reportaje desde una óptica diferente de la del informador policial.

8. Los medios de comunicación son emprendedores

Explicación:

Téngase en cuenta que los medios de comunicación también buscan información al margen de la policía. Deberá prestarse especial atención a la planificación y las actuaciones policiales.

9. Transparencia, exhaustividad y actualidad

Explicación:

Se tiene que transmitir a los medios de comunicación la necesidad de la actuación de la policía o de la administración. No se debe temer a los medios de comunicación, cuando los planes y preparativos policiales son adecuados. La policía transmitirá toda la información. La información será controlable y actual.

10. Irradiar seguridad

Explicación:

Es importante tener confianza en los propios preparativos policiales e irradiar y comunicar a los medios de comunicación esta confianza. La policía y la administración son responsables de sus organizaciones de seguridad.

11. Entrevistas

Explicación:

Deberán tomarse medidas para preparar a las autoridades policiales para sus contactos con los medios de comunicación. Préstese atención a que el funcionario de policía mantenga sus contactos en un lugar de trabajo apropiado. Se dará prioridad a los contactos verbales y personales con la prensa.

12. Limitación/demarcación

Informar sobre la propia responsabilidad y actuación política

Explicación:

Se celebrarán acuerdos suficientemente claros centre los diferentes servicios de la administración para decidir quién quién informa a los medios de comunicación y de qué se les informa. Las actuaciones de la policía y la administración en los medios de comunicación se concentrarán en sus propias responsabilidades e intervenciones.

13. Incumplimientos/acusaciones

Explicación:

Las diferentes partes evitarán discutir entre sí o acusarse de incumplimientos en presencia de los medios de comunicación.

14. Cooperación

Explicación:

La política relativa a los medios de comunicación no deberá llevarse a cabo al margen de las demás partes implicadas. La política relativa a los medios de comunicación también constituye una forma de cooperación.

15. Acuerdos con los equipos policiales extranjeros acerca de la portavocía

Explicación:

Cuando la policía del país de acogida reciba apoyo de equipos policiales de otros países, se recomienda que se hagan acuerdos con estos equipos para que, si los medios de comunicación toman contacto directo con ellos, estos equipos los remitan al portavoz de prensa de la policía del país de acogida. Se podrán hacer excepciones si el equipo de policía de apoyo dispone de un informador competente (portavoz).

16. Ayuda de policías del país de donde proceden los aficionados

Explicación:

Recurrir, mediante entrevistas y conferencias de prensa celebradas en el país de donde proceden los aficionados, al apoyo de los colegas de ese país. Estos policías tienen facilidades y contactos con la prensa y conocen a los periodistas locales y nacionales, así como la tendencia de las organizaciones de prensa para las que trabajan.

17. Confección de una lista de los servicios de prensa nacional para la policía del país organizador

Explicación:

Los servicios policiales de cada uno de los países por separado confeccionarán una lista de los servicios de prensa más importantes y del público destinatario de estos servicios de prensa para la policía del país organizador. Con esta lista la policía del país organizador podrá transmitir su información directamente a esos servicios de prensa.

18. Tener en cuenta los tipos de servicios de prensa

Explicación:

Al comunicar las medidas de seguridad se tienen que tener en cuenta los tipos de servicios de prensa y el público destinatario de esos servicios. Un periodista deportivo tiene menos experiencia en la comunicación de medidas de seguridad. Téngase esto en cuenta al confeccionar las noticias de prensa y al dar los comunicados de prensa.

19. Creación de grupos nacionales conjuntos

Explicación:

Constituir grupos conjuntos con la participación de todas las partes implicadas: la policía de las ciudades en las que se celebran los partidos, el punto de información central sobre gamberrismo en el fútbol, las organizaciones de fútbol, la autoridad nacional.

