31997R1310R(04)

RECTIFICACIÓN A : - Reglamento (CE) n° 1310/97 del Consejo de 30 de junio de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 4064/89, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas

Diario Oficial n° L 040 de 13/02/1998 p. 0017


Rectificación al Reglamento (CE) n° 1310/97 del Consejo, de 30 de junio de 1997, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 4064/89, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 180 de 9 de julio de 1997)

En la página 4:

- en el segundo guión de la letra a) del punto 5 del artículo 1:

en lugar de: «c) Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 bis . . .»,

léase: «c) Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 . . .»;

- en la letra b) del punto 5 del artículo 1:

en lugar de: «1 bis. Si la Comisión comprobara . . .»,

léase: «2. Si la Comisión comprobara . . .»;

en lugar de: «1 ter. La Comisión podrá revocar . . .»,

léase: «3. La Comisión podrá revocar . . .»;

en lugar de: «1 quater. En los casos contemplados en el apartado 1 ter, la Comisión . . .»,

léase: «4. En los casos contemplados en el apartado 3, la Comisión . . .»;

- en el punto 5 del artículo 1 se añadirá la letra siguiente:

«c) El apartado 2 pasará a ser apartado 5.».

En la página 5, en la letra a) del punto 9 del artículo 1:

en lugar de: «. . . las empresas afectadas presentan compromisos según lo dispuesto en el apartado 1 bis del artículo 6 con la intención . . .».

léase: «. . . las empresas afectadas presentan compromisos según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6 con la intención . . .».

En la página 6, en la letra b) del punto 13 del artículo 1:

en lugar de: «. . . y los plazos de presentación de compromisos con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 bis del artículo 6 y en el apartado 2 del artículo 8.»,

léase: «. . . y los plazos de presentación de compromisos con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6 y en el apartado 2 del artículo 8.».