98/633/PESC: Posición común de 9 de noviembre de 1998 definida por el Consejo en virtud del artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea, relativa al proceso de estabilidad y buena vecindad en Europa Sudoriental
Diario Oficial n° L 302 de 12/11/1998 p. 0001 - 0007
POSICIÓN COMÚN de 9 de noviembre de 1998 definida por el Consejo en virtud del artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea, relativa al proceso de estabilidad y buena vecindad en Europa Sudoriental (98/633/PESC) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo J.2, Considerando que el Consejo Europeo de los días 15 y 16 de diciembre de 1995 acogió favorablemente el hecho de que, el 13 de diciembre de 1995, los ministros de veintisiete países suscribieran en Royaumont, por iniciativa de la Unión Europea, la Declaración sobre el proceso de estabilidad y buena vecindad en Europa Sudoriental, al margen de la Conferencia de París sobre la Paz en Bosnia-Herzegovina; Considerando que se pretende que el Proceso sea incorporado, a su debido tiempo, a la OSCE; Considerando que, entre tanto, el 26 de febrero de 1996, el Consejo aprobó una «Plataforma» para el desarrollo del proceso; que, el 27 de octubre de 1997 aprobó la descripción de las funciones del Coordinador del Proceso de Royaumont y, el 28 de noviembre de 1997, el nombramiento de un Coordinador; que, el 26 de enero de 1998, aprobó el Plan de Actuación del Coordinador del Proceso; Considerando que el Proceso de Royaumont tiene por finalidad acompañar el desarrollo del Acuerdo de paz de París y Dayton situándolo en una perspectiva más amplia, con objeto de fomentar la estabilidad y la buena vecindad, en particular favoreciendo el diálogo, los contactos y la cooperación en todos los niveles de la sociedad civil en la región de Europa Sudoriental en sentido amplio, HA DEFINIDO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN: Artículo 1 La presente Posición común tiene por objeto consolidar el apoyo al Proceso de Royaumont de estabilidad y buena vecindad en Europa Sudoriental, que tiene, en particular, los siguientes objetivos: - favorecer la normalización de las relaciones y la reanudación y desarrollo del diálogo y la confianza entre los países afectados; - favorecer los lazos entre los pueblos de los países de la región y fomentar la cooperación regional en el ámbito de la sociedad civil (por ejemplo, en las esferas cultural, de los medios de comunicación, científica, profesional, sindical, de las ONG y religiosa, así como los contactos entre parlamentarios); - con tal fin, fomentar la definición y desarrollo de proyectos relacionados con la estabilidad, la buena vecindad y la sociedad civil. Artículo 2 El Coordinador del Proceso ejercerá sus funciones bajo la responsabilidad de la Presidencia de la UE, de conformidad con el mandato fijado en el anexo I, y desarrollará las iniciativas descritas en el plan de actuación del anexo II. Artículo 3 La Unión Europea apoyará proyectos en el ámbito de la estabilidad, la buena vecindad y la sociedad civil en Europa Sudoriental, como medidas acompañadoras del Proceso. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, el Consejo decidirá el principio, las modalidades y la financiación de dichos proyectos basándose en propuestas concretas. Artículo 4 El Consejo hace constar: - que la Comisión seguirá orientando su actividad al logro de los objetivos y prioridades de la presente Posición común, en su caso mediante las medidas comunitarias oportunas; - que los Estados miembros podrán dar su apoyo a proyectos según sus programas, recursos y prioridades nacionales. Artículo 5 La presente Posición común surtirá efecto el día de su adopción. Artículo 6 La presente Posición común se publicará en el Diario Oficial. Hecho en Bruselas, el 9 de noviembre de 1998. Por el Consejo El Presidente W. SCHÜSSEL ANEXO I Descripción de las funciones del Coordinador del Proceso de Royaumont 1. Dichas funciones se derivan del objetivo del Proceso de Royaumont, el cual, en su planteamiento originario, consiste en acompañar el desarrollo del plan de paz de París-Dayton, pero incluyéndolo en una perspectiva más amplia que abarca a toda la región. El Proceso de Royaumont tiene por objetivo iniciar una amplia labor común y continua -por parte de todos los actores, gubernamentales y no gubernamentales, y grupos de la sociedad civil- de diálogo y cooperación. Este marco del diálogo y de la cooperación permitirá salvar las divisiones, superar las diferencias y contribuir así a crear, a todos los niveles de la sociedad civil, la confianza sobre la cual puede edificarse a su vez una red de relaciones de buena vecindad entre Estados, factor de estabilidad de toda la región. A este respecto es especialmente importante la participación plena de la antigua República de Yugoslavia (ARY). El proceso tiene la vocación de pasar a formar parte, llegado el momento, de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE). 