20. Información sobre los casos

Explicación:

Todos los representantes de la administración y de la policía transmitirán su información a los medios de comunicación partiendo de una misma base informativa y con gran rigor. Para coordinar la información sobre los casos puede ser útil elaborar notas conjuntas para las sesiones informativas y respuestas estandarizadas para las preguntas reiterativas. Cada día los servicios se intercambiarán las preguntas formuladas por los medios de comunicación.

21. Comunicados escritos

Explicación:

Reforzar las conferencias de prensa con un comunicado escrito. Tienen las siguientes ventajas:

- el texto puede ser estudiado con detenimiento;

- los textos pueden ser autorizados (visto bueno);

- el mensaje será unívoco (no se suscitarán discusiones al final sobre "equívocos").

22. Folleto informativo

Distribuir un folleto explicativo entre los aficionados en el que se incluya qué conducta es culturalmente deseable o rechazable y qué es una infracción de la ley contra la que se toman medidas.

También se incluirán recomendaciones sobre cuestiones accesorias a fin de que el aficionado se sienta acogido.

El folleto se distribuirá con la venta de la entrada.

23. Mantener relación con el público

Explicación:

Puede pedirse al público que mantenga una actitud activa comunicando a la policía cualquier acontecimiento sospechoso.

24. Estrategia de salida

Aunque la oficina de prensa se cerrará al final del campeonato, después seguirá transmitiendo información a través del centro de mando de la policía. Indicar hasta cuándo estará disponible el agente de prensa de la policía para las últimas sesiones informativas y entrevistas de prensa.

25. Evaluación de la política relativa a los medios de comunicación

Explicación:

Al finalizar el campeonato se hará un informe de evaluación sobre la política relativa a los medios de comunicación que se ha llevado a cabo y las experiencias con los medios de comunicación. Se registrarán las lecciones aprendidas para el futuro. También se hará participar a los servicios policiales de los demás países que han prestado su apoyo.

26. Evaluación de la lista de control para la política relativa a los medios de comunicación de la Unión Europea/cooperación policial

La policía del país organizador estudiará, basándose en la evaluación nacional de la política relativa a los medios de comunicación, si hay partes de la lista de control de la Unión Europea que requieren ser completadas o adaptadas.

CAPÍTULO 6

Condiciones aplicables a la política de admisión y de venta de entradas(1)

Si los organizadores de grandes encuentros de fútbol no toman todas las medidas necesarias, pueden derivarse graves consecuencias para el correcto funcionamiento de la convivencia. Especialmente se ha puesto de manifiesto que hacen falta medidas en el ámbito de la contención de los aficionados que se comportan incorrectamente o que así lo han hecho en el pasado, la política de acceso a los estadios, la política de venta de entradas y la separación de los aficionados rivales.

En interés del orden público y de la seguridad, las autoridades civiles, policiales y judiciales determinarán las condiciones que deberán cumplir los organizadores para la organización de un campeonato internacional.

1. Política de venta de entradas

La política de venta de entradas es un instrumento importante para favorecer la seguridad y el orden en los estadios de fútbol. Se orienta especialmente a la separación de los aficionados rivales, a evitar un exceso de ocupación y a controlar las corrientes de visistantes, así como a la aplicación de prohibiciones de acceso a los estadios, cuando ya han sido impuestas anteriormente por una organización de fútbol.

Las bases de las exigencias que deben imponer a los organizadores las autoridades y servicios policiales, para conseguir una política de venta de entradas juiciosa, serán las siguientes:

- que la distribución de entradas se realice de manera que haya una separación entre los aficionados de los contrincantes mediante una separación en el estadio,

- que la política de distribución de las entradas, la llamada "contingentación de entradas" para los distintos países participantes, tome en consideración el interés por conseguir entradas que tienen los aficionados de dichos países,

- que la política de venta sea de tal tipo que impida la reventa de entradas,

- que se evite que los aficionados puedan comprar entradas para una zona del estadio que no les está destinada,

- que en las entradas haya información sobre el portador de la entrada, la procedencia de la entrada y, en resumen, la historia de la entrada.