2. Los ámbitos de acción principales del proceso son los siguientes: - la normalización de las relaciones entre los países afectados (incluida la posible celebración de tratados de buena vecindad); - la restauración de la plena libertad de circulación y expresión, y la organización de actos y proyectos que favorezcan este objetivo, con ánimo de respeto y comprensión mutuos; - el fomento de la cooperación regional en los ámbitos cultural, religioso, científico y técnico, así como el restablecimiento de la sociedad civil, como medio de demostrar las ventajas de dicha cooperación a la hora de abordar los problemas de la región. El objetivo del Proceso de Royaumont se cumplirá mejor mediante la definición, concepción y organización -coordinadas, en su caso, con otros organismos e iniciativas nacionales, regionales y supranacionales que actúan en la región- de cualquier proyecto o programa que obre en pro de la finalidad de dicho proceso. 3. La selección de los proyectos-programas se hará según su capacidad para responder a los criterios de buena vecindad y de estabilidad regional. Por consiguiente, se dará prioridad a los proyectos-programas de desarrollo y de aproximación de las sociedades civiles, con finalidad regional y transfronteriza, dirigidos a varios actores de la región y desarrollados por ellos. Royaumont dará prioridad a los proyectos-programas con finalidad civil que respondan al objetivo indicado en el punto 1. 4. El Coordinador del Proceso de Royaumont se hará cargo: - de la configuración, continuidad y seguimiento del proceso, incluida la preparación del orden del día, el seguimiento y la aplicación de las orientaciones y decisiones de las reuniones del proceso; - de la representación del proceso ante las iniciativas, organizaciones y conferencias internacionales que actúan en la región; - de la vinculación con el proceso de paz de Bosnia y Herzegovina; - de la función de punto de contacto, dentro del Proceso de Royaumont, para todos los Estados y organizaciones internacionales miembros del proceso, así como para todos los actores no gubernamentales que puedan participar en proyectos-programas nacionales y regionales y en las iniciativas locales que respondan a la finalidad del proceso, lo que incluye el facilitar informaciones sobre las posibilidades de cooperación regional y transfronteriza que responda al objetivo de la estabilidad y de la buena vecindad. A tal fin, podría resultar útil crear una base de datos sobre los actores (institutos, ONG, empresas, etc.) que pueden pasar a tomar parte en las medidas complementarias del proceso; - de la coordinación con otras iniciativas regionales y subregionales como la Zona de cooperación económica del Mar Negro (ZCEMN), la Conferencia de Ministros de Europa Sudoriental, la Iniciativa Centroeuropea (ICE) y la Iniciativa de Cooperación en la Europa Sudoriental (ICESO); - de la definición y concepción de proyectos-programas de encuentro y cooperación regional y transfronteriza en los ámbitos cultural, religioso, deportivo, informativo, docente (también para los grupos de edad más jóvenes), científico y técnico; - de la organización de encuentros de carácter regional y transfronterizo entre distintos grupos de la sociedad civil, en particular de jóvenes, procedentes de medios étnicos, culturales y religiosos diversos [por ejemplo, universitarios, periodistas, miembros de organizaciones no gubernamentales (ONG), sindicalistas, miembros de partidos políticos], procurando que la representación de hombres y mujeres sea lo más equilibrada posible; se favorecerá la creación de una red de contactos directos entre instituciones académicas, culturales y científicas y entre ONG; - de poner en contacto a hombres y mujeres de buena voluntad procedentes de todos los estratos de la sociedad civil y dispuestos a unir sus esfuerzos para promover el entendimiento y la comprensión mutuos y favorecer así la aparición de un entorno de buena vecindad; - de la definición y movilización de medios financieros y de poner en contacto a los promotores de proyectos-programas y de iniciativas locales con los donantes y financiadores potenciales; - de los contactos necesarios con el representante especial de la OSCE encargado del desarrollo del artículo V del anexo I B del Acuerdo de paz. En la definición de los proyectos-programas, se prestará atención especial a la vocación y a las potencialidades de promoción de la libre circulación de ideas y de información objetiva y constructiva que promueva el entendimiento, en detrimento de los estereotipos y de la propaganda en favor de maquinaciones agresivas y de la confrontación entre nacionalidades, religiones y etnias. 