2. Gestión de las entradas

La política de venta de entradas deberá plasmarse en su gestión, con los objetivos siguientes:

- la separación de los aficionados mediante una atribución estricta de localidades (asientos) a través de las entradas. Para la situación en el estadio será determinante el equipo al que pertenecen los aficionados o la nacionalidad de los mismos,

- la política de venta de entradas deberá poder garantizar que la situación y, por consiguiente, la separación de los aficionados rivales no quede falseada por ningún tipo de transferencia de entradas,

- combatir el exceso de ocupación haciendo que la infraestructura del estadio determine el cupo de entradas que se pongan a la venta. Evitar también el exceso de ocupación luchando contra las entradas falsas o falsificadas,

- deberá partirse del principio de que en cada estadio la capacidad de acceso se define sobre la base del análisis de riesgo y que no se venda la capacidad total. Es necesario que exista un margen libre para acomodar a aficionados con entrada válida para un sector conflictivo, siendo determinante el equipo del que sean seguidores o su nacionalidad,

- los flujos de visitantes en el estadio y alrededores pueden contenerse si se hace una segmentación suficiente y reconocible del estadio y se añaden las indicaciones adecuadas al respecto,

- para conseguir que se cumpla la prohibición de acceso a los estadios hay que elaborar un sistema de demanda y distribución de entradas y medidas para impedir la transferencia de las entradas emitidas del modo que sea,

- un sistema de registro por parte del organizador, en el marco del control de las entradas, constituirá una fuente importante de información para el organizador, la dirección y la policía.

La gestión de las entradas deberá centrarse en el proceso de acceso al estadio, es decir:

- la elaboración de la entrada,

- la distribución de las entradas,

- el control en el momento del acceso.

3. La entrada deberá cumplir unos requisitos estrictos de calidad

- Deberá contener información sobre el partido y el estadio.

- Normas de conducta para los aficionados.

- Condiciones de acceso y permanencia en la lengua del interesado.

- Nacionalidad del titular de la entrada.

- Nombre del titular y nombre del vendedor o distribuidor.

- El principio, el comprador de la entrada será también el que lo use.

- La entrada deberá dificultar las operaciones fraudulentas con ella.

- Además de la entrada deberá añadirse un anexo en el que el organizador indique en cualquier caso:

- qué objetos están prohibidos en el estadio,

- que se prohíbe llevar bebidas alcohólicas o drogas en los accesos o en el interior del estadio,

- que se reprimirá el lanzamiento de artefactos pirotécnicos u otros objetos,

- que se tomarán medidas contra cualquier tipo de comportamiento insultante o racista,

- que la ocupación de un asiento que no corresponda a la entrada puede motivar la expulsión del estadio,

- que los visitantes de los partidos deben aceptar ser sometidos a un cacheo en el momento de entrada al estadio, así como que están obligados a identificarse, si así se les pide en el momento de mostrar su entrada.

4. Deberán imponerse condiciones a la distribución de las entradas

- El organizador deberá dar a conocer en campañas de información los puntos oficiales de venta, el modo de venta, así como un aviso insistente al público de que fuera de esos puntos no se compren entradas y de que el sistema de distribución no permite la llamada "reventa".

- El organizador deberá vigilar constantemente, por país y por distribuidor, dónde se encuentran las entradas.

- La distribución de las entradas disponibles entre los grupos destinatarios deberá hacerse de tal modo que el público en general y los aficionados de los equipos participantes en particular puedan disponer razonablemente, y hasta el límite permitido en virtud de las normas comunitarias de competencia, de un número suficiente de entradas.

- El organizador deberá establecer un sistema de obligado cumplimiento para que las federaciones nacionales de países en que no haya suficiente demanda puedan devolver entradas.

- El organizador deberá imponer al distribuidor oficial la obligación de devolver las entradas no vendidas.