5. El cumplimiento de las funciones enumeradas en el punto 4 presupone un conocimiento profundo de las realidades geopolíticas, sociales, religiosas, étnicas y culturales de la región. La visibilidad del proceso quedará tanto mejor garantizada en la medida en que éste pueda arraigar gracias a la acción y presencia regulares del coordinador en la región. ANEXO II Proceso de estabilidad y buena vecindad en Europa Sudoriental (Proceso de Royaumont) Plan de actuación del Coordinador Mediante su Decisión de 28 de noviembre de 1997, el Consejo de la Unión Europea (UE) designó al doctor P. Roumeliotis Coordinador del Proceso de estabilidad y buena vecindad en Europa Sudoriental (Proceso de Royaumont). El presente Plan de actuación, elaborado en colaboración con el coordinador, se basa en los siguientes elementos de referencia: - la Declaración sobre el Proceso de estabilidad y de buena vecindad en el sudeste de Europa del 13 de diciembre de 1995; - el informe de la Comisión al Consejo de los días 26 y 27 de febrero de 1996 sobre las perspectivas de desarrollo de la cooperación regional para los países surgidos de la antigua Yugoslavia; - la plataforma para el desarrollo del Proceso de Royaumont aprobada por el Consejo de los días 26 y 27 de febrero de 1996; - la Decisión del Consejo de 27 de octubre de 1997, relativa a la adopción del mandato del Coordinador del Proceso de Royaumont. Por otra parte, durante la reunión del Proceso en Estambul, el 27 de octubre de 1997, la UE comunicó a los países participantes en el Proceso de Royaumont su intención de designar y de poner a disposición del Proceso a un Coordinador. Los participantes en el Proceso expresaron su apoyo a que la UE designara un Coordinador y acogieron favorablemente la descripción de las funciones del mismo. PROGRAMA DEL COORDINADOR Con el objeto de poder desempeñar sus funciones, el Coordinador debería tomar las siguientes iniciativas: 1. Preparar, en colaboración con la Presidencia del Consejo, las reuniones de seguimiento del Proceso. 2. Organizar, a estos efectos, en colaboración con las representaciones diplomáticas ante la UE de los países participantes en el Proceso y con la Comisión Europea, contactos en estos países con vistas a debatir las distintas posibilidades que se deriven del Proceso con los representantes de los Gobiernos, de la sociedad civil y de las ONG. Más concretamente, dichos contactos tendrán como objetivo: - garantizar la visibilidad, la continuidad, el seguimiento y la representación del Proceso; - tratar de averiguar las prioridades de los Gobiernos sobre el Proceso y examinar la posibilidad de crear células orientadas específicamente al Proceso de Royaumont en los países participantes; - organizar encuentros con los representantes de la sociedad civil y de las ONG, para: a) brindarles motivación permanente respecto a los objetivos del Proceso; b) ponerles en contacto con los representantes de las ONG de otros países participantes en el Proceso y confeccionar una primera lista y un calendario de encuentros de carácter regional en los distintos sectores de actividad profesional, civil o religiosa; c) preparar las reuniones del Proceso con su componente no gubernamental; - difundir información y determinar los proyectos y programas que tengan carácter regional o transfronterizo; - preseleccionar los proyectos y programas que tengan vocación de cumplir los criterios del Proceso. 3. Asociar a las reuniones del Proceso a un componente no gubernamental, en particular mediante la organización de reuniones temáticas periódicas y de foros anuales con los representantes de la sociedad civil. A estos efectos, el Coordinador debería examinar la posibilidad de asociar a la próxima reunión del Proceso (en Atenas) una mesa redonda celebrada paralelamente entre los representantes de los países participantes y del sector de los medios de comunicación con vistas a promover la estabilidad y la buena vecindad. En esta ocasión, se podrían examinar, más concretamente, los siguientes aspectos: la eliminación de los obstáculos a la libre circulación de la prensa y de la información, la promoción por parte de los medios de comunicación de la buena vecindad y de la imagen del «otro», así como el libre funcionamiento y la cooperación entre los medios de comunicación (intercambio de programas e información, formación de periodistas, coproducciones, asistencia jurídica para la liberalización de la legislación relativa a los medios de comunicación, elaboración de un código deontológico, etc.). 