- El organizador tendrá en cuenta que la distribución y venta de entradas por tramos aumenta el grado de control sobre el proceso de venta. El organizador impondrá requisitos de fiabilidad a los distribuidores.

- El organizador, en caso de irregularidades, deberá poder intervenir en cualquier momento en el proceso de distribución.

- El organizador deberá imponer al distribuidor una obligación de información. El distribuidor comunicará al organizador cómo se ha realizado la venta de entradas, indicando en la medida de lo posible horarios e itinerarios de viaje y lugares de residencia.

- En caso de que las entradas no se pidan exclusivamente a través de la federación nacional o del propio club del visitante, el solicitante deberá cuál es su equipo. Para la atribución definitiva de la entrada se podrá tener en cuenta este dato por motivos de orden público y de seguridad.

- Las entradas no serán transferibles.

- No se darán entradas a quienes tengan prohibido el acceso al estadio.

- Los días de partido no se podrán vender entradas.

- No deberán facilitarse más de dos entradas por comprador y en el momento de la entrega se indicará el nombre en las entradas.

- La entrega definitiva de las entradas se hará lo más tarde posible (resguardos o vales).

- El organizador deberá dar la garantía de que el titular nominativo de la entrada llegue efectivamente a recibirla.

5. Requisitos que deben imponerse para una política de entradas y su control

- El organizador comunicará por anticipado a los visitantes quién tiene acceso al estadio y quién está excluido.

- En ningún caso se admitirá a quienes tengan prohibido el acceso al estadio.

- No se permitirá el acceso a los espectadores que se encuentren claramente en estado de ebriedad.

- No se dejará entrar a espectadores que lleven objetos que puedan causar un peligro para la seguridad o el orden en el estadio.

- No se dejará entrar a espectadores que lleven objetos que de un modo u otro indiquen objetivos políticos, discriminación, racismo o actitudes insultantes.

- El control del acceso deberá realizarse en buenas condiciones, incluidos los cacheos y la aplicación de las prohibiciones de acceso.

- El control de acceso deberá ser fluido, para evitar que se originen colas prolongadas.

- El control del acceso vigilará el exceso de ocupación de los sectores.

- En caso de que se usen sistemas de acceso automáticos, dichos sistemas deberán cumplir requisitos estrictos de fiabilidad y continuidad.

CAPÍTULO 7

Relación de documentos adoptados por el Consejo de la Unión hasta la fecha

1. Recomendación del Consejo, de 30 de noviembre de 1993, sobre la responsabilidad de los organizadores de manifestaciones deportivas

2. Recomendación del Consejo, de 1 de diciembre de 1994, sobre el intercambio directo de información informal con los países de Europa Central y Oriental en el ámbito de los acontecimientos deportivos internacionales (red de corresponsales)

3. Recomendación del Consejo, de 1 de diciembre de 1994, sobre el intercambio de información en las grandes manifestaciones o concentraciones (red de corresponsales)

4. Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 1996, sobre directrices para prevenir y contener los desórdenes relacionados con los partidos de fútbol. Incluye un modelo normalizado (en el anexo) para el intercambio de información policial sobre los gamberros del fútbol (DO C 131 de 3.5.1996, p. 1)

5. Acción común, de 26 de mayo de 1997, relativa a la cooperación en el ámbito de la seguridad y el orden públicos (DO L 147 de 5.6.1997, p. 1)

6. Resolución del Consejo, de 9 de junio de 1997, sobre la prevención y la represión del gamberrismo en los partidos de fútbol mediante el intercambio de experiencias, la prohibición de entrada en los estadios y la política de medios de comunicación (DO C 193 de 24.6.1997, p. 1)

7. Relación de los contactos nacionales del "gamberrismo futbolístico (hooliganism)"

(1) Al establecer la política de venta de entradas, los organizadores deberán tener en cuenta las normas comunitarias de competencia. Al aplicar dichas normas, la Comisión tendrá en cuenta los factores relacionados con el mantenimiento del orden y la seguridad.