4. También podrían considerarse las siguientes acciones: - una mesa redonda entre los representantes de los países participantes y del sector empresarial que permita determinar, con el objeto de superarlos, los obstáculos administrativos, legislativos y de otro tipo a la promoción de las actividades del sector privado; - la promoción del parlamentarismo y de la democracia y la cooperación entre Parlamentos nacionales; - el fomento del diálogo social y de la cooperación entre sindicatos; - la cooperación entre las administraciones públicas en el ámbito de la lucha contra la corrupción; - el fomento de prácticas basadas en los compromisos internacionales respectivos en materia de Estado de derecho, de derechos humanos y de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. A estos efectos, se debería movilizar a periodistas representativos, partidos políticos, sindicatos, administraciones nacionales y organizaciones internacionales. Podría considerarse la posibilidad de brindar apoyo a los proyectos señalados por el Coordinador dentro de los programas comunitarios, en cumplimiento de las normas y procedimientos existentes, así como en el marco de financiación de los Estados participantes y de fundaciones privadas. 5. Hacer inventario (por ejemplo en forma de un registro) de los acuerdos bilaterales o regionales que contribuyen a la buena vecindad y evaluar, coordinándose con otras iniciativas e instituciones, la aplicación de los mismos. 6. Consultar a otras iniciativas e instituciones en la preparación de las reuniones de seguimiento, en particular, sobre la promoción y la financiación de proyectos comunes. 7. Examinar la posibilidad de celebrar, llegado el momento, una reunión de alto nivel (ministerial) del Proceso de Royaumont. CALENDARIO DEL COORDINADOR Durante el primer semestre de 1998, el Coordinador debería: - preparar la próxima reunión del Proceso en Atenas (a principios de 1998) y hacer inventario de los proyectos y programas ya dentro del Proceso; - en esta reunión y en las siguientes, examinar los proyectos propuestos en las reuniones anteriores, así como los nuevos proyectos que los participantes desearían proponer. Evaluar su viabilidad y las modalidades de aplicación (proyecto de calendario). Con ocasión de la próxima reunión de Atenas, se podría efectuar una selección de dos o tres proyectos; - organizar en torno al coordinador un «punto de contacto» entre la UE, los Gobiernos, las organizaciones internacionales y las organizaciones no gubernamentales de los Estados miembros de la UE y de los que participan en el Proceso; - entablar discusiones con la Presidencia de la UE, la Comisión Europea, así como con los promotores de otras iniciativas en Europa Sudoriental, con el objeto de coordinar el proceso de Royaumont con estos últimos; - visitar los países de Europa Sudoriental que participan en el Proceso e iniciar un diálogo con los representantes de las organizaciones gubernamentales, de la sociedad civil y de las ONG, respetando al mismo tiempo la diversidad y especificidad de estos últimos; - determinar los proyectos y programas que sean prioritarios y examinar las posibilidades de su financiación por parte de la Comisión Europea, de los Estados participantes, de las entidades financieras y de las fundaciones privadas; - crear una base de datos sobre los proyectos y programas, las ONG, las iniciativas, etc., relativos a Europa Sudoriental con la ayuda de la Comisión. Durante el segundo semestre de 1998, el Coordinador preparará las reuniones anuales del Proceso, garantizará el seguimiento de sus decisiones y orientaciones, elaborará una primera lista y un calendario de encuentros de carácter regional en los distintos sectores de actividad profesional, civil o religiosa y supervisará la ejecución de los proyectos y programas prioritarios que el Proceso haya seleccionado. Asimismo, rendirá cuentas en un proceso de evaluación de los resultados obtenidos en relación con el Plan de actuación. A medio plazo, el Coordinador debería garantizar una visibilidad y un ritmo constante de las actividades más sobresalientes del Proceso (reuniones plenarias y encuentros temáticos intermedios, entre organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, etc), estudiar las posibilidades de celebración de acuerdos de buena vecindad y preparar la reflexión sobre el estatuto del Proceso y su vinculación con la estructura de la OSCE.